Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
REGLAMETNO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS
REGLAMENTO INTERIOR DE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ARTÍCULOS 166, 167, 169, 170, 171, 172, 173, 174 Y 174 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Facultades del área :
INTEGRAR, ACTUALIZAR Y CONTROLAR LA INFORMACIÓN DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA CONTENIDA EN LA BASE DE DATOS CATASTRAL, ACATANDO LAS DISPOSICIONES LEGALES PREVISTAS EN LOS ORDENAMIENTOS APLICABLES QUE REGULAN LA FUNCIÓN CATASTRAL EN LOS MUNICIPIOS, GENERANDO UNA COMUNICACIÓN EFICIENTE CON CADA UNO DE LOS ENTES PÚBLICOS INMERSOS EN LA MATERIA.
INTEGRAR, CONSERVAR Y MANTENER ACTUALIZADO EL PADRÓN CATASTRAL EN LOS DATOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y GRÁFICOS CONTENIDOS EN EL INVENTARIO ANALÍTICO CON LAS CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS Y CUANTITATIVAS DE LOS INMUEBLES UBICADOS DENTRO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO; ASÍ COMO CONFORMAR DICHO PADRÓN CON EL CONJUNTO DE REGISTROS GEOGRÁFICOS, GRÁFICOS, ESTADÍSTICOS, ALFANUMÉRICOS ASÍ COMO LAS CARACTERÍSTICAS RESULTANTES DE LA ACTIVIDAD CATASTRAL, ATENDIENDO AL PÚBLICO, CONTROLANDO, INSCRIBIENDO, DIBUJANDO, REVISANDO Y VALUANDO LOS BIENES INMUEBLES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL TERRITORIO MUNICIPAL.
VERIFICAR LA APLICACIÓN CORRECTA DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE ESTABLECIDA PARA LA VALUACIÓN DE LOS BIENES UBICADOS EN EL MUNICIPIO.
ELABORAR ESTUDIOS RELACIONADOS A LA ACTUALIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL PROCESO CATASTRAL.
COORDINAR LAS ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES PARA EL ÁREA DE TOPOGRAFÍAS RELACIONADAS A LOS LEVANTAMIENTOS CATASTRALES Y VERIFICACIÓN DE LINDEROS ASÍ COMO LA ACTUALIZACIÓN DE LA CARTOGRAFÍA CATASTRAL Y LOS PROCEDIMIENTOS DE INFORMACIÓN.
VIGILAR, CONTROLAR Y SUPERVISAR LA ACTUALIZACIÓN PERMANENTE DEL PADRÓN CATASTRAL.
SUPERVISAR QUE EN LOS SERVICIOS CATASTRALES SE PROPORCIONE ATENCIÓN Y SE REALICE EN FORMA EFICAZ Y OPORTUNA, CORROBORANDO QUE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES SE CUBRAN DE ACUERDO A LAS TARIFAS ESTABLECIDAS.
BRINDAR ASESORÍA CORRECTA Y OPORTUNA A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE INMUEBLES QUE ASÍ LO SOLICITEN, RESPECTO A LAS ACTIVIDADES QUE PRESTA EL DEPARTAMENTO DE CATASTRO.
VERIFICAR Y REGISTRAR OPORTUNAMENTE LOS CAMBIAOS QUE SE REALIZAN DENTRO DE LOS INMUEBLES, QUE POR CUALQUIER CONCEPTO, ALTEREN O CAMBIEN LOS DATOS CONTENIDOS EN ÉL, PADRÓN CATASTRAL DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA POR EL IGECEM.
APLICAR LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS VIGENTES ESTABLECIDOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS LEVANTAMIENTOS TOPOGRÁFICOS Y VERIFICACIÓN DE LINDEROS QUE PERMITAN LA ACTUALIZACIÓN Y EL CONTROL PERMANENTE DE LA CARTOGRAFÍA CATASTRAL.
MANTENER EL RESGUARDO Y CONTROL DE LOS ARCHIVOS CARTOGRÁFICOS Y ALFANUMÉRICOS DEL CATASTRO MUNICIPAL.
MANTENER COORDINACIÓN CON LOS DEPARTAMENTOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y TRASLADO DE DOMINIO PARA DOTAR A ESTOS DE LA INFORMACIÓN CATASTRAL NECESARIA, QUE PERMITA LA DETERMINACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CORRECTA PARA EL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES.
COORDINARSE CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPALES Y ESTATALES INHERENTES, PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON LOS INMUEBLES LOCALIZADOS DENTRO DEL TERRITORIO MUNICIPAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO ANALÍTICO.
CUMPLIR CON LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA LA ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN DE PREDIOS AL PADRÓN CATASTRAL QUE DETERMINE EL IGECEM.
ELABORAR EL PROYECTO TÉCNICO DE ACTUALIZACIÓN, MODIFICACIÓN Y CREACIÓN DE LAS ÁREAS HOMOGÉNEAS, BANDAS DE VALOR, MANZANAS CATASTRALES, CÓDIGO DE CLAVES DE CALLE, NOMENCLATURA Y VALORES UNITARIOS DE SUELO LOS CUALES SERÁN PRESENTADOS AL IGECEM PARA SU REVISIÓN Y APROBACIÓN; PARA LA REVISIÓN POR ESTE DEPARTAMENTO, DEL ESTUDIO REALIZADO POR EL IGECEM PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS VALORES UNITARIOS DE CONSTRUCCIÓN.
PROPORCIONAR LAS PROPUESTAS DE VALOR, REPORTES, INFORMES Y DOCUMENTOS AL IGECEM, QUE PERMITA INTEGRAR, CONSERVAR Y MANTENER ACTUALIZADA LA INFORMACIÓN CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
COADYUVAR EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA CONJUNTO CON EL IGECEM, PARA CUMPLIR LO PREVISTO EN LA LEGISLATURA ESTATAL APLICABLE AL ÁMBITO DEL MUNICIPIO.
