Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 511 al
540 de 605 registros
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511
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00511/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información:- Total de autos de apertura a juicio recibidos y total de sentencias emitidas por el Tribunal de enjuiciamiento, desagregando la información de la víctima u ofendido por sexo, municipio donde se cometió el delito, así como el delito cometido de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 345.74 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
512
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00512/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Tiempo promedio para que se dicte sentencia.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 137.99 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
513
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00513/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Reparación del daño desagregada por sexo: o Monto o Tipo de delito
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 64.02 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
514
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00514/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Presupuesto autorizado del año 2015 y 2016 para la atención a Víctimas del Delito. Informe del presupuesto ejercido del año 2015 y lo que va del 2016
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 70.05 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
515
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00515/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Total de amparos promovidos por víctimas directas e indirectas de un delito. Especificar las causas del amparo y el sentido de las sentencias, de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 84.36 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
516
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00516/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Acciones que han implementado para prevenir y eliminar la revictimización institucional en 2015 y 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 66.61 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
517
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00517/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Total de actos procedimentales nulos por actos realizados con violación de derechos humanos. Especificar por tipo de violación de derechos humanos y por tipo de delito imputado, así como el sexo de la víctima del delito, de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 72.05 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
518
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 19/10/2016
Folio de la Solicitud: 00518/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México la siguiente información: - Total de procedimientos resueltos mediante acuerdo reparatorio y mediante suspensión condicional del proceso, desagregando a las víctimas u ofendidos del delito por sexo, así como señalando el delito cometido, de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 75.63 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
519
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/10/2016
Folio de la Solicitud: 00519/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
De cuánto es equivalente él salió mensual de un magistrado del poder judicial ?
Respuesta:
En atención a su solicitud, me permito hacer de su conocimiento que de conformidad con lo que dispone el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el monto del sueldo mensual bruto para el puesto de Magistrado de Sala es de: 181,755.56
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
520
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 24/10/2016
Folio de la Solicitud: 00520/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Cuántas sentencias absolutorias y cuántas sentencias condenatorias, en materia penal, se dictaminaron en el sistema tradicional y en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio oral, durante los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 en el Estado de México.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 56.84 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
521
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 24/10/2016
Folio de la Solicitud: 00521/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Soy egresado de la Licenciatura en Derecho, tengo 29 años, soy de Tenango del Valle, Estado de México, me gustaría saber si puedo hacer voluntariado en algún Tribunal de Juicios Orales en materia Penal, ¿Qué procedimiento tendría que seguír?
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: ”Soy egresado de la Licenciatura en Derecho, tengo 29 años, soy de Tenango del Valle, Estado de México, me gustaría saber si puedo hacer voluntariado en algún Tribunal de Juicios Orales en materia Penal, ¿Qué procedimiento tendría que seguír?” (sic) Al efecto, es oportuno referir que el voluntariado no está formalizado en el Poder Judicial del Estado de México; sin embargo, en apoyo a los estudiantes universitarios ésta institución tiene celebrados convenios de colaboración con diversas Casas de Estudios de ésta entidad federativa, con el objeto crear las condiciones adecuadas para que alumnos y pasantes, tengan la oportunidad de poner en práctica los conocimientos adquiridos en las aulas, mediante la realización del servicio social y/o prácticas profesionales en el Poder Judicial; y para ello, se requiere presentar una solicitud por escrito dirigida al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
522
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/10/2016
Folio de la Solicitud: 00522/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Requiero me sea entregada la información referente al marco legal y/o normativo aplicable en el área y territorio de su jurisdicción para la permisión y/o restricción de la posesión y portación (con fines de protección, defensa personal y deportivo) de los siguientes artículos: 1. Stun gun (paralizador por descarga eléctrica). 2. Bastón retráctil de defensa personal. 3. Spray de gas pimienta. 4. Taser a distancia (pistola paralizadora eléctrica). 5. Rifle deportivo de aire. 6. Rifle deportivo de CO2. 7. Ballesta deportiva. 8. Espada katana. De igual forma, en caso de que su posesión y portación no sean permitidos, requiero conocer las sanciones aplicables y el marco legal de las mismas.
Respuesta:
En atención a su solicitud, le comento que de conformidad con lo que dispone el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen y obre en sus archivos, sin tener obligación de procesarla, practicar investigaciones o procesar datos para arribar a la información requerida por los particulares. En ese sentido, para satisfacer la solicitud formulada, sería necesario practicar una investigación sobre las legislaciones respectivas para arribar a conclusiones concretas, lo que se traduce en brindar una asesoría jurídica al particular, lo cual, como se ha dicho, no es atribución u obligación institucional. Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita al particular a que dirija su petición, tanto a la Secretaría de la Defensa Nacional como al Comité Olímpico Mexicano, quienes probablemente cuenten con los datos peticionados; asimismo, se invita a la particular a que dirija su petición al Departamento de Legistel dependiente de la Secretaría General de Gobierno del Gobierno del Estado de México, con la finalidad de consultar la legislación penal del Estado de México.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
523
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/10/2016
Folio de la Solicitud: 00523/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
SOLICITO LA ESTADÍSTICA DE CUANTOS FEMINICIDIOS HA HABIDO DE ENERO A OCTUBRE DEL AÑO 2016 EN EL ESTADO DE MEDICO.
Respuesta:
En atención a su solicitud, le comento que de conformidad con lo que dispone el artículo 12, párrafo segundo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen y obre en sus archivos, sin tener obligación de procesarla, practicar sumas o procesar datos para arribar a la información requerida por los particulares. En ese sentido, las instituciones sólo tienen obligación de proporcionar la información tal y como se genera o se encuentra en los archivos institucionales. En el caso específico, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, no existen facultades o atribuciones que le permitan a este órgano del Poder Público, contabilizar el número de denuncias presentadas ante el ministerio público con motivo de la comisión de un delito en esta entidad federativa o en alguno de sus municipios. Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita a la particular a que dirija su petición a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
524
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/10/2016
Folio de la Solicitud: 00524/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
1. ¿Cuántos adolescentes han estado dentro del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes del estado de México? 2. ¿Cuántos adolescentes han estado condenados o cumpliendo una pena por una conducta que la ley señala como delito? 3. ¿Qué medidas de sentencia son impuestas en adolescentes? 4. ¿cuántos adolescentes tienen actualmente en internamiento y por cuanto tiempo estarán ahí? 5. ¿cuántos de los están dentro del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes del estado de México en son hombres, mujeres, indígenas o extranjeros? 6. ¿cuáles son los delitos de mayor impacto que se han encontrado dentro del sistema de justicia para adolescentes? 7. ¿cuál es el delito con mayor reincidencia dentro del sistema de justicia para adolescentes? 8. ¿cuántos adolescentes son los que han tenido más tiempo en internamiento?
Respuesta:
De conformidad con lo establecido por los artículos 155, fracción IV y 159, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, a fin de establecer las condiciones necesarias para contestar la solicitud y dar a conocer la respuesta en breve término, se requiere a la parte solicitante para que dentro del plazo de cinco días hábiles complete, corrija o amplíe los datos de la solicitud, y precise de forma clara y en específico a esta Unidad de Transparencia, por un lado, cuál es el nombre o denominación del documento que contiene la información pública generada por éste poder público con motivo del ejercicio de las atribuciones conferidas, tanto por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México como por la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, aunado al deber legal de entregar la información pública tal como se genera y consta en los archivos institucionales; y por otro, cuál es el lapso de tiempo o la época (periodo y fecha) en la cual fue expedida la información que menciona en su solicitud, pues es imprecisa la petición inicial al respecto, apercibida que de no dar cumplimiento en los términos indicados se tendrá por no presentada la petición, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar. Al efecto, es oportuno referirle que éste sujeto obligado sólo tiene el deber de entregar la información solicitada, en los términos en que la hubiese generado, la posea o la administre; esto es, que no tiene el deber de procesarla, resumirla, realizar cálculos o practicar investigaciones, con el objeto de satisfacer el derecho de acceso a la información; lo anterior implica, que una vez entregado el soporte documental en que conste la información, corresponderá al particular efectuar las investigaciones necesarias para obtener la información que desea conocer. Asimismo, es preciso distinguir desde la perspectiva de la transparencia de la acción del gobierno, los conceptos siguientes: por un lado, entre cumplir con el deber legal de entregar al particular la información pública tal como se genera y consta en los archivos institucionales; y, por otro, entre solicitar un informe que al ser requerido por mandato debidamente fundado y motivado de la autoridad competente, corresponde a la Unidad de Información cumplir en tiempo y forma conforme a las funciones previstas en el artículo 53 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Ahora bien, el artículo 12 del citado ordenamiento legal, dispone que: Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones. Disposición que esencia establece como obligación de la institución entregar la información que sea requerida, siempre que sea generada o se encuentre en posesión de la misma, pero esta entrega, es en los términos con la cual se cuente, pues al no tener obligación de practicar investigaciones, se da cumplimiento a la transparencia, entregando la información fuente con la que se cuente. En el caso concreto, para atender la solicitud planteada sería necesario procesar los datos con los que institucionalmente se cuenta y construir un documento ad hoc (especial) para dar atención al requerimiento de la parte solicitante lo cual no es un deber de las instituciones, tal como se ha puesto de manifiesto. De ahí la importancia de que sea la parte solicitante quien proporcione el nombre o denominación del documento que contiene la información pública peticionada; así como, el lapso de tiempo o la época (periodo y fecha) en la cual fue expedida la información que menciona en su solicitud.
En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
525
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/10/2016
Folio de la Solicitud: 00525/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Oferta y demanda de bienes y servicios 2014-2016
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “Oferta y demanda de bienes y servicios 2014-2016” (sic) Previamente, es preciso señalar que el artículo 88 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México establece que el ejercicio del Poder Judicial del Estado se deposita en: a) Un órgano colegiado denominado Tribunal Superior de Justicia, el cual funcionará en Pleno, Sala Constitucional, Salas Colegiadas y Unitarias Regionales; b) En tribunales y juzgados de primera instancia y juzgados de cuantía menor; organizados de acuerdo a su competencia establecida en las leyes secundarias. Por un lado, el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México prevé que el Tribunal Superior de Justicia ejercerá sus funciones en salas: constitucional, colegiadas y unitarias que determine el Consejo de la Judicatura, distribuidas en las regiones en el número y ubicación geográficas como lo estime necesario; para el despacho de los asuntos, la Sala Constitucional conocerá de los asuntos de esta índole; las Salas Civiles, conocerán de los asuntos civiles y mercantiles; las salas penales, conocerán de los asuntos de este ramo; la sala especializada de adolescentes conocerán de los asuntos de esta materia; y las salas familiares, de los asuntos de esta materia. Por otro lado, el artículo 65 de la ley invocada regula que en cada distrito o región judicial habrá el número de tribunales o juzgados de primera instancia que el Consejo de la Judicatura determine, los que tendrán competencia para conocer de los asuntos civiles, mercantiles, penales, de lo familiar, de justicia para adolescentes y demás materias en que ejerzan su jurisdicción. Asimismo, el artículo 78 del citado ordenamiento legal establece que en cada distrito judicial habrá el número de juzgados de cuantía menor que determine el Consejo de la Judicatura con competencia en materia civil y mercantil. Finalmente, el artículo 187 de la ley en comento señala que la función jurisdiccional en materia penal se ejerce por: a) Jueces de control; b) Tribunales de enjuiciamiento; c) Jueces ejecutores de sentencias; y, d) Salas del Tribunal Superior de Justicia. Además, precisa que el Poder Judicial del Estado de México contará con jueces y magistrados especializados en violencia de género. Por lo tanto, derivado de las disposiciones legales contenidas en el ordenamiento jurídico vigente a que se ha hecho mención, se advierte que la función sustantiva del Poder Judicial en ésta entidad federativa, es la impartición de justicia.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
526
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/10/2016
Folio de la Solicitud: 00526/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
si existe demanda en contra del solicitante dentro de sus sistemas. en la via Civil por parte de la C. Alicia Hernandez Castañeda.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “si existe demanda en contra del solicitante dentro de sus sistemas. en la via Civil por parte de la C. Alicia Hernandez Castañeda.” (sic) Es oportuno referirle que, de conformidad con lo que dispone el artículo 12, párrafo segundo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones únicamente están obligadas a proporcionar la información que generen tal y como obra en sus archivos, sin que sea atribución u obligación institucional, procesar datos o practicar investigaciones para arribar a los datos requeridos por el particular. En el caso específico, para arribar a la información peticionada sería necesario practicar una investigación sobre los libros índice de los juzgados para construir la información que en particular requiere la parte peticionaria, lo cual, como se ha dicho y fundado, no es atribución u obligación institucional. No obsta para los argumentos anteriores, el hecho de que el Poder Judicial cuente con algunos sistemas informáticos de los cuales pareciera se puede extraer la información de manera sencilla, sin embargo, contrario a esa postura es oportuno referir que los mismos están limitados por las consideraciones siguientes. El expediente virtual, se encuentra en desarrollo, como una herramienta de apoyo tecnológico a las personas que, habiendo acreditado su personalidad con la que actúan ante un órgano jurisdiccional, puedan registrarse y consultar a distancias los acuerdos y proveídos de cada asunto en particular. Ahora bien, al no contar el expediente virtual con una regulación jurídica específica y ser, como se ha manifestado, una herramienta tecnológica de apoyo, en tanto que no se han integrado a este sistema todos los órganos jurisdiccionales y los incluidos tienen distintas temporalidades de haber sido integrados al sistema, no cuentan con toda la información, sino la más reciente. Dentro de estas herramientas de apoyo tecnológico, el Poder Judicial también se encuentra desarrollando un kiosco de consulta que se encuentra disponible en la página www.pjedomex.gob.mx, sin embargo, este sistema informático tiene limitantes similares al expediente virtual, en primer término sólo se puede consultar a la parte actora o promovente de un asunto, no contiene la información de todos los órganos jurisdiccionales, ni toda la temporalidad de la existencia del juzgado. Aunado a lo anterior, los sistemas comentados se aplican de manera particular a la materia civil. De manera específica para la materia penal, se cuenta con el sistema de Gestión Judicial Penal (SIGEJUPE), en el cual se registran diversos datos, pero este sistema esta encaminado a la operación del nuevo sistema de justicia penal, por lo tanto, su temporalidad de búsqueda esta limitada a la entrada en vigor del sistema en cada distrito judicial correspondiente. De las consideraciones vertidas se puede advertir que las herramientas informáticas con las que se cuentan, no tienen hasta este momento, un respaldo que permita utilizarlas como fuente de consulta para arribar a los datos peticionados y por lo tanto, de requerir la parte peticionaria la información debe remitirse a la fuente oficial de consulta que son los libros índice de cada uno de los juzgados o tribunales. Vale la pena referir también que los libros índices son información pública que pueden ser consultados directamente en los juzgados o tribunales sin que medie petición alguna. Por lo tanto, no es posible proporcionarle la información en los términos requeridos.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
527
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/10/2016
Folio de la Solicitud: 00527/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito el registro público de cualquier juicio y/o trámite dentro de los Juzgados Especializados en Usucapion y/o similar o análogo sobre las siguientes personas: Ulises Arturo Espinosa Estrada, Josué David Espinosa Estrada, Luis Antonio Espinosa Marmolejo, Olga Estrada Elijáis, Marco Antonio Espinosa Estrada, Jorge Espinoza Estrada, Marcha Esperanza Varas Martínez, Rubí Cid del Prado Escamilla, Priscila Rojas N, Marcelino Ramos Aguilar, Antonio Hernández Argüello y/o Arguello, Leticia Hernández Argüello y/o Arguello
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 43.58 KB
PDF 30.15 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
528
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 01/11/2016
Folio de la Solicitud: 00528/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Versión pública de TODAS las sentencias por delitos en materia de trata de personas, que han emitido todos los jueces y tribunales tanto federales, como locales de cada entidad federativa y Ciudad de México, no importa si es primera o segunda instancia; dictadas en el periodo del 14 de junio de 2012 al 31 de octubre de 2016. No importa si no han causado estado, solo quiero versión pública, no me interesan los datos personales. Deseo se me envíen en formato electrónico.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 84.09 KB
PDF 870.93 MB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
12/12/2016
529
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/11/2016
Folio de la Solicitud: 00529/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
ESTADISTICAS Y DATOS SOBRE LOS DELITOS DE MENOR INCIDENCIA MÁS ACTUALES, EN EL ESTADO DE MEXICO Y POR MUNICIPIO Hola mi nombre es Rocio Pichardo y soy estudiante de la Lic. de Derecho derivado a una de las materias que llevo me piden investigar cuales son los delitos de menor incidencia en el Estado de Mexico y sus municipios
Respuesta:
En atención a su solicitud, le comento que de conformidad con lo que dispone el artículo 12, párrafo segundo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen y obre en sus archivos, sin tener obligación de procesarla, practicar sumas o procesar datos para arribar a la información requerida por los particulares. En ese sentido, las instituciones sólo tienen obligación de proporcionar la información tal y como se genera o se encuentra en los archivos institucionales. En el caso específico, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, no existen facultades o atribuciones que le permitan a este órgano del Poder Público, contabilizar el número de denuncias presentadas ante el ministerio público con motivo de la comisión de un delito en esta entidad federativa o en alguno de sus municipios. Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita a la particular a que dirija su petición a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
