Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 61 al
90 de 229 registros
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061
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/02/2014
Folio de la Solicitud: 00058/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Deseo el listado del personal que labora en la UAEM, correspondiente a la segunda quincena de enero de 2014 que contenga los siguientes datos: NOMBRE, AÑOS DE ANTIGUEDAD, LUGAR DE ADSCRIPCIÓN, SALARIO, COMPENSACIÓN Y SOBRESUELDO DEL PERSONAL AFILIADO A LA FAAPAUAEM
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00058/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”?
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
062
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/02/2014
Folio de la Solicitud: 00059/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Deseo el listado del personal que labora en la UAEM, correspondiente a la segunda quincena de mayo de 2013 que contenga los siguientes datos: NOMBRE, AÑOS DE ANTIGUEDAD, LUGAR DE ADSCRIPCIÓN, SALARIO, COMPENSACIÓN Y SOBRESUELDO DEL PERSONAL AFILIADO AL SUTESUAEM
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00059/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”?
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 432.14 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
063
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/02/2014
Folio de la Solicitud: 00061/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Deseo el listado del personal que labora en la UAEM, correspondiente a la segunda quincena de mayo de 2013 que contenga los siguientes datos: NOMBRE, AÑOS DE ANTIGUEDAD, LUGAR DE ADSCRIPCIÓN, SALARIO, COMPENSACIÓN Y SOBRESUELDO DEL PERSONAL DE CONFIANZA
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00061/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”?
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 343.27 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
064
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/02/2014
Folio de la Solicitud: 00062/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Deseo el listado del personal que labora en la UAEM, correspondiente a la segunda quincena de enero de 2014 que contenga los siguientes datos: NOMBRE, AÑOS DE ANTIGUEDAD, LUGAR DE ADSCRIPCIÓN, SALARIO, COMPENSACIÓN Y SOBRESUELDO DEL PERSONAL DE CONFIANZA
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00062/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”?
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 456.35 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
065
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 21/02/2014
Folio de la Solicitud: 00063/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Como fue distribuido el presupuesto 2013 asignado en a la Uaemex?
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
Me interesa saber cuanto es el presupuesto con el que conto la univesidad Autonoma del Estado de Mexico y como fue gastado cada peso.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00063/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 176.85 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
066
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/02/2014
Folio de la Solicitud: 00064/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Solicito se me proporcione el NOMBRE, CATEGORIA, LUGAR DE ADSCRIPCIÓN, SALARIO, COMPENSACIÓN del personal DE CONFIANZA contratado de nuevo ingreso del 30 de septiembre de 2013 al 25 de febrero de 2014
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00064/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”?
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 32.78 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
067
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/02/2014
Folio de la Solicitud: 00065/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Solicito se me proporcione el NOMBRE, CATEGORIA, LUGAR DE ADSCRIPCIÓN, SALARIO, COMPENSACIÓN del personal AFILIADO AL SUTESUAEM contratado de nuevo ingreso del 30 de septiembre de 2013 al 25 de febrero de 2014
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00065/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”?
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 23.09 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
068
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/02/2014
Folio de la Solicitud: 00066/UAEM/IP/2014
Información requerida:
SOLICITO SE ME INFORME LA CANTIDAD QUE HA SIDO ENTREGADA POR CUOTAS SINDICALES AL SUTESUAEM, DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013 AL 15 DE FEBRERO DE 2014
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00066/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 17.90 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
069
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/02/2014
Folio de la Solicitud: 00067/UAEM/IP/2014
Información requerida:
1. DESEO SABER QUIENES SON LOS CONSEJEROS ALUMNOS TITULARES Y SUPLENTES, ASI COMO CONSEJEROS TRABAJADORES TITULARES Y SUPLENTES, DEL PLANTEL NEZAHUACOYOT DE LA ESCUELA PREPARATORIA (PREPA 2). 2. DESEO SABER LOS NOMBRES DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO POR PARTE DEL SUTESUAEM 3. DESEO SABER LOS NOMBRES DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO POR PARTE DE LA FAAPAUAEM
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00067/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará los integrantes del Consejo de Universitario y de Gobierno del Plantel Nezahualcóyotl de la Escuela Preparatoria, así como de la Federación de Asociaciones Autónomas de Personal Académico de la UAEM (FAAPAUAEM), y del Sindicato Único de Trabajadores y Empelados al Servicio de la UAEM (SUTESUAEM). De igual forma le informamos que las actas del H. Consejo Universitario pueden ser consultadas en la Gaceta Universitaria www.uaemex.mx/gaceta correspondiente al mes en que haya sido aprobada el acta de la sesión.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 61.84 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
