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Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 1 al 30 de 189 registros

001

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/01/2015
Folio de la Solicitud: 00001/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Ubicación de las escuelas preparatorias que forman parte del sistema de la Universidad Autónoma del Estado de México (todas)

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00001/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 472.74 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

002

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/01/2015
Folio de la Solicitud: 00002/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Información y copia de las licitaciones ganadas de obras públicas realizadas en la Universidad Autónoma del Estado de México de 1999 a 2014 por Grupo Higa o cualquiera de sus filiales como Publicidad y artículos creativos (Pacsa),Mezcla Asfáltica de Alta Calidad S.A de C.V (MAAC), Constructora Teya S.A de C.V.,Señales y Mantenimientos.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00002/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que la UAEM solo ha celebrado un contrato con la Empresa Teya, S.A. de C.V. en el año 2007, relativo a la Licitación Pública LP/014 de la obra “Construcción y Equipamiento de una Unidad Académica Profesional en Santiago Tianguistenco”, misma que se puede consultar en el Sitio de Transparencia de la UAEM (http://transparencia.uaemex.mx/), en la sección: Información Pública de Oficio – Obra Universitaria – Obras Universitarias – Licitación Pública – 2007 – LP014.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

003

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/01/2015
Folio de la Solicitud: 00003/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Ficha técnica y licitaciones ganadas de las empresas que realizaron la remodelación y/o construcción del Estadio y Gimnasio de la Universidad Autónoma de Estado de México que se hayan realizado de 2005 a 2014. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Ficha técnica con datos de especificaciones de construcción de la obra, metros cuadrados, inversión, ubicación, fecha de inicio, fecha de finalización, empresa que realizó la obra.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00003/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que el Estadio fue remodelado por una Empresa contratada directamente por el Gobierno del Estado de México en 2005. En 2010 la UAEM contrató mediante Licitación Pública a la Empresa Construcciones Civiles GAMSA, S.A. de C.V. para la rehabilitación y Mantenimiento al Estadio Universitario Alberto “Chivo” Córdoba. Con relación a los Gimnasios ubicados en la Unidad Deportiva “Lic. Adolfo López Mateos”, la UAEM en 2010 contrato mediante Licitación Pública a las Empresas: CITSA Ingeniería, S.A. de C.V. para la construcción de 10 módulos de gradas metálicas, gimnasio para artes marciales, halterofilia y bodega; y Arquitectura, Construcción y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., para la rehabilitación y Mantenimiento a Gimnasios: Guillermo Ortega Vargas y Lic. Adolfo López Mateos, mismas que se pueden consultar en el Sitio de Transparencia de la UAEM (http://transparencia.uaemex.mx/), en la sección: Información Pública de Oficio – Obra Universitaria – Obras Universitarias – Licitación Pública – 2010 – LP011, LP008 y LP012 Respectivamente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

004

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 08/01/2015
Folio de la Solicitud: 00004/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Solicito conocer los tópicos que continuación se enlistan: 1. Monto de la pensión económica otorgada a los ex rectores de la Universidad, Autónoma del Estado de México (UAEMéx) 2. Nombre o razón social, domicilio fiscal, y nombre del representante legal de la empresa de seguridad encargada de vigilar el campus de la UAEMéx denominado “Ciudad Universitaria o CU” ubicada en Cerro Coatepec s/n Ciudad Universitaria, Toluca Estado de México C.P. 50110. 3. Erogaciones mensuales por concepto de seguridad privada en todos y cada uno de los organismos, dependencias, centros universitarios de la UAEMéx.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00004/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que de acuerdo a los datos que obran en la Dirección de Recursos Humanos, la Universidad Autónoma del Estado de México no otorga pensiones económicas a sus exrectores. Respecto de sus preguntas 2 y 3, en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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PDF 189.15 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

005

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/01/2015
Folio de la Solicitud: 00005/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Deseo conocer si existe alguna política de acceso a internet en la universidad. Conocer los motivos que impiden (bloquean) a los alumnos y académicos el acceso al portal de videos Youtube.com

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00005/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (DTIC) se definen los perfiles de filtrado a nivel general de acuerdo a la tecnología que se use, con el fin de emplear de manera adecuada el uso del ancho de banda ya que los recursos que se tienen son limitados, para el caso particular del acceso a YouTube, éste se encuentra bloqueado ya que el consumo de ancho de banda de esta aplicación es alta, no refleja un buen uso de la misma y limita el acceso a otros sitios o aplicaciones que contribuyen a los fines de la Institución, lo anterior se encuentra fundamentado en las siguientes legislaciones universitarias: Estatuto Universitario: Artículo 16 fracción II y V, Artículo 27 fracción XVII, Artículo 28 fracción I, y Artículo 31 fracción I, IV, VI y VII, Ley UAEM: Artículo 35 y Artículo 36 fracción I y Reglamento de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la UAEM: Artículos 15 y 20. Sin embargo, es importante mencionar que en base a las necesidades de los alumnos y académicos que justifican el uso, el acceso es permitido de manera temporal o permanente, siempre y cuando haya factibilidad técnica.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

006

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/01/2015
Folio de la Solicitud: 00006/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Solicito se me proporcione en impreso y en cd, toda la información referente a la especialización de Cirugía que imparte la facultad de medicina, de la Universidad Autónoma del Estado de México. El Convenio que pudo haber firmado la Facultad de Derecho o la Universidad con el ISSEMYN, para que médicos inscritos realicen Subespecialidad de cirugía plástica y reconstructiva en el Centro Medico del ISSEMYN de Metepec. Me indiquen por que no se aplica el Reglamento Interno de la Residencia Medica del ISSEMYN. Por qué no se le ha dado continuidad a los escritos presentados por diversos médicos que actualmente cursan esa especialización. Así mismo se me proporcione copia certificada de todo el expediente a que alude en el oficio 203F39101/1000/DCMI/1788/2014, suscrito por el Doctor Antonio Jaymes Núñez, Director del Centro Medico ISSEMYN, Toluca CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN de este asunto tiene conocimiento la directora de la faculta de medicina y el coordinador del centro de investigación y estudios avanzados en ciencias de la salud de la auemex y por parte del issemyn su coordinador de servicios de salud, el director del centro médico issemyn, su jefe de enseñanza, su jefe de cirugía plástica y reconstructiva, y el profesor adjunto de cirugía maxilofacial

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00006/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00006/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará el Programa de Estudios referente a la Especialidad en Cirugía Plástica y Reconstructiva (el cual también puede ser consultado en el sitio electrónico http://www.siea.uaemex.mx/siestudiosa/FrmProgramasPsg/FrmBscPsgv2.aspx?sTpo=E o bien en el Sitio de Transparencia de la UAEM http://transparencia.uaemex.mx/, abrir información pública de oficio oferta educativa especialidades), así como el Convenio de Colaboración Académica celebrado entre la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM) Facultad de Medicina y el Instituto de Seguridad Social del estado de México y Municipios (ISSEMYM), así mismo le informamos que el CD y las impresiones del mismo con la información referida, quedan a su disposición, previa identificación, sin costo, en las oficinas que ocupa la Dirección de Información Universitaria, sita en calle Valentín Gómez Farías #200, Col. 5 de mayo, Toluca, México, C.P. 50090, Teléfonos; (01722) 213-1086 y 214-3055, en un horario de atención de 9:30-15:00 y de 18:00 a 20:30 horas de Lunes a Viernes en días hábiles. De igual forma le comentamos que la información que refiere, al enunciar “Me indiquen por que no se aplica el Reglamento Interno de la Residencia Medica del ISSEMYN. Por qué no se le ha dado continuidad a los escritos presentados por diversos médicos que actualmente cursan esa especialización. Así mismo se me proporcione copia certificada de todo el expediente a que alude en el oficio 203F39101/1000/DCMI/1788/2014, suscrito por el Doctor Antonio Jaymes Núñez, Director del Centro Medico ISSEMYN, Toluca”, no obra en poder de la Universidad Autónoma del Estado de México, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM), mismo que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.issemym.gob.mx/. Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

007

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 22/01/2015
Folio de la Solicitud: 00007/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Cual es el procedimiento de contratación que se llevó a cabo para contratar el servicio de red MPLS, e Internet a que se referían las bases de licitación pública nacional LP-006-2014 la cual fue declarada desierta. En el caso de que se haya realizado alguna adjudicación directa de dicho servicio solicito se me otorgue una copia de la motivación y/o dictamen en el que se justificó la procedencia de la excepción al procedimiento de licitación. En caso de haber realizado la adjudicación, cuál fue el monto de la contratación, el número de contrato la vigencia y las partes de esté, así como los servicios contratados. En el caso de que se haya realizado algún estudio de mercado para determinar cuales son los mejores precios ofertados por el servicio contratado, solicito se me otorgue una copia del mismo y del oficio, acuerdo o dictamen que contenga el análisis económico de dicho estudio de mercado.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00007/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que conforme a lo dispuesto por los artículos 38 y 39 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, y tomando en consideración la necesidad de contratar el Servicio de Red MPLS e Internet que permitiera optimizar las actividades administrativas, de docencia, investigación, difusión de la cultura, extensión y vinculación que realiza la UAEM, así como para mejorar los servicios que proporciona esta Institución a su comunidad, se determinó instrumentar el procedimiento adquisitivo correspondiente a la Licitación Pública número LP-006-2014, la cual fue publicada simultáneamente en los diarios “La Crónica” y “El Sol de Toluca” el día once (11) de noviembre de 2014, adquiriendo bases los licitantes: Telefonía por Cable, S.A. de C.V., Uninet, S.A. de C.V., Alestra, S. de R.L. de C.V. e Iusacell, S.A. de C.V. De acuerdo con lo establecido por los artículos 56 y 60 fracción III del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, en fecha 03 de diciembre de 2014 el procedimiento adquisitivo correspondiente a la Licitación Pública número LP-006-2014, referente a la contratación del Servicio de Red MPLS e Internet, fue declarado desierto. Conforme a lo dispuesto por los Artículos 63, 64 y 66 en correlación con el 70 fracción VI del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, en fecha 04 de diciembre de 2014, a solicitud del Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en su calidad de Área Requirente, y tomando en consideración la fecha en la que debía estar operando el servicio en comento, se instrumentó el procedimiento adquisitivo correspondiente a la Invitación Restringida número IR-016-2014, toda vez que la Licitación de la cual derivo había sido declarada desierta, respetando las condiciones establecidas en la convocatoria de origen, observando en todo momento los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguraran las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, garantías, formas de pago, oportunidad y demás circunstancias pertinentes para la UAEM. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 68 fracción VI del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, en fecha 18 de diciembre de 2014, el procedimiento adquisitivo correspondiente a la Invitación Restringida número IR-016-2014, referente a la contratación del Servicio de Red MPLS e Internet, fue declarado desierto. Conforme a lo hasta aquí expuesto, se puede apreciar que se agotaron los procedimientos adquisitivos señalados en el artículo 38 fracciones I y II del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, sin que se lograra satisfactoriamente el objetivo de dichos procedimientos consistente en la contratación del Servicio de Red MPLS e Internet. A consecuencia de lo anterior, y toda vez que la necesidad de contratar el Servicio de Red MPLS e Internet subsistía, el Órgano Ejecutor solicitó a las entidades económicas denominadas Telefonía por Cable, S.A. de C.V., Iusacell, S.A. de C.V., Uninet, S.A. de C.V. y Bestel, S.A. de C.V., enviarán por correo electrónico sus propuestas técnica y económica a fin de poder ser evaluadas por el Área Requirente y por dicho Órgano. Ahora bien, de conformidad con lo señalado por los artículos 3 fracción IV y 40 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios de aplicación supletoria, aunado a la necesidad de contratar el Servicio de Red MPLS e Internet, considerando también que solo la entidad económica Uninet, S.A. de C.V. envió la Información solicitada por el Órgano Ejecutor cumpliendo así con el estudio de mercado requerido para determinar la procedencia de la contratación, buscando asegurar en todo momento para esta Máxima Casa de Estudios las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, garantías, formas de pago, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, es que se procedió a realizar el análisis y evaluación de dicha información, resultando que la única propuesta recibida sí cumplía con lo solicitado en el Anexo Técnico de origen además de estar dentro del techo presupuestal asignado para esta contratación, razón por la cual se procedió a solicitar el acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM para llevar a cabo la contratación correspondiente con el licitante antes señalado. A consecuencia de lo anterior, y de acuerdo con lo establecido por el artículo 60 último párrafo del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, el Órgano Ejecutor, previo acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UAEM, procedió a adjudicar el contrato de Servicio de Red MPLS e Internet al proveedor Uninet, S.A. de C.V., ya que su propuesta sí resulto solvente para esta Máxima Casa de Estudios. Tomando en consideración que la adjudicación del contrato de Servicio de Red MPLS e Internet sí se realizó, el monto de la contratación es la cantidad de $102’530,769.48 (Ciento dos millones quinientos treinta mil setecientos sesenta y nueve pesos 48/100 M.N.), IVA incluido. El contrato celebrado entre las partes es un contrato abierto, por lo que no tiene ningún número asignado. La vigencia del mismo será de 36 meses a partir del 31 de enero de 2015 y hasta el 31 de enero de 2018 y las partes que en el intervinieron son la Universidad Autónoma del Estado de México como contratante del servicio y la entidad económica denominada UNINET, S.A. de C.V. como prestadora del servicio. Los servicios contratados son: • Red MPLS • Enlaces dedicados de Internet • Enlaces dedicados de Internet con redundancia • Centro de operación de Red (NOC) para MPLS
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

008

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/01/2015
Folio de la Solicitud: 00008/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Podría darme información sobre los periódicos que se han publicado en el municipio de ciudad Nezahualcóyotl

Respuesta:

Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00008/UAEM/IP/2015, le comentamos lo siguiente: Hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México no cuenta con la información que solicita, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en la Coordinación General de Comunicación Social, del Gobierno del Estado de México, misma que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.gem.gob.mx/medios/w2bolet.asp?Tser=C; de igual forma puede encontrar información ante el H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl el cual ofrece información en el sitio electrónico: http://www.neza.gob.mx/. Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

009

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/01/2015
Folio de la Solicitud: 00009/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Listado del personal activo de la Universidad Autónoma del Estado de México a la fecha del 1 de julio del año 2012, conteniendo nombre, cargo, nivel de estudios y nivel presupuestal de cada uno, por plaza y por honorarios. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Lo anterior , en virtud de que dicha información me es necesaria para acreditar la capacidad técnica de esta alta Institución ante diversas autoridades, especificamente en esa fecha. Cabe hacer la aclaración que si bien esta información, esta obligada la entidad a tenerla en su sitio de internet, requiero obtenerla de manera oficial para asi presentarla ante las autoridades. Además la presentación del sitio de internet no lo hace de manera conjunta en un listado completo.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00009/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que la UAEM no cuenta con la atribución legal para certificar documentos, sin embargo y para efectos de otorgar certeza al peticionario le informamos que se encuentran a su disposición, en las oficinas que ocupa la Dirección de Información Universitaria, sita en calle Valentín Gómez Farías # 200, Col. 5 de mayo, Toluca, México, C.P. 50090, Teléfonos; (01722) 213-1086 y 214-3055, en un horario de atención de 9:30-15:00 y de 18:00 a 20:30 horas de Lunes a Viernes en días hábiles, las copias cotejadas de la información que solicita, previo pago que por concepto de reproducción de un total de 643 documentos, realice en la cuenta 54500032656, de la Institución Bancaria denominada Santander, S.A. a nombre de la Universidad Autónoma del Estado de México, y por un monto de $1300,00 ( Un mil trescientos pesos 00/100 M. N.), cantidad que resulta conforme lo estipulado en el artículos 6 y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; así como del Artículo 73 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, mismos que señalan: “Artículo 6.- El acceso a la información pública será permanente y gratuito. La expedición de documentos, grabaciones y reproducciones se sujetará, en su caso, al pago de los derechos, productos y aprovechamientos establecidos en la legislación correspondiente. En ningún caso, el pago de derechos deberá exceder el costo de reproducción de la información en el material solicitado y el costo de envío.” “Artículo 48.- La obligación de acceso a la información pública se tendrá por cumplida, cuando el solicitante previo el pago, previsto en el articulo 6 de esta Ley, si es el caso, tenga a su disposición la información vía electrónica o copias simples, certificadas o en cualquier otro medio en el que se encuentre contenida la información solicitada, o cuando realice la consulta de la información en el lugar en el que ésta se localice. …” (sic). “Artículo 73.- Por la expedición de los siguientes documentos se pagarán: TARIFA CONCEPTO … II. Copias simples: A). Por la primera hoja. $16 B). Por cada hoja subsecuente. $2 …”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

07/04/2015

010

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2015
Folio de la Solicitud: 00010/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de la factura FO671, de fecha 2014-07-01 que expidió FONDICT UAEM a Gobierno del Estado de México. Copia de la factura en la que conste a quién le compró FONDICT UAEM los equipos de computo que le vendió a Gobierno del Estado de México, descritos en la factura FO671, de fecha 2014-07-01. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE FONDICT UAEM o Lic. Erik Herzaín Torres Mulhia.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00010/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

011

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2015
Folio de la Solicitud: 00011/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Listado de alumnos beneficiados de la UAEM con una LapTop correspondiente a la convocatoria del Programa Estatal de Excelencia Académica del año 2014. Listado de alumnos beneficiados de la UAEM con una LapTop correspondiente a la convocatoria del Programa Estatal de Excelencia Académica del año 2014. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Extención y Vinculación UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00011/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

