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Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 151 al 180 de 233 registros

151

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 20/08/2013
Folio de la Solicitud: 00151/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

TODOS LOS BENEFICIOS, RECOMPENSAS, ESTIPENDIOS, ASIGNACIONES, GRATIFICACIONES, PREMIOS, RETRIBUCIONES, SUBVENCIONES, HABERES, DIETAS, COMPENSACIONES, REMUNERACIÓN ORDINARIA O CUALQUIER OTRO CONCEPTO QUE RECIBA CADA UNO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITO O QUE SE RELACIONE CON EL SUJETO OBLIGADO, POR LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS O TRABAJO O DE CUALQUIER OTRA INDOLE EL MARCO JURIDICO CON EL QUE SE RELACIONA EL SUJETO OBLIGADO

Respuesta:

En relación a las prestaciones laborales a que tiene derecho cada uno de los servidores judiciales, con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, remito archivo adjunto. En cuanto al marco jurídico con el que se relaciona el sujeto obligado, es preciso referir que las prestaciones de las cuales gozan los servidores judiciales, tienen como base lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, el Convenio de Prestaciones 2013 y los Estatutos del Fondo de Ahorro del Poder Judicial del Estado de México. Finalmente, en ejercicio del principio de orientación hago de su conocimiento que dentro de la página de Internet: www.pjedomex.gob.mx, en la pestaña transparencia del menú principal, al seleccionar, primero, la opción información pública y, segundo, las opciones marco jurídico y normativo, bien, convenios, podrá abrir los archivos que contienen los ordenamientos jurídicos invocados.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

152

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 21/08/2013
Folio de la Solicitud: 00152/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

1)Cual es el puesto oficial, sueldo bruto y neto, 2) beneficios laborales tales como aguinaldo, 3)prestaciones tales servicios de salud, vivienda, créditos 4) solicito tambien copia de su contrato laboral actual 5) si tiene registrado algun dependiente económico de la funcionaria publica que trabaja en el juzgado de Texcoco VILLALOBOS CRUZ VIRIDIANA

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

153

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 21/08/2013
Folio de la Solicitud: 00153/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

estadistica de robo a transeuntes y a transporte publico en el municipio de Naucalpan de Juarez en lo que va del año 2013

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “estadistica de robo a transeuntes y a transporte publico en el municipio de Naucalpan de Juarez en lo que va del año 2013” Es oportuno referirle que de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, no existen facultades o atribuciones que le permitan a este órgano del Poder Público, contabilizar el número de averiguaciones previas o carpetas de investigación iniciadas ante el ministerio público con motivo de la comisión de un delito en esta entidad federativa o en alguno de sus municipios. Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita al particular a que dirija su petición a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

154

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 21/08/2013
Folio de la Solicitud: 00154/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Solicito informacion de la funcionaria publica del poder judicial Viridiana Villalobos Cruz : 1)- Ingresos ( salario bruto, neto) 2) -Deducciones salariales 3) Prestaciones laborales 4) Contrato laboral 5) Sanciones o evaluaciones laborales que haya tenido durante el desempeno de su puesto en el poder judicial 6) Declaracion patrimonial desde el 2010 7) La funcionaria se encuentra trabajando en texcoco 4640 VILLALOBOS CRUZ VIRIDIANA SRIO. ACDOS. JDO. 1°. INST.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

155

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 22/08/2013
Folio de la Solicitud: 00155/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Proporcionar copia del documento o documentos donde conste la siguiente información: 1.- Número de sentencias emitidas por el delito de trata de personas por cada uno de los siguientes años: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 con corte a agosto. 2.- Por cada una de las sentencias emitidas a las que me refiero en la pregunta anterior, detallar el número de sentenciados como culpables (o en su caso absueltos), y el número de víctimas o agraviados que resultaron del delito de trata de personas. Proporcionar la información en cada uno de los años de 2007 a 2013 con corte a agosto. 3.- Por cada una de las sentencias emitidas y donde el acusado resulto culpable, detallar la respectiva sentencia, es decir, los años de prisión y multa a los que fueron condenados los ciudadanos o el ciudadano encontrados como culpables (detallar el número de sentenciados), así como el agravio que quedó demostrado durante el juicio. Proporcionar la información por cada uno de los años de 2007 a 2013 con corte a agosto. 4.- Para el caso de las sentencias emitidas por el delito de trata de personas y que ya causaron estado, proporcionar copia del expediente completo o en su caso permitir la consulta en sus respectivos archivos.

Respuesta:

En atención a su solicitud, le comento que de conformidad con lo que dispone el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen tal y como obre en sus archivos, sin que sea atribución u obligación institucional procesar datos o practicar cálculos, tendentes a satisfacer la petición de información de los particulares. En ese sentido, vale la pena referirle que el Poder Judicial, en ejercicio de sus atribuciones, no genera hasta este momento, específicamente una estadística relacionada con los datos peticionados; si bien, de manera mensual los órganos jurisdiccionales en materia penal rinden un informe estadístico, los mismos no se procesan con ese grado de detalle. Aun más, los datos que son procesados se integran a los informes de labores del presidente del Tribunal Superior de Justicia, consultables en la página www.pjedomex.gob.mx; sin embargo, se insiste, sólo se reportan algunos datos que son extraídos de las estadísticas mensuales, como son asuntos iniciados y asuntos concluidos, entre otros. Aún más, recientemente está operando en la mencionada página una aplicación relacionada con la estadística judicial disponible para consulta en la liga siguiente: http://www.pjedomex.gob.mx/web2/estgen/php/inicio.php Por lo tanto, los datos a que se hace mención, puede consultarlos vía Internet por tratarse de información pública, en la página electrónica antes señalada, particularmente en la pantalla principal se ubica un icono relacionado con el Tercer Informe de Labores 2012, y ahí se contienen el primero correspondiente al año 2010 y, el segundo, correspondiente al año 2011. Por su parte, respecto a la estadística mensual a la que se ha hecho referencia en párrafos anteriores, es posible que se pueda determinar los datos requeridos; sin embargo, para llegar a esos datos, se tendrían que procesar los informes, hacer las sumas y en consecuencia generar un documento ad hoc (específico), para atender la solicitud planteada, lo cual es contrario a la disposición legal previamente referida, es decir, no existe la obligación institucional de procesar datos, sino únicamente de entregar la información como se genera y como consta en los archivos institucionales. Bajo ese tenor, si bien no es posible proporcionar la información con el grado de disgregación requerido, en ejercicio del principio de máxima publicidad, esta institución está en posibilidad de poner a su disposición las estadísticas mensuales que rinden los juzgados penales, de las cuales, los peticionarios pueden hacer el análisis respectivo, procesar los datos correspondientes y en su caso, identificar la información que sea de su interés. Las estadísticas antes mencionadas, no pueden ponerse a su disposición a través del SAIMEX, porque se integran en un volumen aproximado de más de 500 hojas por año, razón por la cual, subirlas al sistema informático referido es prácticamente imposible. Sin embargo, el peticionario puede consultarlas en las oficinas que ocupa la Unidad de Información, ubicadas en el edificio denominado Casa del Poder Judicial, sito en la calle de Pedro Ascencio, esquina con Sebastián Lerdo de Tejada, Colonia La Merced y Alameda, de la Ciudad de Toluca, Estado de México con un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

