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Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 121 al 150 de 180 registros

121

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/09/2011
Folio de la Solicitud: 00121/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Requiero de la manera más atenta, información del total de gasto que tuvo la pasada Universiada 2011, realizada en Toluca, Edo.Méx; con sede en la Universidad Autónoma del Estado de México. Esto incluye, el total acumulado en el gasto otorgado a los cinco mil quinientos deportistas ( hospedaje, transporte, comida) - El costo de los conciertos efectuados, así como los fuegos pirotécnicos.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00121/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 21.35 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

26/06/2013

122

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/09/2011
Folio de la Solicitud: 00122/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Solicito un informe de qué cantidad neta, es decir el total que viene en el recibo de pago que se le da a los estudiantes que se paga por concepto de inscripción y/o de reinscripción para preparatoria, asi como en las facultades de: Derecho, Medicina, Contaduría y Administración, Economía, Facultad de Ciencias y Facultad de Humanidades. En los años: 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. También solicito informen en qué se basan para hacer el aumento a las cuotas de inscripción, es decir que criterio utilizan para hacer el aumento de las cuotas y en que ley se sustentan.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00122/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: A partir de 2003 comenzamos a introducir el plan flexible en las licenciaturas, por lo que el resumen que se remite solo comprende los costos de inscripción, ya que la carga de créditos es solicitada por cada alumno. En cuanto a la determinación de los ajustes a las cuotas y su fundamento legal, me permito exponer lo siguiente: 1. El monto de las cuotas e inscripciones que se cobran en la Universidad proviene del estudio denominado “Canasta Básica Universitaria” a través del cual se determinan los costos en los que incurre para impartir educación superior y media superior en cada Espacio Académico. Es importante resaltar que las cuotas se ajustan de manera anual, por lo que solamente se presenta cada tabla una vez al año. 2. No se cobra lo mismo en cada espacio académico de la UAEM, en virtud de que los costos para cubrir las necesidades es muy distinto, ya sea por ubicación geográfica, demanda o equipamiento necesario en cada espacio. 3. El cobro por cada crédito es de 18 pesos, este monto fue determinado desde que inició el Plan Flexible (2003) y no ha sufrido ningún ajuste a la fecha; fue establecido en base al estudio referido en puntos anteriores y análisis de las condiciones que imperaban en Universidades similares que ya contaban con Planes Flexibles. 4. La Universidad fundamenta el cobro de sus cuotas únicamente en lo establecido en su propia Ley y Estatuto, específicamente en el Artículo 36, fracción III de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México y el Artículo 28, fracción XI del Estatuto Universitario, cabe señalar que se considera parte del patrimonio universitario todos aquellos recursos financieros que percibe en forma ordinaria o extraordinaria mediante subsidios, inversiones y participaciones derechos, rentas, productos y aprovechamientos; créditos, valores y empréstitos; donaciones; cuotas; recursos provenientes de fuentes alternas de financiamiento, y demás medios que se determinen. La Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México y el Estatuto Universitario los encuentra publicados en las ligas electrónicas siguientes: http://www.uaemex.mx/abogado/doc/0001%20Ley.pdf http://www.uaemex.mx/abogado/doc/0002%20Estatuto.pdf
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 278.60 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

