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Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 301 al 330 de 616 registros

301

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 24/08/2017
Folio de la Solicitud: 00300/IEEM/IP/2017

Información requerida:

TODA LA INFORMACION RELACIONADA CON EL PROCESO DE SELECCION DE VOCALES PARA EL PROCESO ELECTORAL 2017-2018. NOMBRES DE TODOS LOS SERVIDORES PUBLICOS ELECTORALES QUE PARTICIPARON. EXPLICACIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO. CUADROS COMPARATIVOS DE CALIFICACIONES DE ASPIRANTES EN ESTE PROCESO Y PROCESOS ANTERIORES. REVISION DE EXAMENES, CALIFICACIONES Y DOCUMENTOS DEL SOLICITANTE Y DIVERSOS ASPIRANTES.

Respuesta:

En atención a su solicitud registrada en el Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX) con folio 300/IEEM/IP/2017, que consiste en un escrito que fue recibido en Oficialía de Partes de este Instituto en fecha 20 de agosto del año en curso, mediante el cual solicitó ejercer sus derechos de acceso a la información pública y de acceso a datos personales, le informo a usted lo siguiente: 1. Respecto a la información correspondiente a los temas que se enlistan a continuación (artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios), se adjuntan los archivos electrónicos que se describen a continuación. Revisión de exámenes y calificaciones consistentes en: Examen de la versión 1. Hoja de respuestas del solicitante. Talón desprendible. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 1 digitalizado (Cédula de notificación por Estrados) Claves de los resultados de las personas que se indican. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 2 digitalizado (Lista de folios de aspirantes que pasan a la etapa de selección) Nombres de servidores electorales que acompañaron el procedimiento de examen (quienes recogieron los cuadernillos, verificaron el número de exámenes, Consejeros y personal que les auxilió, responsable de coordinar la aplicación, responsable de la aplicación y del contenido del sobre. Nombres de todos los servidores electorales responsables del procedimiento detallado. La respuesta se encuentra con tenida en el anexo 3 digitalizado (Acta del Grupo testada del último aspirante) Nombre de los representantes de los partidos políticos y observadores que participaron y firmaron documentos. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 3 digitalizado (Acta del Grupo testada del último aspirante) Hora de arribo de la entrega de la información. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 5 digitalizado (Horarios de salida y llegada de la aplicación del examen de conocimientos electorales para aspirantes a Vocales 2017) Nombres de los servidores electorales que se hayan encargado de trasladar los sobres con exámenes y talones al órgano central. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 5 digitalizado (Horarios de salida y llegada de la aplicación del examen de conocimientos electorales para aspirantes a Vocales 2017) Nombres de los responsables de conducir las actividades de la evaluación y hasta la calificación del examen de conocimientos generales. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 6 digitalizado (Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018; páginas 1 a la 30, Organigrama de la UTAPE con nombres agregados; y Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México; páginas 101 a la 112) Nombres de los responsables de la ejecución del procedimiento de aplicación de examen. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 3 digitalizado (Acta del Grupo testada del último aspirante) Nombres de los responsables de la ejecución del procedimiento de calificación de examen. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 6 digitalizado (Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018; páginas 1 a la 30, Organigrama de la UTAPE con nombres agregados; y Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México; páginas 101 a la 112) Nombres de los responsables de la ejecución del procedimiento de publicación de folios y calificaciones. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 6 digitalizado (Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018; páginas 1 a la 30, Organigrama de la UTAPE con nombres agregados; y Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México; páginas 101 a la 112) Nombres de responsables de la ejecución del procedimiento de publicación de las listas de calificaciones, así como los folios de quienes pasan a la etapa de Selección. La respuesta se encuentra contenida en el anexo 6 digitalizado (Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018; páginas 1 a la 30, Organigrama de la UTAPE con nombres agregados; y Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México; páginas 101 a la 112) En cuanto a la hora de salida de la sede, la Unidad Técnica para la Administración de personal Electoral no cuenta con un registro para la hora de salida de la sede hacía el Instituto Electoral del Estado de México ya que los Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018 (páginas 1 a la 30) no establecen este requerimiento. Los nombres de los responsables de la publicación de folios y calificaciones, así como de todos los procedimientos que lleva a cabo la UTAPE están contenidos en el Organigrama que se proporciona en el anexo 6. Los Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018 señalan en la pág. 7 que ”La ejecución de los Lineamientos estará a cargo del UTAPE…” 2. Por lo que hace a las peticiones: Revisión una por una de las 135 preguntas y respuestas del solicitante. Revisión de exámenes y calificaciones consistentes en: Examen de la versión 1. Hoja de respuestas del solicitante. Talón desprendible. Al estar establecido en el numeral 2.2. de los Lineamientos para la designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018, denominado 2.2. Publicación de los folios y las calificaciones de los aspirantes que presentaron el examen de conocimientos electorales, así como las listas de quienes pasan a la etapa de Selección le fue otorgada la revisión solicitada el día 25 de agosto de 2017, como parte del proceso de selección de vocales, este procedimiento le fue notificado a través de una Cédula de Notificación del oficio IEEM/UTAPE/0919/2017 de fecha 22 de agosto de 2017, por estados de este Instituto (Anexo 1). 3. En lo que respecta a las solicitudes de información relativas a: Informar al solicitante, de manera fundada y motivada el procedimiento de calificación de exámenes de las personas que se refieren, el diseño del sistema del examen y resguardo de la información. Explicación del procedimiento, fundado y motivado de las actividades, desde la evaluación y hasta la calificación del examen de conocimientos generales. Se funde y motive el procedimiento detallado que debe seguir el responsable de la aplicación del examen al inicio y fin de la actividad. Se funde y motive el procedimiento detallado de calificación de examen de conocimientos generales. Que no se realice la destrucción de los materiales utilizados hasta que se resuelva a detalle la solicitud del particular o hasta la resolución por parte del Tribunal. Se funde y motive el procedimiento detallado de publicación de folios y calificaciones. Que el particular sea incluido en los listados de entrega de documentación probatoria antes del 2 de septiembre. Se funde y motive el procedimiento detallado de publicación de las listas con calificaciones de todos los que presentaron el examen, así como los folios de quienes pasan a la etapa de Selección. Respecto a los rubros anteriores, se hace de su conocimiento que mediante acuerdo IEEM/CG/137/2017, el Consejo General de este Instituto aprobó los Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018, mismos que se anexan y se encuentran publicados en la página institucional www.ieem.org.mx Al respecto, los numerales 2. Evaluación, 2.1. Examen de Conocimientos Electorales, 2.1.1. Elaboración de exámenes de conocimientos Electorales, 2.1.2. Estructura del Examen de Conocimientos Electorales, 2.1.3. Impresión del examen de conocimientos electorales, 2.1.4. Aplicación del examen de conocimientos electorales, 2.1.5. Calificación del examen de conocimientos electorales, 2.1.6. Destrucción de materiales utilizados en el examen, 2.2. publicación de los folios y las calificaciones de los aspirantes que presentaron el examen de conocimientos electorales, así como las listas de quienes pasan a la etapa de selección, constituyen el fundamento del procedimiento, motivo de su solicitud, así mismo, en el acuerdo de Consejo General se establece la fundamentación y motivación para la aprobación de los Lineamientos respectivos, que regulan las distintas etapas encaminadas a designar a los vocales. En efecto, los referidos Lineamientos contienen las actividades, procedimientos, políticas y estrategias que se emplearan para la designación de vocales en órganos desconcentrados. Explicación referente a que el examen constituye una prueba objetiva. Revisión de las 135 preguntas y respuestas de las personas que sacaron mayor calificación que el solicitante, de tres más de las que proporciona el número de folio, de las dos con menor calificación por debajo de él. Comparativo de calificaciones que obtuvieron las personas que se indican del Distrito 41, obtenidas en el examen de conocimientos generales para Vocales, realizados en los años 2010, 2011, 2014, 2016 y 2017. Fundar y motivar la explicación de las radicales calificaciones entre los procesos de selección 2010-2011, 2014-2015, 2016-2017 y 2017-2018. Con fundamento en los artículos 12 y 24 último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, informo a usted que esta Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral solo tiene como obligación entregar a usted la información pública que obra en sus archivos: …” Artículo 12: Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” … Apegándonos al artículo anterior, el solicitante requiere que este Instituto refiera actividades, cálculos, e investigaciones que no se encuentran contempladas en los Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018 y que no encuadran en los supuestos normativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. No obstante, lo anterior, envío a usted las calificaciones disociadas del examen de conocimientos obtenidas por los vocales designados del distrito 41, de los periodos solicitados. 4. Por lo que respecta a la solicitud de: Versiones de exámenes de las personas que se indican (cuadernillo de preguntas) Le informo a usted que fue clasificada como información reservada por el Comité de Transparencia del Instituto Electoral del Estado de México, mediante Acuerdo IEEM/CT/045/2017 de fecha 12 de septiembre de 2017, ya que involucra el proceso deliberativo de los Servidores Públicos, hasta en tanto se tome la decisión definitiva y sea documentada (Artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 140’ fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. 5. En cuanto hace a la información relativa a: Versiones de exámenes de las personas que se indican (hojas de respuestas). Listas de calificaciones de las personas que se indican. Razón de que se haya numerado el asiento del solicitante. Nombres de quienes firmaron el acta circunstanciada. Nombre del último sustentante que firmó el sobre. La información solicitada por usted y anteriormente enlistada, fue clasificada como información confidencial por el Comité de Transparencia del Instituto Electoral del Estado de México ya que involucra datos personales. Los aspirantes no son personas sujetas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (Artículo 116, párrafo primero de la Ley General de Transparencia; 3º. Fracción IX y 143 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios). Se anexa el Acuerdo correspondiente aprobado por el Comité de Transparencia en fecha 12 de septiembre de 2017. Una vez clasificada, la información en versión pública se encuentra contenida en los anexos anteriormente mencionados, en lo concerniente a: • En cuanto a la razón de que se haya numerado el asiento del solicitante obedece a que por conservar orden se ubicó a los aspirantes de acuerdo a su numeración en la lista de asistencia, se remite anexo 4 Lista de Asistencia testada, en la cual sólo el nombre del aspirante 25 queda visible. • Nombres de quienes firmaron el acta circunstanciada y nombre del último sustentante que firmó el sobre, puede remitirse al anexo 3 Acta del Grupo testada del nombre del último aspirante. ELABORÓ: Susana Garcés Rodríguez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral Autorizó: Mariana Macedo Macedo Jefa de la Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 16.64 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

UTAPE

Fecha Actualización:

30/10/2017

302

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/08/2017
Folio de la Solicitud: 000299/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Durante el proceso electoral extraordinario 2016 ¿cuál fue el total de multas impuestas a los partidos políticos por el Instituto Electoral Estado de México? ¿qué partidos fueron los sancionados y cuál fue el motivo? Con base en el monto total correspondiente a multas a partidos políticos en 2016 durante el proceso electoral extraordinario en el Estado de México, y de acuerdo con la Jurisprudencia 31/2015 aprobada el 7 de octubre de 2015 en la Sala Superior del TEPJF, en sesión pública, con el rubro: MULTAS. EL DESTINO DE LOS RECURSOS OBTENIDOS POR SU IMPOSICIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN DEPENDE DEL PROCESO ELECTORAL DE QUE SE TRATE.; informe si le fue entregado al Conacyt del gobierno del Estado de México la totalidad de los recursos o, en su defecto, la cantidad de los recursos recibidos, así como las fechas. Finalmente cuál fue el destino y/o utilidad que se le han dado a dichos recursos.

