sinf
categoria                           categoria
Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 1 al 30 de 201 registros

001

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/01/2016
Folio de la Solicitud: 00001/SINF/IP/2016

Información requerida:

Contratos de licitación de la obra denominada "Viaducto Elevado Bicentenario 2, Así como costo total de obra, costo aportado por el Gobierno Estatal, y/o en su caso Federal, costo por peaje, acuerdos para aumento del peaje, afluencia vehicular, obras pactadas con los colonos de las distintas aéreas afectadas, obras complementaria proyectadas. Todos los acuerdos, minutas, memorándums, circulares, contratos convenios y/o lo que resulte firmados entre la empresa concesionaria y el Gobierno Estatal.

Respuesta:

De conformidad con los artículos 1, 2, fracciones VII, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33 párrafo 1, 35, fracción IV, 41 Y 47 de la Ley de Transparencia y Accesos a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11 fracción V y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentar a usted lo siguiente: En atención a la solicitud de información registrada con el folio número 00001/SINF/IP/2015 que presentó el seis de enero del dos mil quince, sírvase encontrar en archivo adjunto copia simple del Acta de la Primera Sesión Extraordinaria 2016 del Comité de Información de la Secretaría de Infraestructura en la que resuelve que se encuentra clasificada como reservada, por tal motivo no se está en posibilidad de proporcionar la documentación requerida. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión en contra de la presente respuesta ante la Unidad de Información o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del mismo.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 242.53 KB
PDF 674.59 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Subsecretaría de Comunicaciones

Fecha Actualización:

11/04/2017

002

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 12/01/2016
Folio de la Solicitud: 00002/SINF/IP/2016

Información requerida:

Contrato y/o convenio para la construcción del Mexicable en Ecatepec; Presupuesto para la construcción de Mexicable en Ecatepec en los años 2012, 2013, 2014 y 2015; Listado de las obras de mitigación por la construcción del Mexicable en Ecatepec; Predios comprados con dirección, nombre de calle, número y colonia para la construcción del Mexicable en Ecatepec; gasto ejercido para la compra de predios por la construcción de Mexicable en Ecatepec; Decreto o decretos de expropiación de predios para la construcción de Mexicable en Ecatepec: Licitación para la construcción del Méxicable; Nombre de las empresas que participaron en la licitación del Mexicable y las propuestas económicas de propuestas económicas de cada una.

Respuesta:

De conformidad con los artículos 1, 2, fracciones XI, XIV, XV y XVI, 3, 4, 32, 33 párrafo 1, 35, fracción II y 41 de la Ley de Transparencia y Accesos a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11 fracción II y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentar a usted lo siguiente: En atención a la solicitud de información registrada con el folio número 00002/SINF/IP/2016 que presentó el doce de enero del dos mil dieciséis, sírvase encontrar en archivo adjunto copia simple del Acta de la Segunda Sesión Extraordinaria 2016 del Comité de Información de la Secretaría de Infraestructura en la que resuelve que se entregara versión pública de la información requerida. Ahora bien y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, segundo párrafo, y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, 4.24 de su reglamento y lineamientos aplicables, así como del artículo 73 fracción VI del Código Financiero de Estado de México previo a la entrega de la información deberá realizar el pago de derechos y acudir a la Unidad de Información de la Secretaría de Infraestructura sita en Paseo Vicente Guerrero N° 485, primer piso, Col. Morelos, Toluca, Estado de México, CP. 50120, para entregar el comprobante correspondiente y estar en posibilidad de entregar la información solicitada, considerando que el volumen de hojas a digitalizar asciende a 40 hojas. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión en contra de la presente respuesta ante la Unidad de Información o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del mismo.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 183.39 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

003

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 13/01/2016
Folio de la Solicitud: 00003/SINF/IP/2016

Información requerida:

Contestar el cuestionario adjunto, está en formato .xlsx. Solicitar a su Unidad de Transparencia que le proporcione el archivo en excel para poderlo contestar. Regresar la información en vía electrónica, en el mismo archivo de excel, por favor. La primera parte del cuestionario debe ser llenada por la Dirección General de Recursos Humanos, la segunda, por los Departamentos que tengan información sobre programas llevados a cabo durante 2015.