26/06/2013

123

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/09/2011
Folio de la Solicitud: 00123/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Solicito un informe de qué cantidad neta, es decir el total que viene en el recibo de pago que se le da a los estudiantes que se paga por concepto de inscripción y/o de reinscripción para preparatoria, asi como en las facultades de: Derecho, Medicina, Contaduría y Administración, Economía, Facultad de Ciencias y Facultad de Humanidades. En los años: 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. También solicito informen en qué se basan para hacer el aumento a las cuotas de inscripción, es decir que criterio utilizan para hacer el aumento de las cuotas y en que ley se sustentan.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00123/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: A partir de 2003 comenzamos a introducir el plan flexible en las licenciaturas, por lo que el resumen que se remite solo comprende los costos de inscripción, ya que la carga de créditos es solicitada por cada alumno. En cuanto a la determinación de los ajustes a las cuotas y su fundamento legal, me permito exponer lo siguiente: 1. El monto de las cuotas e inscripciones que se cobran en la Universidad proviene del estudio denominado “Canasta Básica Universitaria” a través del cual se determinan los costos en los que incurre para impartir educación superior y media superior en cada Espacio Académico. Es importante resaltar que las cuotas se ajustan de manera anual, por lo que solamente se presenta cada tabla una vez al año. 2. No se cobra lo mismo en cada espacio académico de la UAEM, en virtud de que los costos para cubrir las necesidades es muy distinto, ya sea por ubicación geográfica, demanda o equipamiento necesario en cada espacio. 3. El cobro por cada crédito es de 18 pesos, este monto fue determinado desde que inició el Plan Flexible (2003) y no ha sufrido ningún ajuste a la fecha; fue establecido en base al estudio referido en puntos anteriores y análisis de las condiciones que imperaban en Universidades similares que ya contaban con Planes Flexibles. 4. La Universidad fundamenta el cobro de sus cuotas únicamente en lo establecido en su propia Ley y Estatuto, específicamente en el Artículo 36, fracción III de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México y el Artículo 28, fracción XI del Estatuto Universitario, cabe señalar que se considera parte del patrimonio universitario todos aquellos recursos financieros que percibe en forma ordinaria o extraordinaria mediante subsidios, inversiones y participaciones derechos, rentas, productos y aprovechamientos; créditos, valores y empréstitos; donaciones; cuotas; recursos provenientes de fuentes alternas de financiamiento, y demás medios que se determinen. La Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México y el Estatuto Universitario los encuentra publicados en las ligas electrónicas siguientes: http://www.uaemex.mx/abogado/doc/0001%20Ley.pdf http://www.uaemex.mx/abogado/doc/0002%20Estatuto.pdf
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

30/09/2013

124

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/09/2011
Folio de la Solicitud: 00124/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Resusltados de los estudios socioeconómicos que se aplican a los estudiantes de nuevo ingreso de preparatoria y de licenciatura, que incluya el porcentaje de alumnos clasificados por los salarios mínimos que perciben sus familias, así como los servicios con los que cuentan en su domicilio.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00124/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le comentamos que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada. Le recordamos que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, a procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

30/09/2013

125

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/10/2011
Folio de la Solicitud: 00125/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Recursos PROMEP ejercidos y justificados en el Centro Universitario Amecameca de la UAEM en el rubro "Reconocimiento de Perfil Deseable y Apoyo a los Profesores de Tiempo Completo" según los resultados de la Convocatoria 2010. ¿cuánto otorgó la SEP?, ¿cuánto ejerció la institución efectivamente? y ¿qué se adquirió con esos recursos? CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: PROMEP es un Programa Federal de la Secretaría de Educación Pública de apoyo a la Educación Superior que consta de tres opciones: - Apoyo a Proyectos de Investigación - Incorporación de Nuevos PTC y el rubro que solicito que es - Reconocimiento de Perfil Deseable y Apoyo a los Profesores de Tiempo Completo. En este rubro sólo se financia la compra de equpo y mobiliario de oficina.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00125/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrara la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 21.05 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

26/06/2013

126

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/10/2011
Folio de la Solicitud: 00126/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Con fundamento en los artículos 6 párrafo segundo y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 13 apartado 1 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, 19 apartado 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 5 párrafo decimo primero y decimo segundo de la Constitución del estado de México, 1,2, 3, 4, 6, 7 fracción V, 12 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y sus Municipios y demás relativos solicito: PRIMERO.- Se me informe el costo de cuota interna para la Rectoría de la Universidad o cualquier aportación económica realizada por los estudiantes. SEGUNDO.- Se me informe el costo de la cuota para cada una de las facultades, preparatorias y demás instituciones pertenecientes a la Universidad o cualquier aportación económica realizada por los estudiantes. TERCERO.- Se me informe el número total de estudiantes registrados en los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, y se desglose el nivel educativo al que pertenecen. CUARTO.- Se me informe el número total de estudiantes egresados en los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, y se desglose el nivel educativo al que pertenecen. QUINTO.- Se me informe el presupuesto de ingresos y egresos de los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011.