EN GENERAL, OBSERVAR LO QUE EN MATERIA CATASTRAL LE SEÑALE EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ASÍ COMO REGLAMENTOS Y LAS DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-03-02 12:15:05
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
REGLAMETNO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS
REGLAMENTO INTERIOR DE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ARTÍCULOS 169, FRACCIÓN IV Y 171 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 95, FRACCIONES II Y XIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 29, FRACCIONES II, XVI
Facultades del área :
RECAUDAR Y CONTROLAR EFICIENTEMENTE LOS INGRESOS MUNICIPALES, POR CONCEPTO DE IMPUESTOS, DERECHOS, APROVECHAMIENTOS Y OTROS INGRESOS, A TRAVÉS DE LAS CAJAS CENTRALES Y LAS CAJAS EXTERNAS QUE SE ENCUENTRAN EN ALREDEDOR DEL TERRITORIO ECATEPEQUENSE, PROPORCIONANDO OPORTUNAMENTE LAS CIFRAS DE RECAUDACIÓN.
RECAUDAR, REGISTRAR, RECIBIR, VERIFICAR Y DEPOSITAR LOS INGRESOS QUE EN MATERIA DE IMPUESTOS Y DERECHOS DIVERSOS SE DERIVEN POR PARTE DE LAS UNIDADES EJECUTORAS.
RESGUARDAR LOS INGRESOS DIARIOS RECAUDADOS, MEDIANTE LAS CAJAS DE COBRO ESTABLECIDAS EN EL PALACIO MUNICIPAL, ASÍ COMO AQUELLAS CAJAS DE COBRO EXTERNAS UBICADAS EN LOS REGISTROS CIVILES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL TERRITORIO
RECIBIR, VERIFICAR, Y DEPOSITAR AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE, EN LA INSTITUCIÓN BANCARIA CORRESPONDIENTE, LOS CHEQUES QUE INGRESAN A TRAVÉS DE LAS DIVERSAS CAJAS DE COBRO EN LA TESORERÍA MUNICIPAL.
SUPERVISAR LA OPERACIÓN DE LA CAJA RECAUDADORA INSTALADA QUE OPERA LAS 24 HORAS DEL DÍA LOS 365 DÍAS DEL AÑO.
INTEGRAR LA DOCUMENTACIÓN INHERENTE A LOS INGRESOS, REMITIÉNDOLA PARA SU RESGUARDO Y CONTABILIZACIÓN A LA SUBDIRECCIÓN EGRESOS.
GENERAR LOS RECIBOS DE PARTICIPACIONES SOLICITADOS POR LA SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y FONDOS FEDERALES POR CONCEPTO DE RAMO 33 Y/O PROGRAMAS FEDERALES.
ELABORAR INFORME MENSUAL A LA SUBDIRECCIÓN DE EGRESOS DE LOS INGRESOS DIARIOS.
VERIFICAR EL BUEN DESEMPEÑO DE LOS CAJEROS ADSCRITOS A ESTE DEPARTAMENTO
DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-03-02 12:15:05
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
REGLAMETNO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS
REGLAMENTO INTERIOR DE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ARTÍCULOS 169, FRACCIÓN IV Y 171 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 93, 95, FRACCIONES II Y XIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 29, FRACCIONES II,
Facultades del área :
Llevar el control de las cifras de ingresos que se tienen en el municipio por todos los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y demás ingresos municipales, buscando contar con los elementos necesarios para la toma de decisiones en función de las cifras y su comportamiento.
Generar la estrategia para la correcta captación de los ingresos recaudados por las diversas Unidades Administrativas del H. Ayuntamiento
Brindar la atención al contribuyente en relación a la emisión de su recibo por concepto de Impuesto Predial.
Gestionar el proceso correspondiente ante la Subdirección de Informática de la Tesorería Municipal, para que ésta genere el cargo correcto de los pagos por concepto de Impuesto Predial de los contribuyentes que así lo requieran.
Revisar y conciliar los archivos digitales de la recaudación mensual correspondiente al Impuesto Predial a fin de ser turnados al Departamento de Contabilidad para su integración en el informe mensual remitido al Órgano de Fiscalización del Estado de México (OSFEM).
Procesar los reportes emitidos por la Coordinación de Cajas con la finalidad de integrar las cifras en los reportes de recaudación mensual de los ingresos de Impuesto Predial.
Elaborar y entregar a la Subdirección de Ingresos, el reporte de recaudación mensual y los comparativos correspondientes
Generar la información en materia de recaudación, solicitada por el Departamento de Registro y Control Presupuestal.
Desarrollar además todas aquellas funciones que resulten inherentes a sus ámbitos de competencia, así como aquellas que le sean encomendadas por sus superiores.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-03-02 12:15:05
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
REGLAMETNO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS
REGLAMENTO INTERIOR DE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ARTÍCULOS 169, FRACCIÓN IV Y 171 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 95, FRACCIONES II Y XIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 29, FRACCIONES II, XVI
Facultades del área :
ORDENAR Y CONTROLAR TODOS LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDE Y RECIBE LA TESORERÍA MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS, A TRAVÉS DE LA ORGANIZACIÓN DE EXPEDIENTES QUE PERMITAN SU IDENTIFICACIÓN Y ADECUADO MANEJO DE LA INFORMACIÓN.
CLASIFICAR, CONCENTRAR, MANEJAR, RESGUARDAR, CUSTODIAR, ACTUALIZAR Y DEPURAR EL ARCHIVO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL.
DISEÑAR Y ELABORAR, PREVIA SUPERVISIÓN SE SU SUPERIOR JERÁRQUICO, TODAS Y CADA UNO DE LOS FORMATOS DE CONTROL INTERNO DEL ARCHIVO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL.
REGISTRAR Y CLASIFICAR CADA UNO DE LOS EXPEDIENTES CATASTRALES, DE ACUERDO A LA ZONA DE UBICACIÓN FÍSICA DE LOS PREDIOS.