156

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 22/08/2013
Folio de la Solicitud: 00156/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

PROGRAMA INTERNO DE PROTECCION CIVIL, DEL PALACIO DE JUSTICIA DE TEXCOCO. CARRETERA TEXCOCO - MOLINO DE FLORES KM. 1 + 500, EX –HACIENDA EL BATÁN, COLONIA XOCOTLÁN, TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, C. P. 56200 PROGRAMA INTERNO DE PROTECCION CIVIL ( QUE HACER EN CASO DE SISMO E INCENDIO), EN SUS TRES FASES PREVENCION, AUXILIO Y RESTABLECIMIENTO O LO QUE ES ANTES, DURANTE Y DESPUES.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

157

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 23/08/2013
Folio de la Solicitud: 00157/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

en cuantos distritos esta conformada la procuraduria general de justicia del estado de mexico

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “en cuantos distritos esta conformada la procuraduria general de justicia del estado de mexico” Es oportuno referirle que de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, no existen facultades o atribuciones que le permitan a este órgano del Poder Público, regular la organización, estructura y funcionamiento de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México. Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación y con apoyo en el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, me permito hacer de su conocimiento que la división territorial jurisdiccional de ésta entidad federativa está integrada por los distritos judiciales de: Chalco, Cuautitlán, Ecatepec de Morelos, El Oro, Ixtlahuaca, Jilotepec, Lerma, Nezahualcóyotl, Otumba, Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Texcoco, Tlalnepantla, Toluca, Valle de Bravo y Zumpango.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

158

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/08/2013
Folio de la Solicitud: 00158/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Solicito copia del último acuerdo o resolución del Expediente: 00750/2011 Estado: Edomex Juzgado: 5º FAMILIAR DE NEZAHUALCOYOTL Actor: Evelia Leon Martínez, Demandado: René Beltran Sarmiento, Juicio DIVORCIO NECESARIO

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

159

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 29/08/2013
Folio de la Solicitud: 00159/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Solicito se me proporcione el número total de las órdenes de aprehensión que se hayan solicitado por la Procuraduría General de Justicia del Estado y el número de órdenes de aprehensión que se le fueron concedidas por este órgano jurisdiccional en el período comprendido entre el año 2000 y 2012.

Respuesta:

En atención a su solicitud, le comento que de conformidad con lo que dispone el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen tal y como obre en sus archivos, sin que sea atribución u obligación institucional procesar datos o practicar cálculos, tendentes a satisfacer la petición de información de los particulares. En ese sentido, vale la pena referirle que el Poder Judicial, en ejercicio de sus atribuciones, no genera hasta este momento, específicamente una estadística relacionada con los datos peticionados; si bien, de manera mensual los órganos jurisdiccionales en materia penal rinden un informe estadístico, los mismos no se procesan con ese grado de detalle. Aun más, los datos que son procesados se integran a los informes de labores del presidente del Tribunal Superior de Justicia, consultables en la página www.pjedomex.gob.mx; sin embargo, se insiste, sólo se reportan algunos datos que son extraídos de las estadísticas mensuales, como son asuntos iniciados y asuntos concluidos, entre otros. Aún más, recientemente está operando en la mencionada página una aplicación relacionada con la estadística judicial disponible para consulta en la liga siguiente: http://www.pjedomex.gob.mx/web2/estgen/php/inicio.php Por lo tanto, los datos a que se hace mención, puede consultarlos vía Internet por tratarse de información pública, en la página electrónica antes señalada, particularmente en la pantalla principal se ubica un icono relacionado con el Tercer Informe de Labores 2012, y ahí se contienen el primero correspondiente al año 2010 y, el segundo, correspondiente al año 2011. Por su parte, respecto a la estadística mensual a la que se ha hecho referencia en párrafos anteriores, es posible que se pueda determinar los datos requeridos; sin embargo, para llegar a esos datos, se tendrían que procesar los informes, hacer las sumas y en consecuencia generar un documento ad hoc (específico), para atender la solicitud planteada, lo cual es contrario a la disposición legal previamente referida, es decir, no existe la obligación institucional de procesar datos, sino únicamente de entregar la información como se genera y como consta en los archivos institucionales. Bajo ese tenor, si bien no es posible proporcionar la información con el grado de disgregación requerido, en ejercicio del principio de máxima publicidad, esta institución está en posibilidad de poner a su disposición las estadísticas mensuales que rinden los juzgados penales, de las cuales, los peticionarios pueden hacer el análisis respectivo, procesar los datos correspondientes y en su caso, identificar la información que sea de su interés. Las estadísticas antes mencionadas, no pueden ponerse a su disposición a través del SAIMEX, porque se integran en un volumen aproximado de más de 500 hojas por año, razón por la cual, subirlas al sistema informático referido es prácticamente imposible. Sin embargo, el peticionario puede consultarlas en las oficinas que ocupa la Unidad de Información, ubicadas en el edificio denominado Casa del Poder Judicial, sito en la calle de Pedro Ascencio, esquina con Sebastián Lerdo de Tejada, Colonia La Merced y Alameda, de la Ciudad de Toluca, Estado de México con un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

160

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/09/2013
Folio de la Solicitud: 00160/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

autorización de operativos de la PGR en el municipio de cd Nezahualcóyotl tipo de oficio legal y autorizado a quien corresponda la autorización ya que se catean comercios se aprenden a comerciantes por venta de artículos de Disney y marvel piratas y son detenidos pidiendo una suma de de $50,000 a 80,000 pesos por persona sin ningún documento legal esta delegación de PGR en Nezahualcóyotl esta secuestrando y extorsionando y amenazando y haciendo cobros clandestinos y ocultos de esa sumas dichas a nombre de Disney y marvel y sirviéndose de una institución de PGR que ministerios judiciales están autorizando y que dependencias a su cargo ignoran estos sucesos

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “autorización de operativos de la PGR en el municipio de cd Nezahualcóyotl” (sic) Aunado a los detalles que proporciona para facilitar la búsqueda de la información que hace consistir en: “tipo de oficio legal y autorizado a quien corresponda la autorización ya que se catean comercios se aprenden a comerciantes por venta de artículos de Disney y marvel piratas y son detenidos pidiendo una suma de de $50,000 a 80,000 pesos por persona sin ningún documento legal esta delegación de PGR en Nezahualcóyotl esta secuestrando y extorsionando y amenazando y haciendo cobros clandestinos y ocultos de esa sumas dichas a nombre de Disney y marvel y sirviéndose de una institución de PGR que ministerios judiciales están autorizando y que dependencias a su cargo ignoran estos sucesos” (sic) Es oportuno referirle que de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, no existen facultades o atribuciones que le permitan a este órgano del Poder Público, autorizar operativos de la Procuraduría General de la República (PGR). Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita al particular a que dirija su petición a la Procuraduría General de la República, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

161

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/09/2013
Folio de la Solicitud: 00161/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

ATENDIENDO A LOS PRINCIPIOS LEGALES DE FEDERALISMO Y/O REPÚBLICA FEDERAL, SOBERANÍA ESTATAL, COMPETENCIA Y ATRIBUCIONES LEGALES, ASÍ COMO EL ATENDER QUE EL CONGRESO ESTATAL ES LA REPRESENTACIÓN POPULAR, ASI COMO AL PODER JUDICIAL DEL ESTADOM DE MEXICO, QUIENES BAJO EL PRINCIPIO DE DIVISION DE PODERES, INRRENUNCIABLEMENTE SON EL GARANTE Y/O CONTRAPESO AL EJERCICIO GUBERNAMENTAL DISTORSIONADO, EN SU CASO, DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, POR TANTO, SOLICITO TODA LA INFORMACIÓN (EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA) SOBRE LA AUTORIZACIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN Y/O ORDEN Y/O COMUNICACIÓN Y/O SIMILAR O RELATIVO, SOBRE LA PRESENCIA DE LOS ELEMENTOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, QUE RESGUARDAN O TIENEN PRESENCIA (PARA CUALQUIER TIPO DE ACCIÓN O FINALIDAD) EN EL RECINTO LEGISLATIVO FEDERAL, EN SAN LAZARO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DURANTE LOS DÍAS 26 DE AGOSTO DE 2013 Y DÍAS SUBSECUENTES, HASTA EL DÍA 1, 2 Y DEMÁS DÍAS DE SEPTIEMBRE DE 2013, CONSIDERANDO QUE ESTOS ACTOS O CIRCUNSTANCIA NO PODRÍA DARSE PUES QUEDA FUERA DEL TERRITORIO DEL ESTADO DE MÉXICO, SINO ES CON EL AVAL, VISTO BUENO Y/O AUTORIZACIÓN Y/O ORDEN DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, PERO QUE ESTA DEBE ESTAR SUJETO A LO QUE DISPONGA Y/O SE PRONUNCIE Y/O AUTORICE EL CONGRESO ESTATAL Y/O PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Y/O REPRESENTACIÓN POPULAR ESTATAL, PUES EN CASO CONTRARIO ES UNA EVIDENTE TRANGRESIÓN DEL ESTADO DE DERECHO Y LA LEGALIDAD, CONSTITUYÉNDOSE EN UN ACTO ILEGITIMO. SIRVEN DE BASE LAS SIGUIENTES PAGINAS WEB QUE DAN CUANTA DEL HECHO: http://monterrey.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/2a283b14e6ed2afeafc9faa8a51a78d5 http://www.elfinanciero.com.mx/secciones/politicasociedad/30385.html http://www.hoyestado.com/nota.php?id=16231 http://alfadiario.tv/alfa/noticias/32222/Eruviel+pide+represi%26oacute%3Bn+a+la+CNTE APELO A LA TRANSPARENCIA A LA QUE SE DEBE EL SUJETO OBLIGADO PARA QUE ME SEA ENTREGADA TODA LA INFORMACIÓN, Y MÁS AUN, A LA DEVOCIÓN CASI OBSESIVA QUE DICEN TENER QUIENES INTEGRAN AL SUJETO OBLIGADO, PUES LO EXPRESAN EN CADA MOMENTO PÚBLICO EN EL QUE PARTICIPAN EL MARCO NORMATIVO CON EL QUE SE RELACIONA EL SUJETO OBLIGADO, AUNADO A UNA CIRCUNSTANCIA PARTICULAR QUE SE PREVÉ EL USO DE LA FUERZA EN CONTRA DE LOS PROFESORES QUE PERTENECEN A LA CNTE Y QUE SE ENCUENTRAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, NO EN EL ESTADO DE MÉXICO, POR TANTO NO SERIA SU COMPETENCIA Y EN CASO DE PARTICIPAR EN EL MISMO CARECERÍA DE LEGITIMIDAD, SIRVEN DE REFERENTE LAS SIGUIENTES PAGINAS WEB: EL MARCO NORMATIVO CON EL QUE SE RELACIONA EL SUJETO OBLIGADO, AUNADO A UNA CIRCUNSTANCIA PARTICULAR QUE SE PREVÉ EL USO DE LA FUERZA EN CONTRA DE LOS PROFESORES QUE PERTENECEN A LA CNTE Y QUE SE ENCUENTRAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, NO EN EL ESTADO DE MÉXICO, POR TANTO NO SERIA SU COMPETENCIA Y EN CASO DE PARTICIPAR EN EL MISMO CARECERÍA DE LEGITIMIDAD, SIRVEN DE REFERENTE LAS SIGUIENTES PAGINAS WEB: http://www.24-horas.mx/alerta-monreal-operativo-de-desalojo-de-la-cnte-este-fin-de-semana/ http://www.elarsenal.net/2013/08/29/fin-de-semana-desalojo-y-aprehension-de-dirigentes-de-la-cnte-segun-ricardo-monreal/ http://www.cronicadelpoder.com/poder-legislativo/201308/monreal-alerta-operativo-de-desalojo-cnte-el-fin-de-semana http://www.24-horas.mx/eruviel-avila-pide-aplicar-estado-de-derecho-por-marchas-de-la-cnte/ http://www.24-horas.mx/alerta-monreal-operativo-de-desalojo-de-la-cnte-este-fin-de-semana/ http://www.elarsenal.net/2013/08/29/fin-de-semana-desalojo-y-aprehension-de-dirigentes-de-la-cnte-segun-ricardo-monreal/ http://www.cronicadelpoder.com/poder-legislativo/201308/monreal-alerta-operativo-de-desalojo-cnte-el-fin-de-semana DEBE TENERSE PRESENTE QUE EL ESTADO MEXICANO, DERIVADO DE LAS REFORMAS EN DERECHOS HUMANOS, DOTO DE DIVERSAS ATRIBUCIONES LEGALES PARA QUE LAS INSTITUCIONES ACTÚEN CUANDO SE VEAN TRANSGREDIDOS LOS MISMOS, SIENDO EL HECHO EXPUESTO, HACE CONCLUIR QUE EL SUJETO OBLIGADO DEBE POSEER LA INFORMACIÓN QUE SE LE REQUIERE SEA TRANSPARENTADA, ESTO ES EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO ES UN ELEMENTO ACTIVO PARA QUE SE AUTORICEN Y/O SUPERVISEN Y/O REALICEN LAS ACTIVIDADES Y/O CIRCUNSTANCIAS Y/O HECHOS DESCRITOS A LO LARGO DEL PLANTEAMIENTO EXPUESTO EN LA INFORMACIÓN SOLICITADA.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “ATENDIENDO A LOS PRINCIPIOS LEGALES DE FEDERALISMO Y/O REPÚBLICA FEDERAL, SOBERANÍA ESTATAL, COMPETENCIA Y ATRIBUCIONES LEGALES, ASÍ COMO EL ATENDER QUE EL CONGRESO ESTATAL ES LA REPRESENTACIÓN POPULAR, ASI COMO AL PODER JUDICIAL DEL ESTADOM DE MEXICO, QUIENES BAJO EL PRINCIPIO DE DIVISION DE PODERES, INRRENUNCIABLEMENTE SON EL GARANTE Y/O CONTRAPESO AL EJERCICIO GUBERNAMENTAL DISTORSIONADO, EN SU CASO, DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, POR TANTO, SOLICITO TODA LA INFORMACIÓN (EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA) SOBRE LA AUTORIZACIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN Y/O ORDEN Y/O COMUNICACIÓN Y/O SIMILAR O RELATIVO, SOBRE LA PRESENCIA DE LOS ELEMENTOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, QUE RESGUARDAN O TIENEN PRESENCIA (PARA CUALQUIER TIPO DE ACCIÓN O FINALIDAD) EN EL RECINTO LEGISLATIVO FEDERAL, EN SAN LAZARO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DURANTE LOS DÍAS 26 DE AGOSTO DE 2013 Y DÍAS SUBSECUENTES, HASTA EL DÍA 1, 2 Y DEMÁS DÍAS DE SEPTIEMBRE DE 2013, CONSIDERANDO QUE ESTOS ACTOS O CIRCUNSTANCIA NO PODRÍA DARSE PUES QUEDA FUERA DEL TERRITORIO DEL ESTADO DE MÉXICO, SINO ES CON EL AVAL, VISTO BUENO Y/O AUTORIZACIÓN Y/O ORDEN DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, PERO QUE ESTA DEBE ESTAR SUJETO A LO QUE DISPONGA Y/O SE PRONUNCIE Y/O AUTORICE EL CONGRESO ESTATAL Y/O PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Y/O REPRESENTACIÓN POPULAR ESTATAL, PUES EN CASO CONTRARIO ES UNA EVIDENTE TRANGRESIÓN DEL ESTADO DE DERECHO Y LA LEGALIDAD, CONSTITUYÉNDOSE EN UN ACTO ILEGITIMO. SIRVEN DE BASE LAS SIGUIENTES PAGINAS WEB QUE DAN CUANTA DEL HECHO: http://monterrey.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/2a283b14e6ed2afeafc9faa8a51a78d5 http://www.elfinanciero.com.mx/secciones/politicasociedad/30385.html http://www.hoyestado.com/nota.php?id=16231 http://alfadiario.tv/alfa/noticias/32222/Eruviel+pide+represi%26oacute%3Bn+a+la+CNTE APELO A LA TRANSPARENCIA A LA QUE SE DEBE EL SUJETO OBLIGADO PARA QUE ME SEA ENTREGADA TODA LA INFORMACIÓN, Y MÁS AUN, A LA DEVOCIÓN CASI OBSESIVA QUE DICEN TENER QUIENES INTEGRAN AL SUJETO OBLIGADO, PUES LO EXPRESAN EN CADA MOMENTO PÚBLICO EN EL QUE PARTICIPAN” (sic) Aunado a la aclaración que proporcionó para facilitar la búsqueda de la información que hizo consistir en: “EL MARCO NORMATIVO CON EL QUE SE RELACIONA EL SUJETO OBLIGADO, AUNADO A UNA CIRCUNSTANCIA PARTICULAR QUE SE PREVÉ EL USO DE LA FUERZA EN CONTRA DE LOS PROFESORES QUE PERTENECEN A LA CNTE Y QUE SE ENCUENTRAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, NO EN EL ESTADO DE MÉXICO, POR TANTO NO SERIA SU COMPETENCIA Y EN CASO DE PARTICIPAR EN EL MISMO CARECERÍA DE LEGITIMIDAD, SIRVEN DE REFERENTE LAS SIGUIENTES PAGINAS WEB: EL MARCO NORMATIVO CON EL QUE SE RELACIONA EL SUJETO OBLIGADO, AUNADO A UNA CIRCUNSTANCIA PARTICULAR QUE SE PREVÉ EL USO DE LA FUERZA EN CONTRA DE LOS PROFESORES QUE PERTENECEN A LA CNTE Y QUE SE ENCUENTRAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, NO EN EL ESTADO DE MÉXICO, POR TANTO NO SERIA SU COMPETENCIA Y EN CASO DE PARTICIPAR EN EL MISMO CARECERÍA DE LEGITIMIDAD, SIRVEN DE REFERENTE LAS SIGUIENTES PAGINAS WEB: http://www.24-horas.mx/alerta-monreal-operativo-de-desalojo-de-la-cnte-este-fin-de-semana/ http://www.elarsenal.net/2013/08/29/fin-de-semana-desalojo-y-aprehension-de-dirigentes-de-la-cnte-segun-ricardo-monreal/ http://www.cronicadelpoder.com/poder-legislativo/201308/monreal-alerta-operativo-de-desalojo-cnte-el-fin-de-semana http://www.24-horas.mx/eruviel-avila-pide-aplicar-estado-de-derecho-por-marchas-de-la-cnte/ http://www.24-horas.mx/alerta-monreal-operativo-de-desalojo-de-la-cnte-este-fin-de-semana/ http://www.elarsenal.net/2013/08/29/fin-de-semana-desalojo-y-aprehension-de-dirigentes-de-la-cnte-segun-ricardo-monreal/ http://www.cronicadelpoder.com/poder-legislativo/201308/monreal-alerta-operativo-de-desalojo-cnte-el-fin-de-semana DEBE TENERSE PRESENTE QUE EL ESTADO MEXICANO, DERIVADO DE LAS REFORMAS EN DERECHOS HUMANOS, DOTO DE DIVERSAS ATRIBUCIONES LEGALES PARA QUE LAS INSTITUCIONES ACTÚEN CUANDO SE VEAN TRANSGREDIDOS LOS MISMOS, SIENDO EL HECHO EXPUESTO, HACE CONCLUIR QUE EL SUJETO OBLIGADO DEBE POSEER LA INFORMACIÓN QUE SE LE REQUIERE SEA TRANSPARENTADA, ESTO ES EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO ES UN ELEMENTO ACTIVO PARA QUE SE AUTORICEN Y/O SUPERVISEN Y/O REALICEN LAS ACTIVIDADES Y/O CIRCUNSTANCIAS Y/O HECHOS DESCRITOS A LO LARGO DEL PLANTEAMIENTO EXPUESTO EN LA INFORMACIÓN SOLICITADA.” (sic) Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, en ejercicio de sus atribuciones no tiene competencia para ejercer el mando de las instituciones policiales de ésta entidad federativa, por tal motivo, no es posible proporcionarle la información requerida. En ese sentido, de conformidad con lo que dispone el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generan y obre en sus archivos, luego entonces, si este Poder Judicial no genera la información requerida, no es factible atender favorablemente la petición. A pesar de lo anterior, en ejercicio del principio de orientación y a fin de no entorpecer la efectividad del derecho de acceso a la información pública del solicitante, respetuosamente se invita a éste último a que dirija su solicitud a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

162

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 02/09/2013
Folio de la Solicitud: 00162/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Buenos días, por el medio solicito a usted la siguiente información: Indices delictivos de las meses de junio, julio, agosto, septiembre,octubre, noviembre y diciembre del año dos mil doce, del municipio Cuautitlán Izcalli, los indices que señalen la cantidad de los siguientes delitos: Indices que señalen la cantidad de delitos relativos a los siguientes: -Robo a transporte Público -Robo a transporte de carga -Robo a peatón -Lesiones -Violación -Daños en los bienes -Ultrajes -Secuestro -Homicidios -Robo de vehículos -Robo de auto partes -Robo a casa habitación -Robo a negocio -Robo a empresa Indices delictivos de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del año dos mil trece del municipio Cuautitlán Izcall, los indices que señalen la cantidad de los siguientes delitos: -Robo a transporte Público -Robo a transporte de carga -Robo a peatón -Lesiones -Violación -Daños en los bienes -Ultrajes -Secuestro -Homicidios -Robo de vehículos -Robo de auto partes -Robo a casa habitación -Robo a negocio -Robo a empresa Indices delictivos.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “Buenos días, por el medio solicito a usted la siguiente información: Indices delictivos de las meses de junio, julio, agosto, septiembre,octubre, noviembre y diciembre del año dos mil doce, del municipio Cuautitlán Izcalli, los indices que señalen la cantidad de los siguientes delitos: Indices que señalen la cantidad de delitos relativos a los siguientes: -Robo a transporte Público -Robo a transporte de carga -Robo a peatón -Lesiones -Violación -Daños en los bienes -Ultrajes -Secuestro -Homicidios -Robo de vehículos -Robo de auto partes -Robo a casa habitación -Robo a negocio -Robo a empresa Indices delictivos de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del año dos mil trece del municipio Cuautitlán Izcall, los indices que señalen la cantidad de los siguientes delitos: -Robo a transporte Público -Robo a transporte de carga -Robo a peatón -Lesiones -Violación -Daños en los bienes -Ultrajes -Secuestro -Homicidios -Robo de vehículos -Robo de auto partes -Robo a casa habitación -Robo a negocio -Robo a empresa” (sic) Aunado a los detalles que proporciona para facilitar la búsqueda de la información que hace consistir en: “Indices delictivos.” (sic) Es oportuno referirle que de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, no existen facultades o atribuciones que le permitan a este órgano del Poder Público, elaborar estadísticas relacionadas con el índice delictivo con motivo de la comisión de los delitos cometidos en ésta entidad federativa o en alguno de sus municipios y denunciados ante el ministerio público. Por lo tanto no es posible proporcionar la información en los términos requeridos. Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita a la particular a que dirija su petición a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

163

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/09/2013
Folio de la Solicitud: 00163/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Preguntas al día de la fecha de recepción de la presente solicitud y referentes a su entidad federativa. 1.- ¿Cuentan con Ley de Ejecución de Sanciones Penales o su equivalente en su entidad federativa? 1.1.- ¿Es nueva conforme a la Reforma Constitucional de 2008 o solo fue reformada la ley anterior? 1.2.- ¿Cuál es su denominación correcta? 2.- ¿Con cuántos Jueces de Ejecución de Sanciones Penales o sus equivalentes hay en el Estado? 3.- ¿Cuántos Beneficios de Monitoreo Electrónico a Distancia o su equiparable, han sido otorgados? 3.1.- ¿Cuál es la denominación correcta de dicho beneficio penitenciario? 3.2.- ¿Cuál es el procedimiento para su obtención? 3.3.- ¿Qué empresa provee dichos brazaletes o de qué marca son? 3.4.- ¿Son comprados o arrendados? 3.5.- ¿Cuál es el costo por su uso? 3.6.- ¿Quién cubre el costo del aparato? 3.7.- ¿Existe algún subsidio Estatal o de otra índole?

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “Preguntas al día de la fecha de recepción de la presente solicitud y referentes a su entidad federativa. 1.- ¿Cuentan con Ley de Ejecución de Sanciones Penales o su equivalente en su entidad federativa? 1.1.- ¿Es nueva conforme a la Reforma Constitucional de 2008 o solo fue reformada la ley anterior? 1.2.- ¿Cuál es su denominación correcta? 2.- ¿Con cuántos Jueces de Ejecución de Sanciones Penales o sus equivalentes hay en el Estado? 3.- ¿Cuántos Beneficios de Monitoreo Electrónico a Distancia o su equiparable, han sido otorgados? 3.1.- ¿Cuál es la denominación correcta de dicho beneficio penitenciario? 3.2.- ¿Cuál es el procedimiento para su obtención? 3.3.- ¿Qué empresa provee dichos brazaletes o de qué marca son? 3.4.- ¿Son comprados o arrendados? 3.5.- ¿Cuál es el costo por su uso? 3.6.- ¿Quién cubre el costo del aparato? 3.7.- ¿Existe algún subsidio Estatal o de otra índole?” Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, no genera un documento específico o detallado con el grado de disgregación requerido; sin embargo, en ejercicio del principio de orientación al cual están obligadas las instituciones, me permito hacer de su conocimiento que dentro de la información que de oficio publica el Poder Judicial a través de su página de Internet, podrá consultar la información solicitada que no se procesa al detalle requerido, pero donde es posible que se contengan algunos de los datos requeridos. Al efecto, se indican los pasos siguientes: Por un lado, en la pestaña órganos jurisdiccionales del menú principal, podrá seleccionar la opción directorio y abrir el archivo denominado juzgados. Por otra parte, en la pestaña transparencia del menú principal, al seleccionar, primero, la opción información pública y, segundo, la opción Fracción I: Marco Jurídico y Normativo, aparece el submenú Leyes Locales en cuyo numeral 1 podrá abrir el archivo denominado Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México. También aparece el submenú Reglamentos/Bases/Lineamientos en cuyo numeral 3 podrá abrir el archivo denominado Reglamento Interior de los Juzgados de Ejecución de Sentencias. Finalmente, cabe precisar que la información en comento se encuentra disponible para consulta en www.pjedomex.gob.mx
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

14/10/2013

164

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 09/09/2013
Folio de la Solicitud: 00164/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

ESTADISTICAS DE FEMINCIDIO EN EL ESTADO DE MEXICO DE 2006 AL 2012

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “ESTADISTICAS DE FEMINCIDIO EN EL ESTADO DE MEXICO DE 2006 AL 2012” (sic) Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, no genera una estadística específica o detallada con el grado de disgregación requerido; los datos con los que institucionalmente se cuenta, se plasman en el informe anual de labores que presenta el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, consultable en la página electrónica oficial www.pjedomex.gob.mx particularmente en el menú de transparencia, submenú de información pública, rubro de Programas de trabajo e informes anuales de actividades. Ahora bien, el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, dispone que: Los Sujetos Obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos. No estarán obligados a procesarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones. Disposición que esencia establece como obligación de la institución entregar la información que sea requerida, siempre que sea generada o se encuentre en posesión de la misma, pero esta entrega, es en los términos con la cual se cuente, pues al no tener obligación de procesarla, se da cumplimiento a la transparencia, entregando la información fuente con la que se cuente. En otras palabras, para atender la solicitud planteada, sería necesario procesar los datos con los que institucionalmente se cuenta y construir un documento ad hoc (especial) para dar atención al requerimiento del particular, lo cual, como ha quedado fundado no es atribución de las instituciones. En ese sentido, en cumplimiento al principio de orientación, se hace referencia a la peticionaria, que los datos estadísticos con los que se cuenta institucionalmente se plasman en el informe anual de labores antes aludido, donde la parte solicitante puede consultarlos. Por su parte, en ejercicio del principio de máxima publicidad, es oportuno comentar que los órganos jurisdiccionales, entregan un informe estadístico mensual, que no se procesan al detalle requerido, pero donde es posible que se contengan algunos de los datos requeridos. Informes que para atender la solicitud que ahora se contesta, se pueden poner a disposición de la solicitante para que de manera directa ubique los datos que sean de su interés. Ahora bien, dado que la información requerida se relaciona con el delito de feminicidio, cuyo impacto se puede relacionar con alguno de los procesos judiciales de los cuales conocen los juzgados y tribunales del Poder Judicial Mexiquense, resulta necesario que las estadísticas que se pongan a su disposición sean de los procesos penales. Bajo ese tenor, si bien no es posible proporcionar la información con el grado de disgregación requerido, esta institución está en posibilidad de poner a su disposición las estadísticas mensuales que rinden los juzgados y tribunales de la entidad, de los cuales, la peticionaria puede hacer el análisis respectivo, identificar la información que requiere y en su caso procesar los datos correspondientes. Sin embargo las estadísticas referidas, no pueden ponerse a su disposición a través del SAIMEX, porque se integran en un volumen aproximado de entre 36,000 a 54,000 hojas por año, puesto que los juzgados que rinden este informe son más de 300, y cada uno de los informes se integra entre 10 y 15 hojas por mes. Considerando que la peticionaria requiere tales datos a partir de enero de 2006 a diciembre de 2012, es decir de ochenta y cuatro meses, la información global se integra en promedio de entre 252,000 a 378,000 hojas. Sin embargo, la peticionaria puede consultarlas, previa identificación, en las oficinas que ocupa la Unidad de Información, ubicadas en el edificio denominado Casa del Poder Judicial, sito en la calle de Pedro Ascencio, esquina con Sebastián Lerdo de Tejada, Colonia La Merced y Alameda, de la Ciudad de Toluca, con un horario de 9:00 a 18:00 horas y de acuerdo al calendario oficial de labores del Poder Judicial del Estado, consultable en la página electrónica referida en párrafos anteriores. Con ello, se da atención a la solicitud, puesto que, poner a disposición los documentos base de los cuales se genera la estadística institucional, no entra en conflicto con el derecho de acceso a la información consagrado en la ley de la materia.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

14/10/2013

165

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/09/2013
Folio de la Solicitud: 00165/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Con base en el artículo sexto constitucional, solicito el Currículum Vitae de Adriana Cabrera Santana y el salario que percibió cuando fue fiscal especial en la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

166

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/09/2013
Folio de la Solicitud: 00166/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Con base en el artículo sexto constitucional, solicito el Currículum Vitae de Adriana Cabrera Santana y el salario que percibió cuando fue fiscal especial en la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

167

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 10/09/2013
Folio de la Solicitud: 00167/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Con base en el artículo sexto constitucional, solicito el Currículum Vitae de Adriana Cabrera Santana y el salario que percibió cuando fue fiscal especial en la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

168

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/09/2013
Folio de la Solicitud: 00168/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Solicito copias simples de la Certificación que debió otorgarle el Poder Judicial del estado de México en materia de Mediación y Conciliación, al actual Coordinador de Mediación Antonio Márquez Mejía, requisito indispensable para ocupar el puesto. Lo anterior con la finalidad de acreditar que cubre con todos los requisitos que la Ley de Medición, Conciiliación y Promoción para la Paz Social del Estado de México y el Reglamento de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Municipio de Tlalnepantla de Baz exigen para ocupar el puesto que desempeña.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

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Fecha Actualización:

14/10/2013

169

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 17/09/2013
Folio de la Solicitud: 00169/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

ESTADO ACTUAL QUE GUARDA LA AVERIGUACIÓN N° 574620129312 Y LA 574620630111612 AMBAS DEBERÍAN ENCONTRARSE EN EL REGISTRO DEL MINISTERIO PUBLICO CON CEDE EN EL MUNICIPIO DE DONATO GUERRA, ASÍ COMO UNA COPIA DE LAS MISMAS. SON DEMANDAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, Y PARECE SER QUE EL NUMERO DE MINISTERIO PUBLICO ES ADSCRITO A VALLE DE BRAVO.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “ESTADO ACTUAL QUE GUARDA LA AVERIGUACIÓN N° 574620129312 Y LA 574620630111612 AMBAS DEBERÍAN ENCONTRARSE EN EL REGISTRO DEL MINISTERIO PUBLICO CON CEDE EN EL MUNICIPIO DE DONATO GUERRA, ASÍ COMO UNA COPIA DE LAS MISMAS.” (sic) Aunado a los detalles que proporciona para facilitar la búsqueda de la información que hace consistir en: “SON DEMANDAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, Y PARECE SER QUE EL NUMERO DE MINISTERIO PUBLICO ES ADSCRITO A VALLE DE BRAVO.” (sic) Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, en ejercicio de sus atribuciones no tiene facultades o atribuciones que le permitan dar seguimiento a las averiguaciones previas o carpetas de investigación, por tal motivo, no es posible proporcionarle la información requerida. En ese sentido, de conformidad con lo que dispone el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generan y obre en sus archivos, luego entonces, si este Poder Judicial no genera la información requerida, no es factible atender favorablemente la petición. A pesar de lo anterior, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita al particular a que dirija su solicitud a la Procuraduría General de Justicia del Estado, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

170

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 17/09/2013
Folio de la Solicitud: 00170/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Dado que el Coordinador de Mediación del ayuntamiento de Tlanepantla de Baz no cuenta con la correspondiente certificación para ocupar el puesto que desempeña, bajo el argumento de que la escuela judicial no ha convocado en este año 2013 a algún curso para obtener dicha certificación, es por lo que solicito me indiquen la fecha de la más reciente convocatoria lanzada por la Escuela Judicial para obtener la certificación mencionada. También solicito me indiquen las certificaciones que en materia de Conciliación y Mediación se hayan expedido al personal del ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz y de existir éstas, solicito me entreguen copias de dichas certificaciones, principalmente del personal adscrito al Centro de Mediación del citado ayuntamiento.

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida, con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos remitir archivo adjunto.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

171

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/09/2013
Folio de la Solicitud: 00171/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Se solicita información en archivo digital correspondiente al Juicio Administrativo con número de expediente 550/2012 ubicado en el Juzgado 69 Civil

Respuesta:

En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente: Se advierte de su solicitud, que requiere: “Se solicita información en archivo digital correspondiente al Juicio Administrativo con número de expediente 550/2012 ubicado en el Juzgado 69 Civil” (sic) Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, en ejercicio de sus atribuciones no tiene competencia para conocer de controversias en materia administrativa, por tal motivo, no es posible proporcionarle la información requerida. En ese sentido, de conformidad con lo que dispone el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generan y obre en sus archivos, luego entonces, si este Poder Judicial no genera la información requerida, no es factible atender favorablemente la petición. A pesar de lo anterior, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita al particular a que dirija su solicitud al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, quien es probable cuente con los datos peticionados.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

172

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/09/2013
Folio de la Solicitud: 00172/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

solicito copia simple digitalizada a través del sistema electrónico saimex de los comprobantes documentales que respaldan y/o justiican el pago de salarios y prestaciones a cada uno de los mandos medios y superiores del sujeto obligado correspondientes a la primera quincena de septiembre de 2013

Respuesta:


Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

14/10/2013

173

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 23/09/2013
Folio de la Solicitud: 00173/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Les solicito me entreguen copia en formato digital del documento CONTROL de ÓRDENES DE INSERCIÓN de PUBLICIDAD o documento EQUIVALENTE, y se incluya tanto medios impresos, como internet, televisión y radio, de los siguientes periodos: a) 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 b) 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 c) 1 de enero de 2013 a la fecha en que se dé respuesta a esta solicitud de información, o la fecha más cercana posible a la fecha en que se dé respuesta a esta solicitud de información. Como es común en la normatividad, en el CONTROL de ÓRDENES DE INSERCIÓN de PUBLICIDAD o su EQUIVALENTE deben incluirse los siguientes rubros: 1.- Número de orden de inserción 2.- Fecha de orden de inserción 3.- Medio 4.- Concepto 5.- Tamaño 6.- Importe con IVA incluido 7.- Número de cuenta por pagar

Respuesta:


Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

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Fecha Actualización:

14/10/2013

174

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 24/09/2013
Folio de la Solicitud: 00174/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Modificaciones por fusión, eliminación o creación de los Juzgados Civiles de Primera Instancia de los diversos distritos judiciales en el Estado de México, en el periodo comprendido de 1990 a 2013

Respuesta:

En atención a su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen tal y como se genera o se encuentra en sus archivos, sin que sea atribución u obligación institucional procesar datos o practicar investigaciones, tendentes a satisfacer la petición de información de los particulares. A la fecha, el poder judicial no cuenta con archivos en donde conste la información procesada al detalle requerido por lo que para arribar a ella sería necesario practicar una investigación y construir un documento especial (ad hoc) lo cual, como se ha fundado en la legislación respectiva, no es atribución institucional. Bajo ese tenor, si bien no es posible proporcionar la información con el grado de disgregación requerido, en ejercicio del principio de máxima publicidad, esta institución está en posibilidad de poner a su disposición los documentos que contienen la información requerida para consulta “in situ”, es decir, los Libros de Actas, tanto del Pleno del Tribunal Superior de Justicia de los años 1990 a 1995 como del Pleno del Consejo de la Judicatura de los años 1995 a 2013, con el propósito de que la parte interesada realice la búsqueda de la información que requiere. Dicha información no puede ponerse a su disposición a través del SAIMEX, porque se integra en un volumen aproximado de 112 libros con 300 fojas cada uno, razón por la cual, subirlas al sistema informático referido es prácticamente imposible. Sin embargo, la peticionaria puede llevar a cabo la consulta, previa identificación oficial y conforme a las reglas establecidas por el área resguardante de la información requerida, en las oficinas que ocupa la Secretaría General de Acuerdos, ubicadas en el edificio denominado Palacio de Justicia, sito en la calle Nicolás Bravo Norte 201 Colonia Centro, Toluca, Estado de México en un horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes y conforme al calendario oficial de labores publicado en la página www.pjedomex.gob.mx Con ello, se da atención a la solicitud, puesto que, poner a disposición los documentos que contienen la información requerida, no entra en conflicto con el derecho de acceso a la información consagrado en la ley de la materia.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

175

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 24/09/2013
Folio de la Solicitud: 00175/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Estadística de las sentencias absolutorias y condenatorias que ha emitido el Poder Judicial Estatal, relativas al delito de Feminicidio, dentro del período 2010 a 2013 Estadística, datos por mes y año.