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 000126/UAEM/IP/A/2011, le comentamos lo siguiente: Le pedimos aclare indicando a que se refiere al señalar el costo de cuota interna para la Rectoría de la Universidad. De igual forma solicitamos aclare sí al mencionar el “costo de la cuota para cada una de las facultades, preparatorias y demás instituciones pertenecientes a la Universidad o cualquier aportación económica realizada por los estudiantes”, se refiere a cualquier monto que los estudiantes aporten a la UAEM para su inscripción. Le recordamos que entre más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

127

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/10/2011
Folio de la Solicitud: 00127/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Solicito de la manera más atenta: 1) El número total de empleados de todas las jerarquías, tomando en cuenta desde el nivel más bajo hasta el nivel más alto. 2) ¿Cuáles son todas las prestaciones con las que cuentan los empleados de todas las jerarquías, desde el nivel más bajo hasta el nivel más alto? 3) Podrían por favor especificar, ¿cuáles son los Seguros (Vida, GMM, Autos, Daños) existentes en esta Universidad, ya sea que la propia Universidad sea el cliente, o como prestación de los empleados o seguros que los empleados puedan comprar de manera individual y se les descuente vía nómina? CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: En el Área de Recursos Humanos o de Personal de la Universidad Autónoma del Estado de México

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00127/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: 1.- A la fecha la Universidad Autónoma del Estado de México cuenta con una plantilla de 10,041 Trabajadores Universitarios. 2.- a) Las prestaciones a que tienen derecho los Trabajadores Administrativos de Confianza se encuentran estipuladas en los artículos 76, 80, 87, 162 y 353-U de la Ley Federal del Trabajo vigente. “Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones. Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste. Artículo 162.- Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes: I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios; II. Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486; III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido; IV. Para el pago de la prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas siguientes: a) Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro. b) Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje. c) Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores; V. En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas mencionadas en el artículo 501; y VI. La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda Artículo 353-U.- Los trabajadores de las universidades e instituciones a las que se refiere este Capítulo disfrutarán de sistemas de seguridad social en los términos de sus leyes orgánicas, o conforme a los acuerdos que con base en ellas se celebren. Estas prestaciones nunca podrán ser inferiores a los mínimos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta Ley.” b) Las de los Trabajadores Administrativos Sindicalizados en las cláusulas 68 incisos g), j), k), l), m), n), 68 Bis, 70, 71, 71 Bis, 72 párrafo cuarto, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 83 incisos d), k), l), 84 y 86 del Contrato Colectivo de Trabajo UAEM-SUTESUAEM 2011-2012, el contrato mencionado se adjunta al presente en archivo electrónico. c) Las del Personal Académico en las cláusulas 28, 29, 36, 38, 42, 43, 44, 45, 46, 48, 54, 58, 59, 60, 61, 62, 62 Bis, 73, 74, 77, 79, 81 a 91 Bis, 93 y 94 del Contrato Colectivo de Trabajo UAEM-FAAPAUAEM 2011-2012, dicho contrato lo encontrará en la liga electrónica: http://www.uaemex.mx/faapauaem/docs/contrato.pdf 3.- En archivo electrónico adjunto encontrará la lista de los seguros contratados por nuestra Universidad, especificando en cada caso si son seguros institucionales o tienen la posibilidad de ser contratados en lo individual por cada trabajador con descuentos vía nómina.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

128

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/10/2011
Folio de la Solicitud: 00129/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

1. Presupuesto autorizado para la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo (DODA) de los años 2009, 2010 y 2011 2. De que manera se ejerció el presupuesto de la DODA en los años 2009 y 2010 (bajo que conceptos: nomina, viáticos, comidas, cursos, ropa, etc.) (escaneo de documentos que prueben esos gastos, facturas, recibos, etc) 3. Cuanto lleva ejercido la DODA del presupuesto para este año 2011 (bajo que conceptos:nomina, viáticos, comidas, cursos, ropa, etc.) (escaneo de documentos que prueben esos gastos, facturas, recibos, etc)

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00129/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimientolo siguiente: En archivo electrónico adjunto encontrará el presupuesto autorizado y ejercido por la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo para los años 2009, 2010 y 2011 éste último hasta el mes de septiembre. De igual forma, en archivo electrónico adjunto hallará en copias simples y versión pública, los comprobantes de gastos (facturas, notas, tickets, entre otros), correspondientes a los años 2009 al 2011, éste último hasta el mes de octubre, es importante señalar que se anexan documentos cuya expedición corresponde al mes de noviembre del año 2008, en virtud de que fueron cubiertos con recursos del año 2009 y afectaron el presupuesto del mismo; también le remitimos en archivo electrónico y versión pública, las nóminas de los años 2009, 2010 y 2011 hasta la primera quincena de octubre, señalamos que la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo se constituyó como centro de costo para el pago de nóminas a partir del mes de mayo del año 2009, ya que anteriormente formaba parte del centro de costo de la Secretaría de Administración, por lo que la nómina que se entrega de enero a abril corresponde a la Secretaría Administrativa y las subsecuentes a la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo; así como el acuerdo de clasificación de información confidencial con número UAEM/CI/CIC/0011/11. Cabe mencionar que en el presupuesto de la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo se registra la parte proporcional que asume la dependencia respecto de los gastos generales (tales como pago de energía eléctrica, servicios de telefonía fija y móvil, mantenimiento de edificio, materiales de aseo, papelería distribuida por el almacén general, entre otros) y el comprobante de pago ampara el pago total de servicios, por lo que no es posible entregar comprobantes de pago solo por la parte correspondiente a la Dirección de referencia.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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PDF 120.28 MB
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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

10/10/2014

129

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/10/2011
Folio de la Solicitud: 00128/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

1. Cuantas Personas están adscritas a la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo (DODA) 2. Nomina escaneada del Personal adscrito a la DODA 3. Horarios de trabajo del Personal adscrito a la DODA

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00128/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: El número de personas que laboran en la Dirección de Organización y Desarrollo Administrativo es de 24, la relación del personal adscrito, así como su horario de labores los encontrará en archivo electrónico adjunto. La nómina escaneada la encontrará en versión pública, en archivo electrónico adjunto, así como el acuerdo de clasificación de información confidencial con número UAEM/CI/CIC/0010/11.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

30/09/2013

130

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2011
Folio de la Solicitud: 00130/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Requiero los perfiles de puesto de los siguientes cargos: Director Jefe del Departamento de Planeación Subdirector Académco Subdirector Administrativo Jefe del Departamento de Investigación Jefe de Departamento de Difusión Cultural Jefe del Departamento de Extensión y Vinculación Universitaria Jefe del Departamento de Control Escolar Jefe del Departamento de Atención y Seguimiento a Tutorías Coordinador de Licenciatura Responsable de Tecnologías de la Información y Comunicaciones Jefe del Departamento de Recursos Humanos Jefe del Departamento de Recursos Financieros Jefe del Departamento de Recurso Materiales Todos estos cargos son de las personas que pertenecen a un organismo académico CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: Perfiles de puesto de la UAEM

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00130/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: El perfil de puesto correspondiente a los cargos de Director, Jefe de Departamento de Planeación, Subdirector Académico, Subdirector Administrativo, Jefe de Departamento de Extensión y Vinculación y Jefe de Departamento de Control Escolar referentes a un Organismo Académico se encuentran especificados en el Manual de Descripción de Puestos publicado en el Sitio de Transparencia de la Universidad Autónoma del Estado de México. Por lo que hace a los puestos de Jefe de Departamento de Investigación, Jefe de Departamento de Difusión Cultural, Jefe de Departamento de Atención y Seguimiento a Tutorías, Responsable de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se observan los parámetros establecidos en el Manual de Descripción de Puestos publicado en el Sitio de Transparencia de la Universidad Autónoma del Estado de México referentes a los Jefes de Departamento de la Administración Central en sus diferentes categorías. Para el caso del Coordinador de Licenciatura se observan los parámetros instaurados en el Manual de Descripción de Puestos publicado en el Sitio de Transparencia de la Universidad Autónoma del Estado de México referentes a los Coordinadores Académicos en sus diferentes categorías. Los puestos de Jefe de Departamento de Recursos Humanos, Jefe de Departamento de Recursos Financieros y Jefe de Departamento de Recursos Materiales no se encuentran determinados dentro de esta Institución para un Organismo Académico, dichas actividades las realiza el Subdirector Administrativo, sin embargo no omitimos hacer de su conocimiento que en la Administración Central se cuenta con un Director de Recursos Humanos, un Director de Recursos Financieros y un Director de Recursos Materiales, cuyo perfil se indica en el Manual de Descripción de Puestos como Director de Administración Central en sus diferentes categorías. Le comentamos que el Manual de Descripción de Puestos lo encontrará en la dirección electrónica http://www.uaemex.mx/Transparencia/, abrir información pública de oficio y después Manual de Descripción de Puestos y Tabulador Salarial, por último, abrir Manual de Descripción de Puestos.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