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00299/IEEM/IP/2017, a través de la cual se requiere: “Durante el proceso electoral extraordinario 2016 cuál fue el total de multas impuestas a los partidos políticos por el Instituto Electoral Estado de México? ¿qué partidos fueron los sancionados y cuál fue el motivo? Con base en el monto total correspondiente a multas a partidos políticos en 2016 durante el proceso electoral extraordinario en el Estado de México, y de acuerdo con la Jurisprudencia 31/2015 aprobada el 7 de octubre de 2015 en la Sala Superior del TEPJF, en sesión pública, con el rubro: MULTAS. EL DESTINO DE LOS RECURSOS OBTENIDOS POR SU IMPOSICIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN DEPENDE DEL PROCESO ELECTORAL DE QUE SE TRATE.; informe si le fue entregado al Conacyt del gobierno del Estado de México la totalidad de los recursos o, en su defecto, la cantidad de los recursos recibidos, así como las fechas. Finalmente cuál fue el destino y/o utilidad que se le han dado a dichos recursos.” (sic); Atentamente se hace de su conocimiento que las multas derivadas del Proceso Electoral Extraordinario a que hace referencia se aplicaron a los Partidos Políticos que en relación anexa se detallan, dichas multas se realizaron con fundamento en lo dispuesto por los Acuerdos procedentes siguientes: INE/CG235/2016 “RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE PRECAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y GASTOS AL CARGO DE AYUNTAMIENTO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL EXTRAORDINARIO 2016 DEL MUNICIPIO DE CHIAUTLA, ESTADO DE MÉXICO” INE/CG251/2015 “RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE CAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y GASTOS AL CARGO DE AYUNTAMIENTO DEL PROCESO LOCAL EXTRAORDINARIO 2016, DEL MUNICIPIO DE CHIAUTLA. ESTADO DE MÉXICO” INE/CG474/2016 “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, RECAÍDA AL RECURSO DE APELACIÓN IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE ST-RAP-3/2016 INTERPUESTO POR MORENA, EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN INE/CG235/2016 RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE PRECAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y GASTOS AL CARGO DE AYUNTAMIENTO, DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL EXTRAORDINARIO 2016 DEL MUNICIPIO DE CHIAUTLA, ESTADO DE MÉXICO” INE/CG475/2016 “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, RECAÍDA AL RECURSO DE APELACIÓN IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE ST-RAP-6/2016 INTERPUESTO POR MORENA, EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN INE/CG251/2016 RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE PRECAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y GASTOS AL CARGO DE AYUNTAMIENTO, DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL EXTRAORDINARIO 2016 DEL MUNICIPIO DE CHIAUTLA, ESTADO DE MÉXICO” INE/CG707/2016 “POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN RECAÍDA AL RECURSOS DE APELACIÓN IDENTIFICADO CON EL NUMERO DE EXPEDIENTE ST-RAP-10/2016 INTERPUESTO POR MORENA, EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN INE/CG493/2016 RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE QUEJA EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN INSTAURADO EN CONTRA DE MORENA Y DE SU OTRORA CANDIDATO A CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE CHIAUTLA, ESTADO DE MÉXICO, EL C. JOSÉ MIGUEL AGUIRRE RUIZ, IDENTIFICADA CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE INE/Q-COF-UTF/25/2016/EDOMEX” Con respecto al destino de las multas descontadas es importante comentar lo siguiente: El Artículo 473 del Código Electoral del Estado de México, establece que: “Las multas deberán ser pagadas en la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto; si el infractor no cumple con su obligación, el Instituto dará vista a la Secretaría de Finanzas a efecto de que procedan a su cobro conforme a la legislación aplicable. En el caso de los partidos políticos, el monto de las mismas se restará de sus ministraciones de gasto ordinario conforme a lo que se determine en la resolución. Los recursos obtenidos con motivo de la aplicación de las sanciones económicas derivadas de infracciones cometidas por los sujetos del régimen sancionador electoral considerados en este Libro, serán destinados al Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, en los términos de las disposiciones aplicables, los mismos serán utilizados para incrementar rubros del Presupuesto de Egresos del Estado para el fortalecimiento de la infraestructura y proyectos estratégicos en materia de ciencia, tecnología e innovación y no podrán ejercerse en servicios personales ni en conceptos distintos a los proyectos mencionados. Para tal efecto, deberán ser entregados a la Secretaría de Finanzas dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha que se realice el pago o se haga efectivo el descuento, y ésta a su vez, deberá canalizarlos al Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología en un plazo igual a los fines establecidos en este párrafo”. En tal virtud, el Instituto Electoral del Estado de México ha efectuado los descuentos por concepto de multas en los tiempos y plazos señalados por las instancias electorales y los ha entregado dando cumplimiento al artículo antes mencionado a la Secretaría de Finanzas, sin que tenga constancia de la canalización de los citados recursos al Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, ni de su uso y destino final. ELABORÓ: Víctor Octavio Reyes Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Administración. AUTORIZÓ: José Mondragón Pedrero Director de Administración ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 204.23 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección de Administración

Fecha Actualización:

26/09/2017

303

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/08/2017
Folio de la Solicitud: 000301/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Conocer el presupuesto gastado para realización de las elecciones para gobernador del Estado de México realizada el 4 de junio del presente año (en cuanto a papelería, materiales requeridos, etc.).

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00301/IEEM/IP/2017, a través de la cual se requiere: “Conocer el presupuesto gastado para realización de las elecciones para gobernador del Estado de México realizada el 4 de junio del presente año (en cuanto a papelería, materiales requeridos, etc.).” (sic); Atentamente se hace de su conocimiento que el Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año 2017 comprende en su capítulo 2000 denominado “Materiales y Suministros”, las asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de insumos y suministros requeridos para la prestación de bienes y servicios públicos y para el desempeño de las actividades administrativas. En tal virtud, el monto erogado en este capítulo 2000 para la realización de la última elección para Gobernador del Estado de México es de $ 23’251,570.99 (Veintitrés millones doscientos cincuenta y un mil quinientos setenta pesos 99/100 M.N.). ELABORÓ: Víctor Octavio Reyes Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Administración. AUTORIZÓ: José Mondragón Pedrero Director de Administración ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección de Administración

Fecha Actualización:

26/09/2017

304

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/08/2017
Folio de la Solicitud: 00302/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito copia del "actas de escrutinio y cómputo de casilla de gobernador", del proceso electoral local ordinario 2016-2017, de la Elección de gobernador/a del Estado de México, del 4 de junio de 2017, de las casillas: - 4251 C01 - 2036 C09 - 2313 C01 - 0565 C01 Solicito copia de la "constancia individual de resultados electorales de punto de recuento de gobernador/a" de la casilla: - 4251 C01

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00302/IEEM/IP/2017, relativa a: “Solicito copia del "actas de escrutinio y cómputo de casilla de gobernador", del proceso electoral local ordinario 2016-2017, de la Elección de gobernador/a del Estado de México, del 4 de junio de 2017, de las casillas: - 4251 C01 - 2036 C09 - 2313 C01 - 0565 C01 Solicito copia de la "constancia individual de resultados electorales de punto de recuento de gobernador/a" de la casilla: - 4251 C01” (SIC) por este conducto remito a Usted: - 4 archivos en formato .pdf que contienen las imágenes digitalizadas de las Actas de Escrutinio y Cómputo correspondientes a las casillas 4251 C01, 2036 C09, 2313 C01 y 0565 C01. - 3 archivos en formato .pdf que contienen las imágenes digitalizadas de las Constancias Individuales de Grupo de Recuento correspondientes a las casillas 2036 C09, 2313 C01 y 0565 C01, las cuales fueron objeto de recuento en el Consejo Distrital correspondiente. Respecto de la “constancia individual de resultados electorales de punto de recuento de gobernador/a" de la casilla 4251 C01, por este medio le informo que dicho documento no fue elaborado en virtud de que la referida casilla no fue objeto de recuento. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 2.58 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

305

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/08/2017
Folio de la Solicitud: 00303/IEEM/IP/2017

Información requerida:

1.-Cuantas personas fueron seleccionadas como funcionarios de casilla en las elecciones a Gobernador de junio de 2017 a nivel estatal. 2.- Delas personas designadas como funcionarios de casilla a nivel estatal, cuantas faltaron, es decir cuantas fueron tomados de la fila.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00303/IEEM/IP/2017, relativa a: “1.-Cuantas personas fueron seleccionadas como funcionarios de casilla en las elecciones a Gobernador de junio de 2017 a nivel estatal. 2.- Delas personas designadas como funcionarios de casilla a nivel estatal, cuantas faltaron, es decir cuantas fueron tomados de la fila." de la casilla: - 4251 C01” (SIC). En cuanto a la primer pregunta, por este conducto me permito comunicar a Usted que esta información no es competencia de esta Dirección de Organización, y a mayor abundamiento le informo que conforme a lo señalado en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 32, numeral 1, inciso a), fracciones I y IV, la capacitación electoral y la designación de los funcionarios de las mesas directivas de casilla es una atribución tanto para procesos federales, locales y concurrentes, del Instituto Nacional Electoral (INE); de igual forma, de acuerdo con el Reglamento de Elecciones del INE, en sus artículos 315 al 325, señalan que el Sistema de Información sobre el Desarrollo de la Jornada Electoral (SIJE), es un proceso de recopilación, transmisión, captura y disposición de información que se implementa en las juntas distritales ejecutivas (del INE), con el fin de dar seguimiento, a través de una herramienta informática, a los aspectos más importantes que se presentan el día de la jornada electoral en las casillas electorales, entre ellos, lo referente a la instalación de las casillas y la integración de las mesas directivas de casilla. En este sentido, el IEEM tuvo únicamente acceso a la consulta de dicha información, sin embargo el Instituto Nacional Electoral es el organismo que posee la información tanto de los funcionarios seleccionados y designados como funcionarios de las mesas directivas de casilla, como de las sustituciones realizadas para su instalación durante la jornada electoral. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización En cuanto a la segunda pregunta, se adjunta cuadro referente a la información solicitada. ELABORÓ: Cathia Edith Mejía Díaz Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Participación Ciudadana AUTORIZÓ: Liliana Martínez Garnica Directora de Participación Ciudadana ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 55.00 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

DPC

Fecha Actualización:

30/10/2017

306

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/08/2017
Folio de la Solicitud: 00304/IEEM/IP/2017

Información requerida:

De conformidad con lo considerado en los artículos 152, 160 y 162 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, toda vez que de conformidad con lo expuesto en el artículo 252 fracción III del Código Electoral del Estado de México, es obligación del Instituto Electoral del Estado de México el requerir a los candidatos a integrantes de ayuntamientos el comprobar su Domicilio y tiempo de residencia en el mismo, y toda vez que conforme la lista de Planillas de Candidatos a Miembros de los Ayuntamientos registrados en el Proceso Electoral 2015 y publicado por el Instituto Electoral del Estado de México en la liga: http://www.ieem.org.mx/2015/candidatos/ayuntamientos.pdf en el que se observa que en el Municipio:105- TLALNEPANTLA DE BAZ para el cargo de "PRESIDENTE" propuesto por el Partido de la Revolución Democrática se registró a la C. Ruth Olvera Nieto; es mi deseo que el Instituto Electoral del Estado de México, como Sujeto Obligado, me informe y entregue copias de los documentos que avalen, cómo comprobó la C. Ruth Olvera Nieto su domicilio y tiempo de residencia en el mismo para poder obtener el registro de candidatura en comento. Agradezo por este medio su atención.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00304/IEEM/IP/2017, donde requiere documentos que avalen cómo comprobó la C. Ruth Olvera Nieto su domicilio y tiempo de residencia, para poder obtener el registro de candidata por el PRD a la presidencia municipal de Tlalnepantla. Se anexan los siguientes documentos para su conocimiento: 1.- Acuerdo N° IEEM/CT/046/2017 del Comité de Transparencia del Instituto Electoral del Estado de México por medio del cual dicho Órgano Colegiado clasificó como información confidencial, los documentos que la otrora candidata presentó al momento de registrar su candidatura y que obran en su expediente, por contener datos personales, siendo en ese momento su credencial para votar y la constancia que le fue expedida, clasificando en su totalidad la credencial para votar, por tratarse en este momento de un documento de identificación de un particular que no se encuentra sujeto a la Ley de Transparencia del Estado y asimismo, 2.-Constancia de Residencia Expedida por el H. ayuntamiento de Tlalnepantla de la Excandidata en Versión Pública, por tratarse de un documento público pero que contiene datos personales, consistente en el domicilio y fotografía de la otrora candidata, lo que consta en el Acuerdo adjunto. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 11.47 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

307

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/08/2017
Folio de la Solicitud: 000305/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito que se me proporcione el CALENDARIO ELECTORAL OFICIAL (con los cambios aprobados el pasado lunes 28 de agosto) para la elección de 2018 en el Estado de México. Gracias

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00305/IEEM/IP/2017, relativa a: ““Solicito que se me proporcione el CALENDARIO ELECTORAL OFICIAL (con los cambios aprobados el pasado lunes 28 de agosto) para la elección de 2018 en el Estado de México. Gracias" (SIC) por este conducto informo a Usted que ni el Consejo General ni la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) han aprobado hasta la fecha de hoy 29 de agosto de 2017, el Calendario del Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, el cual habrá de ser aprobado en una próxima sesión del Consejo General de este Instituto. Información que puede corroborar de manera directa en nuestra página www.ieem.org.mx en la liga CONSEJO GENERAL Integración; Sesiones del Consejo General 1996 – 2017; Acuerdos del Consejo General - 2017 (por nombre) ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección de Organización

Fecha Actualización:

26/09/2017

308

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 30/08/2017
Folio de la Solicitud: 00306/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Toda la información que solicito es de la consejera natalia perez hernandez del Ieem, quiero saber sus aportaciones en beneficio de la cultura cívica y democrática, publicaciones, conferencias y documentos desde el inicio de su cargo a esta fecha Informacion sobre la cantidad de personas de apoyo choferes, secretarias y asesores que ha contratado y despedido durante su tiempo de consejera y de ellos si alguno ha recibido algún reconocimiento o compensación durante su periodo. de los que fueron despedidos las razones y si fueron liquidados conforme a derecho De igual forma de su personal actual la cantidad de asesores y personal de apoyo con el que cuenta y sueldo actual y funciones que hace cada uno.