CLASIFICAR LOS DIVERSOS RECIBOS Y/O LÍNEAS DE CAPTURA QUE AMPARAN LOS PAGOS DE IMPUESTO PREDIALES, COMO AQUELLOS INHERENTES AL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y OTRAS OPERACIONES TRASLATIVAS DE DOMINIO DE INMUEBLES.
CUSTODIAR LOS DOCUMENTOS, EXPEDIENTES, LÍNEAS DE CAPTURA Y/O RECIBOS, BAJO SU CUIDADO.
CONTROLAR Y REGISTRAR LA ENTRADA Y SALIDA DE LOS DOCUMENTOS QUE SE ENCUENTRAN BAJO SU RESGUARDO.
CAPACITAR PREVIO CONSENSO CON SU SUPERIOR JERÁRQUICO, AL PERSONAL ADSCRITO AL ÁREA.
DOTAR A LAS DIVERSAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE CONFORMAN LA TESORERÍA MUNICIPAL, DE LOS DOCUMENTOS Y/O EXPEDIENTES NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS ATRIBUCIONES PREVISTAS EN EL PRESENTE REGLAMENTO.
DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-03-02 12:15:05
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE ABASTO Y ARTESANAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS 2018
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ARTICULO 75, BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS 2018
Facultades del área :
REALIZAR FERIAS DE ABASTO PARA LLEVAR A LAS DIFERENTES COMUNIDADES DE NUESTRO MUNICIPIO, ARTICULOS DE LA CANASTA BÁSICA A BAJO COSTO
PROMOCIÓN ARTESANAL DEL MUNICIPIO
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-03-09 13:52:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Formular el Programa Operativo Anual y proyectos que deba desarrollar el Instituto;
2. Representar al Instituto, con fines de coordinación y enlace interinstitucional, ante los diversos Organismos del Sector Público, Privado, Social y Académico, ya sean Municipales, Regionales, Estatales, Nacionales e Internacionales;
3. Diseñar, instrumentar y promover estrategias de comunicación y difusión desde la perspectiva de género, dirigidas a modificar en la sociedad los estereotipos, imágenes y paradigmas culturales que han definido los roles tradicionales de hombres y mujeres;
4. Coadyuvar con las diversas dependencias del Ayuntamiento en la creación e implementación de políticas públicas con perspectiva de género;
5. Promover la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos público y privado, así como la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género;
6. Ejecutar los objetivos y acciones establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo, Programas Sectoriales y el Plan Municipal de Desarrollo, en lo relativo a los derechos humanos de las Mujeres;
7. Proponer al Presidente Municipal, planes y proyectos que incorporen acciones para lograr la igualdad entre mujeres y hombres y el adelanto de las mujeres;
8. Estimular la capacidad productiva de las mujeres;
9. Participar en eventos académicos, sociales y culturales en materia de género, para el intercambio de experiencias;
10. Fomentar la participación social de las mujeres en el diseño e implementación de las políticas públicas y su inclusión en el Plan Municipal de Desarrollo, y en el acceso a cargos de toma de decisiones;
11. Participar en los acuerdos y otros instrumentos emitidos por los Sistemas Estatales y Nacionales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género y para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
12. Suscribir convenios con distintas Instituciones de los 3 órdenes deGobierno y con Organismos no Gubernamentales;
13. Coadyuvar con los organismos especializados para la conformación de las medidas reeducativas de personas agresoras conforme a los establecido en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de México; y
14. Las demás que le confieren el presente Reglamento y las leyes locales y federales, así como los tratados internaciones ratificados por el Estado Mexicano sobre derechos humanos de las mujeres.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Elaborar el programa anual de suministro de materiales, de acuerdo a los requerimientos del instituto observando el presupuesto aprobado;
2. Administrar los recursos materiales, financieros y los servicios generales para el desempeño operativo de las áreas del Instituto;
3. Llevar a cabo el registro y control del personal, así como de las incidencias, permisos, comisiones y periodo vacacional, a fin de eficentar el servicio de los recursos humanos
4.-Diseñar y coordinar una política de difusión del Instituto tendiente a impulsar en los medios de comunicación una cultura de igualdad, reconociendo y dignificando la imagen de la mujer ante la sociedad;
5. Operar el sistema de control de inventarios;
6.-Enlace en Tesorería Municipal para el ejercicio del Techo Presupuestal;
7. Analizar y proponer las ampliaciones, reducciones y transferencias de los recursos asignados a los programas a cargo de las unidades administrativas previstos en el presupuesto de egresos del Instituto; y
8. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE PLANEACION Y SEGUIMIENTO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Elaboración del Plan de trabajo, a partir de la integración de propuestas de cada uno de las jefaturas, de conformidad con el respectivo anteproyecto de Programa Operativo Anual;
2. Enlace ante la Secretaría Técnica, Transparencia y el programa Agenda de lo Municipal, para el reporte de información, metas y desarrollo de indicadores;
3. Coadyuvar en el análisis elaboración y/o modificación de los manuales internos;
4. Elaborar y tener a cargo los reportes de acciones y metas, con los soportes documentales necesarios para producir sistemáticamente información cuantitativa y cualitativa;
5. Elaboración de informes periódicos que se soliciten a la Coordinación del Instituto de la Mujer con base en los soportes documentales de las jefaturas del área;
6. Generar y mantener un centro de información estadística con perspectiva de género sobre situaciones de vida y problemáticas específicas de las mujeres; y
7. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Diseñar y planear programas de capacitación para el desarrollo de habilidades técnicas de las mujeres, a fin de que impulsen un Proyecto Productivo;
2. Promover la gestión de recursos materiales y financieros, mediante programas Municipales, Estatales y Federales, para la implementación de Proyectos Productivos para las mujeres;