27/06/2013

131

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 24/10/2011
Folio de la Solicitud: 00131/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

buenas tardes: solicito los estados financieros del año 2011 de la universidad autonoma del estado de mexico, del centro universitario del valle de mexico, como son el balance general, el estado de resultados y estado de costos si es que hay, es para una tarea que nos dejaron de contabilidad. gracias

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00131/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: Los estados financieros de la Universidad Autónoma del Estado de México se encuentran publicados en el apartado de información pública de oficio en el Sitio de Transparencia. Los documentos de referencia se elaboran con información consolidada por toda la Institución, no se cuenta con estados financieros particulares por cada centro de costo o espacio académico. Para observar los estados financieros de la UAEM ingresar en la barra de direcciones de su explorador de internet: http://www.uaemex.mx/Transparencia/, abrir Información Pública de Oficio, abrir Finanzas Universitarias, después Estados Financieros y, por último, escoger la información de su preferencia. Le recordamos que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

27/06/2013

132

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/10/2011
Folio de la Solicitud: 00132/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿En que son distribuidos el presupesto designado para la bibloteca de la facultad de derecho en el periodo de reincripcion e inscripcion 2011 y que tan util resulta mantener esta area tomando en cuenta el avance de la tecnologia, en la que se pueden consultar libros a traves de internet? CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: solo el presupuesto del año en curso aprovechamiento de recursos utilidad actual de la area en cuetion

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00132/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: Respecto a los recursos destinados para el año 2011 no se tienen presupuestados dichos recursos para la Biblioteca de la Facultad de Derecho. La adquisición de material documental es necesaria toda vez que a pesar que existen los avances tecnológicos, el material documental no puede ser consultado a texto completo en medios digitales o internet por contar con los derechos de autor correspondientes, además de que no toda la comunidad universitaria cuenta con los recursos necesarios para un acceso remoto. Aunado a lo anterior es compromiso de la universidad contar con el material documental correspondiente a sus planes de estudio para consulta de la propia comunidad universitaria.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

27/06/2013

133

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/10/2011
Folio de la Solicitud: 00133/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Nombre por espacio universitario de todos los consejeros de gobierno de la UAEM. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: Solicito el nombre de los consejeros de gobierno de cada facultad y espacios académicos/universitario de nivel licenciatura y posgrado.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00133/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, trámite y resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: En el Sitio de Transparencia de la UAEM, encontrará la información solicitada, para lo cual le pedimos ingrese en la barra de direcciones de su explorador de internet: http://www.uaemex.mx/Transparencia/, abrir Información Pública de Oficio, Estructura Organizacional, Directorio, Autoridades, y por último escoger el Organismo Académico, Escuela Preparatoria o Centro Universitario de su preferencia. Lo anterior con fundamento en el Artículo 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 48.- La obligación de acceso a la información pública se tendrá por cumplida, cuando el solicitante previo el pago, previsto en el artículo 6 de esta Ley, si es el caso, tenga a su disposición la información vía electrónica o copias simples, certificadas o en cualquier otro medio en el que se encuentre contenida la información solicitada, o cuando realice la consulta de la información en el lugar en el que ésta se localice. Cuando la información solicitada ya esté disponible para consulta, se le hará saber por escrito al solicitante el lugar donde puede consultarla y las formas para reproducir o adquirirla.” Le recordamos que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.”
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