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00306/IEEM/IP/2017, a través de la cual requiere: “Toda la información que solicito es de la consejera natalia perez hernandez del Ieem, quiero saber sus aportaciones en beneficio de la cultura cívica y democrática, publicaciones, conferencias y documentos desde el inicio de su cargo a esta fecha Informacion sobre la cantidad de personas de apoyo choferes, secretarias y asesores que ha contratado y despedido durante su tiempo de consejera y de ellos si alguno ha recibido algún reconocimiento o compensación durante su periodo. de los que fueron despedidos las razones y si fueron liquidados conforme a derecho De igual forma de su personal actual la cantidad de asesores y personal de apoyo con el que cuenta y sueldo actual y funciones que hace cada uno." (sic); Atentamente se hace de su conocimiento, que la Consejera Electoral Natalia Pérez Hernández es integrante y Presidenta de la Comisión de Promoción y Difusión de la Cultura Política y Democrática, en la que ha participado en la construcción, deliberación y en su caso, aprobación de diversos asuntos, temas que son consultables en el apartado de Transparencia Focalizada, en lo relativo a órganos colegiados, en el punto de la citada comisión, y que se encuentra en el link: http://www.ieem.org.mx/transparencia2/fraccionVI_comisionespdcpd.php Las publicaciones, conferencias, documentos y todo lo relativo a las actividades desde el inicio del encargo, se encuentran señalados en el espacio de colaboraciones, así como en la agenda pública, mismas que aparecen en la página web de este Instituto, consultable con los links: http://www.ieem.org.mx/ecoop/colaboraciones/opiniones_2017.php http://www.ieem.org.mx/ecoop/colaboraciones/opiniones_2016.php http://www.ieem.org.mx/transparencia2/fraccionXV_agereupubconsec.php Así mismo, las publicaciones realizadas en el Heraldo y en la página de Agenda Mexiquense http://agendamexiquense.com.mx/noticias/la-consolidacion-institucional-reto-del-mexico-actual/. Por otra parte, en términos de lo dispuesto por las fracciones I y II del artículo 203 del Código Electoral del Estado de México, se hace de su conocimiento que conforme a la información que obra en los archivos de la Dirección de Administración de este organismo electoral, el número total de servidores públicos electorales que prestaron sus servicios adscritos a la Oficina de la Consejera Electoral, Maestra Natalia Pérez Hernández y que terminaron su relación laboral de acuerdo al vencimiento estipulado en el contrato relativo, fueron diez; a quienes con fundamento en lo establecido en el artículo 103 del Reglamento Interno del Instituto Electoral del Estado de México, se les cubrió a cada uno de ellos, un finiquito consistente en el pago de las partes proporcionales de aguinaldo y prima vacacional, a partir del salario base, y vacaciones a salario integrado. Asimismo, cinco servidores públicos adscritos a la oficina de la Consejera Electoral Pérez Hernández con quienes su relación laboral concluyó previo al vencimiento de su contrato, se les pagó una liquidación conforme a lo dispuesto en el artículo 104 del Reglamento Interno del Instituto Electoral del Estado de México, en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipio. Los servidores públicos electorales que terminaron su relación laboral con este organismo electoral, recibieron sus finiquitos y liquidaciones conforme a ley; sin recibir algún reconocimiento o compensación extraordinaria. Actualmente al 15 de septiembre del año dos mil diecisiete, laboran los siguientes seis servidores públicos electorales: 1. Bernardo Aguilar Rodríguez 2. Patricia Liliana Garduño Romero 3. Jazmín Jaimes Tejeda 4. Berenice Laureles Serrano 5. Liliana Palma Romero y 6. María Magdalena Ramírez Jiménez. Los servidores públicos electorales relacionados anteriormente desarrollan las funciones inherentes a su puesto, nivel y rango salarial bajo el cual son contratados, en relación directa con las funciones que desempeña la Consejera Electoral, ostentando los que a continuación se señalan: 1. Bernardo Aguilar Rodríguez, Asesor, 27-II 2. Patricia Liliana Garduño Romero, Asesor, 27-I 3. Jazmín Jaimes Tejeda, Operador de Logística, 25-C 4. Berenice Laureles Serrano, Auxiliar Operador de Logística, 24-B 5. Liliana Palma Romero, Asesor, 27-I 6. María Magdalena Ramírez Jiménez, Asesor, 27-I No se omite mencionar que las percepciones de los servidores públicos electorales se encuentran a su disposición para consulta y, en su caso, reproducción, en la página Web del Instituto Electoral del Estado de México, disponible en http://www.ieem.org.mx/ y contenida en el “Tabulador de Sueldos del Instituto Electoral del Estado de México”, documento que fuera aprobado por la Junta General de este organismo electoral. Para un fácil acceso, en el panel derecho de la página web de este organismo electoral, se encuentra la liga “Transparencia y acceso a la información” a la que hay que ingresar, elegir de manera subsecuente el botón de “Transparencia Focalizada”, para posteriormente acceder en el panel izquierdo a la opción identificada con el numeral 2 “Información sobre Servidores Electorales” y finalmente ingresar a “Percepciones” del año dos mil diecisiete; o directamente a través de la siguiente liga: http://www.ieem.org.mx/transparencia2/pdf/fraccionII/percepciones/Tabulador_2017.pdf Lo anterior, por tratarse de información pública de oficio que participa del principio de máxima publicidad en materia de transparencia. ELABORÓ: Martín Soto Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Secretaría Ejecutiva ELABORÓ: Silvia Melina Gómez Preisser Enlace en suplencia del Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Administración AUTORIZÓ: Lic. José Mondragón Pedrero Director de Administración ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

DA

Fecha Actualización:

30/10/2017

309

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 30/08/2017
Folio de la Solicitud: 00307/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Fecha de nacimiento de los 75 candidatos electos a diputados de la LVIII Legislatura en virtud de que es un requisito de elegibilidad para el cargo. Lo anterior se utiliza con fines académicos con el fin de generar un perfil sociodemográfico de las candidaturas que ganaron.

Respuesta:

.En atención a su solicitud con número de folio 00307/IEEM/IP/2017, relativa a: “Fecha de nacimiento de los 75 candidatos electos a diputados de la LVIII Legislatura en virtud de que es un requisito de elegibilidad para el cargo. Lo anterior se utiliza con fines académicos con el fin de generar un perfil sociodemográfico de las candidaturas que ganaron." (SIC) Al respecto me permito hacer de su conocimiento que con base en el Acuerdo IEEM/CG/161/2012 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se realizó el Registro Supletorio de las Fórmulas de Candidatos a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa a la H. “LVIII” Legislatura del Estado de México; Asimismo en el Acuerdo IEEM/CG/162/2012, se registraron las listas de Candidatos a Diputados por el Principio de Representación Proporcional a la H. “LVIII” Legislatura del Estado de México, ambos Acuerdos aprobados en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de mayo del 2012. Por su parte en el Acuerdo IEEM/CG/229/2012, del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprobado el día 11 de julio de 2012, se realizó el Computo Plurinominal, la Declaración de Validez de la Elección y la Asignación de Diputados por el Principio de Representación Proporcional a la H. LVIII Legislatura del Estado de México; y en sus anexos se incluyeron los nombres de los candidatos electos, adjuntando a la presente respuesta cuadro que contiene la información solicitada. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

310

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 30/08/2017
Folio de la Solicitud: 00308/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Fecha de nacimiento de los 75 candidatos electos a diputados suplentes de la LVIII Legislatura en virtud de que es un requisito de elegibilidad para el cargo. Lo anterior se utiliza con fines académicos con el fin de generar un perfil sociodemográfico de las candidaturas suplentes que ganaron ya sea por la vía de mayoría relativa como de representación proporcional por partido político.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00308/IEEM/IP/2017, relativa a: “Fecha de nacimiento de los 75 candidatos electos a diputados suplentes de la LVIII Legislatura en virtud de que es un requisito de elegibilidad para el cargo. Lo anterior se utiliza con fines académicos con el fin de generar un perfil sociodemográfico de las candidaturas suplentes que ganaron ya sea por la vía de mayoría relativa como de representación proporcional por partido político." (SIC) Al respecto me permito hacer de su conocimiento que con base en el Acuerdo IEEM/CG/161/2012 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, realizó el Registro Supletorio de las Fórmulas de Candidatos a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa a la H. “LVIII” Legislatura del Estado de México; Asimismo en el Acuerdo IEEM/CG/162/2012, se registraron las listas de Candidatos a Diputados por el Principio de Representación Proporcional a la H. “LVIII” Legislatura del Estado de México, ambos Acuerdos aprobados en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de mayo del 2012. Por su parte en el Acuerdo IEEM/CG/229/2012 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprobado el día 11 de julio de 2012, se realizó el Computo Plurinominal, la Declaración de Validez de la Elección y la Asignación de Diputados por el Principio de Representación Proporcional a la H. LVIII Legislatura del Estado de México; y en sus anexos se incluyeron los nombres de los candidatos suplentes, adjuntando a la presente respuesta cuadro que contiene la información solicitada. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

311

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/08/2017
Folio de la Solicitud: 00310/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito la nómina detallada del personal adscrito ( representante propietario, suplente, asesores, secretarias, auxiliares, ect) a la representación del Partido Acción Nacional ante el consejo general, así como las fichas curriculares del personal mencionado. Con fundamento en el artículo 92 fracción VII, VIII, XXI y de más aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y municipios.