3. Llevar a cabo acciones de capacitación para el empoderamiento económico de las mujeres.
4. Realizar Ferias de Mujeres Emprendedoras, a fin de proporcionarles un espacio para la promoción y venta de sus productos elaborados; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN DE LAS CASAS DE LA MUJER Y CENTRO DE CAPACITACIÓN PARA EL AUTO EMPLEO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Coordinar, supervisar y evaluar el trabajo de las cuatro Casas de la Mujer y los dos Centros de Capacitación para el auto empleo de conformidad con las políticas, objetivos y fines del Instituto;
2. Contribuir en la elaboración de los planes de trabajo de servicios, capacitación laboral y proyectos productivos en las Casas de la Mujer y Centros de Capacitación para el Auto Empleo; y someterlos a consideración de la Coordinadora así como supervisar su correcta y oportuna ejecución;
3. Participar en las comisiones o comités internos del Instituto que les designe la Coordinadora;
4. Coordinar sus actividades con las personas responsables y encargadas de las Casas de la Mujer y Centros de Capacitación para el auto empleo y proporcionar los informes, datos o cooperación técnica que les sean requeridos por las mismas;
5. Participar en eventos de actualización, académicos y culturales o cualquier otra actividad relativos a la materia y objetivos del Instituto; y
6. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
CASA DE LA MUJER CD CUAUHTEMOC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Administrar los servicios que se prestan en la unidad;
2. Entregar reportes semanales de los servicios prestados y de los ingresos generados a partir de las cuotas de recuperación, así como los gastos realizados;
3. Fomentar el incremento de servicios y la calidad de ellos, de acuerdo a la demanda de la comunidad;
4. Participación en jornadas de servicios y eventos públicos; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
CASA DE LA MUJER NICOLÀS BRAVO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART.81 DEL BANDO MUNICIPAL Y IX.- 1.4.2 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Administrar los servicios que se prestan en la unidad;
2. Entregar reportes semanales de los servicios prestados y de los ingresos generados a partir de las cuotas de recuperación, así como los gastos realizados;
3. Fomentar el incremento de servicios y la calidad de ellos, de acuerdo a la demanda de la comunidad;
4. Participación en jornadas de servicios y eventos públicos; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
CASA DE LA MUJER JARDINES DE MORELOS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL D ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Administrar los servicios que se prestan en la unidad;
2. Entregar reportes semanales de los servicios prestados y de los ingresos generados a partir de las cuotas de recuperación, así como los gastos realizados;
3. Fomentar el incremento de servicios y la calidad de ellos, de acuerdo a la demanda de la comunidad;
4. Participación en jornadas de servicios y eventos públicos; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
CASA DE LA MUJER GUADALUPE VICTORIA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Administrar los servicios que se prestan en la unidad;
2. Entregar reportes semanales de los servicios prestados y de los ingresos generados a partir de las cuotas de recuperación, así como los gastos realizados;
3. Fomentar el incremento de servicios y la calidad de ellos, de acuerdo a la demanda de la comunidad;
4. Participación en jornadas de servicios y eventos públicos; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
CENTRO DE CAPACITACIÓN PARA EL AUTO EMPLEO EL OSTOR
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Administrar los servicios que se prestan en la unidad;
2. Entregar reportes semanales de los servicios prestados y de los ingresos generados a partir de las cuotas de recuperación, así como los gastos realizados;
3. Fomentar el incremento de servicios y la calidad de ellos, de acuerdo a la demanda de la comunidad;
4. Participación en jornadas de servicios y eventos públicos; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
CENTRO DE CAPACITACIÓN PARA EL AUTO EMPLEO LA PRESA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Administrar los servicios que se prestan en la unidad;
2. Entregar reportes semanales de los servicios prestados y de los ingresos generados a partir de las cuotas de recuperación, así como los gastos realizados;
3. Fomentar el incremento de servicios y la calidad de ellos, de acuerdo a la demanda de la comunidad;
4. Participación en jornadas de servicios y eventos públicos; y
5. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y EQUIDAD DE GENERO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 81 DEL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC Y IX.- 1.4.3 DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Facultades del área :
1. Asesorar a la Coordinadora en la presentación al Ayuntamiento de modificaciones o creaciones de disposiciones legales, políticas públicas y reglamentos que cumplan con los objetivos del Instituto;
2. Atender en todas sus etapas procesales los procedimientos legales o administrativos en los que el Instituto es parte, hasta su total conclusión;
3. Garantizar el acceso de las mujeres, niñas y adolescentes a una vida libre de violencia en todos los ámbitos de convivencia (público, familiar, escolar, laboral, comunitario e institucional);
4. Canalizar a las diferentes instituciones gubernamentales a las mujeres víctimas de violencia, según sea el caso;
5. Organizar talleres, pláticas para los grupos de mujeres sobre los procedimientos legales para denunciar los actos que reúnan los elementos de faltas Administrativas o delitos;
6. Impulsar campañas de promoción de los ordenamientos jurídicos en materia de protección de los derechos humanos de las mujeres;
7. Crear programas proyectos u otras acciones tendientes a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en el municipio;
8. Diseñar y planear programas de capacitación en materia de igualdad, para la capacitación al personal de la Administración Pública Municipal, a fin de contribuir a la transversalidad de la perspectiva de género en el diseño de Políticas Públicas;
9. Realizar talleres, pláticas o conferencias de capacitación y formación en materia de género y derechos humanos, a fin de contribuir a la disminución de la brecha de desigualdad;
10. Campañas de difusión y promoción de la igualdad de género;
11. Gestionar y dar seguimiento a la operación de presupuestos con perspectiva de género;
12. Promover la participación ciudadana de mujeres en la propuesta de reforma o creación de políticas públicas y ordenamientos jurídicos con perspectiva de género;
13. Coordinar las acciones para la atención a la “Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres”
14. Promover y desarrollar programas de salud con perspectiva de género para prevenir la salud integral de las mujeres;
15. Crear campañas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, así como el acceso a los servicio de salud bajo los principios de igualdad entre mujeres y hombres y no discriminación;
16. Diseñar e impartir talleres, pláticas, conferencias, sobre temas de salud para brindar las herramientas y habilidades en el cuidado de la salud y prevención de las enfermedades;
17. Garantizar el acceso de las mujeres y las niñas a la salud y el acceso a la seguridad social; mediante la operación, coordinación y seguimiento de programas Municipales, Estatales y Federales;
18. Promover la difusión sobre el derecho al uso del lactario, su ubicación, horario de servicio, así como el registro de usuarias y reportes respectivos sobre su funcionamiento.