070
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/02/2014
Folio de la Solicitud: 00068/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Requiero de la Dirección General de Comunicación Universitaria los documentos detallados a continuación a través del SAIMEX: • Currículum vitae o ficha curricular de los servidores universitarios que posean cargos medios o superiores, así como sus títulos profesionales y cédulas profesionales (en versión pública), así como documento en el que consten sus perfiles de puestos. • Recibos de nómina o documento en el que conste el pago y la recepción del pago mediante la firma del servidor público de la últimas tres quincenas del presente año, esto de la totalidad de los integrantes de la Dirección General de Comunicación Universitaria. • Órdenes de inserción en medios a partir del inicio de la actual administración (mayo de 2013), en las que se deberá apreciar por lo menos: el número de orden, fecha, servicio o producto contratado con características, medio de comunicación contratado, servidor universitario que autoriza la orden de inserción, costo de la inserción y forma de pago. Asimismo, la factura que comprueba la realización del pago o cualquier otro documento en el que conste. • Plantilla de personal adscrito a la Dirección general de Comunicación Universitaria actualizada, así como los registros de asistencia de los servidores universitarios desde el inicio del año 2014 o en su caso documento o documentos en el que conste dicha información. • Documentos en el que consten las altas y bajas de personal de la Dirección general de comunicación universitaria desde el inicio de la actual administración de la uaem. • Factura del vehículo automotor asignado al Director general de comunicación universitaria, Lic. Juan Portilla Estrada, por parte de la uaem, así como de la totalidad de los vehículos automotores asignados a dicha Dirección y nombre del personal que los tienen asignados o los utilizan. • Monto de los vales de gasolina que le han sido asignados a la dirección general de comunicación de la uaem desde el inicio del año 2014 y registro de los viajes o salidas que se han realizado para el consumo de los vales de gasolina. • Monto de los viáticos asignados a los servidores universitarios adscritos a la dirección general de comunicación desde el inicio del año 2014 así como los documentos de la comprobación de gastos de los mismos. • Monto total que los gastos o erogaciones realizadas en materia de comunicación, publicidad, medios escritos, radio, televisión u otros por la uaem y que hayan sido ejercidos u ordenados a través de la dirección general de comunicación universitaria de la uaem. • Versión pública de la declaración patrimonial realizada por el director general de comunicación universitaria, Lic. Juan Portilla Estrada, me refiero a la declaración de inicio y la de modificación que haya realizado desde que se encuentra en el actual cargo (sin importar el cambio de administración). O en todo caso los documentos y trámite que de acuerdo a la Ley de protección de datos personales del Estado de México debe realizar para autorizar o negar la transmisión de los datos en los que conste la firma autógrafa del servidor público (con la totalidad de los requisitos legales exigidos).
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
Como es costumbre en la Dirección de transparencia universitaria seguramente pedirán prórroga para retrazar la entrega de la información, por lo cual respetuosamente les pido que tal y como lo marca la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del estado de méxico y municipios, me muestran el documento, acta, oficio o documento en el que conste se fundamente y motive la justificación de la prórroga, en su caso. No dejando de precisar que los actos que obstaculicen el derecho de acceso a la información son causa de responsabilidad administrativa. Gracias
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00068/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud. De igual forma encontrará el acuerdo de clasificación de información confidencial con número de folio: UAEM/CI/CIC/0017/14. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” Por otro lado le evocamos lo señalado en el Artículo 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el cual señala: “Artículo 48.- La obligación de acceso a la información pública se tendrá por cumplida, cuando el solicitante previo el pago, previsto en el articulo 6 de esta Ley, si es el caso, tenga a su disposición la información vía electrónica o copias simples, certificadas o en cualquier otro medio en el que se encuentre contenida la información solicitada, o cuando realice la consulta de la información en el lugar en el que ésta se localice. Cuando la información solicitada ya esté disponible para consulta, se le hará saber por escrito al solicitante el lugar donde puede consultarla y las formas para reproducir o adquirirla. …”(sic.) Así mismo le comentamos que desde el momento en que es ingresada la información al SAIMEX, esta adquiere el carácter de oficial. Lo anterior en términos del numeral TREINTA Y SEIS de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “TREINTA Y SEIS.- … Los documentos creados, generados y agregados a los expedientes electrónicos tienen valor probatorio pleno.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
071