27/06/2013

134

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/10/2011
Folio de la Solicitud: 00134/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

deseo saber en que fecha sale la convocatoria para maestria en gobierno y asuntos públicos en el campus texcoco, que dias y horarios estan destinados para ello y los costos por el semestre, inscripción etc. en que fecha sale la convocatoria para la especialidad en derecho penal impartida en la facultad de derecho campues toluca, dias y horarios destinados para clases y costos del semestre, incripción etc. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: uaem texcoco, facultad de derecho cu toluca

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00134/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: MAESTRÍA EN GOBIERNO Y ASUNTOS PÚBLICOS: El curso propedéutico tiene una duración de un mes aproximadamente mismo que se imparte en el mes de septiembre. En el mes de enero se realizan las inscripciones cuyo monto es de $6,250.00. El semestre inicia en el mes de enero, con horarios de 15:00 a 20:00 horas de lunes a viernes. La convocatoria generalmente es publicada en el mes de julio. ESPECIALIDAD EN DERECHO PENAL: La especialidad en Derecho Penal se encuentra en proceso de reestructuración. Se tiene programado iniciar el próximo ciclo escolar en agosto de 2012, la convocatoria será publicada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

27/06/2013

135

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/10/2011
Folio de la Solicitud: 00135/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

1.- NOMBRE DEL MAESTRO(S) Y LISTA DE ALUMNOS INSCRITOS PARA CURSAR LA MATERIA; TALLER DE CONSTRUCCION I, CON CLAVE 206-287-01-1-19/08/1991 2.- NOMBRE DEL MAESTRO(S) Y LISTA DE ALUMNOS INSCRITOS PARA CURSAR LA MATERIA; TALLER DE CONSTRUCCION II, CON CLAVE 206-297-04-1-12/02/1992 3.- NOMBRE DEL MAESTRO(S) Y LISTA DE ALUMNOS INSCRITOS PARA CURSAR LA MATERIA; SISTEMAS DE ORGANIZACION DE OBRAS V , CON CLAVE 206-295-04-1-10/02/1992 4.- NOMBRE DEL MAESTRO(S) Y LISTA DE ALUMNOS INSCRITOS PARA CURSAR LA MATERIA TALLER DE TITULACION, CON CLAVE 206-594- 03-1-18/07/1994

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00135/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: En archivo electrónico adjunto encontrará las listas de alumnos inscritos y los nombres de los profesores de cada una de las materias solicitadas.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Fecha Actualización:

27/06/2013

136

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/10/2011
Folio de la Solicitud: 00136/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

cuales son las investigaciones que ha realizado la universidad autonoma del estado de mexico en cuanto al duedilligence en el area de recursos humanos en una empresa mexicana

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00136/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: La UAEM no cuenta con proyectos de Investigación realizados sobre Due Diligence en empresas mexicanas.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

137

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00137/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿Cuáles han sido las investigaciones realizadas por la Universidad Autónoma del Estado de México referentes al tema "Due Diligence" ? y ¿Dónde puedo localizarlas y consultarlas?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00137/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: La UAEM no cuenta con proyectos de Investigación realizados sobre Due Diligence.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

138

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00138/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿cuales han sido las ultimas investigaciones q ha realizado la UAEM en los ultimos 5 años en base a la mercadotecnia?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00138/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

139

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00139/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿cuales han sido las ultimas investigaciones q ha realizado la UAEM en los ultimos 5 años en base a la mercadotecnia?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00139/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

140

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00140/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿cuales han sido las ultimas investigaciones q ha realizado la UAEM en los ultimos 5 años en base a la mercadotecnia?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00140/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

141

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00141/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿Cuales han sido las ultimas investigaciones en la UAEM dentro de los ultimos 5 años en el entorno a la meradotecnia?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00141/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

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Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

142

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00142/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿la uaem y el due diligence?