Respuesta:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que señala “Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar Investigaciones.” Por lo que en ese tenor no existe la obligación de requisitar el formato enviado. No obstante y atendiendo al principio de máxima publicidad le proporciono la información relacionada con el número de empleados con los que cuenta la Secretaría de Infraestructura: Número de empleados remunerados (356 hombres y 226 mujeres), número de voluntarios no remunerados/servicio social/practicas (6 hombres y 1 mujer) y número de empleados que ocuparon puestos de toma de decisiones en 2015 (74 hombres y 25 mujeres). En acciones y programas, no se cuenta con programas de atención diferenciada en materia de juventud.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 581.18 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

004

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 13/01/2016
Folio de la Solicitud: 00004/SINF/IP/2016

Información requerida:

Desglose del gasto en pesos y/o moneda extranjera de los recursos públicos y/o viáticos de la Comitiva Mexiquense que visitó el Estado de Israel del 31 de enero al 3 de febrero de 2010. Copias de las facturas y notas de remisión para la compra de boletos de avión México - Estado de Israel, hospedaje, alimentos, renta de vehículos terrestre y/o aéreo, pago de telefonía móvil y/o celular generadas por el viaje del Gobernador del Estado de México y su comitiva al Estado de Israel del 31 de enero al 3 de febrero de 2010. Itinerario de la Comitiva Mexiquense que visitó el Estado de Israel del 31 de enero al 3 de febrero de 2010. El viaje lo realizaron el entonces Gobernador Enrique Peña Nieto; el Procurador de Justicia, Alberto Bazbaz; el Secretario de Agua, David Korenfeld; el David López, Coordinador General de Comunicación Social; y el Coordinador de Asuntos Internacionales del Gobierno Mexiquense Arnulfo Valdivia; quienes sostuvieron reuniones Benjamín Netanyahu, Primer Ministro de Israel; y con el presidente, Shimon Peres; entre los lugares que se visitó estuvo la empresa la planta de desalinización de agua IDE Ashkelson.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00004/SINF/IP/2016, de fecha trece de febrero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comunicarle que la información solicitada no se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado. Mediante oficio número SI-CI-10A/2016 de fecha catorce de febrero del presente año, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Coordinación Administrativa la información solicitada y por respuesta nos indicó: “…que ya no obran en los archivos de la Secretaría de Infraestructura con fundamento en lo dispuesto en el artículo 344, tercer párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios…” por lo que los documentos solicitados no existen en los archivos de la Secretaría de Infraestructura y no existe obligación de contar con ellos conforme a la normatividad aplicable. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 1.56 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

005

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/01/2016
Folio de la Solicitud: 00005/SINF/IP/2016

Información requerida:

Tenga a bien expedirme la siguiente información: A).- Si dentro de los archivos y expedientes de la H. Secretaria de Movilidad, existe algún convenio que haya sido celebrado en términos de lo que dispone el artículo 26 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, entre esta H. Secretaria de Movilidad con la Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, en el que se haya acordado el otorgamiento de placa federal, para prestar el servicio público de transporte de pasajeros, sobre rutas estatales, realizando ascenso y descenso de pasaje, sin contar con terminales para origen destino. B).- En el caso de que exista convenio o autorización, informe la fecha en que se realizó y los términos del mismo.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00005/SINF/IP/2016, de fecha dieciocho de enero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones II, III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Por lo anterior, la Secretaría Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada, luego entonces, se menciona que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es la Secretaría de Movilidad; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior, en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Así mismo en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace del conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaria, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del mismo.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 795.50 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

006

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/01/2016
Folio de la Solicitud: 00006/SINF/IP/2016

Información requerida:

Copia de las auditorías que el gobierno realizó a los proyectos de la empresa OHL en el Estado de México.

Respuesta:

De conformidad con los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 11, 32, 33 párrafo 1, 35, fracciones II, III y IV y 41 de la Ley de Transparencia y Accesos a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11 fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentar a usted lo siguiente: En atención a la solicitud de información registrada con el folio número 00006/SINF/IP/2016 presentada el veinte de enero del presente año, adjunto el oficio 229040000/117/2016 remitido por la Contraloría Interna de la Secretaría donde informa: “…Que en los archivos del Órgano de Control Interno no se cuenta con la Información solicitada.” Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 1.37 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

007

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/01/2016
Folio de la Solicitud: 00007/SINF/IP/2016

Información requerida:

Quien licitó las obras en la construcción de los puentes vehiculares de Los Sauces. El costo de construcción. Quienes son los concesionarios. Desde que tiempo se están realizando estas obras. Cuando serán entregadas y porque aún no se han concluido.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública numero 00007/SINF/IP/2016, de fecha veinticinco de enero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Con la misma fecha de la solicitud, mediante el oficio número SI-CI-14/2016, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Dirección General de Vialidad, la información solicitada para atender la petición y a través del oficio número 22912200/0831/2016, se informó: “…Al respecto, que esta acción no es competencia de la Dependencia:” Por lo anterior, la Secretaría Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada, luego entonces, se menciona que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es la Secretaría de Comunicaciones y Transporte del Gobierno Federal; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior, en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace del conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaria, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del mismo.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 706.41 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

008

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/01/2016
Folio de la Solicitud: 00008/SINF/IP/2016

Información requerida:

¿La Secretaría de Agua y Obra Pública es la autoridad facultada para determinar la actualización de los costos índice de construcción, así como el porcentaje de indirectos de las obras de equipamiento, urbanización e infraestructura?

Respuesta:

De conformidad con los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XII, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentar lo siguiente: En atención a su solicitud de Información Pública número 00008/SINF/IP/2016 de fecha veinticinco de enero del presente año, adjunto oficio de respuesta N° 229221000/0992/2016 remitido por la Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública de la Subsecretaría de Agua y Obra Pública, en la que señalan sus atribuciones respecto a costos e índices, de acuerdo a las funciones establecidas en el Manual General de Organización de la Secretaría de Infraestructura. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 602.64 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

009

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/01/2016
Folio de la Solicitud: 00009/SINF/IP/2016

Información requerida:

¿Cuáles son las atribuciones de la Secretaría de Infraestructura? ¿Esta secretaría tiene la facultad de determinar la actualización de los costos índice de construcción, así como el porcentaje de indirectos de las Obras de Equipamiento, Urbanización e Infraestructura de los Fraccionamientos y/o Conjuntos Urbanos, y en base a qué disposición jurídica se establece dicha atribución?

Respuesta:

De conformidad con los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XII, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentar lo siguiente: En atención a su solicitud de Información Pública número 00009/SINF/IP/2016 de fecha veintiséis de enero del presente año, adjunto oficio de respuesta N° 229221000/0993/2016 remitido por la Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública de la Subsecretaría de Agua y Obra Pública, en la que señalan sus atribuciones respecto a costos e índices, de acuerdo a las funciones establecidas en el Manual General de Organización de la Secretaría de Infraestructura. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 621.53 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

010

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/01/2016
Folio de la Solicitud: 00010/SINF/IP/2016

Información requerida:

La Secretaria de Infraestructura (incluyendo los diferentes nombres que haya tenido la secretaria en el pasado) arrendó o subarrendó la casa localizada en Paseo de Los Laureles 23, colonia Bosques de las Lomas, Delegación Cuajimalpa, Distrito Federal. En caso afirmativo, solicito copias de los contratos.

Respuesta:

Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito informarle lo siguiente: En atención a su solicitud de Información Pública número 00010/SINF/IP/2016, de fecha veintiséis de enero del presente año, se hace de su conocimiento que mediante oficio SI-CI-17/2016 de la misma fecha, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Coordinación Administrativa, la información solicitada y por respuesta nos indicó: “…esta Dependencia no ha arrendado o subarrendado la casa localizada en Paseo los Laureles 23, Colonia Bosques de las Lomas, Delegación Cuajimalpa, Distrito Federal.”, por tal motivo no se está en posibilidad de proporcionar la documentación requerida. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 646.29 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

011

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/01/2016
Folio de la Solicitud: 00011/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que el Gobierno del Estado de México, a través de cualquiera de sus Secretarías, haya realizado con la empresa OHL MÉXICO, S.A.B. de C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones II y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito informarle lo siguiente: En atención a su solicitud de Información Pública número 00011/SINF/IP/2016, de fecha veintisiete de enero del presente año, se hace de su conocimiento que mediante los oficios N° SI-CI-18/2016, SI-CI-18A/2016 y SI-CI-18C/2016 del veintiocho de enero del año en curso, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de la Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública, Dirección General de Electrificación y la Dirección General de Vialidad, la información solicitada y por respuesta la única Unidad Administrativa que tiene un contrato con la Empresa OHL México, S.A.B. de C.V. es la Dirección General de Vialidad, para lo cual se anexa la documentación requerida. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 1.51 MB
PDF 220.26 KB
PDF 1.78 MB
PDF 11.75 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Vialidad

Fecha Actualización:

11/04/2017

012

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/01/2016
Folio de la Solicitud: 00012/SINF/IP/2016

Información requerida:

Copia del oficio por virtud del cual el Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (SAASCAEM) autorizó las tarifas máximas que Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. podrá cobrar en el Circuito Exterior Mexiquense, a partir de enero del año 2016.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública numero 00012/SINF/IP/2016, de fecha veintiocho de enero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Con la misma fecha de la solicitud, mediante el oficio número SI-CI-19/2016, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Subsecretaría de Comunicaciones, la información solicitada para atender la petición y por respuesta nos indicaron: “…Que la autorización de tarifas no es competencia de la Dependencia:” Por lo anterior, la Secretaría Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es el Organismo Auxiliar “Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México”, conforme a lo dispuesto en los artículos 17.70 y 17.71 fracción IX del Código Administrativo del Estado de México; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior, en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace del conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaria, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del mismo.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 627.84 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

013

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/01/2016
Folio de la Solicitud: 00013/SINF/IP/2016

Información requerida:

Copia del oficio por virtud del cual el Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (SAASCAEM) autorizó las tarifas máximas que Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. podrá cobrar en el Circuito Exterior Mexiquense, a partir de enero del año 2016.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública numero 00013/SINF/IP/2016, de fecha veintiocho de enero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comentarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Con la misma fecha de la solicitud, mediante el oficio número SI-CI-19/2016, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Subsecretaría de Comunicaciones, la información solicitada para atender la petición y por respuesta nos indicaron: “…Que la autorización de tarifas no es competencia de la Dependencia:” Por lo anterior, la Secretaría Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es el Organismo Auxiliar “Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México”, conforme a lo dispuesto en los artículos 17.70 y 17.71 fracción IX del Código Administrativo del Estado de México; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior, en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace del conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaria, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del mismo.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 823.90 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaria Técnica/ Unidad de Transparencia

Fecha Actualización:

30/11/2017

014

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/01/2016
Folio de la Solicitud: 00014/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa Grupo Higa, S.A. de C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00014/SINF/IP/2016, de fecha veintiocho de enero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Grupo Higa, S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios número SI-CI-20/2016, SI-CI-20A/2016 y SI-CI-20B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Grupo Higa, S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 470.38 KB
PDF 478.42 KB
PDF 447.73 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

015

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00015/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa Obrascón Huarte Lain S.A. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00015/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Obrascón Huarte Lain S.A. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-22/2016, SI-CI-22A/2016 y SI-CI-22B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Obrascón Huarte Lain S.A. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 447.71 KB
PDF 366.54 KB
PDF 72.35 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

016

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00016/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa OHL & HUARTE S.A. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00016/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa OHL & Huarte S.A. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-23/2016, SI-CI-23A/2016 y SI-CI-23B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa OHL & Huarte S.A. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 366.65 KB
PDF 448.28 KB
PDF 72.24 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

017

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00017/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00017/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-24/2016, SI-CI-24A/2016 y SI-CI-24B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 71.13 KB
PDF 369.99 KB
PDF 451.33 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

018

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00018/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa OHL INDUSTRIAL S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00018/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa OHL Industrial S.L. Sociedad Unipersonal desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-25/2016, SI-CI-25A/2016 y SI-CI-25B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa OHL Industrial S.L. Sociedad Unipersonal en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 77.38 KB
PDF 368.46 KB
PDF 453.67 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

019

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00019/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa OHL INDUSTRIAL MÉXICO, S.A. de C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00019/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa OHL Industrial México, S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-26/2016, SI-CI-26A/2016 y SI-CI-26B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa OHL Industrial México, S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 453.58 KB
PDF 73.16 KB
PDF 370.11 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

020

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00020/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa SECONMEX ADMINISTRACIÓN S.A. DE C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00020/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa SECONMEX Administración S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-27/2016, SI-CI-27A/2016 y SI-CI-27B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa SECONMEX Administración S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 370.62 KB
PDF 75.35 KB
PDF 454.46 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

021

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00021/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa LATINA MÉXICO S.A. DE C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00021/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Latina México S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-28/2016, SI-CI-28A/2016 y SI-CI-28B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Latina México S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 451.68 KB
PDF 75.22 KB
PDF 368.57 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

022

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00022/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa OPCEM S.A. DE C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00022/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa OPCEM S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-29/2016, SI-CI-29A/2016 y SI-CI-29B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa OPCEM S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 365.60 KB
PDF 449.76 KB
PDF 75.96 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

023

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00023/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa SAMAIT S.A. DE C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00023/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa SAMAIT S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-30/2016, SI-CI-30A/2016 y SI-CI-30B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa SAMAIT S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 76.94 KB
PDF 447.50 KB
PDF 365.73 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

024

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00024/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa OPERADORA CONCESIONARIA MEXIQUENSE, S.A. de C.V. (OPCOM) desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00024/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Operadora Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. (OPCOM) desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-31/2016, SI-CI-31A/2016 y SI-CI-31B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Operadora Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. (OPCOM) en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 77.26 KB
PDF 375.05 KB
PDF 458.78 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

025

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00025/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa VIADUCTO BICENTENARIO S.A. DE C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00025/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Viaducto Bicentenario S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-32/2016, SI-CI-32A/2016 y SI-CI-32B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Viaducto Bicentenario S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 87.93 KB
PDF 457.46 KB
PDF 368.33 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

026

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/02/2016
Folio de la Solicitud: 00026/SINF/IP/2016

Información requerida:

Número de contratos que la Secretaría haya realizado con la empresa CONCESIONARIA AT-AT, S.A. DE C.V. desde 2005 hasta la fecha de recepción de esta solicitud. Así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00026/SINF/IP/2016, de fecha dos de febrero del presente año, en la que solicita el número de contratos que esta Secretaría haya realizado con la empresa Concesionaria AT-AT, S.A. de C.V. desde 2005, así como copia de los mismos y todas las especificaciones sobre las condiciones en que la empresa obtuvo dichos contratos. Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 de su Reglamento, me permito informarle que: Mediante oficios SI-CI-33/2016, SI-CI-33A/2016 y SI-CI-33B/2016, la Unidad de Información requirió a los Servidores Públicos Habilitados de las Direcciones Generales de Administración y Construcción de Obra Pública, de Electrificación y de Vialidad, la información solicitada y por respuesta indicaron que después de realizar una búsqueda exhaustiva en sus respectivos archivos, no se localizó ningún tipo de contrato suscrito con la empresa Concesionaria AT-AT, S.A. de C.V. en el período referido. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hago de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 79.97 KB
PDF 368.58 KB
PDF 451.33 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Electrificación, Dirección General de Vialidad y Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

027

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2016
Folio de la Solicitud: 00027/SINF/IP/2016

Información requerida:

Contratos y/o convenios firmados con Gabriel Roa Sánchez de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con el programa de radio “Roa Show” que se transmite por el 107.3 de FM, de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con Grupo Radio Centro de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Copias de las facturas, recibos y/o cheques para el pago de prestación de servicios a Gabriel Roa Sánchez, con el programa de radio “Roa Show” y/o Grupo Radio Centro de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con Gabriel Roa Sánchez para la conducción y/o organización de eventos de públicos; Contratos y/o convenios con el programa de radio “Roa Show” (que se transmite por el 107.3 de FM), Gabriel Roa Sánchez y/o Grupo Radio Centro para menciones y entrevistas sobre campañas de salud y/o mastografías en la entidad en los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00027/SINF/IP/2016, de fecha tres de febrero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comunicarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Mediante oficio número SI-CI-34/2016 de fecha cuatro de febrero del presente año, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Coordinación Administrativa la información solicitada y por respuesta nos indicó: “…la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de la Secretaría de Infraestructura...”. Por lo anterior, la Secretaría de Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada; luego entonces, se concluye que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y Políticas para el Gasto Público del Gobierno del Estado de México, y en el Reglamento Interior de la Coordinación General de Comunicación Social, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es la Coordinación General de Comunicación Social; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su petición a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 392.71 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Coordinación Administrativa

Fecha Actualización:

11/04/2017

028

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2016
Folio de la Solicitud: 00028/SINF/IP/2016

Información requerida:

Contratos y/o convenios firmados con Gabriel Roa Sánchez de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con el programa de radio “Roa Show” que se transmite por el 107.3 de FM, de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con Grupo Radio Centro de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Copias de las facturas, recibos y/o cheques para el pago de prestación de servicios a Gabriel Roa Sánchez, con el programa de radio “Roa Show” y/o Grupo Radio Centro de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con Gabriel Roa Sánchez para la conducción y/o organización de eventos de públicos; Contratos y/o convenios con el programa de radio “Roa Show” (que se transmite por el 107.3 de FM), Gabriel Roa Sánchez y/o Grupo Radio Centro para menciones y entrevistas sobre campañas de salud y/o mastografías en la entidad en los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00028/SINF/IP/2016, de fecha tres de febrero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comunicarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Mediante oficio número SI-CI-35/2016 de fecha cuatro de febrero del presente año, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Coordinación Administrativa la información solicitada y por respuesta nos indicó: “…la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de la Secretaría de Infraestructura …”. Por lo anterior, la Secretaría de Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada; luego entonces, se concluye que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y Políticas para el Gasto Público del Gobierno del Estado de México, y en el Reglamento Interior de la Coordinación General de Comunicación Social, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es la Coordinación General de Comunicación Social; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su petición a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 390.69 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Coordinación Administrativa

Fecha Actualización:

11/04/2017

029

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2016
Folio de la Solicitud: 00029/SINF/IP/2016

Información requerida:

Contratos y/o convenios firmados con Gabriel Roa Sánchez de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con el programa de radio “Roa Show” que se transmite por el 107.3 de FM, de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con Grupo Radio Centro de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Copias de las facturas, recibos y/o cheques para el pago de prestación de servicios a Gabriel Roa Sánchez, con el programa de radio “Roa Show” y/o Grupo Radio Centro de los años 2013, 2014, 2015 y 2016; Contratos y/o convenios firmados con Gabriel Roa Sánchez para la conducción y/o organización de eventos de públicos; Contratos y/o convenios con el programa de radio “Roa Show” (que se transmite por el 107.3 de FM), Gabriel Roa Sánchez y/o Grupo Radio Centro para menciones y entrevistas sobre campañas de salud y/o mastografías en la entidad en los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

Respuesta:

En atención a su solicitud de Información Pública número 00029/SINF/IP/2016, de fecha tres de febrero del presente año, me permito informarle lo siguiente: Con fundamento en los artículos 1, 2, fracciones V, XI, XV y XVI, 3, 4, 32, 33, párrafo 1, 35, fracciones III y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; en relación con los artículos 4.9, 4.11, fracción III y 4.15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, me permito comunicarle que la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de este Sujeto Obligado en el ejercicio de sus atribuciones, como lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Mediante oficio número SI-CI-36/2016 de fecha cuatro de febrero del presente año, la Unidad de Información requirió al Servidor Público Habilitado de la Coordinación Administrativa la información solicitada y por respuesta nos indicó: “…la información solicitada no es generada, administrada o se encuentra en posesión de la Secretaría de Infraestructura…”. Por lo anterior, la Secretaría de Infraestructura resulta incompetente para dar respuesta a la petición formulada; luego entonces, se concluye que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y Políticas para el Gasto Público del Gobierno del Estado de México, y en el Reglamento Interior de la Coordinación General de Comunicación Social, el Sujeto Obligado que pudiera ser competente para conocer su solicitud es la Coordinación General de Comunicación Social; por lo que se sugiere al solicitante dirigir su petición a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado, lo anterior en términos de los artículos 11, 41 y 45 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión ante la Unidad de Información de esta Secretaría, o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del presente.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 391.76 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Coordinación Administrativa

Fecha Actualización:

11/04/2017

030

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 03/02/2016
Folio de la Solicitud: 00030/SINF/IP/2016

Información requerida:

1.- Requiero una copia del contrato de concesión del teleférico - Mexicable que se otorgó a la empresa Mexiteleféricos SA de CV. 2.- Requiero saber el procedimiento para determinar la tarifa que se cobrará por el uso del Mexicable, así como los resultados de los estudios de impacto económico y social que se hayan realizado.

Respuesta:

De conformidad con los artículos 1, 2, fracciones XI, XIV, XV y XVI, 3, 4, 32, 33 párrafo 1, 35, fracción II y 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; así como 4.9, 4.11 fracción II y 4.15 de su Reglamento, me permito comentar a usted lo siguiente: En atención a la solicitud de información pública registrada con el folio número 00030/SINF/IP/2016 que presentó el tres de febrero del presente año, sírvase encontrar en archivo adjunto copia simple del Acta de la Cuarta Sesión Extraordinaria 2016 del Comité de Información de la Secretaría de Infraestructura, en la que resuelve que se entregará versión pública de la información requerida. Ahora bien, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, párrafo segundo, y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, 4.24 de su Reglamento y Lineamientos aplicables; así como en el artículo 73 fracción VI del Código Financiero del Estado de México previo a la entrega de la información deberá realizar el pago de Derechos y acudir a la Unidad de Información de la Secretaría de Infraestructura sita en Paseo Vicente Guerrero No.485, primer piso, Colonia Morelos, Toluca, Estado de México, C.P.50120, para entregar el comprobante correspondiente y estar en posibilidad de proporcionarle la información solicitada, considerando que el volumen de hojas a digitalizar asciende a 35 hojas. Asimismo, en términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se hace de su conocimiento que podrá interponer recurso de revisión en contra de la presente respuesta ante la Unidad de Información o vía electrónica a través del Sistema de Acceso a la información Mexiquense denominado SAIMEX, en un término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación de la misma.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 222.95 KB
PDF 735.68 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección General de Administración y Construcción de Obra Pública

Fecha Actualización:

11/04/2017

Mostrando 1 al 30 de 201 registros
Solicitudes Recibidas y Atendidas
2016

Fracción IV
Ultima actualización
miércoles 28 de marzo de 2018 16:06, horas
012
LISTADO DE FRACCIONES
Anterior
I - II - II - III - III - IV - IV - VI - VII - VII - VIII - IX - XI - XII - XIII - XIV - XIV - XV - XVI - XVI - XVII - XVIII - XIX - XIX - XX - XXI - XXII - XXIII - IV - XIX - I - II - III
Siguiente
Calle de Nezahualcoyotl S/N Col. Izcalli IPIEM, Toluca, Estado de México. C. P. 50150 Calle de Pino Suárez sin n&uactuemero, actualmente Carretera Toluca-Ixtapan # 111, Colonia La Michoacana; Metepec Estado de México, C.P. 52166 Tel: 01 (722) 226 1980
Para un óptimo funcionamiento se recomienda una resolución de 1024 x 768, Internet Explorer 6 y Flash Player 8 o superiores.