Ejercicio :
2016
Periodo que se informa :
Trimestral
Sujeto obligado al que se le proporcionó el servicio/permiso :
NA
Tipo: tiempo de Estado, tiempo fiscal :
NA
Medio de comunicación: radio, televisión :
NA
Descripción de unidad :
NA
Concepto o campaña :
NA
Clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Autoridad que proporcionó la clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Cobertura: internacional, nacional, estatal, delegacional o municipal :
NA
Ámbito geográfico de cobertura :
NA
Sexo :
Masculino
Lugar de residencia :
NA
Nivel educativo :
NA
Grupo de edad :
NA
Nivel socioeconómico :
NA
Concesionario responsable de publicar la campaña o la comunicación correspondiente :
NA
Nombre comercial del concesionario responsable de publicar la campaña o comunicación :
NA
Descripción breve de las razones que justifican la elección de tal proveedor :
NA
Monto total del tiempo de Estado o tiempo fiscal consumidos :
NA
Área administrativa encargada de solicitar la difusión del mensaje o producto, en su caso :
NA
Fecha de inicio de difusión del concepto o campaña :
Fecha de término de difusión del concepto o campaña :
Presupuesto total asignado a cada partida :
NA
Presupuesto ejercido al periodo reportado de cada partida :
NA
Número de factura :
NA
Fecha de actualización :
2019-05-20 13:00:51
Fecha de validación :
2019-05-20 13:05:13
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Comisión Coordinadora Estatal
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
El partido del Trabajo no Genera información con respecto de los tiempos oficiales en razón a lo ordenado por el Artículo 1º de los Lineamientos aplicables a la entrega y recepción electrónica o satelital de las órdenes de transmisión y materiales del Instituto Nacional Electoral. a) La entrega de materiales por parte de partidos políticos nacionales y locales, los/las candidatos/as independientes en el ámbito federal, coaliciones y autoridades electorales federales y locales depende de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos ello, para verificar que cumplan con las especificaciones técnicas para su transmisión en radio y televisión; conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 43, numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. b) Así, como la puesta a disposición de los materiales de los partidos, autoridades electorales y candidatos independientes a los concesionarios de radio y televisión, y la entrega de su correspondiente orden de transmisión, para su difusión en los tiempos del Estado en radio y televisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 6, numeral 4, inciso d; 41; y 2o. Transitorio del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. De lo anterior, el tiempo en radio y televisión dependerá de las concesiones que el Partido Político realice ante la Dirección Ejecutiva del Órgano Electoral. En comento el Comité Local se atendrá a dicha figura y sus tiempos estarán ligados a aquellos que establezca el Comité Nacional del Partido y se le considerará como concesionario para efectos de los presentes lineamientos.
Aunado a lo anterior hacemos de su conocimiento que la información respecto de la Utilización de los Tiempos Oficiales (tiempo de Estado y tiempo fiscal) , la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, como ya se mencionó, será la responsable de publicar la información correspondiente a dicha sección, en virtud de que es la administradora de los tiempos de Estado; todos los sujetos obligados incluirán un hipervínculo a dicha información. Además en tiempos electorales la autoridad electoral (Instituto Nacional Electoral) asignará una clave de identificación análoga a los spots que transmitan los partidos políticos en el uso de Tiempos oficiales, y a sus propios mensajes (En base en lo establecido en el artículo 41, fracción III, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) http://www.rtc.gob.mx/ http://www.ine.mx/
Ejercicio :
2016
Periodo que se informa :
Trimestral
Sujeto obligado al que se le proporcionó el servicio/permiso :
NA
Tipo: tiempo de Estado, tiempo fiscal :
NA
Medio de comunicación: radio, televisión :
NA
Descripción de unidad :
NA
Concepto o campaña :
NA
Clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Autoridad que proporcionó la clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Cobertura: internacional, nacional, estatal, delegacional o municipal :
NA
Ámbito geográfico de cobertura :
NA
Sexo :
Femenino
Lugar de residencia :
NA
Nivel educativo :
NA
Grupo de edad :
NA
Nivel socioeconómico :
NA
Concesionario responsable de publicar la campaña o la comunicación correspondiente :
NA
Nombre comercial del concesionario responsable de publicar la campaña o comunicación :
NA
Descripción breve de las razones que justifican la elección de tal proveedor :
NA
Monto total del tiempo de Estado o tiempo fiscal consumidos :
NA
Área administrativa encargada de solicitar la difusión del mensaje o producto, en su caso :
NA
Fecha de inicio de difusión del concepto o campaña :
Fecha de término de difusión del concepto o campaña :
Presupuesto total asignado a cada partida :
NA
Presupuesto ejercido al periodo reportado de cada partida :
NA
Número de factura :
NA
Fecha de actualización :
2019-05-20 13:01:23
Fecha de validación :
2019-05-20 13:05:13
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Comisión Coordinadora Estatal
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
El partido del Trabajo no Genera información con respecto de los tiempos oficiales en razón a lo ordenado por el Artículo 1º de los Lineamientos aplicables a la entrega y recepción electrónica o satelital de las órdenes de transmisión y materiales del Instituto Nacional Electoral. a) La entrega de materiales por parte de partidos políticos nacionales y locales, los/las candidatos/as independientes en el ámbito federal, coaliciones y autoridades electorales federales y locales depende de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos ello, para verificar que cumplan con las especificaciones técnicas para su transmisión en radio y televisión; conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 43, numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. b) Así, como la puesta a disposición de los materiales de los partidos, autoridades electorales y candidatos independientes a los concesionarios de radio y televisión, y la entrega de su correspondiente orden de transmisión, para su difusión en los tiempos del Estado en radio y televisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 6, numeral 4, inciso d; 41; y 2o. Transitorio del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. De lo anterior, el tiempo en radio y televisión dependerá de las concesiones que el Partido Político realice ante la Dirección Ejecutiva del Órgano Electoral. En comento el Comité Local se atendrá a dicha figura y sus tiempos estarán ligados a aquellos que establezca el Comité Nacional del Partido y se le considerará como concesionario para efectos de los presentes lineamientos.
Aunado a lo anterior hacemos de su conocimiento que la información respecto de la Utilización de los Tiempos Oficiales (tiempo de Estado y tiempo fiscal) , la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, como ya se mencionó, será la responsable de publicar la información correspondiente a dicha sección, en virtud de que es la administradora de los tiempos de Estado; todos los sujetos obligados incluirán un hipervínculo a dicha información. Además en tiempos electorales la autoridad electoral (Instituto Nacional Electoral) asignará una clave de identificación análoga a los spots que transmitan los partidos políticos en el uso de Tiempos oficiales, y a sus propios mensajes (En base en lo establecido en el artículo 41, fracción III, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) http://www.rtc.gob.mx/ http://www.ine.mx/
Ejercicio :
2016
Periodo que se informa :
Trimestral
Sujeto obligado al que se le proporcionó el servicio/permiso :
NA
Tipo: tiempo de Estado, tiempo fiscal :
NA
Medio de comunicación: radio, televisión :
NA
Descripción de unidad :
NA
Concepto o campaña :
NA
Clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Autoridad que proporcionó la clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Cobertura: internacional, nacional, estatal, delegacional o municipal :
NA
Ámbito geográfico de cobertura :
NA
Sexo :
Masculino
Lugar de residencia :
NA
Nivel educativo :
NA
Grupo de edad :
NA
Nivel socioeconómico :
NA
Concesionario responsable de publicar la campaña o la comunicación correspondiente :
NA
Nombre comercial del concesionario responsable de publicar la campaña o comunicación :
NA
Descripción breve de las razones que justifican la elección de tal proveedor :
NA
Monto total del tiempo de Estado o tiempo fiscal consumidos :
NA
Área administrativa encargada de solicitar la difusión del mensaje o producto, en su caso :
NA
Fecha de inicio de difusión del concepto o campaña :
Fecha de término de difusión del concepto o campaña :
Presupuesto total asignado a cada partida :
NA
Presupuesto ejercido al periodo reportado de cada partida :
NA
Número de factura :
NA
Fecha de actualización :
2019-05-20 13:01:52
Fecha de validación :
2019-05-20 13:05:13
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Comisión Coordinadora Estatal
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
El partido del Trabajo no Genera información con respecto de los tiempos oficiales en razón a lo ordenado por el Artículo 1º de los Lineamientos aplicables a la entrega y recepción electrónica o satelital de las órdenes de transmisión y materiales del Instituto Nacional Electoral. a) La entrega de materiales por parte de partidos políticos nacionales y locales, los/las candidatos/as independientes en el ámbito federal, coaliciones y autoridades electorales federales y locales depende de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos ello, para verificar que cumplan con las especificaciones técnicas para su transmisión en radio y televisión; conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 43, numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. b) Así, como la puesta a disposición de los materiales de los partidos, autoridades electorales y candidatos independientes a los concesionarios de radio y televisión, y la entrega de su correspondiente orden de transmisión, para su difusión en los tiempos del Estado en radio y televisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 6, numeral 4, inciso d; 41; y 2o. Transitorio del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. De lo anterior, el tiempo en radio y televisión dependerá de las concesiones que el Partido Político realice ante la Dirección Ejecutiva del Órgano Electoral. En comento el Comité Local se atendrá a dicha figura y sus tiempos estarán ligados a aquellos que establezca el Comité Nacional del Partido y se le considerará como concesionario para efectos de los presentes lineamientos.