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 000142/UAEM/IP/A/2011, le comentamos lo siguiente: Le pedimos aclare indicando que es lo que desea conocer de la UAEM y a que se refiere al señalar el término “due diligence”. Le recordamos que entre más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
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Fecha Actualización:

27/06/2013

143

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00143/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿la uaem y el due diligence?

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 000143/UAEM/IP/A/2011, le comentamos lo siguiente: Le pedimos aclare indicando que es lo que desea conocer de la UAEM y a que se refiere al señalar el término “due diligence”. Le recordamos que entre más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

144

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00144/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿la uaem y el due diligence?

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 000144/UAEM/IP/A/2011, le comentamos lo siguiente: Le pedimos aclare indicando que es lo que desea conocer de la UAEM y a que se refiere al señalar el término “due diligence”. Le recordamos que entre más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

145

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00145/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿UAEM y due diligence? CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: que es el due diligence

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 000145/UAEM/IP/A/2011, le comentamos lo siguiente: Le pedimos aclare indicando que es lo que desea conocer de la UAEM y a que se refiere al señalar el término “due diligence”. Le recordamos que entre más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” Le recordamos que la UAEM, no está obligada a efectuar cálculos practicar investigaciones, procesar o resumir información, ello con fundamento en el Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señala: “Artículo 41.- Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” Lo anterior en referencia a su pregunta relativa a “que es el due diligence”. En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

146

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00146/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿due diligence en la uaem?

Respuesta:

Con fundamento en el articulo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de cinco días hábiles realice lo siguiente: Respecto de su solicitud de información con número de folio: 000146/UAEM/IP/A/2011, le comentamos lo siguiente: Le pedimos aclare indicando que es lo que desea conocer de la UAEM y a que se refiere al señalar el término “due diligence”. Le recordamos que entre más datos proporcione para atender su petición, estaremos en la posibilidad de brindarle un mejor servicio. Lo anterior encuentra su fundamento en el Artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 44.- La Unidad de Información notificará al particular, por escrito o vía electrónica, dentro del plazo de cinco días hábiles, si requiere completar, corregir o ampliar los datos de la solicitud escrita. Si transcurrido un plazo igual no es atendido el requerimiento, se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.” En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

147

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00147/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿Que investigaciones ha realizado la UAEM en los ultimos 5 años en relacion a la mercadotecnia? CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: mercadotenia

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00147/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

PDF 25.77 KB

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

148

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00148/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

Solicito información sobre las invetigación de Due diligence que tengan en la universidad en la actualidad CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: Uaem Valle de México 2011

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00148/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: No se cuenta con proyectos de Investigación realizados en la UAEM sobre Due Diligence y consecuentemente tampoco en el Centro Universitario UAEM Valle de México.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

149

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00149/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

¿Qué investigaciones han hecho en el periodo 2003-2011 sobre el tema de Due Diligence en la Universidad Autónoma del Estado de México?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00149/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: No se cuenta con proyectos de Investigación realizados en la UAEM sobre Due Diligence o no se han registrado en la Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados de ésta Institución.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

23/09/2013

150

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 28/10/2011
Folio de la Solicitud: 00150/UAEM/IP/A/2011

Información requerida:

TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN REALIZADAS POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO EN DUE DILLIGENCE. CUALQUIER OTRO DETALLE QUE FACILITE LA BÚSQUEDA DE LA INFORMACIÓN: TEMA DUE DILLIGENCE EN ALGUNA EN CUALQUIERA DE SUS DIFERENTES ÁREAS FUNCIONALES DE LA UNIVERSIDAD.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que: En respuesta a su solicitud de información con número de folio: 00150/UAEM/IP/A/2011, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como en el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que Deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hacemos de su conocimiento lo siguiente: No se cuenta con proyectos de Investigación realizados en la UAEM sobre Due Diligence o no se han registrado en la Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados de ésta Institución.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:

Unidad de Información de la UAEM

Fecha Actualización:

27/06/2013

Mostrando 121 al 150 de 180 registros
Solicitudes Recibidas y Atendidas
2011

Fracción IV
Ultima actualización
viernes 10 de octubre de 2014 19:47, horas
012
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