11/03/2015

012

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2015
Folio de la Solicitud: 00012/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Listado de alumnos beneficiados de la UAEM con una LapTop correspondiente a la convocatoria del Programa Estatal de Excelencia Académica del año 2013. Listado de alumnos beneficiados de la UAEM con una LapTop correspondiente a la convocatoria del Programa Estatal de Excelencia Académica del año 2013 y que si recibieron la LapTop. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Extensión y Vinculación.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00012/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

11/03/2015

013

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/02/2015
Folio de la Solicitud: 00013/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Listado de proveedores de títulos profesionales con los que cuenta la UAEM. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Docencia UAEM o Dirección de Control Escolar UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00013/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que actualmente en el Padrón de Proveedores de títulos profesionales de la institución como proveedor de Impresos en piel y papel de alta seguridad, se encuentra registrada la empresa PAPYRYS SOLUTIONS S.A. DE C.V.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

11/03/2015

014

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/02/2015
Folio de la Solicitud: 00014/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de los documentos en los que consten las devoluciones a los proveedores de títulos profesionales por presentar defectos en su fabricación ya sea por datos mal escritos o manchas en la piel o cualquier otro aspecto que causó su devolución en el año 2012. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Docencia UAEM o Dirección de Control Escolar UAEM.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00014/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que los títulos profesionales, diplomas de especialidad o grados académicos que son detectados con error en nombre, apellido, dictamen, sellos, fecha de evaluación, fecha de registro, fecha de expedición, foja, número, sellos de seguridad, piel maltratada o manchada, o cualquier causa que no cubra los requisitos de calidad de entrega al usuario, se realiza lo siguiente: Elaboración de solicitud para reelaboración de documentos (formatos anexos), revisión de los datos y se remite al proveedor vía electrónica.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

015

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/02/2015
Folio de la Solicitud: 00015/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de los documentos en los que consten las devoluciones a los proveedores de títulos profesionales por presentar defectos en su fabricación ya sea por datos mal escritos o manchas en la piel o cualquier otro aspecto que causó su devolución en el año 2014. datos mal escritos o manchas en la piel o cualquier otro aspecto que causó su devolución en el año 2014. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Docencia UAEM o Dirección de Control Escolar UAEM o Secretaría de Administración UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00015/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que los títulos profesionales, diplomas de especialidad o grados académicos que son detectados con error en nombre, apellido, dictamen, sellos, fecha de evaluación, fecha de registro, fecha de expedición, foja, número, sellos de seguridad, piel maltratada o manchada, o cualquier causa que no cubra los requisitos de calidad de entrega al usuario, se realiza lo siguiente: Elaboración de solicitud para reelaboración de documentos (formatos anexos), revisión de los datos y se remite al proveedor vía electrónica.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

016

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/02/2015
Folio de la Solicitud: 00016/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de las facturas emitidas a la UAEM por los proveedores de títulos profesionales en los años 2012 CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Docencia UAEM o Dirección de Control Escolar UAEM o Secretaría de Administración UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00016/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

017

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/02/2015
Folio de la Solicitud: 00017/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de las facturas emitidas a la UAEM por los proveedores de títulos profesionales en los años 2013 CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Docencia UAEM o Dirección de Control Escolar UAEM o Secretaría de Administración UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00017/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

018

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/02/2015
Folio de la Solicitud: 00018/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de las facturas emitidas a la UAEM por los proveedores de títulos profesionales en los años 2014 CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN Secretaría de Docencia UAEM o Dirección de Control Escolar UAEM o Secretaría de Administración UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00018/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

13/03/2015

019

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 09/02/2015
Folio de la Solicitud: 00019/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Solicito documentación de los gastos que realiza la Dirección de Cooperación Internacional en los marcos de los convenios de movilidad, específicamente el recurso que se le asigna a cada estudiante extranjero becado en la modalidad de especie, que incluye hospedaje y alimentos de los últimos 3 años

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00019/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivos electrónicos adjuntos encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

11/03/2015

020

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 09/02/2015
Folio de la Solicitud: 00020/UAEM/IP/2015

Información requerida:

1. Solicito a la Universidad Autónoma del Estado de México, los motivos reales que fundamenten los despidos injustificados que se han venido realizado en contra de compañeros trabajadores administrativos afiliados al Sindicato Único de Trabajadores y Empleados al Servicio de la Universidad Autónoma del estado de México (SUTESUAEM) de los siguientes trabajadores: N O M B R E ADSCRITO ENRIQUE ESTRADA RODRIGUEZ Facultad de Artes MERARI GUTIERREZ MORA Dirección de Recursos Humanos DOLORES PEREZ LLAMAS Facultad de Contaduría y Administración ROBERTO ALEJANDRO TORRES URIBE Secretaría de Difusión Cultural 2. Solicito la relación de promociones de $ 200.00 (Doscientos Pesos 00/100 M.N) mensual, pagadas por Recursos Humanos al personal Administrativo afiliado al SUTESUAEM que contenga: Nombre Adscripción Importe quincenal o mensual.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00020/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: En cuanto al punto marcado con el número 1, de acuerdo a los datos que obran en la Dirección de Recursos Humanos no existe constancia de que los C. C. Enrique Estrada Rodríguez, Merari Gutiérrez Mora, Dolores Pérez Llamas y Roberto Alejandro Torres Uribe hayan sido despedidos de manera injustificada. Respecto al punto marcado con el número 2, La Dirección de Recursos Humanos carece de atribuciones para proporcionar la información solicitada toda vez que se trata de información concerniente al régimen interno del Sindicato Único de Trabajadores y Empleados al Servicio de la Universidad Autónoma del Estado de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 133, fracción V de la Ley Federal del Trabajo.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

07/04/2015

021

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 09/02/2015
Folio de la Solicitud: 00021/UAEM/IP/2015

Información requerida:

REQUIERO SABER DEL PRESUPUESTO APORTADO A LA UAEM CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN PRESUPUESTO PARA UAEM

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00021/UAEM/IP/2015, le comentamos lo siguiente: Se solicita atentamente señale específicamente a que se refiere al señalar en su solicitud "Requiero saber del presupuesto aportado a la UAEM" Así mismo hacemos de su conocimiento que mientras más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

11/03/2015

022

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/02/2015
Folio de la Solicitud: 00026/UAEM/IP/2015

Información requerida:

a cuanto asciende el salario anual del presidente municipal de atizapan de zaragoza

Respuesta:

Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00026/UAEM/IP/2015, le comentamos lo siguiente: Hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México no cuenta con la información que solicita, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en el H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, mismo que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.atizapan.gob.mx/site/ Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

023

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/02/2015
Folio de la Solicitud: 00022/UAEM/IP/2015

Información requerida:

cual es el sueldo anual de los funcionarios publicos en general, dependiendo su cargo y puesto de la secretaria de educacion publica y que funciones desempeñan en esta dependencia

Respuesta:

Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00022/UAEM/IP/2015, le comentamos lo siguiente: Hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México no cuenta con la información que solicita, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de México, misma que ofrece información en el sitio electrónico: http://portal2.edomex.gob.mx/seduc/index.htm; o bien ante la Secretaría de Educación del Gobierno Federal, misma que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.sep.gob.mx/ Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

024

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/02/2015
Folio de la Solicitud: 00023/UAEM/IP/2015

Información requerida:

En que consiste la reforma de telecomunicaciones y en que beneficia al país

Respuesta:

Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00023/UAEM/IP/2015, le comentamos lo siguiente: Hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México no cuenta con la información que solicita, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, misma que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.sct.gob.mx/ Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

025

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/02/2015
Folio de la Solicitud: 00024/UAEM/IP/2015

Información requerida:

quiero conocer el salario mensual de los directivos de ese centro "educativo"

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00024/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que el salario del personal directivo de la Universidad Autónoma del Estado de México puede ser consultado en el Sitio de Trasparencia de la UAEM, ingresando a Información Pública de Oficio, Manual de Descripción de Puestos y Tabulador Salarial, Tabulador de Salarios 2015.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

07/04/2015

026

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/02/2015
Folio de la Solicitud: 00025/UAEM/IP/2015

Información requerida:

a cuanto asciende el salario anual del presidente municipal de atizapan de zaragoza

Respuesta:

Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00025/UAEM/IP/2015, le comentamos lo siguiente: Hacemos de su conocimiento que la Universidad Autónoma del Estado de México no cuenta con la información que solicita, sin embargo le informamos que podría encontrar dicha información en el H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, mismo que ofrece información en el sitio electrónico: http://www.atizapan.gob.mx/site/ Lo anterior encuentra su fundamento en los artículos 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dicen: “Artículo 45.- De no corresponder la solicitud a la Unidad de Información, ésta orientará a los solicitantes para que presenten la solicitud a la Unidad de Información que corresponda en un plazo no mayor a cinco días hábiles.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