Aunado a lo anterior hacemos de su conocimiento que la información respecto de la Utilización de los Tiempos Oficiales (tiempo de Estado y tiempo fiscal) , la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, como ya se mencionó, será la responsable de publicar la información correspondiente a dicha sección, en virtud de que es la administradora de los tiempos de Estado; todos los sujetos obligados incluirán un hipervínculo a dicha información. Además en tiempos electorales la autoridad electoral (Instituto Nacional Electoral) asignará una clave de identificación análoga a los spots que transmitan los partidos políticos en el uso de Tiempos oficiales, y a sus propios mensajes (En base en lo establecido en el artículo 41, fracción III, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) http://www.rtc.gob.mx/ http://www.ine.mx/
Ejercicio :
2016
Periodo que se informa :
Trimestral
Sujeto obligado al que se le proporcionó el servicio/permiso :
NA
Tipo: tiempo de Estado, tiempo fiscal :
NA
Medio de comunicación: radio, televisión :
NA
Descripción de unidad :
NA
Concepto o campaña :
NA
Clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Autoridad que proporcionó la clave única de identificación de campaña o aviso institucional :
NA
Cobertura: internacional, nacional, estatal, delegacional o municipal :
NA
Ámbito geográfico de cobertura :
NA
Sexo :
Femenino
Lugar de residencia :
NA
Nivel educativo :
NA
Grupo de edad :
NA
Nivel socioeconómico :
NA
Concesionario responsable de publicar la campaña o la comunicación correspondiente :
NA
Nombre comercial del concesionario responsable de publicar la campaña o comunicación :
NA
Descripción breve de las razones que justifican la elección de tal proveedor :
NA
Monto total del tiempo de Estado o tiempo fiscal consumidos :
NA
Área administrativa encargada de solicitar la difusión del mensaje o producto, en su caso :
NA
Fecha de inicio de difusión del concepto o campaña :
Fecha de término de difusión del concepto o campaña :
Presupuesto total asignado a cada partida :
NA
Presupuesto ejercido al periodo reportado de cada partida :
NA
Número de factura :
NA
Fecha de actualización :
2019-05-20 13:02:26
Fecha de validación :
2019-05-20 13:05:13
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Comisión Coordinadora Estatal
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
El partido del Trabajo no Genera información con respecto de los tiempos oficiales en razón a lo ordenado por el Artículo 1º de los Lineamientos aplicables a la entrega y recepción electrónica o satelital de las órdenes de transmisión y materiales del Instituto Nacional Electoral. a) La entrega de materiales por parte de partidos políticos nacionales y locales, los/las candidatos/as independientes en el ámbito federal, coaliciones y autoridades electorales federales y locales depende de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos ello, para verificar que cumplan con las especificaciones técnicas para su transmisión en radio y televisión; conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 43, numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. b) Así, como la puesta a disposición de los materiales de los partidos, autoridades electorales y candidatos independientes a los concesionarios de radio y televisión, y la entrega de su correspondiente orden de transmisión, para su difusión en los tiempos del Estado en radio y televisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 186, numeral 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 6, numeral 4, inciso d; 41; y 2o. Transitorio del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. De lo anterior, el tiempo en radio y televisión dependerá de las concesiones que el Partido Político realice ante la Dirección Ejecutiva del Órgano Electoral. En comento el Comité Local se atendrá a dicha figura y sus tiempos estarán ligados a aquellos que establezca el Comité Nacional del Partido y se le considerará como concesionario para efectos de los presentes lineamientos.
Aunado a lo anterior hacemos de su conocimiento que la información respecto de la Utilización de los Tiempos Oficiales (tiempo de Estado y tiempo fiscal) , la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, como ya se mencionó, será la responsable de publicar la información correspondiente a dicha sección, en virtud de que es la administradora de los tiempos de Estado; todos los sujetos obligados incluirán un hipervínculo a dicha información. Además en tiempos electorales la autoridad electoral (Instituto Nacional Electoral) asignará una clave de identificación análoga a los spots que transmitan los partidos políticos en el uso de Tiempos oficiales, y a sus propios mensajes (En base en lo establecido en el artículo 41, fracción III, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) http://www.rtc.gob.mx/ http://www.ine.mx/