19. Brindar una atención adecuada, garantizando las condiciones de higiene y comodidad para las usuarias del lactario; y
20. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquellas que les confiera la Coordinadora.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MUJER
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. •Artículo 115 Constitucional, fracción I, II, inciso b, c, e, f, g, Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917, reformas y adicion
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ARTÍCULO 55, 56 del Bando Municipal de Ecatepec de Morelos 2017
Facultades del área :
ARTÍCULO 55. PLANEAR, EJECUTAR, SUPERVISAR Y MANTENER EN ÓPTIMAS CONDICIONES LAS OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. LLEVANDO EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS MISMOS.
INSPECCIONAR, ASISTIR TÉCNICAMENTE Y APOYAR LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS Y DE EQUIPAMIENTO URBANO QUE SE AUTORICEN EN EL MUNICIPIO.
ARTICULO 56.- LA RECOLECCIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES NO PELIGROSOS DEBERÁ LLEVARSE A CABO CON LOS MÉTODOS, EQUIPO Y FRECUENCIA Y CONDICIONES NECESARIAS ESTABLECIDAS POR LA AUTORIDAD.
PROMOVER LA CULTURA DE SEPARACIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS E INORGÁNICOS, A TRAVÉS DE DIFERENTES PROGRAMAS.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-10-18 11:33:14
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Tesoreria Municipal Ecatepec de Morelos
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Manual de Organización de la Tesoreria Municipal,en su numeral V -ATRIBUCIONES.
Facultades del área :
Tesorería Municipal
1. Administrar las finanzas públicas municipales, a través del manejo de los
recursos administrativos, con la finalidad de alcanzar los objetivos y
compromisos municipales establecidos en el presupuesto de ingresos y
egresos del ejercicio fiscal.-2. Autorizar el Programa General de Recaudación de Ingresos Tributarios y Créditos y coordinar su instrumentación, así como las medidas que se
consideren necesarias para incrementar la recaudación del H. Ayuntamiento.
3. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades en materia financiera,
tributaria, programática, presupuestaria, patrimonial, gasto, catastral y de sistemas de la administración pública municipal.-4. Determinar y aprobar los mecanismos de recaudación, así como los criterios jurídicos y administrativos que se deben aplicar para la recaudación de los créditos fiscales a favor del H. Ayuntamiento.5. Administrar el recurso económico del Municipio con base a las disposiciones legales federales, estatales y municipales.-6. Administrar los ingresos derivados de las contribuciones, así como sus
ordenamientos jurídicos que correspondan.-7. Determinar que se apliquen las sanciones administrativas por infracciones a las disposiciones fiscales.-8. Consolidar la información financiera y contable de los movimientos económicos del H. Ayuntamiento.-9. Asegurar el registro contable del manejo del recurso económico (ingresos y egresos).-10. Autorizar la elaboración del Presupuesto de Ingresos y Egresos con base a las disposiciones legales.
11. Firmar la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento.-12. Formular las políticas de ingresos tributarios y créditos de la Tesorería Municipal.-13. Desarrollar las estrategias para la recaudación de contribuciones.-14. Normar el cumplimiento en tiempo y forma de las peticiones y observaciones del Órganos Superior de Fiscalización (OSFEM).-15. Expedir la información pública de oficio, que sea solicitada por particulares.-16. Desarrollar además todas aquellas funciones que resulten inherentes a sus ámbitos de competencia, así como aquellas que le sean encomendadas por sus superiores
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-03-02 12:15:05
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
N/A
Denominación del Área :
Dirección de Protección Civil y Bomberos
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL DE ORGANIZACION
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
PUNTO 1.1
Facultades del área :
1.1. COORDINACIÓN JURÍDICA
a) Asesorar a la Dirección de Protección Civil y Bomberos, subdirecciones, jefaturas
de departamento, Coordinaciones y Departamentos, en los asuntos legales de su
competencia;
b) Contestar los recursos de inconformidad que planteen los interesados;
c) Contestar las demandas de juicios contenciosos administrativos interpuestos por
los interesados y notificados por la autoridad competente;
d) Rendir los informes justificados notificados por la autoridad competente;
e) Contestar los amparos promovidos por los quejosos notificados por la autoridad
competente;
f) Representar a la Dirección de Protección Civil y Bomberos en la substanciación de
los juicios o procedimientos en que haya sido nombrado para ello.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-10-18 11:33:14
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COORDINACION JURIDICA
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA FRACCIÓN VII, APARTADO 13, 13.1, 13.2, 13.3
Facultades del área :
LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN DE MULTAS FEDERALES NO FISCALES ASÍ COMO MULTAS LOCALES ( RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS ), REALIZACIÓN DE CONVENIOS PARA EL PAGO EN PARCIALIDADES DE LOS CRÉDITOS FISCALES ESTATALES Y MUNICIPALES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-02-28 17:15:51
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
N/A
Denominación del Área :
COODINACIÓN DE MERCADOS, TIANGUIS Y VIA PÚBLICA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 31 Fracción VII, 105, Fracción II, 125 Fracción IV. Artículos 127 y 128 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
ART. 82 BANDO MUNICIPAL
Facultades del área :
Artículo 82. La Coordinación Municipal de Mercados, Tianguis y Vía Pública tiene por objetivo
regular y vigilar la administración y funcionamiento de las actividades comerciales en los
mercados públicos municipales, tianguis y el comercio en vía pública, así como aquellos que
se instalen en áreas de uso común en inmuebles registrados bajo el régimen de propiedad en
condominio, a fin de que los comerciantes cumplan con sus obligaciones legales, por lo que
se otorgan a esta Coordinación las atribuciones necesarias para la expedición, revalidación
y/o actualización de cédulas de mercados públicos municipales, autorizaciones y permisos
en los comercios ubicados en vía pública, así como regularizaciones, reubicaciones y retiro
de dichos comerciantes; para lo que deberá observar en su estructura y funcionamiento
las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular
del Estado, leyes federales, locales, reglamentos y demás ordenamientos legales vigentes
aplicables; asimismo, podrá celebrar convenios con personas físicas o jurídico colectivas en
el ámbito de sus facultades.
Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones fiscales que las normas legales vigentes y
aplicables establecen para que las ejerza y cumpla la Tesorería Municipal, dependencia
con la que coadyuvará a efecto de que los comerciantes se registren ante el Padrón de
Contribuyentes Municipal.
La Coordinación garantizará y autorizará a las personas designadas por los concesionarios
de los mercados públicos municipales a ejercer el derecho preferencial de designación
sobre la explotación de la concesión, previo cumplimiento de los trámites y requisitos
correspondientes.
De igual forma, a través de la Dirección Jurídica y Consultiva, podrá ordenar y determinar los
procedimientos administrativos correspondientes cuando se contravengan las disposiciones
aplicables en la materia, resolviendo de acuerdo a la gravedad de la falta cometida o para
la regulación de la actividad comercial y prestación de servicios en los mercados, tianguis y
vía pública.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-02-28 17:15:51
Área o unidad administrativa responsable de la información :
COODINACIÓN DE MERCADOS, TIANGUIS Y VIA PÚBLICA
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
PUNTO 15.3
Facultades del área :
LLEVAR A CABO LA DEFENSA JURÍDICA DE LA TESORERÍA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO, EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VENTILADOS ANTE EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, INCLUYENDO LOS JUICIOS DE AMPARO DEDUCIDOS DE ÉSTOS, ASÍ COMO DAR ATENCIÓN A JUICIOS DE NULIDAD QUE SE VENTILEN ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA; SUBSTANCIAR LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y GARANTÍAS DE AUDIENCIA; ATENDER TODOS Y CADA UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, DONDE EL TESORERO MUNICIPAL O ALGUNA UNIDAD ADMINISTRTIVA DEPENDIENTE DE ÉSTA SEA PARTE. DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-02-27 10:08:16
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES RELEVANTES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
PUNTO 15.2
Facultades del área :
OTRA DE LAS INTENCIONES DEL ÁREA, ES ABATIR EL REZAGO DE LOS JUICIOS QUE SE ENCUENTRAN PENDIENTES DE RESOLUCIÓN Y CUMPLIMENTAIÓN DE SENTENCIA, ASÍ COMO REDUCIR EL TIEMPO PARA DAR CONTESTACIÓN DE LAS DEMANDAS CONTESTACIÓN A LA AMPLIACIÓN DE DEMANDA, RECURSOS DE REVISIÓN DESAHOGO DE VISTAS EN LOS JUICIOS ADMINISTRATIVOS Y DENTRO DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES ANTE LOS JUZGADOS DE DISTRITO, EN LOS QUE EL TESORERO DEL MUNICIPIO SEA PARTE. LLEVAR LA DIRECCIÓN Y EL DESAHOGO DE LAS GARANTÍAS DE AUDIENCIA CELEBRADAS EN LAS OFICINAS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, RESPECTO DE LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA. SALVAGUARDAR LA SUBSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, ASÍ COMO LA DIRECCIÓN Y LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD SENCILLES, CELERIDAD, OFICIOSIDAD, EFICACIA, PUBLICIDAD, GRATUIDAD Y BUENA FE EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS REDICADOS DE ESTE DEPARTAMENTO JURÍDICO. DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS SE LE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-02-27 10:08:16
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES RELEVANTES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
PUNTO 15, 15.1, 15.2 y 15.3
Facultades del área :
EMITIR LA DEFENSA JURÍDICA DE LOS ACTOS Y RESOLUCIONES QUE EMITA EL TESORERO, EN EL ÁMBITO DE SUS FUNICONES Y ATRIBUCIONES, QUE PUEDAN SER IMPUGNADAS POR LOS PARTICULARES ANTE LAS INSTANCIAS ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES CORRESPONDIENTES, RESPECTO DE LAS PETICIONES Y CONSULTAS QUE NO SEAN FAVORABLES A LOS MISMOS. SALVAGUARDAR LA SUBSTANCIACIÓN DE LOS -PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CON CERTEZA LEGAL, APLICANDO LOS PRINCIPIOS PROCESALES QUE SEÑALA EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO. LLEVAR A CABO LA DEFENSA JURÍDICA DE LA TESORERÍA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO, EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VENTILADOS ANTE EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO INCLUYENDO LOS JUICIOS DE AMPARO DEDUCIDOS DE ÉSTOS, ASÍ COMO DAR ATENCIÓN A JUICIOS DE NULIDAD QUE SE VENTILEN ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA; SUBSTANCIAR LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y GARANTÍAS DE AUDIENCIA; ATENDER TODOS Y CADA UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, DONDE EL TESORERO MUNICIPAL O ALGUNA UNIDAD ADMINISTRATIVA DEPENDIENTE DE ÉSTA SEA PARTE. ABATIR EL REZAGO DE LOS JUICIOS QUE SE ENCUENTRAN PENDIENTE DE RESOLUCIÓN Y CUMPLIMENTACIÓN DE SENTENCIA, ASÍ COMO REDUCIR EL TIEMPO PARA DAR CONTESTACIÓN A LAS DEMANDAS, CONTESTACIÓN A LA AMPLIACIÓN DE DEMANDA RECURSOS DE REVISIÓN, DESAHOGO DE VISTAS EN LOS JUICIOS ADMINISTRATIVOS Y DENTRO DE LOS PROCEDIMIENTO JUDICIALES ANTE LOS JUZGADOS DE DISTRITO, EN LOS QUE EL TESORERO DEL MUNICIPIO SEA PARTE. EN COORDINACIÓN DE LAS DIFERENTES ÁREAS QUE CONFORMAN LA TESORERÍA MUNICIPAL, EMITIR RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y PETICIONES QUE EN SU MOMENTO FORMULEN LOS PARTICULARES AL TESORERO DEL AYUNTAMIENTO, EN LAS QUE SE DÉ UNA RESPUESTA DEBIDAMENTE FUNDADA Y MOTIVADA, QUE EN CASO DE LEGALES DE DEFENSA QUE TIENE A SU ALCANCE, NO SE DECRETE SU INVALIDEZ. SER EL PRESENTANTE LEGAL Y JURÍDICO DEL TESORERO MUNICIPAL Y LAS DIFERENTES UNIDADES QUE LO INTEGRAN, ANTE LOS TRIBUNALES E INSTANCIAS FEDERALES Y ESTATALES. RECIBIR, ATENDER, DOCUMENTAR, INTEGRAR Y PRESENTAR LOS INFORMES Y DEMÁS REQUERIMIENTOS SOLICITADOS POR LAS INSTANCIAS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS EN LOS QUE EL TESORERO SEA PARTE. DOCUMENTAR, INTEGRAR, COMPILAR Y ARCHIVAR RESOLUCIONES A FAVOR DE LOS JUICIOS TRAMITADOS POR EL DEPARTAMENTO, A FIN DE CONTAR CON UNA BASE DE APOYO PARA LA ACTUACIÓN DE LAS AUTORIDADES LEGALES QUE EJERCEN LAS DIFERENTES UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE FORMAN PARTE DE LA TESORERÍA MUNICIPAL. BRINDAR APOYO JURÍDICO EN LAS ACTUACIONES LEGALES QUE EJERCEN EN LAS DIFERENTES UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE CONFORMAN PARTE DE LA TESORERÍA MUNICIPAL. SER EL ENLACE DE LA TESORERÍA MUNICIPAL CON LAS DEMÁS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA QUE TENGAN BAJO SU CARGO EL ÁMBITO LEGAL DEL MUNICIPIO, INFORMANDO EN SU CASO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS AL TESORERO MUNICIPAL. ASISTIR A LAS REUNIONES DE TRABAJO, QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR EL TESORERO MUNICIPAL. ORIENTAR Y ATENDER LAS PETICIONES CIUDADANAS QUE LE SEAN TURNADAS POR LAS DIFERENTES UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE FORMAN PARTE DE LA TESORERÍA MUNICIPAL. INFORMAR AL TESORERO MUNICIPAL EN LO CONCERNIENTE A LOS JUICIOS ADMINISTRATIVOS, FISCALES Y/O DE AMPARO, EN LOS QUE SE VEA INVOLUCRADO ÉSTE, EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES PÚBLICAS. REALIZAR TODAS AQUELLAS ACTIVIDADES QUE SEAN INHERENTES Y APLICABLES AL ÁREA DE COMPETENCIA. DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-02-27 10:08:16
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES RELEVANTES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
PUNTO 15.1
Facultades del área :
INICIAR LA SUSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CON CERTEZA LEGAL, APLICANDO LOS PRINCIPIOS PROCESALES QUE SEÑALA EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO, HACIENDO EFECTIVA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA QUE TIENE EL CIUDADANO, CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE QUE LA AUTORIDAD (ADMINISTRACIÓN) NO VA ACTUAR DE UN MODO ARBITRARIO Y DISCRECIONAL, SINO SIENDO LAS PAUTAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, A EFECTO DE NO GENERAR INDEFENSIÓN A LOS PARTICULARES. RECIBIR, ATENDER, DOCUMENTAR, INTEGRAR Y PRESENTAR LOS INFORMES Y DEMÁS REQUERIMIENTOS SOLICITADOS EN INSTANCIAS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS, LOS CUALES SON TURNADOS A LOS ABOGADOS QUE INTEGRAN EL ÁREA PARA SU ATENCIÓN, APLICACIÒN Y DESAHOGO CORRESPONDIENTE. TAMBIÈN ES EL ENCARGADO DE SUPERVISAR Y VALIDAR EL DESARROLLO DE LOS PROCEDIMENTOS ADMINISTRATIVOS COMUNES; EMISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LOS CITATORIOS QUE SE ELABOREN EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DEL PERSONAL PARA LA CELEBRACIÓN Y DESAHOGO DE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA, O PARA NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES. DESARROLLAR ADEMÁS TODAS AQUELLAS FUNCIONES QUE RESULTEN INHERENTES A SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, ASÍ COMO AQUELLAS QUE SEAN ENCOMENDADAS POR SUS SUPERIORES.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-02-27 10:08:16
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
SIN OBSERVACIONES RELEVANTES
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Bando Municipal de Ecatepec de Morelos 2018
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Capítulo XVIII de la Dirección de Salud. Articulo 79.
Facultades del área :
La Dirección de salud promoverá y coadyuvara en la asistencia médica de las personas que así lo requieran, principalmente a los grupos vulnerables, mediante jornadas médico asistenciales y programas integrales en la materia, haciendo especial énfasis en la prevención y colaborando con las demás dependencias de la materia en los ámbitos de los tres órdenes de gobierno, así como los sectores público, privado y social, con las que se vinculan a la asistencia social a través del Consejo Municipal de Salud, de los consultorios periféricos a cargo del H. Ayuntamiento y del Sistema municipal para el Desarrollo Integral de la Familia. De igual forma tendrá a su cargo el Centro de Atención canina y la Funeraria Municipal.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-04-13 14:33:03
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
ECATEPEC
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Bando Municipal de Ecatepec de Morelos 2018
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Capítulo XVIII de la Dirección de Salud. Articulo 79.