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00310/IEEM/IP/2017, a través de la cual se requiere: “Solicito la nómina detallada del personal adscrito ( representante propietario, suplente, asesores, secretarias, auxiliares, ect) a la representación del Partido Acción Nacional ante el consejo general, así como las fichas curriculares del personal mencionado. Con fundamento en el artículo 92 fracción VII, VIII, XXI y de más aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y municipios." (sic); Atentamente se hace de su conocimiento que toda vez que no existe ninguna relación laboral entre el Instituto Electoral del Estado de México y el personal de cada una de las representaciones de los Partidos Políticos legalmente acreditados ante este organismo, la documentación e información solicitada no obra en los archivos de la Dirección de Administración. Lo anterior, por tratarse de información relacionada con la organización interna de cada uno de los Partidos Políticos. A mayor abundamiento, con fundamento en el artículo 92 fracción VII, VIII, XXI y de más aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y municipios.”, con fundamento en los artículos 12, 23, fracción VII, 24 último párrafo, 160, 163 y 167 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, respetuosamente se hace de su conocimiento que de acuerdo al artículo 37, párrafo tercero del Código Electoral del Estado de México, las autoridades electorales solamente pueden intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señala la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la Ley General de Partidos Políticos, el Código Electoral del Estado de México y la normatividad aplicable; por lo anterior, este Instituto Electoral no es competente legalmente para dar respuesta a su solicitud de acceso a la información pública, toda vez que al tratarse de información relacionada con la organización interna de partidos políticos, la respuesta no obra en los archivos de esta autoridad electoral. En este sentido y de acuerdo a lo establecido en los artículos 23, fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 28, numerales 1 y 2 de la Ley General de Partidos Políticos, se le orienta para que presente su solicitud de acceso a la información pública ante el partido político que es de su interés, que al igual que este Órgano Electoral, es Sujeto Obligado en términos de la ley de la materia. C. Víctor Octavio Reyes Gómez, Servidor Público Habilitado de la Dirección de Administración responsable de la elaboración de la respuesta. C. José Mondragón Pedrero, Director de Administración ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

DA

Fecha Actualización:

30/10/2017

312

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/08/2017
Folio de la Solicitud: 00311/IEEM/IP/2017

Información requerida:

BUENAS TARDES QUISIERA SABER COMO SE CONFRMA EL PROCESO PARA REGISTRARTE COMO CANDIDADO INDEPENDIENTE PARA UN DISTRITO ELECTORAL DE ECATEPEC ESTADO DE MEXICO.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00311/IEEM/IP/2017, relativa a: “BUENAS TARDES QUISIERA SABER COMO SE CONFRMA EL PROCESO PARA REGISTRARTE COMO CANDIDADO INDEPENDIENTE PARA UN DISTRITO ELECTORAL DE ECATEPEC ESTADO DE MEXICO. " (SIC) por este conducto hago de su conocimiento lo siguiente: EL ARTÍCULO 93 DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO, VISIBLE EN: http://www.ieem.org.mx/pdf/CEEM_16.pdf, ESTABLECE QUE EL PROCESO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS INDEPENDIENTES COMPRENDE LAS SIGUIENTES ETAPAS: I. CONVOCATORIA II. ACTOS PREVIOS AL REGISTRO DE CANDIDATOS INDEPENDIENTES III. OBTENCIÓN DE APOYO CIUDADANO IV. REGISTRO DE CANDIDATOS INDEPENDIENTES POR OTRO LADO EL ARTÍCULO 7 DEL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO, (VISIBLE EN: http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2016/a070_16.pdf, ESTABLECE QUE LA CONVOCATORIA DIRIGIDA A LOS CIUDADANOS (AS) INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMNO CANDIDATOS (AS) INDEPENDIENTES, SE EMITIRÁ EN LOS PRIMEROS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR AL DE LA ELECCIÓN, POR LO QUE EN EL CASO DEL PROCESO ELECTORAL 2017-2018 PARA ELEGIR DIPUTADOS Y AYUNTAMIENTOS, DICHA CONVOCATORIA SERÁ PUBLICADA A MÁS TARDAR EL 10 DE NOVIEMBRE DE 2017, LA CUAL CONTENDRÁ EL NÚMERO DE FIRMAS DE CIUDADANOS REQUERIDA PARA QUE UN CIUDADANO OBTENGA UNA CANDIDATURA INDEPENDIENTE. AHORA BIEN, EL ARTÍCULO 100 DEL CÓDIGO INVOCADO, ESTABLECE QUE PARA LA PLANILLA DE DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA, LA CÉDULA DE RESPALDO DEBE CONTENER CUANDO MENOS LA FIRMA DE UNA CANTIDAD DE CIUDADANOS EQUIVALENTE AL 3% DE LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO ELECTORAL EN CUESTIÓN CON CORTE AL 31 DE AGOSTO DEL AÑO PREVIO AL DE LA ELECCIÓN, Y ESTAR INTEGRADA POR CIUDADANOS DE POR LO MENOS LA MITAD DE LAS SECCIONES ELECTORALES, QUE REPRESENTEN CUANDO MENOS EL 1.5% DE CIUDADANOS QUE FIGUREN EN LA LISTA NOMINAL DE CADA UNA DE ELLAS. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

313

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31-08-2017
Folio de la Solicitud: 00312/IEEM/IP/2017

Información requerida:

A través de este medio solicito que me proporcionen los ingresos económicos mensuales de la ex candidata independiente al gobierno del Estado de México María Teresa Castell de Oro Palacios durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, asimismo como la obtención de recursos para consolidar la empresa Sipirily y el costo total para abrir la Casa de los Independientes en la ciudad de Toluca, Estado de México el pasado 23 de agosto de 2017.

Respuesta:

Estimado ciudadano, con fundamento en los artículos 160, 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y en respuesta a su atenta solicitud de acceso a la información pública, registrada con el número 00312/IEEM/IP/2017, mediante la cual “A través de este medio solicito que me proporcionen los ingresos económicos mensuales de la ex candidata independiente al gobierno del Estado de México María Teresa Castell de Oro Palacios durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, asimismo como la obtención de recursos para consolidar la empresa Sipirily y el costo total para abrir la Casa de los Independientes en la ciudad de Toluca, Estado de México el pasado 23 de agosto de 2017; respetuosamente se hace de su conocimiento lo siguiente: La otrora aspirante a Candidata Independiente a la Gubernatura del Estado de México, participante en el Proceso Electoral 2016-2017, lo fue con ese carácter precisamente hasta el año 2016, en las fechas en que obtuvo su registro, primero como aspirante y en segundo término, como Candidata Independiente, razón por la cual solo se tiene información hasta ese año, por el motivo que se precisa, mas no así de los años anteriores hasta el 2012, por lo que en ese orden de ideas se hace entrega de lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 270 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; el Anexo 10.1, sección II, del mismo Reglamento denominado “Procedimiento para la operación del Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos”; la cláusula primera, apartado 19, del Convenio General de Coordinación y Colaboración entre el INE y el IEEM, en relación con su Anexo Técnico Número Uno, apartados 16.6 y 18.1, inciso a) del rubro “Datos relativos al registro de aspirantes, precandidatos/as, candidatos/as y candidatos/as independientes”; aprobados mediante acuerdos IEEM/CG/88/2016 e IEEM/CG/47/2017; y el artículo 204, primer párrafo del Código Electoral del Estado de México; esta Unidad Técnica de Fiscalización con el objeto de brindar el seguimiento y atender lo relativo al Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos (SNR) durante el proceso electoral 2016-2017; solicitó a la C. María Teresa Castell de Oro Palacios, en su carácter de ex aspirante a candidata independiente al gobierno del Estado de México, información relativa a su capacidad económica durante el ejercicio 2016, quien mediante escrito del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, informó a través del formato “INFORME DE CAPACIDAD ECONÓMICA”, en el apartado correspondiente el total de ingresos en el ejercicio dos mil dieciséis por $151,451.00 (Ciento cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.), como lo acredita el formato digitalizado en archivo electrónico adjunto a la presente que obra en los archivos de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Electoral del Estado de México. En lo tocante a las prerrogativas que le fueron entregadas, se hace de su conocimiento lo siguiente: El Consejo General, en términos de lo aprobado mediante Acuerdo 37 Por el que se fija el Financiamiento Público para Actividades Permanentes y Específicas de los Partidos Políticos correspondientes al año 2017, así como para la Obtención del Voto de los Partidos Políticos y Candidatos Independientes para el Proceso Electoral Ordinario 2016-2017. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2017/acu_17/a037_17.pdf, entregó las cantidades que en el mismo se precisan. En cuanto a los demás solicitado, relativo a la obtención de recursos para consolidar las empresas que refiere, no es facultad de este Órgano Electoral, en términos del artículo 160 del Código Electoral del Estado de México y la ley de la materia, estableciendo competencia para la práctica de auditorías sobre el manejo de recursos y su situación contable y financiera, a cargo de la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, sugiriéndole respetuosamente acuda ante dicha Autoridad en solicitud de lo pedido. Servidores Públicos Habilitados responsables de la información: Víctor Octavio Reyes Gómez, Dirección de Administración; Fortino Uribe Arzate, Unidad Técnica de Fiscalización; Martín Soto Gómez, Secretaría Ejecutiva; y Odilia Ortega Navarro, Dirección de Partidos Políticos. José Mondragón Pedrero, Director de Administración; Luis Samuel Camacho Rojas; y Alma Patricia Bernal Oceguera, Dirección de Partidos Políticos. ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

DA, UTF, SE, DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

314

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 01/09/2017
Folio de la Solicitud: 00313/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Requiero el listado de candidatos propietarios y suplentes que han participado en elecciones locales (gobernador, ayuntamiento, diputados locales) de 1993 a 2017 por partido y municipio. Preferentemente en un archivo editable (EXCEL o Word)

Respuesta:

Estimado ciudadano, con fundamento en los artículos 160, 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y en respuesta a su atenta solicitud de acceso a la información pública, registrada con el número 00313/IEEM/IP/2017, mediante la cual “Requiero el listado de candidatos propietarios y suplentes que han participado en elecciones locales (gobernador, ayuntamiento, diputados locales) de 1993 a 2017 por partido y municipio. Preferentemente en un archivo editable (EXCEL o Word)”; respetuosamente se hace de su conocimiento lo siguiente: El Instituto Electoral del Estado de México se creó con la publicación del Código Electoral del Estado de México, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el 2 de marzo de 1996; por ello, la información con la que cuenta este Organismo Público Electoral es a partir del año 1996. En relación con la información sobre las planillas de candidatos a miembros de ayuntamientos, diputados y gobernador, este Instituto cuenta con el Registro de Candidatos a integrantes de los Ayuntamientos en el Estado de México, Diputados y Gobernador 1996-2016, esta información pública, disponible en nuestra página electrónica institucional http://www.ieem.org.mx/, sección “Máxima Publicidad”, rubro “Información de los Procesos Electorales” botón “Registro de Candidatos a integrantes de los Ayuntamientos en el Estado de México, 1996 – 2016” o en la liga de enlace directo: http://www.ieem.org.mx/2014/maxp/maxima_publicidad/procesos/ayuntamientos.html. En el mismo sentido, respecto a los miembros integrantes de los ayuntamientos por el principio de mayoría relativa y representación proporcional, diputados y gobernador, este Instituto Electoral, cuenta con la información sobre Candidatos Electos, que incluye aquellos integrantes designados por mayoría relativa, así como los de representación proporcional; información de naturaleza pública, disponible en nuestra página electrónica institucional http://www.ieem.org.mx/, sección “Máxima Publicidad”, rubro “Información de los Procesos Electorales” botón “Candidatos Electos”, o en la liga de enlace directo: http://www.ieem.org.mx/2014/maxp/maxima_publicidad/procesos/CandidatosElectos.html. En este apartado deberá consultar los documentos PDF¸ de la columna correspondiente”. No se omite señalar que obtener los datos solicitados corresponde a una investigación, datos que pueden obtenerse de la sección de Acuerdos del Consejo General 1996-2017, disponible desde nuestra página electrónica institucional www.ieem.org.mx o en el acceso directo: http://www.ieem.org.mx/consejo_general/a2017.html y en las ligas proporcionadas. ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

UT

Fecha Actualización:

30/10/2017

315

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 01-09-2017
Folio de la Solicitud: 00314/IEEM/IP/2017

Información requerida:

¿Cuántas consultas ciudadanas se han realizado en el Estado de México desde que están reguladas en el libro octavo del código electoral?, Requiero todos los documentos y anexos respecto a dichas consultas ciudadanas.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00314/IEEM/IP/2017, se hace de su conocimiento lo siguiente: A la fecha de la solicitud en la entidad no se ha realizado ninguna consulta ciudadana, independientemente de que en los calendarios de los procesos electorales 2014-2015 y 2016-2017 (consultables en las páginas http://www.ieem.org.mx/2014/maxp/maxima_publicidad/pdf/calendario2015.pdf y http://www.ieem.org.mx/2017/pdf/calendario2016_2017.pdf), se contemplan actividades relacionadas con el tema, derivado de que se tienen que considerar los recursos económicos que se requerirían en caso de que las consultas tuvieran efecto; por tanto, este instituto no cuenta con documentos al respecto. Sin embargo, en el Libro Octavo “DE LA CONSULTA POPULAR” del Código Electoral del Estado de México (artículos del 488 al 549), se pueden apreciar los procedimientos para el desarrollo de la misma, así como: la petición de consulta popular, los sujetos, el aviso, la presentación, los requisitos, el procedimiento para la convocatoria, las atribuciones de este Instituto en la materia, la verificación del apoyo ciudadano, la organización y difusión de la consulta popular, los actos previos y la jornada de consulta popular, sus resultados, el financiamiento y los medios de impugnación. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ELABORÓ: Martín Soto Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Secretaría Ejecutiva ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

SE, DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

316

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 01-09-2017
Folio de la Solicitud: 00315/IEEM/IP/2017

Información requerida:

¿Cuántos procesos de referéndum se han realizado en el Estado de México?, requiero los documentos e información que exista al respecto.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00315/IEEM/IP/2017, A la fecha de la consulta en la entidad no se ha realizado ningún referéndum, y por tanto, este instituto no cuenta con documentos ni información al respecto. Sin embargo, en el Libro Noveno “REFERÉNDUM” del Código Electoral del Estado de México (artículos 551 a 566), se pueden visualizar los procedimientos para su aplicación. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ELABORÓ: Martín Soto Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Secretaría Ejecutiva ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

SE

Fecha Actualización:

30/10/2017

317

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/09/2017
Folio de la Solicitud: 000316/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito al IEEM los resultados por sección electoral de la elección de Gobernador del Estado de México del 4 de junio del 2017, a efecto d epoder procesarlo le solicito que la información sea en formato EXCEL, DBF o TXT. Gracias

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00316/IEEM/IP/2017, relativa a: “Solicito al IEEM los resultados por sección electoral de la elección de Gobernador del Estado de México del 4 de junio del 2017, a efecto d epoder procesarlo le solicito que la información sea en formato EXCEL, DBF o TXT. Gracias" (SIC) por este conducto remito a Usted, archivo en formato excel con los resultados de los cómputos distritales por sección electoral. Asimismo, le informo que estos resultados no tienen el carácter de definitivo pues están sujetos a las modificaciones que en su caso, resulten de las resoluciones de los tribunales electorales a los juicios interpuestos por los partidos políticos ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

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Unidad administrativa que detenta la información:

Dirección de Organización

Fecha Actualización:

28/09/2017

318

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/09/2017
Folio de la Solicitud: 000317/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito tengan a bien remitirme en archivo electrónico, el padrón de miembros afiliados o militantes y simpatizantes del Partido Revolucionario Institucional correspondiente al Municipio de Toluca, Estado de México, actualizado hasta la fecha de la presente solicitud, por ser información de carácter público de conformidad con el artículo 30 inciso d) de la Ley General de Partidos Políticos.

Respuesta:

Estimado ciudadano, en respuesta a su atenta solicitud de acceso a la información pública, registrada con el número 00317/IEEM/IP/2017, que es del tenor literal siguiente: “Solicito tengan a bien remitirme en archivo electrónico, el padrón de miembros afiliados o militantes y simpatizantes del Partido Revolucionario Institucional correspondiente al Municipio de Toluca, Estado de México, actualizado hasta la fecha de la presente solicitud, por ser información de carácter público de conformidad con el artículo 30 inciso d) de la Ley General de Partidos Políticos.”, con fundamento en los artículos 12, 23, fracción VII, 24 último párrafo, 160, 163 y 167 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, respetuosamente se hace de su conocimiento que de acuerdo al artículo 37, párrafo tercero del Código Electoral del Estado de México, las autoridades electorales solamente pueden intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señala la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la Ley General de Partidos Políticos, el Código Electoral del Estado de México y la normatividad aplicable; por lo anterior, este Instituto Electoral no es competente legalmente para dar respuesta a su solicitud de acceso a la información pública, toda vez que al tratarse de información relacionada con la organización interna de partidos políticos, la respuesta no obra en los archivos de esta autoridad electoral. En este sentido y de acuerdo a lo establecido en los artículos 23, fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 28, numerales 1 y 2 de la Ley General de Partidos Políticos, se le orienta para que presente su solicitud de acceso a la información pública ante el partido político que es de su interés, que al igual que este Órgano Electoral, es Sujeto Obligado en términos de la ley de la materia. ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Secretaría Ejecutiva

Fecha Actualización:

28/09/2017

319

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/09/2017
Folio de la Solicitud: 00319/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito se me proporcione la siguiente información: monto de financiamiento públicos para actividades ordinarias, específicas y en su caso gastos de campaña otorgado a los partidos políticos acreditados y en su caso partidos políticos locales ambos ante este instituto electoral de los años,2007,2008,2009,2010,2011,2012,2013,2014,2015,2016,2017, y el aprobado para el año 20118.

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00319/IEEM/IP/2017, a través de la cual se requiere: “Solicito se me proporcione la siguiente información: monto de financiamiento públicos para actividades ordinarias, específicas y en su caso gastos de campaña otorgado a los partidos políticos acreditados y en su caso partidos políticos locales ambos ante este instituto electoral de los años,2007,2008,2009,2010,2011,2012,2013,2014,2015,2016,2017, y el aprobado para el año 20118." (sic); Atentamente en términos de lo dispuesto por la fracción VII del artículo 203 del Código Electoral del Estado de México, se hace de su conocimiento que por tratarse de información pública de oficio que participa del principio de máxima publicidad en materia de transparencia, el requerimiento formulado se encuentran a su disposición para consulta y, en su caso, reproducción, en la página Web del Instituto Electoral del Estado de México, disponible en http://www.ieem.org.mx/ y contenida en los diversos acuerdos aprobados por el órgano superior de dirección de este organismo electoral. En tal virtud y para facilitarle el acceso a los Acuerdos mediante los cuales se aprobaron los montos del financiamiento público para los partidos políticos acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México; adjunto se remite un archivo electrónico en formato PDF en el que se relacionan, por ejercicio fiscal, los montos suministrados a los partidos políticos nacionales o locales con registro. Anexo de la solicitud de información: 00319/IEEM/IP/2017 Financiamiento público suministrado a los partidos políticos nacionales o locales con registro Año Acuerdo Liga 2007 Acuerdo N° 3 Financiamiento Público Ordinario a Partidos Políticos para el año 2007 http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2007/a003.html 2008 Acuerdo N° 5/2008 Financiamiento Público Ordinario a Partidos Políticos acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México, para el año dos mil ocho. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2008/a005_08.html Acuerdo N° CG/23/2008 Por el que se Asigna al Partido Futuro Democrático, la Prerrogativa de Financiamiento Público, en cumplimiento a la Resolución del Tribunal Electoral del Estado de México, recaída a los Recurso de Apelación RA/01/2008 y RA/08/2008 Acumulados. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2008/a023_08.html 2009 Acuerdo N° CG/09/2009 Financiamiento Público por Actividades Ordinarias, Específicas, para Obtención del Voto, y de Organización de Procesos Internos para la Selección de Candidatos a Partidos Políticos, para el año dos mil nueve. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2009/a009_09.html 2010 Acuerdo N° IEEM/CG/01/2010 Financiamiento Público para Actividades Permanentes y Específicas de los Partidos Políticos acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México, para el año dos mil diez. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2010/a001_10.html 2011 ACUERDO N°. IEEM/CG/07/2011 Financiamiento Público a Partidos Políticos para el año 2011, para Actividades Permanentes, Específicas, para Obtención del Voto, y de http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2011/a007_11.html Año Acuerdo Liga Organización de Procesos Internos para la Selección de Candidatos. 2012 ACUERDO N°. IEEM/CG/09/2012 Financiamiento Público a Partidos Políticos para el año 2012, para Actividades Permanentes, Específicas, para Obtención del Voto y de Organización de Procesos Internos para la Selección de Candidatos. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2012/a009_12.html 2013 ACUERDO N°. IEEM/CG/06/2013 Por el que se determina el Financiamiento Público para Actividades Permanentes y Específicas de los Partidos Políticos acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2013 http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2013/a006_13.pdf 2014 ACUERDO N°. IEEM/CG/03/2014 Financiamiento Público, para Actividades Permanentes y Específicas, de los Partidos Políticos acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2014. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2014/a003_14.pdf ACUERDO N°. IEEM/CG/61/2014 Por el que se determina el financiamiento público, para el sostenimiento de actividades permanentes y específicas, de los Partidos Políticos Nacionales “MORENA”, “Partido Humanista” y “Encuentro Social”, con motivo de su acreditación ante el Instituto Electoral del Estado de México. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2014/a061_14.pdf 2015 ACUERDO N°. IEEM/CG/15/2015 Por el que se fija el Financiamiento Público para Actividades Permanentes y Específicas de los Partidos Políticos, así como para Obtención del Voto de los Partidos Políticos y Candidatos Independientes, correspondiente al año 2015 http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2015/a015_15.pdf 2016 ACUERDO N°. IEEM/CG/12/2016 http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2016/a012_16.pdf Año Acuerdo Liga Por el que se determina el Financiamiento Público de los Partidos Políticos y Candidatos Independientes para la obtención del voto, en la Elección Extraordinaria del Ayuntamiento de Chiautla, Estado de México, para el periodo Constitucional 2016-2018. ACUERDO N°. IEEM/CG/12/2016 Por el que se determina el Financiamiento Público de los Partidos Políticos y Candidatos Independientes para la obtención del voto, en la Elección Extraordinaria del Ayuntamiento de Chiautla, Estado de México, para el periodo Constitucional 2016-2018. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2016/a012_16.pdf ACUERDO N°. IEEM/CG/91/2016 Por el que se determina el Financiamiento Público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes y específicas del Partido Político Local “Virtud Ciudadana”, para el año 2016. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2016/a091_16.pdf 2017 ACUERDO N°. IEEM/CG/37/2017 Por el que se fija el Financiamiento Público para Actividades Permanentes y Específicas de los Partidos Políticos correspondientes al año 2017, así como para la Obtención del Voto de los Partidos Políticos y Candidatos Independientes para el Proceso Electoral Ordinario 2016-2017. http://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2017/acu_17/a037_17.pdf Por lo que respecta al financiamiento para el año 2018 éste aún no se conoce ya que se aprueba en los primeros meses del mismo año, sin embargo, puede consultar el Acuerdo N°. IEEM/CG/148/2017 denominado Por el que se aprueba el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año 2018 y su envío al Titular del Poder Ejecutivo de la Entidad, para su consideración e incorporación al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, para el ejercicio fiscal de ese mismo año, que contiene la propuesta que se formula por este Órgano Electoral para su aprobación por el Congreso del Estado y que regirá para el próximo ejercicio fiscal. En tal virtud, y una vez que haya sido aprobado por el Consejo General de este Instituto (inicios de 2018), será publicado en la página web de este organismo electoral y podrá conocerse. ELABORÓ: Martín Soto Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Secretaría Ejecutiva ELABORÓ: Silvia Melina Gómez Preisser Enlace en suplencia del Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Administración AUTORIZÓ: Lic. José Mondragón Pedrero Director de Administración ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
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Unidad administrativa que detenta la información:

DA

Fecha Actualización:

30/10/2017

320

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/09/2017
Folio de la Solicitud: 00318/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Resultados de las elecciones para Ayuntamientos y diputados locales de los años 1996, 2000, 2003 y 2006 por sección electoral, del municipio de Toluca y de los Distritos Locales I y II. En formato de Excel y que las bases contengan la siguiente información: Votación obtenida por partido político (votos y porcentajes), votación total por coaliciones registradas (votos y porcentajes), lista nominal, votación total, porcentaje de participación, votos nulos y votos para candidatos independientes.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00318/IEEM/IP/2017, relativa a: “Resultados de las elecciones para Ayuntamientos y diputados locales de los años 1996, 2000, 2003 y 2006 por sección electoral, del municipio de Toluca y de los Distritos Locales I y II. En formato de Excel y que las bases contengan la siguiente información: Votación obtenida por partido político (votos y porcentajes), votación total por coaliciones registradas (votos y porcentajes), lista nominal, votación total, porcentaje de participación, votos nulos y votos para candidatos independientes.” (SIC) por este conducto remito a Usted la siguiente información en formato excel, en el formato y características con la que la posee esta Dirección de Organización: - Tablas de resultados por sección de las elecciones de Diputados Locales y Miembros de los Ayuntamientos de los años 1996, 2000, 2003 y 2006. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

321

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/09/2017
Folio de la Solicitud: 00320/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Deseo saber a detalle cuales fueron las calificaciones obtuvidas durante el proceso de selección de los aspirantes a vocales de los procesos 2015 y 2016 de los ciudadanos. Nieves romero Zamora, Arturo Esquivel López, Sonia Castañeda carballido, Claudia Sánchez Monroy, Francisco Cruz Rivero y Héctor cendejas.

