| De conformidad con lo establecido en los artículos 4 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, así como 229 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, el Tribunal de Justicia Administrativa de la Entidad es un órgano autónomo e independiente de cualquier autoridad y dotado de plena jurisdicción para emitir y hacer cumplir sus resoluciones. Tiene por objeto, dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre la Administración Pública del Estado, municipios y organismos auxiliares con funciones de autoridad y los particulares. Así como las facultades establecidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México para el caso de la aplicación de sanciones en los supuestos de responsabilidades administrativas graves.
Por lo tanto, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, no cuenta con mecanismos de participación ciudadana, de modo que no lleva a cabo políticas públicas, ni toma decisiones respecto de las mismas o su implementación, precisando que la información requerida en esta fracción no esta especificada en las facultades, competencias y funciones de este organismo jurisdiccional.
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