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/03/2014
Folio de la Solicitud: 00069/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Con base en la auditoría forense 12-4-99015-12-0406. DS-042. denominada "Contratos Suscritos con la Administración Pública Federal para el Desarrollo de Diversos Proyectos, Adquisiciones y Otros Servicios, con el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México" de la Auditoría Superior de la Federación (ASF); se requiere lo siguiente: 1) Copia del documento de la autoridad competente para atender y/o revisar la Recomendación que la ASF realiza en el documento antes citado, con número: 12-4-99015-12-0406-01-001.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00069/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que el documento solicitado es de carácter reservado, debido a que la Auditoría Superior de la Federación (ASF), instancia que emite el oficio incluye una leyenda en el mismo que a la letra dice “Este documento forma parte de un expediente clasificado como reservado”; por lo que la instancia competente para determinar el momento en que la información de referencia debe ser considerada como pública es la ASF, en razón de formar parte de un expediente en proceso.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
072
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/03/2014
Folio de la Solicitud: 00070/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Con base en la auditoría forense número 12-4-99015-12-0406 DS-042 denominada "Universidad Autónoma del Estado de México Contratos Suscritos con la Administración Pública Federal para el Desarrollo de Diversos Proyectos, Adquisiciones y Otros Servicios, con el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México" realizada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) Se requiere lo siguiente: Copia del dictámen (en el que se especifique nombre y crago de los presuntos responsables, así como el tipo de sanción, o en su caso, el resultado de la investigación,, fecha, y autoridad que lo expide) de la Contraloría Universitaria para atender a las observaciones de la Auditoria Superior de la Federación (ASF) en el concepto de "Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria" de la auditoría antes mencionada, se requiere los dictamentes de las siguientes observaciones que se especifican en la auditoría antes citada: 12-9-99015-12-0406-08-001; 12-9-99015-12-0406-08-002 ; 12-9-99015-12-0406-08-003; 12-9-99015-12-0406-08-004; 12-9-99015-12-0406-08-005; 12-9-99015-12-0406-08-006; 12-9-99015-12-0406-08-007; 12-9-99015-12-0406-08-008; 12-9-99015-12-0406-08-009 ; 12-9-99015-12-0406-08-010; 12-9-99015-12-0406-08-011; 12-9-99015-12-0406-08-012; 12-9-99015-12-0406-08-013; 12-9-99015-12-0406-08-014;
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
Contraloría Universitaria UAEM
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00070/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que a la fecha en que se emite este comunicado, la Universidad Autónoma del Estado de México no ha recibido notificación alguna por parte de la Auditoría Superior de la Federación que derive de las observaciones a que hace referencia en su solicitud; por lo que la Contraloría Universitaria no ha emitido ningún documento al respecto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
073
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/03/2014
Folio de la Solicitud: 00073/UAEM/IP/2014
Información requerida:
ESTOY REALIZANDO UNA INVESTIGACIÓN REFERENTE AL NÚMERO DE ALUMNOS QUE ESTUDIAN EN EL EXTRANJERO EN EL ESTADO DE MÉXICO, QUISIERA SABER CUANTOS ALUMNOS DENTRO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL FUERON ACEPTADOS PARA ESTUDIAR UN PERIODO O DOS DE SU POSGRADO EN UNIVERSIDADES DE ESPAÑA, ESTO DE LAS FACULTADES DE ECONOMÍA, CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN Y DERECHO. ASÍ COMO LA CANTIDAD CON QUE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO LES APOYÓ A CADA UNO.
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
PERIODO SEPTIEMBRE 2013 A MARZO 2014.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00073/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México apoya a cuatro alumnas de la Maestría en Estudios Jurídicos para realizar una estancia de investigación en Instituciones de Educación Superior españolas; tres de ellas realizan su estancia en la Universidad de Santiago de Compostela y una en la Universidad Carlos III. El monto que se les asignó por concepto de beca fue de: $3,000.00 mensuales por concepto de hospedaje y alimentación; $15,000.00 pago único para transportación aérea y; $5,000.00 pago único para la compra de un seguro de gastos médicos. De las facultades de Contaduría y Economía no se tiene registro de alumnos que cumplan con los criterios de la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
074
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/03/2014
Folio de la Solicitud: 00071/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Quiero conocer cuáles han sido los presupuestos anuales del 2011, 2012, 2013 y 2014 del equipo de Segunda División Potros de la Universidad Autónoma del Estado de México, que pertence a dicha Universidad.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00071/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 174.42 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/04/2014
075
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/03/2014
Folio de la Solicitud: 00072/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Solicito los nombres de las redes alambricas e inalambricas de y para acceso a internet e intranet, con las que cuenta la universidad, así como los nombres de usuario y los codigos de acceso a dichos usuarios y redes.