Respuesta:

En atención a su solicitud con folio 00320/IEEM/IP/2017, mediante la cual solicita “Deseo saber a detalle cuales fueron las calificaciones obtuvidas durante el proceso de selección de los aspirantes a vocales de los procesos 2015 y 2016 de los ciudadanos. Nieves romero Zamora, Arturo Esquivel López, Sonia Castañeda carballido, Claudia Sánchez Monroy, Francisco Cruz Rivero y Héctor cendejas.” [sic] y con fundamento en los artículos 160, 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, atentamente remito a usted en dos archivos anexos, la información solicitada: 1. Concentrado con la calificación global de Lucina Nieves Romero Zamora, Arturo Esquivel López, Sonia Irene Castañeda Carballido, Claudia Sánchez Monroy, Francisco Cruz Sánchez Rivero y Héctor Cendejas Álvarez que participaron en el proceso de selección correspondiente al Proceso Electoral 2014-2015 y fueron designadas/designados vocales. 2. Concentrado con la calificación global de Lucina Nieves Romero Zamora, Arturo Esquivel López, y Héctor Cendejas Álvarez que participaron en el proceso de selección correspondiente al Proceso Electoral 2016-2017 y fueron designadas/designados vocales. Es importante manifestar que la C. Claudia Sánchez Monroy no se registró como aspirante en el proceso de selección 2016-2017. Le proporciono las calificaciones disociadas de los ciudadanos que participaron en el proceso de selección correspondiente al Proceso Electoral 2016-2017, pero que no fueron designados; ya que por su calidad de aspirantes no son sujetas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios: Folio S19D0028 calificación global 76.870 Folio E19008V0139 calificación del examen de conocimientos electorales 80 . ELABORÓ: Susana Garcés Rodríguez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral Autorizó: Mariana Macedo Macedo Jefa de la Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

UTAPE

Fecha Actualización:

30/10/2017

322

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/09/2017
Folio de la Solicitud: 00321/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Naucalpan de Juárez a 06 de septiembre de 2017. ASUNTO: Solicitud de información de autotransporte público. A quien corresponda PRESENTE Además de saludarle y enviarle un fraternal saludo, el que suscribe la presente; Gerardo Chávez Valerio, quien con las facultades que me confieren los artículos 135, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 6, 8, 14 y 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de conformidad con lo señalado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, artículos 1, 2, 3 fracción XXII, Información de interés público, 4, 7, 8, 10, 15, 16, 19, 20, 23, así como en las jurisprudencias señaladas para tal efecto a la letra señalan: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 6o. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios. Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo se observará lo siguiente: A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases: I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información. II III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. IV. V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados…. VI. VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. Tesis: I.1o.A.12 CS (10a.) Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2014776 1 de 687 Tribunales Colegiados de Circuito Publicación: viernes 14 de julio de 2017 10:21 h Ubicada en publicación semanal TESIS AISLADAS(Tesis Aislada (Constitucional)) DERECHO DE PETICIÓN. SU EJERCICIO NO ESTÁ RESTRINGIDO PARA EL CASO DE QUE EL GOBERNADO MANTENGA UNA RELACIÓN DE TRABAJO CON EL ENTE DEL ESTADO ANTE EL QUE SE FORMULA LA SOLICITUD RESPECTIVA. Acorde con lo dispuesto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa, además, que a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al gobernado. Aunado a lo anterior, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al emitir la jurisprudencia P./J. 42/2001, de rubro: "PETICIÓN. LA EXISTENCIA DE ESTE DERECHO COMO GARANTÍA INDIVIDUAL PARA SU SALVAGUARDA A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO REQUIERE QUE SE FORMULE AL FUNCIONARIO O SERVIDOR PÚBLICO EN SU CALIDAD DE AUTORIDAD.", definió que la naturaleza jurídica de la relación entre quien formula la petición y el servidor público a la que ésta se dirige debe ser de supra a subordinación para que la autoridad esté obligada a dar contestación a la petición que le formule el gobernado y proceda el juicio de amparo ante la omisión relativa de la autoridad, como medio de salvaguarda de los derechos constitucionales. Lo expuesto es suficiente para concluir que no existe alguna restricción al ejercicio de ese derecho para el caso de que el gobernado mantenga una relación de trabajo con el ente del Estado ante el que se formula la solicitud respectiva, sino que basta que ésta se presente ante un servidor público en su carácter de autoridad para que el gobernado pueda acudir al juicio de amparo a combatir la transgresión de ese derecho cuando no se cumpla la obligación de darle respuesta. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 80/2017. Director General de Recursos Humanos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México. 20 de abril de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretaria: Esmeralda Gómez Aguilar. Tesis 2a. LXXXVIII/2010, tocante a información pública sustentada por la Segunda Sala de Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXXII, agosto de 2010, página 463, de rubro y texto, señala: “INFORMACIÓN PÚBLICA. ES AQUELLA QUE SE ENCUENTRA EN POSESIÓN DE CUALQUIER AUTORIDAD, ENTIDAD, ÓRGANO Y ORGANISMO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL, SIEMPRE QUE SE HAYA OBTENIDO POR CAUSA DEL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO. Dentro de un Estado constitucional los representantes están al servicio de la sociedad y no ésta al servicio de los gobernantes, de donde se sigue la regla general consistente en que los poderes públicos no están autorizados para mantener secretos y reservas frente a los ciudadanos en el ejercicio de las funciones estatales que están llamados a cumplir, salvo las excepciones previstas en la ley, que operan cuando la revelación de datos pueda afectar la intimidad, la privacidad y la seguridad de las personas. En ese tenor, información pública es el conjunto de datos de autoridades o particulares en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, obtenidos por causa del ejercicio de funciones de derecho público, considerando que en este ámbito de actuación rige la obligación de éstos de rendir cuentas y transparentar sus acciones frente a la sociedad, en términos del artículo 6o., fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 1, 2, 4 y 6 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental”. De igual forma, el derecho a la información es un derecho fundamental que puede definirse como el conjunto de las normas jurídicas que regulan el acceso ciudadano a la información de interés público, la que generan los órganos del gobierno, consagrada en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ratificado en los artículos 5º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 1º, 4º, 5º,7º, 8º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Ante ello, solicitó de la manera más atenta, me proporcionen en TODAS LAS MODALIDADES, FORMATOS, EN ARCHIVOS, POR MAIL, A TRAVÉS DEL SISTEMA SAIMEX, ETC. Toda la información referente a: 1. Copia simple en TODOS LOS CASOS DE los acuerdos emitidos por el IEEM y sus Órganos competentes en relación a candidaturas ciudadanas y/o independientes. 2. Toda la información referente a fundamentación sobre candidaturas ciudadanas independiente, requisitos, costos, formatos, temporalidad. 3. Todos los FORMATOS AUTORIZADOS que se tienen que presentar y/o entregar para inscribir una candidatura Ciudadana independiente. 4. Número de firmas para inscribir una candidatura ciudadana independiente para diputado local. 5. Número de firmas para inscribir (presentar y/o entregar) una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 6. Requisitos para inscribir (presentar y/o entregar) una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 7. Requisitos Número de firmas para inscribir (presentar y/o entregar) una candidatura ciudadana independiente para diputado local 8. FORMATOS AUTORIZADOS para la inscripción (presentar y/o entregar) de una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 9. FORMATOS AUTORIZADOS para la inscripción de una candidatura ciudadana independiente para Diputado. 10. Fundamento Jurídico (leyes, Códigos, estatales, federales) para la inscripción de una candidatura ciudadana independiente para Diputado. 11. Fundamento Jurídico para la inscripción de una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 12. REQUISITOS que se tienen que presentar para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Alcalde. 13. REQUISITOS que se tienen que presentar para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 14. Periodo (mes, fecha tentativa) para presentar requisitos para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 15. Lugar para presentar los requisitos para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 16. REQUISITOS que tienen que llevar los FORMATOS AUTORIZADOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE UNA CANDIDATURA CIUDADANA INDEPENDEINTE PARA DIPUTADO. 17. REQUISITOS que tienen que llevar los FORMATOS AUTORIZADOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE UNA CANDIDATURA CIUDADANA INDEPENDEINTE PARA ALCALDE. 18. Número de firmas, credenciales de INE o IFE, además de mencionar TODOS LOS REQUISITOS PARA ANEXAR para la presentar los requisitos para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 19. Planos divisionales de la conformación del distrito 32 electoral en Naucalpan de Juárez, México. 20. Planos de cada uno por separado de cada distrito de la conformación del distrito 32 electoral Naucalpan de Juárez, México. 21. Totalidad del territorio abarcado del distrito 32. 22. Totalidad de casillas instaladas en el distrito 32, respecto a la última elección. 23. Totalidad de secciones instaladas en el distrito 32, respecto a la última elección. 24. Planos divisionales de la conformación del distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 25. Planos de cada uno por separado de cada zona, colonia, o sección que conforman el distrito electoral 32 Naucalpan de Juárez, México. 26. Plano por sección electoral del distrito 32 en Naucalpan de Juárez, México. 27. Plano y ubicación de cada una de las casillas instaladas en el distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 28. Resultados de cada casilla por sección y casilla del distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez de acuerdo a la última elección a Gobernador en Naucalpan de Juárez, México. 29. Ubicación y dirección de cada una de las casillas instaladas de la última elección a Gobernador en Naucalpan de Juárez, México. 30. Planimetría de colonias y calles, divididas del distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 31. Planimetría de cada una de las COLONIAS que conforman el distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 32. Planos divisionales, con delimitación, colonias y calles de la conformación del distrito 32 electoral en Naucalpan de Juárez, México de acuerdo a la última elección. 33. Planos de cada uno por separado del distrito 32 que se conforman en Naucalpan de Juárez, México. 34. Planos divisionales, con delimitación, colonias y calles de la conformación del distrito 32 electoral en Naucalpan de Juárez, México, de acuerdo a la última elección. De conformidad con mi derecho fundamental, requiero: a) Se me envíe mi respuesta por sistema SAIMEX. b) Se me envíe mi respuesta por sistema mail, al correo gchvalerio@hotmail.com y gchvalerio@gmail.com. c) Se me indique cuanto es el costo EN SU CASO de algunos archivos a pagar, SIN QUE ESTO SEA MOTIVO DE QUE AL TENERLOS EN ALGUN PROGRAMA QUE SE PUEDA ADJUNTAR A CORREO NO ME LOS ENVIEN. d) Se resguarden mis datos de conformidad con la Ley de Protección de datos personales en posesión de cualquier autoridad y persona física. e) Solicitud de anonimato. f) Se me informe por correo cualquier duda y/o aclaración. Se me tenga por en tiempo y forma. Cordialmente.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00321/IEEM/IP/2017, relativa a: “solicitó de la manera más atenta, me proporcionen en TODAS LAS MODALIDADES, FORMATOS, EN ARCHIVOS, POR MAIL, A TRAVÉS DEL SISTEMA SAIMEX, ETC. Toda la información referente a: 1. Copia simple en TODOS LOS CASOS DE los acuerdos emitidos por el IEEM y sus Órganos competentes en relación a candidaturas ciudadanas y/o independientes. 2. Toda la información referente a fundamentación sobre candidaturas ciudadanas independiente, requisitos, costos, formatos, temporalidad. 3. Todos los FORMATOS AUTORIZADOS que se tienen que presentar y/o entregar para inscribir una candidatura Ciudadana independiente. 4. Número de firmas para inscribir una candidatura ciudadana independiente para diputado local. 5. Número de firmas para inscribir (presentar y/o entregar) una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 6. Requisitos para inscribir (presentar y/o entregar) una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 7. Requisitos Número de firmas para inscribir (presentar y/o entregar) una candidatura ciudadana independiente para diputado local 8. FORMATOS AUTORIZADOS para la inscripción (presentar y/o entregar) de una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 9. FORMATOS AUTORIZADOS para la inscripción de una candidatura ciudadana independiente para Diputado. 10. Fundamento Jurídico (leyes, Códigos, estatales, federales) para la inscripción de una candidatura ciudadana independiente para Diputado. 11. Fundamento Jurídico para la inscripción de una candidatura ciudadana independiente para Alcalde. 12. REQUISITOS que se tienen que presentar para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Alcalde. 13. REQUISITOS que se tienen que presentar para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 14. Periodo (mes, fecha tentativa) para presentar requisitos para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 15. Lugar para presentar los requisitos para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 16. REQUISITOS que tienen que llevar los FORMATOS AUTORIZADOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE UNA CANDIDATURA CIUDADANA INDEPENDEINTE PARA DIPUTADO. 17. REQUISITOS que tienen que llevar los FORMATOS AUTORIZADOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE UNA CANDIDATURA CIUDADANA INDEPENDEINTE PARA ALCALDE. 18. Número de firmas, credenciales de INE o IFE, además de mencionar TODOS LOS REQUISITOS PARA ANEXAR para la presentar los requisitos para inscribir una candidatura Ciudadana independiente para Diputado. 19. Planos divisionales de la conformación del distrito 32 electoral en Naucalpan de Juárez, México. 20. Planos de cada uno por separado de cada distrito de la conformación del distrito 32 electoral Naucalpan de Juárez, México. 21. Totalidad del territorio abarcado del distrito 32. 22. Totalidad de casillas instaladas en el distrito 32, respecto a la última elección. 23. Totalidad de secciones instaladas en el distrito 32, respecto a la última elección. 24. Planos divisionales de la conformación del distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 25. Planos de cada uno por separado de cada zona, colonia, o sección que conforman el distrito electoral 32 Naucalpan de Juárez, México. 26. Plano por sección electoral del distrito 32 en Naucalpan de Juárez, México. 27. Plano y ubicación de cada una de las casillas instaladas en el distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 28. Resultados de cada casilla por sección y casilla del distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez de acuerdo a la última elección a Gobernador en Naucalpan de Juárez, México. 29. Ubicación y dirección de cada una de las casillas instaladas de la última elección a Gobernador en Naucalpan de Juárez, México. 30. Planimetría de colonias y calles, divididas del distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 31. Planimetría de cada una de las COLONIAS que conforman el distrito electoral 32 en Naucalpan de Juárez, México. 32. Planos divisionales, con delimitación, colonias y calles de la conformación del distrito 32 electoral en Naucalpan de Juárez, México de acuerdo a la última elección. 33. Planos de cada uno por separado del distrito 32 que se conforman en Naucalpan de Juárez, México. 34. Planos divisionales, con delimitación, colonias y calles de la conformación del distrito 32 electoral en Naucalpan de Juárez, México, de acuerdo a la última elección. De conformidad con mi derecho fundamental, requiero: a) Se me envíe mi respuesta por sistema SAIMEX. b) Se me envíe mi respuesta por sistema mail, al correo gchvalerio@hotmail.com y gchvalerio@gmail.com. c) Se me indique cuanto es el costo EN SU CASO de algunos archivos a pagar, SIN QUE ESTO SEA MOTIVO DE QUE AL TENERLOS EN ALGUN PROGRAMA QUE SE PUEDA ADJUNTAR A CORREO NO ME LOS ENVIEN. d) Se resguarden mis datos de conformidad con la Ley de Protección de datos personales en posesión de cualquier autoridad y persona física. e) Solicitud de anonimato. f) Se me informe por correo cualquier duda y/o aclaración. Se me tenga por en tiempo y forma. Cordialmente.” (SIC), Por este conducto informo a Usted lo siguiente: La solicitud de información se turnó a diversas áreas, para que de acuerdo con sus atribuciones, en términos del artículo 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, entregaran la que obra en sus archivos. INFORMACIÓN QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA DIRECCIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS: Referente a las Candidaturas Ciudadanas y/o Independientes, se adjunta archivo que contiene la información. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos INFORMACIÓN QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA DIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN: La Dirección de Organización, respecto de los numerales 19 al 34 de la solicitud, remite a Usted: - Archivos en formato .pdf que contienen (numerales 19, 20, 21, 24, 26, 30, 31, 32, 33 y 34): - Plano Distrital del Distrito 32 con división seccional. - Plano Distrital del Distrito 32 con marco seccional y vías de comunicación. - Plano Distrital del Distrito 32 segmentado en 6 partes (6 archivos) que contiene la división seccional, rasgos físicos y nomenclatura de colonias y calles. - Respecto de los numerales 25, 26 y 27, le informo que los mapas de cada una de las secciones electorales del Estado de México, se encuentran disponibles para su consulta y descarga en la página web de esta institución, en la dirección URL http://www.ieem.org.mx/numeralia/msd/msd01.html. - Respecto de los numerales 22 y 29, se adjunta archivo en formato excel que contiene el número, tipo y ubicación de casillas del Distrito 32 en particular y del Municipio de Naucalpan de Juárez en la elección del 4 de junio de 2017. El total de casillas instaladas en el Distrito 32 fue de 418. - Respecto del numeral 23, le informo que el total de secciones que integran el Distrito 32 conforme al Acuerdo INE/CG608/2016, es de 139. - Respecto del numeral 28, se anexa archivo en formato excel con los resultados por sección y por casilla del cómputo distrital de la elección de Gobernador del Estado de México del 4 de junio de 2017, correspondientes al Distrito 32.En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00322/IEEM/IP/2017, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, en la que solicita proporcionar todos y cada uno de los requisitos que debe cumplir un ciudadano para registrarse primero como aspirante y posteriormente ser considerado como candidato independiente, así como los tiempos y lineamientos, se hace de su conocmiento que se anexa el documento con la información a su solicitud. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización INFORMACIÓN QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA: SE ADJUNTA UBICACIÓN E INTEGRACIÓN DE MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA DISTRITO 32 PROCESO ELECTORAL 2016-2017 Proceso Electoral Local 2016-2017 Distrito: 32 Cabecera: NAUCALPAN DE JUÁREZ Número de casillas: 394 Número de Secciones: 139 Fuente: sistema Elec2017 ELABORÓ: Cathia Edith Mejía Díaz Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Participación Ciudadana AUTORIZÓ: Liliana Martínez Garnica Directora de Participación Ciudadana En complemento a la información que se precisa, proporcionada por las áreas anteriormente referidas, el Servidor Público Habilitado de la Secretaría Ejecutiva, de manera adicional, adjunta los archivos que se relacionan con las preguntas que se citan al principio. ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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PDF 156.99 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

323

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/09/2017
Folio de la Solicitud: 00323/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito de la manera más atenta, que me puedan proporcional la Dirección (por sección electoral) de los lugares en donde se instalan las Casillas. Muchas Gracias

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00323/IEEM/IP/2017, relativa a: “Solicito de la manera más atenta, que me puedan proporcional la Dirección (por sección electoral) de los lugares en donde se instalan las Casillas. Muchas Gracias." (SIC), por este conducto remito a Usted archivo en formato excel que contiene el listado con la ubicación de cada una de las casillas instaladas en la jornada electoral del 4 de junio de 2017 para la elección de Gobernador del Estado de México. No omito señalar que la ubicación de las casillas es aprobada por los Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) para cada proceso electoral federal, local o concurrente, conforme lo señala la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en sus artículos 32, 255 y 256. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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PDF 1.84 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

324

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/09/2017
Folio de la Solicitud: 00322/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Buen día, por favor me pueden proporcionar todos y cada uno de los requisitos que debe de cumplir un ciudadano para registrarse primero como aspirante y posteriormente ser considerado candidato independiente; así mismo los tiempos y los lineamientos que rigen cada una de estas etapas. Gracias

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00322/IEEM/IP/2017, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, en la que solicita proporcionar todos y cada uno de los requisitos que debe cumplir un ciudadano para registrarse primero como aspirante y posteriormente ser considerado como candidato independiente, así como los tiempos y lineamientos, se hace de su conocmiento que se anexa el documento con la información a su solicitud. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

325

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/09/2017
Folio de la Solicitud: 00324/IEEM/IP/2017

Información requerida:

os Resultados electorales por municipio y sección, no por Distrito de las ultimas 4 elecciones de los municipios de Toluca, Metepec y Zinacantepec, de Gobernador y Presidentes municipales y diputados locales y el comparativo por sección de estas elecciones por municipio, así como la cartografía electoral por sección de los partidos ganadores en la elección de 2015 y la de gobernador en estos mismos municipios de ser posible en excel.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00324/IEEM/IP/2017, relativa a: “Los Resultados electorales por municipio y sección, no por Distrito de las ultimas 4 elecciones de los municipios de Toluca, Metepec y Zinacantepec, de Gobernador y Presidentes municipales y diputados locales y el comparativo por sección de estas elecciones por municipio, así como la cartografía electoral por sección de los partidos ganadores en la elección de 2015 y la de gobernador en estos mismos municipios de ser posible en excel. " (SIC), por este conducto remito a Usted 2 archivos en formato excel que contienen los resultados por Municipio y por sección electoral, correspondientes a las elecciones de los años 2009, 2012 y 2015 de Diputados Locales y Ayuntamientos, y de los años 2011 y 2017 de Gobernador del Estado de México. En lo que respecta a “la cartografía electoral por sección de los partidos ganadores en la elección de 2015 y la de gobernador en estos mismos municipios”, me permito informarle que en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México, en el mini sitio de la Dirección de Organización (http://www.ieem.org.mx/organizacion/estadistico/indexesta.html), puede consultar el “Sistema de Consulta de la Estadística de los Procesos Electorales”, en donde entre otras cosas, podrá encontrar mapas temáticos en los que se reflejan los resultados a nivel Distrito Electoral, Municipio y sección electoral. Se remiten archivos en formato .pdf con la información Distrital y Municipal (ambos a nivel sección electoral) correspondiente a los Municipios de Toluca, Metepec y Zinacantepec, hago de su conocimiento también que la información correspondiente a la elección de Gobernador del año 2017 se está elaborando a partir de los resultados definitivos de la elección, los cuales se obtuvieron a partir de las resoluciones en última instancia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los días 11 y 14 de septiembre del presente año, por lo que una vez concluida la “Estadística del Proceso Electoral 2017” será incorporada al Sistema de Consulta referido, desde el cual podrá ser consultado. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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PDF 28.12 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

326

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 08/09/2017
Folio de la Solicitud: 00326/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Solicito el comprobante de la ultima quincena de agosto del presidente del Instituto, resguardo vehicular, y de celular si es que tiene, y los gastos que realizo en el mes de agosto de algun fondo revolvente o cualqueir gasto que realice. Su pagina es carente de este tipo de información cuando deberia mostrar los beneficios que en especie tiene por el cargo. ademas de conocer si en lo que va del año recibio un bono extra salario.

Respuesta:

FECHA DE ELABORACIÓN: 27 de septiembre de 2017 FECHA LÍMITE DE RESPUESTA: 29/09/2017 En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00326/IEEM/IP/2017, a través de la cual se requiere: “Solicito el comprobante de la ultima quincena de agosto del presidente del Instituto, resguardo vehicular, y de celular si es que tiene, y los gastos que realizo en el mes de agosto de algun fondo revolvente o cualqueir gasto que realice. Su pagina es carente de este tipo de información cuando deberia mostrar los beneficios que en especie tiene por el cargo. ademas de conocer si en lo que va del año recibio un bono extra salario.”(sic); Atentamente y en términos de lo dispuesto por las fracciones I, II y VI del artículo 203 del Código Electoral del Estado de México y en el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, concretamente en el numeral 16, apartado Funciones, viñetas dos y tres, que refiere que corresponde a la Dirección de Administración conducir la política de administración de salarios y dirigir la actualización del tabulador de sueldos y la plantilla de personal del Instituto, se adjunta archivo, en formato PDF, que contiene la información solicitada y consiste básicamente en: a) Versión pública del comprobante del pago de nómina realizado al Consejero Presidente del Consejo General de este Instituto Electoral del Estado de México, por los servicios prestados a este organismo durante el periodo comprendido del dieciséis al treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete, con base en el Tabulador de Sueldos y Plantilla de Personal aprobados anualmente por la Junta General. b) Versión pública de los Resguardos Vehiculares de las dos unidades automotrices oficiales bajo resguardo del Consejero Presidente de este Instituto. c) Versión pública del Resguardo del equipo de telefonía celular asignado al Servidor Público Electoral citado anteriormente. d) Tres facturas de gastos devengados y tramitados ante esta Dirección de Administración durante el mes de agosto del año dos mil diecisiete, por el Consejero Presidente de este organismo electoral. En consecuencia, con apego a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se adjunta el Acuerdo de clasificación aprobado por el Comité de Transparencia de ese Instituto, acompañado de los documentos en versión pública citados anteriormente. Finalmente, por lo que respecta a si el Consejero Presidente recibió un bono extra en lo que va del año; se le comunica que no se le ha otorgado bono extra alguno durante el presente ejercicio fiscal del año dos mil diecisiete. ELABORÓ: Silvia Melina Gómez Preisser Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Administración AUTORIZÓ: José Mondragón Pedrero Director de Administración ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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PDF 9.61 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DA

Fecha Actualización:

30/10/2017

327

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/09/2017
Folio de la Solicitud: 00329/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Requiero el listado de las secciones que componen el Estado de México por tipo urbano y rural.

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00329/IEEM/IP/2017, relativa a: “Requiero el listado de las secciones que componen el Estado de México por tipo urbano y rural.” (SIC), por este conducto remito a Usted archivo en formato excel que contiene la tipología de las secciones utilizada en el proceso electoral 2017. No omito informarle que la cartografía electoral y su actualización es una atribución del Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) cuenta con la información sobre la tipología seccional que le proporciona el INE con base en un Convenio General de Coordinación y Colaboración que celebran ambas instituciones para cada proceso electoral, y ésta la cataloga el INE como secciones “urbanas” y “no urbanas”. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

328

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/09/2017
Folio de la Solicitud: 00327/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Buen noche: Solicito que por favor se me proporcione la Lista nominal de todos los municipios por sección electoral utilizada en las elecciones de Diputados Locales y Ayuntamientos en en el año 2009. Gracias

Respuesta:

En atención a su solicitud con número de folio 00327/IEEM/IP/2017, relativa a: “Buen noche: Solicito que por favor se me proporcione la Lista nominal de todos los municipios por sección electoral utilizada en las elecciones de Diputados Locales y Ayuntamientos en en el año 2009. Gracias” (SIC), por este conducto remito a Usted archivo en formato excel que contiene la lista nominal por sección, con referencia de Municipio, utilizada en la elección de Diputados Locales y Ayuntamientos del año 2009. ELABORÓ: Octavio Tonathiu Morales Peña Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Organización AUTORIZÓ: Víctor H. Cíntora Vilchis Director de Organización ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 187.16 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

DO

Fecha Actualización:

30/10/2017

329

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/09/2017
Folio de la Solicitud: 00330/IEEM/IP/2017

Información requerida:

Por este conducto solicito al Instituto Electoral del Estado de México, la información referente a los nombres de los Representantes Generales de cada Partido Político, así como los Representantes de Casilla de las elecciones a Presidente Municipal, Diputado Local, a Gobernador 2011, Presidente Municipal, Diputado Local, Diputado Federal, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos 2012, Presidente Municipal, Diputado Local, Diputado Federal 2015 y a a Gobernador 2011 Nombre del Representante General; Partido Político, y Nombre del Representante de Casilla; Partido Político,

Respuesta:

En atención y respuesta a las solicitudes con número de folio 00330/IEEM/IP/2017 y 00331/IEEM/IP/2017, presentada vía SAIMEX, en la que se solicita proporcionar, folio 00330/IEEM/IP/2017: Por este conducto solicito al Instituto Electoral del Estado de México, la información referente a los nombres de los Representantes Generales de cada Partido Político, así como los Representantes de Casilla de las elecciones a Presidente Municipal, Diputado Local, a Gobernador 2011, Presidente Municipal, Diputado Local, Diputado Federal, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos 2012, Presidente Municipal, Diputado Local, Diputado Federal 2015 y a a Gobernador 2011 Nombre del Representante General; Partido Político, y Nombre del Representante de Casilla; Partido Político, folio 00331/IEEM/IP/2017: “Al calce de la solicitud 00330/IEEM/IP/2017 Por este conducto solicito al Instituto Electoral del Estado de México, la información referente a los nombres de los Representantes Generales de cada Partido Político, así como los Representantes de Casilla de las elecciones a Presidente Municipal, Diputado Local del año 2009, a Gobernador año 2011, Presidente Municipal, Diputado Local, Diputado Federal, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos año 2012, Presidente Municipal, Diputado Local, Diputado Federal año 2015 y a Gobernador año 2017, en formato Excel las columnas de la siguiente manera Distrito Federal; Distrito Local; Municipio; Nombre(s); Apellido Paterno; Apellido Materno; Edad; Partido Político; del Representante General o Representante de Casilla”; respetuosamente me permito hacer de su conocimiento que la información que contienen los archivos electrónicos en formato Excel que se adjuntan, son resultado de la captura que en su momento se hizo de las acreditaciones de representantes generales y ante mesas directivas de casilla, presentadas por los partidos políticos y coaliciones ante los Consejos Distritales y/o Municipales según la elección. Cabe resaltar que el sistema de registro automatizado para el registro de representantes, utilizado para los procesos electorales 2009, 2011 y 2012, fue creado como herramienta de apoyo, que no precisamente se vinculó con los requisitos; establecidos en la legislación vigente, el fin que perseguía era el de facilitar, el cruce de datos para detectar la existencia de funcionarios de casilla acreditados como representantes de partidos políticos, por lo que solo consideró los siguientes campos: 1. Denominación del partido político o, en su caso, de la coalición y su emblema; 2. Nombre, apellido paterno 3. Tipo de nombramiento (Representante General/Representante ante Mesa Directiva de Casilla); 4. Indicación de su carácter de propietario o suplente; 5. Nombre del municipio y número del *distrito electoral, de la sección y de la casilla electoral de actuación; En lo que refiere a la edad y distrito federal, esta autoridad electoral no cuenta con información al respecto, al no haber sido solicitada en esos términos. *Dato utilizado únicamente en el Proceso 2011 en representantes ante Mesas Directivas de Casilla. Proceso Electoral 2014-2015. En términos de lo establecido en el numeral 2.9 del Convenio General de Coordinación celebrado por el INE y el IEEM, suscrito el 18 de diciembre de 2014, estipuló que el procedimiento de acreditación de representantes de los partidos políticos nacionales, locales y en su caso candidatos independientes, se realizara conforme al Acuerdo INE/CG155/2014, es decir el procedimiento se llevó a través de la Secretaria Ejecutiva, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, así como las Juntas Distritales del Instituto Nacional Electoral. Procesos Electoral 2017 Con fundamento en los Artículos 254 numeral 1; 255 numerales 2, 3 y 5; y 261 del Reglamento de Elecciones, establece que el procedimiento de acreditación y nombramientos de representantes generales y ante mesas directivas de casilla, de partidos políticos y candidaturas independientes, en cualquier proceso electoral federal o local, sean éstos ordinarios o extraordinarios, se llevará a cabo por el Instituto Nacional Electoral, de conformidad con los criterios establecidos en la LGIPE y el Reglamento de Elecciones. Por las razones que se han expuesto, respetuosamente se orienta al solicitante que respecto a los procesos electorales de 2015 y 2017, dirija su petición al Instituto Nacional Electoral. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 23.66 MB

Unidad administrativa que detenta la información:

DPP

Fecha Actualización:

30/10/2017

330

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/09/2017
Folio de la Solicitud: 00328/IEEM/IP/2017

Información requerida:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6° (sexto), párrafos I, III y V, 8° (Octavo) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 05 (cinco), párrafos XIII, XIV, XVIIII, XIX, incisos I, y III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y articulo 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, solicito respetuosamente los siguientes: “Se solicita respetuosamente al sujeto obligado toda la información que cuente disponible, desglosada, clara y detallada en torno a los materiales, folletos u de cualquier otra índole en torno al Curso impartido por el instituto sobre los pasos a seguir para obtener el registro como candidato independiente. Versiones estenográficas de la sesión solemne, así como de la 34° y 35° sesión extraordinaria del Consejo General del organismo autónomo, celebrados los días miércoles 06 (seis), y viernes 08 (ocho) de septiembre del presente año, en particular de los siguientes puntos que se trataron: De la sesión solemne: Punto 04 (cuatro) que a la letra dice: “4. Declaratoria de Inicio del Proceso Electoral 2017 2018, para las Elecciones Ordinarias de diputados a la LX Legislatura Local, para el ejercicio constitucional comprendido del 5 de septiembre de 2018 al 4 de septiembre de 2021 y miembros de los ayuntamientos, para el periodo constitucional comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021.” De la 34° sesión extraordinaria: Punto 07 (siete) que a la letra dice: “7. Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba el Calendario del Proceso Electoral de las Elecciones de Diputados y miembros de los Ayuntamientos 2017-2018, discusión y aprobación en su caso”

Respuesta:

En atención a la solicitud de acceso a la información pública registrada bajo el número de folio 00328/IEEM/IP/2017, que es del tenor literal siguiente: “De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6° (sexto), párrafos I, III y V, 8° (Octavo) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 05 (cinco), párrafos XIII, XIV, XVIIII, XIX, incisos I, y III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y articulo 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, solicito respetuosamente los siguientes: “Se solicita respetuosamente al sujeto obligado toda la información que cuente disponible, desglosada, clara y detallada en torno a los materiales, folletos u de cualquier otra índole en torno al Curso impartido por el instituto sobre los pasos a seguir para obtener el registro como candidato independiente. Versiones estenográficas de la sesión solemne, así como de la 34° y 35° sesión extraordinaria del Consejo General del organismo autónomo, celebrados los días miércoles 06 (seis), y viernes 08 (ocho) de septiembre del presente año, en particular de los siguientes puntos que se trataron: De la sesión solemne: Punto 04 (cuatro) que a la letra dice: “4. Declaratoria de Inicio del Proceso Electoral 2017 2018, para las Elecciones Ordinarias de diputados a la LX Legislatura Local, para el ejercicio constitucional comprendido del 5 de septiembre de 2018 al 4 de septiembre de 2021 y miembros de los ayuntamientos, para el periodo constitucional comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021.” De la 34° sesión extraordinaria: Punto 07 (siete) que a la letra dice: “7. Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba el Calendario del Proceso Electoral de las Elecciones de Diputados y miembros de los Ayuntamientos 2017-2018, discusión y aprobación en su caso” (sic), con fundamento en lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, remito a Usted un anexo que contiene la información solicitada relativa al registro como candidato independiente, así como tres archivos digitales en formato PDF, en los que encontrará las tres versiones estenográficas a que hace referencia en su petición. ELABORÓ: Odilia Ortega Navarro Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Dirección de Partidos Políticos AUTORIZÓ: Alma Patricia Bernal Oceguera Encargada del Despacho de los Asuntos de la Dirección de Partidos Políticos ELABORÓ: Martín Soto Gómez Servidor Público Habilitado responsable de la formulación de la respuesta por la Secretaría Ejecutiva ATENTAMENTE Luis Enrique Fuentes Tavira Subdirector de Datos Personales, Transparencia y Acceso a la Información
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 803.67 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

SE

Fecha Actualización:

30/10/2017

Mostrando 301 al 330 de 616 registros
Solicitudes Recibidas y Atendidas
2017

Fracción IV
Ultima actualización
miércoles 10 de octubre de 2018 15:31, horas
Francisco Javier López Corral Secretario Ejecutivo y Titular de la Unidad de Tr
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