Aviso: |
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La Secretaría del Trabajo del Gobierno del Estado de México, en términos de los artículos 27 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, no cuenta con atribuciones relativas a la Utilización de los Tiempos Oficiales, por lo que con fundamento el artículo 59 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión y su Reglamento expedido el 10 de octubre de 2002 Son los espacios con que cuenta el Estado Mexicano en las estaciones de radio y canales de televisión abierta para difundir mensajes a la población, Corresponden al ámbito Federal. |