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
Solicitar información a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en la secretaria de Rectoría, en el edificio de Rectoría de la Universidad Autónoma del Estado de México
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00072/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que la red alambrada no tiene nombre, el nombre de la red inalámbrica es RIUAEMex, ambas redes son institucionales y se usan para el acceso de la comunidad universitaria a Internet y a la intranet de la UAEM. Es importante mencionar que los nombres de usuario y códigos de acceso son clasificados como información reservada, motivo por el cual no se hace entrega de los mismos. Es por ello que en archivo electrónico adjunto encontrará el acuerdo de clasificación de información reservada con número de folio: UAEM/CI/CIR/0017/14.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 206.43 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
076
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/03/2014
Folio de la Solicitud: 00074/UAEM/IP/2014
Información requerida:
SOLICITO INFORMACION DEL GASTO REALIZADO EN EL AÑO 2013 POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO EN DONDE SE IMPRIMA, SE GRABE AUDIO Y VIDEO, O SE DIGA CUALESQUIERA DE LAS DOS FRASES SIGUIENTES, LA FRASE “GOBIERNO QUE TRABAJA Y LOGRA EN GRANDE”, O BIEN “GENTE QUE TRABAJA Y LOGRA EN GRANDE”, EJEMPLO: LOS SIGUIENTES CONCEPTOS ENUNCIATIVOS MAS NO LIMITATIVOS, (FAVOR DE ANOTAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS, LOS CONCEPTOS GENERICOS CORRECTOS Y LOS IMPORTES EN MILES DE PESOS). GASTOS DE COMUNICACION SOCIAL TALES COMO TELEVISION, RADIO, PERIODICOS Y REVISTAS, ANUNCIOS ESPECTACULARES, ETC. GASTOS DE PAPELERIA, LIBROS, CARTELES, TRIPTICOS, DIPTICOS, FORMATOS DE LICENCIAS, AUTORIZACIONES DE TODO TIPO, OBRA, CONCESION, ETC., EN EL GASTO DE LICENCIAS AUTOMOTRICES DE TODO TIPO, EL GASTO EN LAS PLACAS VEHICULARES PARA CIRCULACION VEHICULAR, EN TARJETAS DE CIRCULACION, GASTO DE SEÑALIZACION DE VEHICULOS DE TODO TIPO, INMUEBLES, MUEBLES E IDENTIFICACION DE OFICINAS, UNIFORMES, CREDENCIALES, ETC. Y, EN GENERAL, ME REFIERO A TODO EL GASTO DEL GOBIERNO ESTATAL EN LA PERSONALIZACION DE DIVERSOS ANUNCIOS EN PUBLICIDAD MASIVA Y ESCRITA, PAPELERIA, FORMATOS DE INGRESOS Y EGRESOS QUE TENGAN CUALESQUIERA DE LAS DOS FRASES SIGUIENTES, LA FRASE “GOBIERNO QUE TRABAJA Y LOGRA EN GRANDE”, O BIEN “GENTE QUE TRABAJA Y LOGRA EN GRANDE”.
Respuesta:
Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00074/UAEM/IP/2014, le comentamos lo siguiente: Hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México no cuenta con la información que solicita, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en la Coordinación General de Comunicación Social de Gobierno del Estado de México, misma que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.gem.gob.mx/medios/. Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
077
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/03/2014
Folio de la Solicitud: 00075/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Solicito conocer el monto de todas y cada una de las prestaciones y percepciones que ha recibido el Doctor Ranulfo Pérez Garcés quien labora en el Centro Universitario UAEM Amecameca, a partir del mes de septiembre del año 2013 y hasta el mes de marzo del año en curso. Además que se me informe el tipo de seguro de salud y otros que reciba como beneficio o prestación por su trabajo en la Universidad Autónoma del Estado de México.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00075/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
078
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/03/2014
Folio de la Solicitud: 00076/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Presupuesto autorizado para Becas en los años 2012, 2013 y 2014
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00076/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
079
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/04/2014
Folio de la Solicitud: 00077/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Se requiere copia de las actas de las academias en donde se evaluaron a los siguientes docentes para que impartieran las unidades de aprendizaje en la FACICO UAEMEX, para el periodo 2014 A (por cada unidad de aprendizaje se requiere el acta de la academia). En el caso de que hayan impartido las mismas asignaturas en periodos pasados y en el que se les haya realizado la evaluación en el pasado, se requiere copia de las actas de academia donde se les evaluó para la unidad de aprendizaje. Además, se requiere por cada docente lo siguiente: lugar de adscripción, fecha de contratación, categoría, horario, copia del curriculum vitae actualizado, copia del título profesional de licenciatura y/o maestría, copia de la cedula profesional. ESTADÍSTICA: MTRA. DIANA RENEDO GONZÁLEZ; MTRO. SERGIO ARTURO GAMA LARA. 2) METODOLOGÍA DE LA CIENCIA: LIC. OSCAR FRUTIS GUADARRAMA; LIC. I. ROBERTO AGUIRRE GONZALEZ; LIC. TONATIUH NAVARRO CABALLERO. 3) INVESTIGACION CUALITATIVA: MTRA. YESSICA PAOLA AGUILAR MONTES DE OCA; MTRA. GRACIELA JOSEFINA CONTRERAS ROMERO; MTRA. IRIS RUBI MONROY VELASCO; MTRA MITZI DANEE MORALES MONTES; 4) FUNDAMENTOS DE PSICOLOGÍA EDUCATIVA: LIC. TONATIUH NAVARRO CABALLERO; 5) FUNDAMENTOS DE PSICOLOGIA ORGANIZACIONAL: MTRA. LETICIA IBARRA JARDÓN; LIC. ANGEL AVILES CRUZ. 6) INGLÉS C1: LIC. REBECA JIMENEZ ESCOBAR. 7) SALUD PÚBLICA: ESP. MARIA DE JESUS SERRANO PLATA. 8) TALLER DE PREVENCIÓN DE LA SALUD: ESP. MARIA DE JESUS SERRANO PLATA.