20/02/2015

027

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/02/2015
Folio de la Solicitud: 00027/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Por medio de la presente tengo el agrado de dirigirme a usted; con el objeto de solicitarle de la manera más atenta información pública con la finalidad de dar seguimiento al desarrollo científico de las Instituciones de Educación Superior. Lo anterior, permitirá identificar áreas de oportunidad en la actividad de investigación de los profesores de Tiempo completo o de similar condición. Por tanto se solicita: Número de Profesores de Tiempo Completo (PTC) autorizados a noviembre de 2014, por la Secretaría de Educación Pública. Número y Nombre de las Patentes explotadas propiedad de la Institución y registradas en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en los años de 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. Número de Tesis Doctorales de alumnos egresados, en los ciclos escolares: 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00027/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 94.51 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

07/04/2015

028

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 16/02/2015
Folio de la Solicitud: 00028/UAEM/IP/2015

Información requerida:

HISTORIAL ACADÉMICO DE LA C. (Información Confidencial) Y REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA BECA. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN ALUMNA DE LA FACULTAD DE QUÍMICA

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00028/UAEM/IP/2014, le pedimos dé cumplimiento al acuerdo que se adjunta. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 34 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, que a la letra dice: “Legitimación para Ejercer los Derechos ARCO Artículo 34. - Los titulares o sus representantes legales podrán solicitar a través de la Unidad de Información, previa acreditación, en términos de lo que establezca la presente Ley, que se les otorgue acceso, rectifique, cancele, o que haga efectivo su derecho de oposición, respecto de los datos personales que le conciernan y que obren en una base de datos en posesión de los sujetos obligados. El ejercicio del derecho a que se refiere el párrafo anterior, respecto a los datos de personas fallecidas o de quienes haya sido declarada judicialmente su presunción de muerte, será a través de sus representantes.” De igual forma el Artículo 39 de la Ley referida señala: “Artículo 39. - Si la información proporcionada por el titular es insuficiente o errónea, la Unidad de Información del sujeto obligado podrá prevenir al solicitante, por una sola vez y dentro de los diez días siguientes a la presentación de la solicitud, para que la corrija o complete, apercibido de que en caso de no desahogar la prevención, se tendrá por no presentada la solicitud. Este requerimiento interrumpe los plazos establecidos en el artículo 40.” Así mismo los numerales 55, 56 y 57, de los Lineamientos por los que se Establecen las Políticas, Criterios y Procedimientos que Deberán Observar los Sujetos Obligados, Para Proveer la Aplicación e Implementación de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, que expide el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, indican: “De los requisitos de las solicitudes de ejercicio de los derechos ARCO Artículo 55. La solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición de los datos personales deberá contener: I. El nombre del solicitante y domicilio u otro medio para recibir notificaciones, corno el correo electrónico, así como los datos generales de su representante, en su caso; II. La descripción clara y precisa de los datos personales espacio de los que se busca ejercer alguno de los derechos a que se refiere este artículo; III. El nombre del Sujeto Obligado a quien se dirija; IV. El domicilio, que se debe encontrar dentro del Estado de México, o medio electrónico para recibir notificaciones, y V. Cualquier otro elemento que facilite la localización de los datos personales. Además, deberá acompañarse con copia de una identificación oficial en la que conste el nombre del titular de los derechos. Si los derechos se ejercen a través de representante, además de la copia de la identificación oficial, se deberá agregar el documento o instrumento en el que conste conferida la representación. Tratándose de una solicitud de acceso a datos personales, se señalará la modalidad en la que el titular prefiere que éste se otorgue, la cual podrá ser mediante consulta directa, copias simples, certificadas, digitalizadas u otro tipo de medio electrónico. En el caso de las solicitudes de rectificación de datos personales, el titular deberá indicar, además, las modificaciones por realizar y aportar la documentación que sustente su petición. En el caso de las solicitudes de cancelación de datos personales, el interesado deberá señalar las razones por las cuales considera que el tratamiento de los datos no se ajusta a lo dispuesto en la Ley o, en su caso, acreditar la procedencia del ejercicio de su derecho de oposición. De la falta de requisitos Artículo 56. En caso de que la solicitud no reúna los requisitos referidos en el artículo anterior, el Sujeto Obligado deberá prevenir al solicitante, por una sola vez y dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, para que lo corrija o complete, apercibido de que, en caso de no desahogar la prevención, se tendrá por no presentada la solicitud. Este requerimiento interrumpe los plazos previstos en el artículo 40 de la Ley. De la prevención Artículo 57. La prevención señalada en el artículo anterior deberá realizarse y notificarse al solicitante mediante acuerdo de la Unidad de Información, el cual deberá contener: I. El lugar y fecha de emisión; II. El nombre del solicitante; III. El requerimiento para que el solicitante presente documento mediante el cual acredite su personalidad como titular de los datos personales o su representante legal o, en su caso, los datos no claros de la solicitud, respecto de la cual requiere su acceso, rectificación o cancelación; IV. Los motivos y fundamentos por los cuales requiere la aclaración, precisión o complementación respectiva; V. El señalamiento al solicitante de que cuenta con un término de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al que surta sus efectos la notificación respectiva, para desahogar la prevención; Vi El apercibimiento de que, para el caso de no desahogar la prevención, se tendrá por no presentada la solicitud, quedando a salvo los derechos del titular o su representante para presentar nuevamente su solicitud, y VII. El nombre y firma autógrafa del responsable de la Unidad de Información. En razón de lo anterior se adjunta al presente el acuerdo que da cumplimiento a lo establecido anteriormente. No omitimos comentarle que la información que usted solicita es de carácter confidencial considera así por la Ley de protección de Datos Personales del Estado de México , y que para acceder a la misma es a través de solicitud de acceso a datos personales, no así de solicitud de acceso a información pública; por lo que le exhortamos muy atentamente a que en lo subsecuente solicite la información a través de la modalidad de acceso a datos personales, ya que de lo contrario nos veremos obligados a prevenirle nuevamente con la acreditación de su personalidad demostrando que usted es dueño de la información que solicita o que se encuentra facultada, por el titular de los datos, para acceder a los mismos. En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