Facultades del área :
LA DIRECCIÓN DE SALUD PROMOVERÁ Y COADYUVARA EN LA ASISTENCIA MÉDICA DE LAS PERSONAS QUE ASÍ LO REQUIERAN, PRINCIPALMENTE A LOS GRUPOS VULNERABLES, MEDIANTE MÉDICO ASISTENCIALES Y PROGRAMAS INTEGRALES EN LA MATERIA, HACIENDO ESPECIAL ÉNFASIS EN LA PREVENCIÓN Y COLABORANDO CON LAS DEMÁS DEPENDENCIAS DE LA MATERIA EN LOS ÁMBITOS DE LAS TRES ORDENES DE GOBIERNO, ASÍ COMO LOS SECTORES PÚBLICO, PRIVADO Y SOCIAL, CON LAS QUE SE VINCULAN A LA ASISTENCIA SOCIAL A TRAVÉS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SALUD, DE LOS CONSULTORIOS PERIFÉRICOS A CARGO DEL H. AYUNTAMIENTO Y DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA. DE IGUAL FORMA TENDRÁ A SU CARGO EL CENTRO DE ATENCIÓN CANINA Y LA FUNERARIA MUNICIPAL.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-10-18 11:33:14
Área o unidad administrativa responsable de la información :
ECATEPEC
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
HIPERVINCULO AL PERFIL
BANDO MUNICIPAL
http://www.ecatepec.gob.mx/PDM%202016-2018.pdf
Denominación del Área :
COORDINACIÓN DE INFORMACIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interno Municipal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 98. Fracción I a XI
Facultades del área :
I. Dará trámite a todas la solicitudes que contengan los archivos de las dependencias de
carácter municipal, de acuerdo a los formatos preestablecidos por el Instituto de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado
de México y Municipios;
II. Requerirá a los servidores públicos habilitados de cada dependencia y entidad de la
administración pública municipal la información para que sea proporcionado a los
peticionarios;
III. Vigilará que los servidores públicos habilitados proporcionen la información requerida al
peticionario de conformidad con lo que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de México y Municipios;
IV. Garantizara la protección de datos personales y de aquellos documentos que se encuentren
en reserva;
V. El Departamento de Atención Ciudadana a través del módulo de acceso, proporcionará
apoyo a los usuarios que lo requieran y dará asistencia respecto de los trámites y servicios
que presten;
VI. Dará atención y seguimiento a los acuerdos tomados por el Comité de Información;
VII. El Departamento de Recursos de Revisión y Enlace Institucional con el Sistema de Acceso a
la Información Mexiquense (SAIMEX), recepcionará las solicitudes escritas y electrónicas;
VIII. Orientará los servidores públicos habilitados sobre los procedimientos de seguimiento de
las solicitudes, así como soporte técnico en el uso del SAIMEX, bajo el principio de
simplicidad y rapidez;
IX. Dará respuesta a los recursos de revisión interpuestos por el peticionario dentro del término
establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de
México y Municipios, así como las demás leyes aplicables a la materia;
X. El departamento de sistematización e integración de la información, análisis y estadística,
asesorara a los servidores públicos habilitados y/o enlaces de las diferentes dependencias
bajo el principio de simplicidad y rapidez; y
XI. Las demás que les confiera la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de México y Municipios, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares,
Ley de Datos Personales del Estado de México, su reglamento y demás relativas y aplicables.
Para dar cumplimiento al párrafo anterior, se establecerán los mecanismos de acceso a la información
y procedimientos de revisión expeditos, mismos que se substanciarán en términos de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, pudiendo accesar a
la misma a través del micro sitio de Transparencia, ubicado en la página oficial del H. Ayuntamiento de
Ecatepec de Morelos.
Artículo 99. El Comité de Información que refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de México, ejercerá sus atribuciones en términos de la misma, en particular en lo
señalado en el numeral 30.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-10-18 11:33:14
Área o unidad administrativa responsable de la información :
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
COORDINACIÓN DE INFORMACIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interno Municipal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Articulo 100. Fracciones I a XI
Facultades del área :
Artículo 100. La Coordinación de Información a través de la Unidad de Información, Planeación,
Programación y Evaluación (UIPPE), tendrá las siguientes funciones:
I. Ejercer las atribuciones que le confiere la Ley de Planeación del Estado de México y
Municipios y su reglamento;
II. Vigilar la vinculación entre los programas ejecutados por la Administración Pública Municipal
con el ejercicio del presupuesto implementando la técnica de Presupuesto Basado en
Resultados de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
III. Establecer los mecanismos de coordinación y comunicación interinstitucionales necesarios;
IV. Implementar el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) de la Administración Pública
Municipal;
V. Integrar el Sistema de Información, Estadística y Geográfica del Municipio de conformidad
con la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica;
VI. Dará seguimiento a los acuerdos tomados en el Comité de Planeación para el Desarrollo
Municipal (COPLADEMUN);
VII. Generar los reportes de avance del Plan de Desarrollo Municipal;
VIII. Integrar el Informe de Gobierno del Presidente Municipal;
IX. Integrar el Informe Anual de Ejecución del Plan de Desarrollo Municipal, como anexo para
la cuenta pública del ejercicio fiscal correspondiente;
X. Coordinar las actividades del Programa Federal de la Agenda para el Desarrollo Municipal
implementado por el Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal (INAFED)
de la Secretaría de Gobernación; y
XI. Las demás que les confiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental, El Código
Financiero del Estado de México y Municipios, la Ley de Planeación del Estado de México y
Municipio y su reglamento y demás relativas y aplicables.
Fecha de actualización :
2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación :
2018-10-18 11:33:14
Área o unidad administrativa responsable de la información :
UNIDAD DE LA UIPPE
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :