Dirección electrónica donde podrán recibir solicitudes, así como las solicitudes recibidas y atendidas. Fracción XVII del 2015
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11 de 11 registros
Registro: 001
Tipo Solicitud :
2
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
07/01/2015
Folio de la Solicitud :
00001/ST/AD/2015
Información requerida :
Hoja de defunsion, Cuentas de banco,Acta de nacimiento,
Respuesta a la solicitud :
Con fundamento en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; se le requiere aclarar, precisar o complementar su solicitud.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte: Respuesta 001 ADP.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Módulo de Información
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:09:40
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 002
Tipo Solicitud :
4
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
12/01/2015
Folio de la Solicitud :
00001/ST/CD/2015
Información requerida :
mi nombre direccion telefono y todos mis datos personales que se encuentren en los archivos y bses de datos de la contraloria interna de la secretaria del trabajo
Respuesta a la solicitud :
El particular se inconformó con la respuesta de no competencia; por lo que se interpuso recurso de Informe de Justificación. El INFOEM resolvió a favor de la Secretaría del Trabajo.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte: Respuesta 00001 No Competencia.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Unidad de Informática y Documentación
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:11:28
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 003
Tipo Solicitud :
1
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
06/03/2015
Folio de la Solicitud :
00001/ST/IP/2015
Información requerida :
ACCESO A LA INFORMACIÓN DIRIGIDO A LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO 1.- ¿CUANTOS EXPEDIENTES LABORALES TIENE EN ETAPA DE EJECUCIÓN EN CONTRA DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL HASTA EL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2015? 2.- CONFORME A LA LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS, ¿CUALES SON LOS TRES PRINCIPALES TIPOS DE BIENES (CUENTAS BANCARIAS, BIENES MUEBLES, PARTICIPACIONES, FONDOS, ETC.) QUE MÁS LE HAN EMBARGADO AL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL? 3.- CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 251 DE LA LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS QUE A LA LETRA DICE: ARTÍCULO 251.- SIEMPRE QUE EN EJECUCIÓN DE UN LAUDO O CONVENIO, DEBA ENTREGARSE UNA SUMA DE DINERO O EL CUMPLIMIENTO DE UN DERECHO AL SERVIDOR PÚBLICO, EL PRESIDENTE CUIDARÁ QUE SE LE OTORGUE PERSONALMENTE. LOS TITULARES DE LAS INSTITUCIONES O DEPENDENCIAS Y LOS SUJETOS A ESTA LEY, SE ATENDRÁN A LO DISPUESTO POR LOS LAUDOS Y CONVENIOS, ORDENANDO, EN SU CASO EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES SUELDOS O CUALQUIER PRESTACIÓN EN DINERO QUE SE DETERMINE EN ELLOS, PREVIO EL ESTABLECIMIENTO DE UNA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA PARA LA LIQUIDACIÓN RESPECTIVA. EL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO SUPERVISARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN RELACIONADA CON LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA Y ESTABLECERÁ LAS RESPONSABILIDADES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. QUIERO SABER ¿EN CUANTOS JUICIOS HA EMBARGADO LA PARTIDA PRESUPUESTAL QUE MENCIONA EL ARTÍCULO 251?
Respuesta a la solicitud :
se hace de su conocimiento la respuesta que emite la Unidad Administrativa correspondiente: “1.- Sobre la pregunta: ¿Cuantos expedientes laborales tiene en etapa de ejecución en contra del H. Ayuntamiento Constitucional de Coacalco de Berriozábal hasta el mes de febrero del año 2015? La Oficina Auxiliar de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo ubicada en Tlalnepantla, es la encargada de atender los juicios en contra del H. Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal, México, en la Sala Auxiliar del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, la cual reporta que se tienen cuatro juicios en ejecución, en contra del citado Ayuntamiento, hasta el mes de febrero del año 2015.
2.- En cuanto al segundo cuestionamiento: conforme a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, ¿cuáles son los tres principales tipos de bienes (cuentas bancarias, bienes muebles, participaciones, fondos, etc.) que más le han embargado al H. Ayuntamiento Constitucional de Coacalco de Berriozábal? Ningún tipo de bienes, de los que señala la solicitud de referencia, se han embargado.
3.- Por último demanda: con fundamento en lo dispuesto por el artículo 251 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios que a la letra dice: artículo 251.- siempre que en ejecución de un laudo o convenio, deba entregarse una suma de dinero o el cumplimiento de un derecho al servidor público, el presidente cuidará que se le otorgue personalmente. Los titulares de las instituciones o dependencias y los sujetos a esta ley, se atendrán a lo dispuesto por los laudos y convenios, ordenando, en su caso el pago de las indemnizaciones sueldos o cualquier prestación en dinero que se determine en ellos, previo el establecimiento de una partida presupuestal específica para la liquidación respectiva. El Órgano Superior de Fiscalización del Gobierno del Estado de México supervisará el cumplimiento de la obligación relacionada con la partida presupuestal específica y establecerá las responsabilidades en caso de incumplimiento. quiero saber ¿en cuántos juicios ha embargado la partida presupuestal que menciona el artículo 251? En ningún juicio se ha embargado la partida presupuestal a la que hace referencia el artículo 251 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.”
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 001.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Procuraduría de la Defensa del Trabajo
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:12:05
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 004
Tipo Solicitud :
2
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
10/06/2015
Folio de la Solicitud :
00002/ST/AD/2015
Información requerida :
En una tabla, deseo saber los siguientes datos correspondientes a todos los edificios (Propiedades mayores a 1000 metros cuadrados) que tiene en renta en la Ciudad de Toluca Estado de México, Metepec, Lerma, San mateo Atenco. 1.- Máxima autoridad en dicho edificio o propiedad de la institución con nombre y puesto 2.- Metros cuadrados de construcción y número de cajones de estacionamiento 3.- Dirección completa (calle, número, colonia, población y código postal) 4.-Tipo de contrato de renta (multianual o anual especificar si es otro) 5.- Cuanto cuesta la renta mensual del edificio 6.- Fecha de inicio del contrato 7.- Fecha de término del contrato
Respuesta a la solicitud :
De conformidad a la solicitud, comunico a usted, que la Secretaría del Trabajo, no tiene en renta en la ciudad de Toluca, Metepec, Lerma y San mateo Atenco, ni en propiedad, edificios mayores a 1000 metros cuadrados.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 002 ADP.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Coordinación Administrativa
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:13:34
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 005
Tipo Solicitud :
1
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
11/06/2015
Folio de la Solicitud :
00003/ST/IP/2015
Información requerida :
En una tabla, deseo saber los siguientes datos correspondientes a todos los edificios (Propiedades mayores a 1000 metros cuadrados) que tienen en renta (la secretaria) en la Ciudad de Toluca Estado de México, Metepec, Lerma, San mateo Atenco. 1.- Máxima autoridad en dicho edificio o propiedad de la secretaria con nombre y puesto 2.- Metros cuadrados de construcción y número de cajones de estacionamiento 3.- Dirección completa (calle, número, colonia, población y código postal) 4.-Tipo de contrato de renta (multianual o anual especificar si es otro) 5.- Cuanto cuesta la renta mensual del edificio 6.- Fecha de inicio del contrato 7.- Fecha de término del contrato
Respuesta a la solicitud :
De conformidad a la solicitud, comunico a usted, que la Secretaría del Trabajo, no tiene en renta en la ciudad de Toluca, Metepec, Lerma y San mateo Atenco, ni en propiedad, edificios mayores a 1000 metros cuadrados.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 003.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Coordinación Administrativa
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:14:02
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 006
Tipo Solicitud :
1
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
15/06/2015
Folio de la Solicitud :
00004/ST/IP/2015
Información requerida :
Solicitamos las bases de datos del período comprendido de enero de 2014 a diciembre de 2014 / junio de 2015 que contiene:
1. El listado de personal de educación básica y educación especial que ostenta plaza docente y ejerce otra función.
2. El listado de personal con plaza docente en educación básica y educación especial y que en la actualidad estén comisionados a la sección estatal del SNTE.
3. El listado de los trabajadores de la educación cuya carga horaria sea mayor a 42 horas por semana o 168 horas al mes por el total de todas sus plazas.
4. Listado de personal que se encuentren en edad de jubilación y/o que cuenten con más de 28 años de servicio, que ostente plazas docentes de educación básica y educación especial y que perciba su sueldo de la nómina educativa del Gobierno del Estado, ya sea de recursos federales o estatales.
La información solicitada debe incluir: nombre completo de los servidores públicos, RFC, clave presupuestal del puesto asignado, percepción salarial anual, centro de trabajo (con domicilio y localidad) y fecha de inicio de servicio. Se solicita que la entrega de la información sea en Excel o cualquier sistema de base de datos y no en PDF ya que imposibilita el acceso y análisis de información
Respuesta a la solicitud :
Del análisis de la solicitud de mérito, se desprende que la misma, en términos del Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo; así como, del Manual General de Organización, no es competencia de esta Secretaria; por lo que con fundamento en los artículos 11, 41 y 45 de la Ley en la materia, se hace del conocimiento del solicitante, que el Sujeto Obligado competente para conocer de su solicitud debido a que contempla al magisterio en sus diversas secciones del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), es la Secretaría de Educación del Gobierno Federal, en su caso, en nuestra entidad puede acudir a los Servicios Educativos Integrados al Estado de México (SEIEM) en virtud de que es el área que genera la información solicitada, por lo que se sugiere dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 004.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Unidad de Informática y Documentación
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:14:59
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 007
Tipo Solicitud :
1
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
19/06/2015
Folio de la Solicitud :
00005/ST/IP/2015
Información requerida :
1.- Cuando una persona entra a cubrir un cargo (como el de presidente) temporalmente, bajo que ley,reglamento o pleno se basa el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México para nombrarlo.
Respuesta a la solicitud :
Del análisis de la solicitud de mérito, se desprende que la misma, en términos del Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo; así como, del Manual General de Organización, no es competencia de esta Secretaria; por lo que con fundamento en los artículos 11, 41 y 45 de la Ley en la materia, se hace del conocimiento del solicitante, que el Sujeto Obligado competente para conocer de su solicitud es el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, en virtud de que es el área que genera la información solicitada, por lo que se sugiere dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 005.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Unidad de Informática y Documentación
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:15:32
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 008
Tipo Solicitud :
1
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
29/06/2015
Folio de la Solicitud :
00006/ST/IP/2015
Información requerida :
En apego a lo que mandata el Artículo 31 del reglamento de profesionalización para los servidores públicos del poder ejecutivo del Estado de México y que señala… “El Poder Ejecutivo del Estado está obligado a profesionalizar a sus servidores públicos para el mejor desempeño de sus labores, así como a establecer programas de desarrollo que les permitan acceder a puestos de mayor responsabilidad, a fin de mejorar la prestación de los servicios y contribuir con ello, al cumplimiento de los objetivos institucionales”. Me permito solicitar que me puedan informar sobre los cursos de capacitación que hayan sido impartidos a los servidores públicos que ocupan cargos de directores de área, subdirectores, directores generales, subsecretarios y secretarios detallando el nombre y cargo del servidor público, el curso de capacitación cursado, el periodo en que se cursó y el documento que obtuvo como prueba de la capacitación recibida, así como la institución que lo avala.
Respuesta a la solicitud :
Del análisis de la solicitud de mérito se desprende que la misma es competencia de la Coordinación Administrativa; por lo que se hace de su conocimiento la respuesta que emite la Unidad Administrativa correspondiente: el Instituto de Profesionalización para los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de México “…anualmente efectúa la capacitación a través de los programas “General de Formación y Desarrollo, Modalidad Presencial” y “Genérico en Materia de Tecnologías de la Información”, de las cuales de conformidad a los registros existentes en la Secretaría del Trabajo, ninguno de los Subdirectores, Directores de Área, Directores Generales y Secretario, tomaron cursos bajo esta modalidad, no obstante lo anterior, el Instituto, también efectúa cursos en línea, y de estos últimos la dependencia no tiene acceso a los sistemas para poder brindarle información al respecto, por lo que se le sugiere, solicitar la información al Instituto de Profesionalización y clarificar su petición.”
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 006.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Coordinación Administrativa
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:16:06
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 009
Tipo Solicitud :
2
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
24/08/2015
Folio de la Solicitud :
00003/ST/AD/2015
Información requerida :
¿Por qué si la Reforma Laboral anunciaba que se generarían varios empleos y productividad para movilizar el mercado y reducir la informalidad, los datos demuestran exactamente todo lo contrario?
Respuesta a la solicitud :
Del análisis de la solicitud de mérito se desprende que la misma, por el hecho de que ésta dependencia dentro de sus atribuciones, en términos del Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo; así como, del Manual General de Organización, consideran, es competencia de la Secretaría del Trabajo; por lo que se hace de su conocimiento la respuesta que, en ACUERDO No. CIST 005/2015 registrado en la quinta sesión ordinaria del Comité de Información, emite la Unidad de Información, debiendo hacer de su conocimiento que la Secretaría del Trabajo a la que envió su pregunta es encargada de atender la política laboral en el Estado de México; se adjunta oficio respuesta.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 003 ADP.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Unidad de Informática y Documentación
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:16:58
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 10
Tipo Solicitud :
2
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
24/11/2015
Folio de la Solicitud :
00004/ST/AD/2015
Información requerida :
Constancia de los servicios que presté en la Junta de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, dependiente de la Secretaría del Trabajo del Gobierno del Estado, durante los años 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009
Respuesta a la solicitud :
Del análisis de la solicitud de mérito, se desprende que la misma, en términos del Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo; así como, del Manual General de Organización, no es competencia de esta Secretaria; por lo que con fundamento en los artículos 11, 41 y 45 de la Ley en la materia, se hace del conocimiento del solicitante, que el Sujeto Obligado competente para conocer de su solicitud es la Junta de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, en virtud de que es el área que genera la información solicitada, por lo que se le sugiere dirigir su solicitud a la Unidad de Información de dicho Sujeto Obligado.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 004 ADP.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Unidad de Informática y Documentación
fechaValida : 2017-08-10 20:05:19 fechaActualiza : 2017-08-09 19:17:29
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Registro: 011
Tipo Solicitud :
1
Año :
2015
Fecha de presentación de la solicitud :
16/04/2015
Folio de la Solicitud :
00002/ST/IP/2015
Información requerida :
Solicito número de empleados que laboran el la Secretaría,por unidad administrativa e incluyendo mandos superiores, medios y personal operativo (enlace, apoyo técnico, generales y de confianza; me refiero a los niveles del 1-1 al 31).
Respuesta a la solicitud :
Del análisis de la solicitud de mérito se desprende que la misma, por el hecho de que ésta dependencia dentro de sus atribuciones, en términos del Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo; así como, del Manual General de Organización, es competencia de la Coordinación Administrativa; siendo así que con fundamento en los artículos 11, 40 fracción II y III y 46 de la Ley en la materia, así como del el numeral treinta y ocho, inciso d), de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de los Datos Personales, así como de los Recursos de Revisión que deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se hace de su conocimiento, por medio del archivo adjunto en formato PDF, la respuesta que emite la Unidad Administrativa correspondiente.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
Si
Documento(s) soporte: Respuesta 002.pdf Documento(s) soporte (Enlace externo): N/A Unidad Administrativa que detenta la información :
Coordinación Administrativa
fechaValida : 2017-08-10 20:05:23 fechaActualiza : 2017-08-10 13:31:56
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Mostrando 1 al
11 de 11 registros
Dirección electrónica donde podrán recibir solicitudes, así como las solicitudes recibidas y atendidas. Fracción XVII
Calle de Nezahualcoyotl S/N Col. Izcalli IPIEM, Toluca, Estado de México. C. P. 50150
Calle de Pino Suárez sin n&uactuemero, actualmente Carretera Toluca-Ixtapan # 111, Colonia La Michoacana; Metepec Estado de México, C.P. 52166 Tel: 01 (722) 226 1980
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