08/05/2015

029

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 16/02/2015
Folio de la Solicitud: 00029/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Plantilla de trabajadores de la Universidad Autonoma del Estado de México para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, aludiendo tanto el personal administrativo, docente, investigadores y demas personas que formaron parte de la estructura organica de la UNiversidad en la primera quincena (día nueve) del mes de junio de 2010. Información que es solicitada por el suscrito a fin de conocer la capacidad tanto humana como técnica con que cuenta esa apreciable Institución.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00029/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que la UAEM no cuenta con la atribución legal para certificar documentos, sin embargo y para efectos de otorgar certeza al peticionario le informamos que se encuentran a su disposición, en las oficinas que ocupa la Dirección de Información Universitaria, sita en calle Valentín Gómez Farías # 200, Col. 5 de mayo, Toluca, México, C.P. 50090, Teléfonos; (01722) 213-1086 y 214-3055, en un horario de atención de 9:30-15:00 y de 18:00 a 20:30 horas de Lunes a Viernes en días hábiles, las copias cotejadas de la información que solicita, previo pago que por concepto de reproducción de un total de 180 documentos, realice en la cuenta 54500032656, de la Institución Bancaria denominada Santander, S.A. a nombre de la Universidad Autónoma del Estado de México, y por un monto de $374.00 (Trescientos setenta y cuatro pesos 00/100 M. N.), cantidad que resulta conforme lo estipulado en el artículos 6 y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; así como del Artículo 73 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, mismos que señalan: “Artículo 6.- El acceso a la información pública será permanente y gratuito. La expedición de documentos, grabaciones y reproducciones se sujetará, en su caso, al pago de los derechos, productos y aprovechamientos establecidos en la legislación correspondiente. En ningún caso, el pago de derechos deberá exceder el costo de reproducción de la información en el material solicitado y el costo de envío.” “Artículo 48.- La obligación de acceso a la información pública se tendrá por cumplida, cuando el solicitante previo el pago, previsto en el articulo 6 de esta Ley, si es el caso, tenga a su disposición la información vía electrónica o copias simples, certificadas o en cualquier otro medio en el que se encuentre contenida la información solicitada, o cuando realice la consulta de la información en el lugar en el que ésta se localice. …” (sic). “Artículo 73.- Por la expedición de los siguientes documentos se pagarán: TARIFA CONCEPTO … II. Copias simples: A). Por la primera hoja. $16 B). Por cada hoja subsecuente. $2 …”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

07/04/2015

030

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 17/02/2015
Folio de la Solicitud: 00034/UAEM/IP/2015

Información requerida:

Copia de los contratos firmados y convenios firmados entre FONDICT UAEM y ASESORÍAS CONTABLES Y JURIDICAS DEL GOLFO DE MÉXICO, en los años 2013 y 2014. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN FONDICT UAEM o Secretaría de Administración

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00034/UAEM/IP/2015, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información que da respuesta a su solicitud. Me permito informar que no se firmaron contratos y/o convenios en el año 2014 con la empresa Asesorías Contables y Jurídicas del Golfo de México y el FONDICT-UAEM.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/04/2015

Mostrando 1 al 30 de 189 registros
Solicitudes Recibidas y Atendidas
2015

Fracción IV
Ultima actualización
lunes 14 de septiembre de 2015 15:29, horas
012
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