Respuesta:

En atención a su solicitud, le comento que de conformidad con lo que dispone el artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones sólo están obligadas a proporcionar la información que generen tal y como obre en sus archivos, sin que sea atribución u obligación institucional procesar datos o practicar cálculos, tendentes a satisfacer la petición de información de los particulares. En ese sentido, vale la pena referirle que el Poder Judicial, en ejercicio de sus atribuciones, no genera hasta este momento, específicamente una estadística relacionada con los datos peticionados; si bien, de manera mensual los órganos jurisdiccionales en materia penal rinden un informe estadístico, los mismos no se procesan con ese grado de detalle. Aun más, los datos que son procesados se integran a los informes de labores del presidente del Tribunal Superior de Justicia, consultables en la página www.pjedomex.gob.mx; sin embargo, se insiste, sólo se reportan algunos datos que son extraídos de las estadísticas mensuales, como son asuntos iniciados y asuntos concluidos, entre otros. Aún más, recientemente está operando en la mencionada página una aplicación relacionada con la estadística judicial disponible para consulta en la liga siguiente: http://www.pjedomex.gob.mx/web2/estgen/php/inicio.php Por lo tanto, los datos a que se hace mención, puede consultarlos vía Internet por tratarse de información pública, en la página electrónica antes señalada, particularmente en la pantalla principal se ubica un icono relacionado con el Tercer Informe de Labores 2012, y ahí se contienen el primero correspondiente al año 2010 y, el segundo, correspondiente al año 2011. Por su parte, respecto a la estadística mensual a la que se ha hecho referencia en párrafos anteriores, es posible que se pueda determinar los datos requeridos; sin embargo, para llegar a esos datos, se tendrían que procesar los informes, hacer las sumas y en consecuencia generar un documento ad hoc (específico), para atender la solicitud planteada, lo cual es contrario a la disposición legal previamente referida, es decir, no existe la obligación institucional de procesar datos, sino únicamente de entregar la información como se genera y como consta en los archivos institucionales. Bajo ese tenor, si bien no es posible proporcionar la información con el grado de disgregación requerido, en ejercicio del principio de máxima publicidad, esta institución está en posibilidad de poner a su disposición las estadísticas mensuales que rinden los juzgados penales, de las cuales, los peticionarios pueden hacer el análisis respectivo, procesar los datos correspondientes y en su caso, identificar la información que sea de su interés. Las estadísticas antes mencionadas, no pueden ponerse a su disposición a través del SAIMEX, porque se integran en un volumen aproximado de más de 500 hojas por año, razón por la cual, subirlas al sistema informático referido es prácticamente imposible. Sin embargo, la peticionaria puede consultarlas en las oficinas que ocupa la Unidad de Información, ubicadas en el edificio denominado Casa del Poder Judicial, sito en la calle de Pedro Ascencio, esquina con Sebastián Lerdo de Tejada, Colonia La Merced y Alameda, de la Ciudad de Toluca, Estado de México con un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

176

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/09/2013
Folio de la Solicitud: 00176/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

el calendario de actividades del año 2013 (días hábiles e inhábiles) del Centro de Convivencias de Ecatepec

Respuesta:

En atención a su solicitud y de conformidad con lo que dispone el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, me permito hacer de su conocimiento que dentro de la información que de oficio publica el Poder Judicial a través de su página de Internet podrá consultar los datos solicitados. Al efecto, se indican los pasos siguientes: En la pestaña transparencia del menú principal, al seleccionar, primero, la opción información pública y, segundo, la opción Fracción I: Marco Jurídico y Normativo, podrá abrir el archivo denominado circulares 2012, cuyo numeral 31 contiene el calendario oficial de labores de ésta institución. Finalmente, cabe precisar que la información en comento se encuentra disponible para consulta en www.pjedomex.gob.mx
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

177

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/09/2013
Folio de la Solicitud: 00177/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Jurisdicción del órgano jurisdiccional con domicilio en Nicolás Bravo s/n, Colonia La Mora, C.P. 55030 Ecatepec de Morelos, Estado de México.

Respuesta:

En atención a su solicitud y de conformidad con lo que dispone el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, me permito hacer de su conocimiento que dentro de la información que de oficio publica ésta institución a través de su página de Internet podrá consultar la denominación y la competencia por razón de territorio tanto de las salas como de los juzgados que integran el Poder Judicial del Estado de México. Al efecto, se indican los pasos siguientes: Por un lado, en la pestaña órganos jurisdiccionales del menú principal, podrá seleccionar la opción directorio y abrir dos archivos denominados: uno Juzgados, y otro Salas. Por otra parte, en la pestaña transparencia del menú principal, al seleccionar, primero, la opción información pública y, segundo, la opción Fracción I: Marco Jurídico y Normativo, podrá abrir el archivo denominado: leyes locales, cuyo numeral 1 contiene la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México. Finalmente, cabe precisar que la información en comento se encuentra disponible para consulta en www.pjedomex.gob.mx
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

178

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/09/2013
Folio de la Solicitud: 00178/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Se solicita información de la controversia del orden familiar de pensión alimenticia del Juzgado Sexto de lo Familiar del Distrito de Tlanepantla de Baz, Estado de México con número de expediente 074/2013 Actor : Ivonne Sandoval Beltran. Juzgado Sexto de lo Familiar, Distrito Tlanepantla de Baz

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

179

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/09/2013
Folio de la Solicitud: 00179/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Se solicita información de la controversia del orden familiar de pensión alimenticia del Juzgado Sexto de lo Familiar del Distrito de Tlanepantla de Baz, Estado de México con número de expediente 074/2003 Actor : Ivonne Sandoval Beltran Juzgado Sexto de lo familiar Distrito Tlanepantla de Baz

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

180

Tipo Solicitud:

Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/09/2013
Folio de la Solicitud: 00180/PJUDICI/IP/2013

Información requerida:

Se solicita información de la controversia del orden familiar de pensión alimenticia del Juzgado Sexto de lo Familiar del Distrito de Tlanepantla de Baz, Estado de México con número de expediente 1516/2009 Actor : Josefina Moreno David Juzgado Sexto de lo Familiar, Distrito Tlanepantla de Baz

Respuesta:

No presento aclaración complementación o corrección de datos de la solicitud
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No

Documento soporte:

Unidad administrativa que detenta la información:


Fecha Actualización:

14/10/2013

Mostrando 151 al 180 de 233 registros
Solicitudes Recibidas y Atendidas
2013

Fracción IV
Ultima actualización
jueves 27 de marzo de 2014 17:41, horas
KARLA VERONICA VILLEGAS HODGERS DIRECTOR DE ÁREA
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