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
Facultad de Ciencias de la Conducta UAEMEX
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00077/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud, algunos de ellos en versión pública. Derivado de lo anterior también encontrará el acuerdo de clasificación de información confidencial con número: UAEM/CI/CIC/0018/14. Cabe señalar que los siguientes docentes se incorporaron a la facultad en las siguientes fechas: Lic. I. Roberto Aguirre González, en el periodo marzo-agosto de 2001, con la Unidad de Aprendizaje Epistemología y en el año 2003 impartió la Unidad de Aprendizaje Metodología de la Ciencia. El Lic. Ángel Avilés Cruz en el periodo septiembre 1997-marzo 1998, con la Unidad de Aprendizaje Desarrollo de Recursos Humanos. Mtra. Graciela Josefina Contreras Romero, Se incorporó en el periodo primavera (febrero-julio) 2010, Investigación Cualitativa. Mtra. Iris Rubí Monroy Velasco, Se incorporó en el periodo marzo-agosto 2007 con la Unidad de Aprendizaje Técnicas e Instrumentos Psicológicos. Dichos maestros se incorporaron con anterioridad a la presente administración y en sus expedientes no se cuenta en el documento de evaluación, por lo que se desconoce si se realizó o no. Actualmente al ingresar un nuevo profesor se realiza la evaluación correspondiente y en caso de que el docente imparta otra asignatura distinta a la de evaluación inicial, pero que pertenezca a la misma área de docencia, se valora si se considera tal evaluación. En el caso del Lic. Tonatiuh Navarro Caballero, de quien se solicita la evaluación correspondiente a Metodología de la Ciencia y Fundamentos de Psicología Educativa, aún no se ha realizado la misma y se está en espera de la fecha que determine el área de docencia respectiva. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
080
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/04/2014
Folio de la Solicitud: 00078/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Solicito información sobre los indicadores globales de su institución ó centro público de investigación (incluyendo las subsedes) de su desempeño en materia de vinculación y transferencia de resultados de investigación científica durante los años 2012 y 2013. Anexo archivo Excel con la información cuantitativa y cualitativa requerida. Al final del archivo se pide una autoevaluación (escala likert del 1 = muy malo, 3 = regular, 5 = muy bueno) sobre su opinión en algunos rubros relacionados con la transferencia de tecnología académica. La información solicitada está dirigida a la oficina de vinculación y/o oficina de transferencia de tecnología y/o coordinación de investigación científica y comercialización de la institución. Se solicita entregar la información requerida en el archivo de Excel anexo a esta solicitud
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00078/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados de la UAEM, tiene como objetivo “Generar, preservar, transmitir y extender el conocimiento a través de la planeación, organización, desarrollo e impulso de la investigación humanística, científica y tecnológica; así como fortalecer y orientar los estudios avanzados”. Por ello, en nuestra Institución no se realizan procesos de transferencia de resultados de investigación científica, vinculación o comercialización, derivadas de la generación de conocimiento.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
081
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 09/04/2014
Folio de la Solicitud: 00079/UAEM/IP/2014
Información requerida:
SE ANEXA LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ARCHIVO ELECTRÓNICO
Respuesta:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00079/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Esperamos que los datos proporcionados le sean de utilidad y le agradeceríamos que diera respuesta a la cédula de evaluación que se anexa, y la envíe al correo electrónico siguiente: transparencia@uaemex.mx
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
24/10/2014
082
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/04/2014
Folio de la Solicitud: 00080/UAEM/IP/2014
Información requerida:
SOLICITO CURRICULUM VIATE DE MARTIN VAZQUEZ SANCHEZ EL CUAL SE DESEMPEÑA COMO PROFESOR EN LA UAEM DE TEXCOCO ASI COMO CEDULA PROFESIONAL COMO SE OBSTENTA COMO LICENCIADO EN DERECHO
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00080/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud, algunos de ellos en versión pública. Derivado de lo anterior también encontrará el acuerdo de clasificación de información confidencial con número: UAEM/CI/CIC/0019/14.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
19/05/2014
083
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/04/2014
Folio de la Solicitud: 00081/UAEM/IP/2014
Información requerida:
¿Cuáles han sido los avances del proyecto del laboratorio digital de la Facultad de Humanidades, así como los proyectos que han desarrollado, el impacto en la comunidad universitaria? Desde la implantación del laboratorio digital ¿cuántos estudiantes han hecho uso de las instalaciones? ¿Existe un encargado del laboratorio digital?, de ser así ¿cuál es su perfil profesional?
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
La pregunta se hace con base en los informes presentados durante la administración 2010-2014, así como con el plan de desarrollo de la Facultad de Humanidades, de la UAEMéx. En los informes anuales de actividades no se hace mención directa de este proyecto. De acuerdo con el plan de desarrollo 2010-2014, establece que: Sin embargo, la construcción de esta nueva sala quedaría inconclusa sin la incorporación de un laboratorio digital, el cual está proyectado para instalarse en la biblioteca de la Facultad de Humanidades. En este espacio se desarrollarían actividades relacionadas con el taller de reprografía de la Licenciatura en Ciencias de la Información Documental. En este sentido, es importante mencionar que ya se tiene adquirido equipo: microfilmadora, escáner e impresora, todos con las especificaciones requeridas para cumplir cabalmente sus funciones. No obstante, estas máquinas resultan insuficientes para la formación de un laboratorio digital donde nuestros estudiantes puedan practicar de manera constante con la tecnología. Más aún, la formación de dicho taller concuerda con el PRDI y su intención de digitalizar –para facilitar su consulta en línea y con pleno respeto a los derechos de autor– el acervo bibliohemerográfico universitario: revistas, tesis, libros y otros, como los documentos resguardados en el Archivo Universitario. Es importante agregar que la adquisición de este laboratorio digital permitirá establecer vínculos con otras instituciones públicas y privadas, así como convenios que permitan a nuestros estudiantes relacionarse con el mercado laboral y la adquisición de recursos para nuestra institución.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00081/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/06/2014
084
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/05/2014
Folio de la Solicitud: 00082/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Las preguntas son a todas las Facultades a excepción de la de Ciencias Políticas y Sociales, Derecho, Arquitectura, Enfermería y Planeación: 1. Periodo de Administración del actual director o directora 2. ¿Cuál es su población académica, administrativa y estudiantil dividida por sexo? 3. El nombre de las áreas que conforman su administración y el nombre de quien está al frente de las mismas. 4. Cómo están integrados sus consejos de gobierno y académico, el nombre de sus consejeros y quiénes son sus consejeros profesores universitarios.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00082/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/06/2014
085
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 08/05/2014
Folio de la Solicitud: 00177/UAEM/IP/2013
Información requerida:
SOLICITO COPIA SIMPLE DE: DICTAMEN DEL MES DE NOVIEMBRE DEL 2012 DE LA COMISIÓN EVALUADORA DEL CASO DE ALFREDO GOMEZ PATIÑO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES ACTAS DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES DE LOS MESES DE MAYO Y NOVIEMBRE DEL 2012
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00177/UAEM/IP/2013, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que no existe en el mes de noviembre del 2012, dictamen de la comisión evaluadora del caso de Alfredo Gómez Patiño de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. De igual forma le comentamos que en archivos electrónicos adjuntos encontrará las Actas de Consejo de Gobierno de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de los meses de mayo y noviembre de 2012, en versiones públicas, de igual forma encontrará el Acuerdo de Clasificación de Información Confidencial con número de folio: UAEM/CI/CIC/0023/13.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 1.30 MB
PDF 1.12 MB
PDF 2.55 MB
PDF 1.31 MB
PDF 1.66 MB
PDF 939.32 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
09/10/2014
086
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 12/05/2014
Folio de la Solicitud: 00083/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Quiero saber el índice de deserción de alumnas inscritas en el ciclo escolar 2012-2013 en la Universidad Autónoma del Estado de México, por concepto de gravidez. Asimismo solicito también el convenio de salud para estudiantes que tiene la Universidad Autónoma del Estado de México con el IMSS.
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
Requiero esta información para la elaboración de mi tesis de licenciatura
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00083/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que el índice de deserción de alumnas inscritas en el ciclo escolar 2012-2013 en la UAEM es de 5.7 en las facultades, 5.5 en los centros universitarios, de 7.8 en las unidades académicas profesionales y de 6.5 en los estudios de bachillerato, para mayor información consultar la agenda estadística en el siguiente link: http://www.uaemex.mx/planeacion/docs/AE/2013/AE_2013_final_opt.pdf. Es pertinente acotar que no se cuenta con el índice de deserción por gravidez, solo de manera general. Hacemos de su conocimiento que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” En cuanto al convenio de salud entre el IMSS y la UAEM, le comentamos que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 114.35 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/06/2014
087
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 14/05/2014
Folio de la Solicitud: 00084/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Se solicita la ubicación exacta de la construcción que se realizará en Naucalpan de Juárez de la Universidad Autónoma del Estado de México
CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN
El día 5 de mayo, el periódico El Universal publicó una nota en la que la UAEM solicitaba la liberación del terreno correspondiente y solicitaba al Presidente Municipal la desincorporación de un predio
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00084/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le informamos que a la fecha, la UAEM no tiene conocimiento del acuerdo de cabildo o el instrumento jurídico relativo a la donación, en donde se determine la ubicación y poligonal del predio.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/06/2014
088
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/05/2014
Folio de la Solicitud: 00086/UAEM/IP/2014
Información requerida:
Haciendo uso de mi derecho de acceso a información pública contenido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, deseo solicitarle a la Dirección de Control Escolar dependiente de la Secretaría de Docencia de la UAEM, me proporcione los criterios que utilizó el director o el personal a su cargo para elegir a los aplicadores, supervisores y coordinadores del proceso de nuevo ingreso por medio de examen Ceneval a educación superior y media superior llevado a cabo durante los meses de abril y mayo. El propio personal de la DCE, declaró durante las capacitaciones que serían coordinadores aquellos trabajadores, alumnos o egresados que cumplieran ciertas características durante el proceso, tales como experiencia previa en procesos de nuevo ingreso y una calificación elevada en el examen de conocimientos que se realizó en línea. Sin embargo solo personal de la DCE ostentó en su mayoría dicho cargo (coordinador) en los diferentes espacios académicos, haciendo de lado la selección que previamente la misma DCE había establecido. Por lo anterior atentamente solicito. 1.- copia de los criterios o cualquier documento existente donde se establezca el cómo se eligieron a los participantes del proceso y en caso de que no exista y considerando que es un proceso certificado, la declaratoria de inexistencia que justifique la negligencia de la DCE. (por profesionalismo dudo que lo hayan hecho al azar o al “dedazo” del Director ¿o me equivoco? 2.- lista de todos aquellos que participaron como aplicadores, supervisores y coordinadores del proceso de este año. Enumerando nombre, cargo que ostentaron durante el proceso y días que participaron, ASI COMO SU STATUS RELATIVO A SI ERAN TRABAJADORES CON SU RESPECTIVA AREA DE ADSCRIPCIÓN, ALUMNOS O EGRESADOS. Todo esto debo recalcar es información pública que no amerita se clasifique debido a que como recibieron un pago por parte de la UAEM, ergo, de un ente público su nombre debe ser público tal como sería con un empleado regular o un alumno becado 3.- nombre de los trabajadores de la DCE que participaron en la toma de decisión o que aplicaron los criterios pertinentes o que dieron su respectivo “dedazo” para determinar quienes apoyarían en este proceso. Por su atención, muchas gracias
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00086/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 168.08 KB
PDF 193.88 KB
PDF 324.41 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
10/06/2014
089
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 22/05/2014
Folio de la Solicitud: 00087/UAEM/IP/2014
Información requerida:
SE ANEXA INFORMACIÓN SOLICITADA
Respuesta:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00087/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y
Municipios, hacemos de su conocimiento que la UAEM no cuenta con la atribución legal para certificar
documentos, sin embargo y para efectos de otorgar certeza al peticionario le informamos que se encuentran a su disposición, en las oficinas que ocupa la Dirección de Información Universitaria, sita en calle Eduardo González y Pichardo # 205, Col. La Merced, Toluca, México, C.P. 50080, Teléfonos; (01722) 213-1086 y 214-3055, en un horario de atención de 9:30-15:00 y de 18:00 a 20:30 horas de Lunes a Viernes en días hábiles, las copias cotejadas del expediente que obra en los archivos de la UAEM, previo pago que por concepto de reproducción de un total de 1234 documentos, realice en la cuenta 54500032656, de la Institución Bancaria denominada Santander, S.A. a nombre de la Universidad Autónoma del Estado de México, y por un monto de $2.483,00 (Dos mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 00/100 M. N.), cantidad que resulta conforme lo estipulado en el artículos 6 y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; así como del Artículo 73 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, mismos que señalan: “Artículo 6.- El acceso a la información pública será permanente y gratuito. La expedición de documentos, grabaciones y reproducciones se sujetará, en su caso, al pago de los derechos, productos y aprovechamientos establecidos en la legislación correspondiente. En ningún caso, el pago de derechos deberá exceder el costo de reproducción de la información en el material solicitado y el costo de envío.” “Artículo 48.- La obligación de acceso a la información pública se tendrá por cumplida, cuando el solicitante previo el pago, previsto en el articulo 6 de esta Ley, si es el caso, tenga a su disposición la información vía electrónica o copias simples, certificadas o en cualquier otro medio en el que se encuentre contenida la información
solicitada, o cuando realice la consulta de la información en el lugar en el que ésta se localice. …” (sic).
“Artículo 73.- Por la expedición de los siguientes documentos se pagarán: TARIFA CONCEPTO … II. Copias simples: A). Por la primera hoja. $16 B). Por cada hoja subsecuente. $2 …” Esperamos que los datos proporcionados le sean de utilidad y le agradeceríamos que diera respuesta a la cédula de evaluación que se anexa, y la envíe al correo electrónico siguiente: transparencia@uaemex.mx
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 151.94 KB
PDF 1.43 MB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
20/10/2014
090
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 22/05/2014
Folio de la Solicitud: 00088/UAEM/IP/2014
Información requerida:
SE ANEXA SOLICITUD
Respuesta:
En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00088/UAEM/IP/2014, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar
los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y
Municipios, hacemos de su conocimiento que la UAEM no cuenta con la atribución legal para certificar
documentos, sin embargo y para efectos de otorgar certeza al peticionario le informamos que se encuentran a su disposición, en las oficinas que ocupa la Dirección de Información Universitaria, sita en calle Eduardo González y Pichardo # 205, Col. La Merced, Toluca, México, C.P. 50080, Teléfonos; (01722) 213-1086 y 214-3055, en un horario de atención de 9:30-15:00 y de 18:00 a 20:30 horas de Lunes a Viernes en días hábiles,las copias cotejadas del expediente que obra en los archivos de la UAEM, previo pago que por concepto de reproducción de un total de 1821 documentos, realice en la cuenta 54500032656, de la Institución Bancaria denominada Santander, S.A. a nombre de la Universidad Autónoma del Estado de México, y por un monto de $3.657,00 (Tres mil seiscientos cincuenta y siete pesos 00/100 M. N.), cantidad que resulta conforme lo estipulado en el artículos 6 y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; así como del Artículo 73 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, mismos que señalan: “Artículo 6.- El acceso a la información pública será permanente y gratuito. La expedición de
documentos, grabaciones y reproducciones se sujetará, en su caso, al pago de los derechos, productos y aprovechamientos establecidos en la legislación correspondiente. En ningún caso, el pago de derechos deberá exceder el costo de reproducción de la información en el material solicitado y el costo de envío.” “Artículo 48.- La obligación de acceso a la información pública se tendrá por cumplida, cuando el solicitante previo el pago, previsto en el articulo 6 de esta Ley, si es el caso, tenga a su disposición la información vía electrónica o copias simples, certificadas o en cualquier otro medio en el que se encuentre contenida la información solicitada, o cuando realice la consulta de la información en el lugar en el que ésta se localice. …” (sic).
“Artículo 73.- Por la expedición de los siguientes documentos se pagarán: TARIFA CONCEPTO … II. Copias simples: A). Por la primera hoja. $16 B). Por cada hoja subsecuente. $2 …” Esperamos que los datos proporcionados le sean de utilidad y le agradeceríamos que diera respuesta a la cédula de evaluación que se anexa, y la envíe al correo electrónico siguiente: transparencia@uaemex.mx
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 151.94 KB
PDF 1.45 MB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
20/10/2014
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