530
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/11/2016
Folio de la Solicitud: 00530/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solito copia del expediente laboral de todos y cada uno de los servidores públicos del poder judicial, con todos y cada uno de los documentos que integran cada expediente.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 1.38 MB
PDF 204.02 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
531
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/11/2016
Folio de la Solicitud: 00531/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Solicito copia del nombramiento de todos y cada uno de los servidores públicos del poder judicial e identificación oficial de cada uno de los servidores públicos del poder judicial, titulo profesional de cada uno de los servidores públicos del poder judicial que tengan licenciatura.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 1.38 MB
PDF 204.02 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
532
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 04/11/2016
Folio de la Solicitud: 00532/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Carta de antecedentes no penales
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “Carta de antecedentes no penales”. (sic) Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, en ejercicio de sus atribuciones no tiene bajo su responsabilidad la administración y la operación del registro de antecedentes penales, por lo tanto, no es información que se genere en el Poder Judicial del Estado de México. En ese orden de ideas, no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita al particular a que dirija su petición al Instituto de Servicios Periciales del Estado de México dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
533
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00533/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Respuesta:
En atención a su solicitud, me permito hacer de su conocimiento que de conformidad con lo que disponen los artículos 155, fracción III y 167, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se declara improcedente la petición en virtud de que la descripción clara y precisa de la información solicitada es un requisito indispensable para la procedencia y en el presente caso, la solicitud presentada carece de éste requisito.
En virtud de lo anterior, se archiva la presente solicitud como concluida. Se hacen de su conocimiento que tiene derecho de interponer recurso de revisión dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se realice la notificación vía electronicá, a través del SAIMEX.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
534
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00534/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Total de autos de apertura de juicio dictados, señalando tipo de delito y número de víctimas u ofendidos de cada delito desagregado por sexo, por municipios, de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 127.96 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
535
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00535/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Total de autos de vinculación a proceso procedentes, especificando por sexo de la víctima u ofendido, tipo de delito, municipios donde se cometió el delito, de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 68.97 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
536
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00536/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
- Total de autos de apertura a juicio recibidos y total de sentencias emitidas por el Tribunal de enjuiciamiento, desagregando la información de la víctima u ofendido por sexo, municipios donde se cometió el delito, así como el delito cometido de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 340.73 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
537
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00537/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
- Tiempo promedio para que se dicte sentencia.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 137.99 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
538
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00538/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Sentencias ejecutoriadas de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, así como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 171.06 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
539
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00539/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Reparación del daño desagregada por sexo: o Monto o Tipo de delito
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 64.02 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
540
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/11/2016
Folio de la Solicitud: 00540/PJUDICI/IP/2016
Información requerida:
Presupuesto autorizado del año 2015 y 2016 para la atención a Víctimas del Delito. Informe del presupuesto ejercido del año 2015 y lo que va del 2016.
Respuesta:
En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 70.05 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
No Aplica
Fecha Actualización:
13/12/2016
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