Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
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001
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Rectificación de Datos Personales
Fecha de presentación de la solicitud: 15/08/2014
Folio de la Solicitud: 00001/UAEM/RD/2014
Motivo o contenido general de la solicitud :
en el portal de seduca aparece mi nombre mal escrito ( Información Confidencial) y es (Información Confidencial)
ANOTE LOS DATOS PERSONALES CORRECTOS
(Información Confidencial) soy estudiante de la lic en cultura fisica y deporte y para realizar mis tareas necesito entrar al sistema por lo que les solicito rectifiquen mi apellido
Respuesta si fue procedente o no:
Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente:
Respecto de su solicitud de información con número de folio: 00001/UAEM/RD/2014, le pedimos dé cumplimiento al acuerdo que se adjunta. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.-La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” De igual forma el Artículo 25 bis de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios señala: “Artículo 25 Bis.- Los sujetos obligados son responsables de los datos personales y, en relación con éstos, deben: I. Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y evite su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado; y”… Así mismo el lineamiento setenta y cuatro de los Lineamientos para la Recepción, Trámite, y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de México y Municipios, indica: “Setenta y cuatro.-Después de analizar la solicitud de acceso o corrección de datos personales, el solicitante no presenta documento mediante el cual acredite su personalidad como titular de los datos personales o su representante legal, o la Unidad de Información encuentra cualquier motivo para requerir la aclaración, precisión o complementación de la solicitud, deberá realizar un acuerdo en el que contenga: a) Lugar y fecha de emisión; b) El nombre del solicitante; c) El requerimiento para que el solicitante presente documento mediante el cual acredite su personalidad como titular de los datos personales o su representante legal o, en su caso, los datos no claros de la solicitud, respecto de la cual requiere su aclaración, precisión o complementación. d) Los motivos y fundamentos por los cuales requiere la aclaración, precisión o complementación. e) El señalamiento al solicitante que cuenta con un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al que surta sus efectos la notificación, respectiva, para desahogar el requerimiento ordenado; f) El apercibimiento que para el caso de no presentar el requerimiento respectivo, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volver a presentar su solicitud; y g) El nombre y firma autógrafa del responsable de la Unidad de Información. En razón de lo anterior se adjunta al presente el acuerdo que da cumplimiento a lo establecido anteriormente.
En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 215.50 KB
PDF 151.94 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Información de la UAEM
Fecha Actualización:
14/05/2015
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