Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza
Fr. años 2011-2015                           Fr. 2018 y posteriores
LISTADO DE FRACCIONES
Facultades de cada área
Fracción III
Mostrando 241 al 270 de 271 registros

Registro: 241

Denominación del Área : SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Artículo 32
Facultades del área : Supervisar y asistir el área de Recursos Humanos.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 242

Denominación del Área : SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Conservar en buen estado y coordinar el mantenimiento y aseguramiento de los bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio. * Organizar y proveer los servicios generales que requieran las distintas áreas que conforman la Administración Pública Municipal. * Establecer los lineamientos de operación, programas y rutinas de trabajo, para las labores que se desarrollen en los talleres de carpintería, herrería y mecánico, intendencia, servicio de fotocopiado e impresión, mensajería y correspondencia interna.

Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 243

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE INTEGRACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Reclutar, seleccionar, contratar y asignar a las diversas áreas de la Administración Pública Municipal, el personal que requieran para sus funciones.*Dirigir, coordinar e impartir la capacitación de los servidores públicos, para fortalecer sus conocimientos, habilidades y vocación de servicio. * Promover la capacitación integral en actitudes, aptitudes y desarrollo profesional de los servidores públicos del Municipio. *Apoyar en la implementación de estrategias y políticas en los programas de profesionalización de los servidores públicos municipales
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 244

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE ALMACÉN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : ?Mantener el registro y control de máximos y mínimos de existencias de bienes, turnando al Departamento de Adquisiciones las requisiciones de compra para la reposición del nivel mínimo de inventario en el almacén.
?Levantar anualmente el inventario físico de activo fijo y de existencias en los almacenes establecidos, conciliando con el Departamento de Contabilidad los resultados obtenidos y, aclarando en su caso, las diferencias encontradas.
?Mantener actualizado el control de asignación y resguardo del activo fijo propiedad del Cinvestav, identificando en las hojas de resguardo correspondientes el número de inventario, ubicación, costo y condición física del bien, recabando la firma del responsable de su custodia.
?Llevar a cabo las acciones que permitan la concentración de equipo obsoleto, en mal estado o en desuso, para promover su baja, de conformidad con la normatividad establecida en la materia

Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 245

Denominación del Área : SUBDIRECCIÓN DE CONTROL VEHICULAR
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Controlar y asegurar el parque vehicular de la Administración Pública Municipal a cargo del personal responsable del resguardo, y demás datos que sean necesarios para su control, vigilando además el correcto suministro de energéticos incluyendo aquellas unidades en comodato;

Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 246

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE ADJUDICACIONES DIRECTAS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Llevar a cabo la adquisición de bienes y contratación de servicios solicitados por las diversas áreas del H. Ayuntamiento por medio de adjudicación directas. *Programar, organizar,integrar, dirigir, controlar y ejecutar las adjudicaciones directas que se requieran para la adquisición de bienes muebles y la prestación de servicios que soliciten las áreas de acuerdo a los requisitos establecidos en las diversas disposiciones legales aplicables.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 247

Denominación del Área : Departamento Operativo
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Responder por el aseo y el cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas, éste debe quedar bien hecho para recibir cada jornada.
*Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas.
*Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado.

Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 248

Denominación del Área : Subdirección de Recursos Materiales
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Llevar a cabo las adquisiciones de bienes, arrendamiento de bienes muebles y la contratación de servicios que requieran las distintas áreas, ajustándose en su caso, a las decisiones del Comité de Adquisiciones, vigilando su cumplimiento en estricto apego a las disposiciones legales de la materia.Integrar y actualizar el catálogo de proveedores y prestadores de servicios.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 249

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Emitir las credenciales que acrediten como tal a los servidores públicos de la administración. * Emitir las credenciales que acrediten como tal a los servidores públicos de la administración.* Integrar y actualizar el catálogo de proveedores y prestadores de servicios. *Controlar y registrar la asistencia, nombramientos, remociones, renuncias, licencias, cambios de adscripción, promociones, incapacidades, vacaciones, días no laborables y demás incidencias relacionadas con los Servidores Públicos Municipales. * Integrar y actualizar el catálogo de proveedores y prestadores de servicios.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 250

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE NÓMINAS Y PAGOS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Establecer los lineamientos y dar cumplimiento a las disposiciones del jefe superior inmediato. *Dirigir, instruir, supervisar y facilitar el proceso para la elaboración de la nomina al personal a cargo. *Dar seguimiento a los depósitos bancarios, cuando surgen problemas con el pago.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
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Registro: 251

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE LICITACIONES
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Supervisar que los procesos de Licitación Pública e Invitación Restringida autorizados por el Comité de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Poder Ejecutivo, se realicen en tiempo y forma, atendiendo de esta manera las solicitudes de adquisiciones de bienes y/o contratación de servicios de las Dependencias y entidades observando para tal fin lo previsto por la Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

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Registro: 252

Denominación del Área : DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Coordinar y supervisar la ejecución de procedimientos humanos, financieros y materiales que la subdirección de Servicios Generales tenga a su cargo.

Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

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Registro: 253

Denominación del Área : Departamento Operativo
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : Mantenimiento vehicular. flota vehicular. mecánica automotriz. diesel y gasolina.

Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

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Registro: 254

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN VEHICULAR
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Art. 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Art. 32
Facultades del área : *Mantener un control de todos los tramites administrativos realizados con el Departamento Vehicular. *Planear, dirigir, coordinar y controlar cada una de las actividades que se desempeñan en la Subdirección de Administración y Control.
Fecha de actualización : 2018-01-22 12:40:52
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

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Registro: 255

Denominación del Área : SUBDIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Reglamento Organico de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : articulo 80 y 81
Facultades del área :
ARTÍCULO 80.- Las atribuciones del Instituto de la Juventud, serán ejercidas por su titular y para el cumplimiento de las mismas tendrá las siguientes facultades, independientemente de las contenidas en las demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables a la materia

I. Planear, programar, orientar y mejorar las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, así como crear espacios de convivencia, recreación e integración para este segmento de la población, en cumplimiento a la Ley de la Juventud del Estado de México;
II. Crear espacios para la comunicación y promoción de valores entre los jóvenes, con la finalidad de fortalecer sus vínculos familiares y comunitarios;
III. Mantener mediante la creación de un sistema de monitores una comunicación permanente con la juventud, a efecto de dar seguimiento a las actividades de los jóvenes y sus necesidades, y con ello crear propuestas o medios para la solución de las mismas;
IV. Crear y ejecutar proyectos de políticas públicas, programas y acciones aplicables a los jóvenes en relación a los siguientes temas: Educación no formal, cultura y recreación; Empleo; Equidad de género; Desarrollo sustentable; Participación juvenil; Adicciones; Educación sexual y reproductiva; Derechos Humanos y Educación Cívica
V. Las demás que le señalen, las leyes, reglamentos, disposiciones jurídicas aplicables y la Presidenta Municipal.

ARTÍCULO 81.-Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia el Instituto de la Juventud, se integrará de la siguiente manera:

I. Dirección del Instituto de la Juventud;
II. Subdirección del Instituto de la Juventud
II.I Departamento de Planeación y Desarrollo Juvenil
II.II Departamento de Bienestar Juvenil
II.III Departamento de Vinculación con Organizaciones Juveniles
III. Coordinación Administrativa

Fecha de actualización : 2019-05-22 17:53:11
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA JUVENTUD

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Registro: 256

Denominación del Área : COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Reglamento Organico de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : Articulos 16 y 17
Facultades del área : ARTÍCULO 16.- En la estructura de cada dependencia que así lo requiera de la Administración Pública Municipal, se incluirán la Coordinación Administrativa y la Coordinación Jurídica.

La Coordinación Administrativa será el enlace de cada dependencia con la Dirección de Administración y Desarrollo de Personal, para el mejor funcionamiento y operatividad de las áreas de la Administración Pública Municipal.

La Coordinación Jurídica será el enlace de cada dependencia con la Dirección Jurídica y Consultiva, para la atención pronta y oportuna de los asuntos jurídicos de cada una de las áreas de la Administración Pública Municipal.

ARTÍCULO 17.- A los Coordinadores Administrativos les corresponden las siguientes funciones, en el ámbito de la dependencia a la que pertenecen:

I. Tramitar oportunamente ante la Dirección de Administración, los movimientos de personal integrando un archivo de cada uno de los servidores públicos;
II. Promover la capacitación del personal ante la Dirección de Administración;
III. Integrar, controlar y custodiar la información contenida en los archivos administrativos a su cargo;
IV. Tramitar las requisiciones de bienes y servicios ante la Dirección de Administración;
V. Elaborar los manuales de organización y procedimientos; en los cuales quedarán definidas las funciones de cada una de las unidades administrativas que integran el área;
VI. Llevar el registro y control de los bienes, así como gestionar su mantenimiento;
VII. Elaborar y controlar el presupuesto asignado a su área;
VIII. Llevar el registro y control de los reportes de los prestadores de servicio social;
IX. Llevar el control y registro del consumo de gasolina de las unidades vehiculares que sus dependencias tengan asignadas;
X. Manejar el fondo fijo para las compras urgentes y requisiciones de cuantía menor, cumpliendo con l os lineamientos establecidos por la Tesorería Municipal;
XI. Las demás funciones que le sean asignadas por el titular de la dependencia o entidad, así como l as que resulten necesarias para el correcto desempeño de sus labores;

Fecha de actualización : 2019-05-22 18:03:18
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA JUVENTUD

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Registro: 257

Denominación del Área : JEFE DE DEPARTAMENTO DE PLANEACION Y DESARROLLO JUVENIL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Reglamento Organico de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : articulo 80 y 81
Facultades del área : ARTÍCULO 80.- Las atribuciones del Instituto de la Juventud, serán ejercidas por su titular y para el cumplimiento de las mismas tendrá las siguientes facultades, independientemente de las contenidas en las demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables a la materia

I. Planear, programar, orientar y mejorar las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, así como crear espacios de convivencia, recreación e integración para este segmento de la población, en cumplimiento a la Ley de la Juventud del Estado de México;
II. Crear espacios para la comunicación y promoción de valores entre los jóvenes, con la finalidad de fortalecer sus vínculos familiares y comunitarios;
III. Mantener mediante la creación de un sistema de monitores una comunicación permanente con la juventud, a efecto de dar seguimiento a las actividades de los jóvenes y sus necesidades, y con ello crear propuestas o medios para la solución de las mismas;
IV. Crear y ejecutar proyectos de políticas públicas, programas y acciones aplicables a los jóvenes en relación a los siguientes temas: Educación no formal, cultura y recreación; Empleo; Equidad de género; Desarrollo sustentable; Participación juvenil; Adicciones; Educación sexual y reproductiva; Derechos Humanos y Educación Cívica
V. Las demás que le señalen, las leyes, reglamentos, disposiciones jurídicas aplicables y la Presidenta Municipal.

ARTÍCULO 81.-Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia el Instituto de la Juventud, se integrará de la siguiente manera:

I. Dirección del Instituto de la Juventud;
II. Subdirección del Instituto de la Juventud II.I Departamento de Planeación y Desarrollo Juvenil II.II Departamento de Bienestar Juvenil II.III Departamento de Vinculación con Organizaciones Juveniles
III. Coordinación Administrativa

Fecha de actualización : 2019-05-22 18:07:51
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 258

Denominación del Área : JEFE DE DEPARTAMENTO BIENESTAR JUVENIL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Reglamento Organico de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : articulo 80 y 81
Facultades del área : ARTÍCULO 80.- Las atribuciones del Instituto de la Juventud, serán ejercidas por su titular y para el cumplimiento de las mismas tendrá las siguientes facultades, independientemente de las contenidas en las demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables a la materia

I. Planear, programar, orientar y mejorar las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, así como crear espacios de convivencia, recreación e integración para este segmento de la población, en cumplimiento a la Ley de la Juventud del Estado de México;
II. Crear espacios para la comunicación y promoción de valores entre los jóvenes, con la finalidad de fortalecer sus vínculos familiares y comunitarios;
III. Mantener mediante la creación de un sistema de monitores una comunicación permanente con la juventud, a efecto de dar seguimiento a las actividades de los jóvenes y sus necesidades, y con ello crear propuestas o medios para la solución de las mismas;
IV. Crear y ejecutar proyectos de políticas públicas, programas y acciones aplicables a los jóvenes en relación a los siguientes temas: Educación no formal, cultura y recreación; Empleo; Equidad de género; Desarrollo sustentable; Participación juvenil; Adicciones; Educación sexual y reproductiva; Derechos Humanos y Educación Cívica
V. Las demás que le señalen, las leyes, reglamentos, disposiciones jurídicas aplicables y la Presidenta Municipal.

ARTÍCULO 81.-Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia el Instituto de la Juventud, se integrará de la siguiente manera:

I. Dirección del Instituto de la Juventud;
II. Subdirección del Instituto de la Juventud II.I Departamento de Planeación y Desarrollo Juvenil II.II Departamento de Bienestar Juvenil II.III Departamento de Vinculación con Organizaciones Juveniles
III. Coordinación Administrativa

Fecha de actualización : 2019-05-22 18:09:01
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 259

Denominación del Área : JEFE DE DEPARTAMENTO DE VINCULACION CON ORGANIZACIONES JUVENILES
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : Reglamento Organico de Atizapán de Zaragoza
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : articulo 80 y 81
Facultades del área : ARTÍCULO 80.- Las atribuciones del Instituto de la Juventud, serán ejercidas por su titular y para el cumplimiento de las mismas tendrá las siguientes facultades, independientemente de las contenidas en las demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables a la materia

I. Planear, programar, orientar y mejorar las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, así como crear espacios de convivencia, recreación e integración para este segmento de la población, en cumplimiento a la Ley de la Juventud del Estado de México;
II. Crear espacios para la comunicación y promoción de valores entre los jóvenes, con la finalidad de fortalecer sus vínculos familiares y comunitarios;
III. Mantener mediante la creación de un sistema de monitores una comunicación permanente con la juventud, a efecto de dar seguimiento a las actividades de los jóvenes y sus necesidades, y con ello crear propuestas o medios para la solución de las mismas;
IV. Crear y ejecutar proyectos de políticas públicas, programas y acciones aplicables a los jóvenes en relación a los siguientes temas: Educación no formal, cultura y recreación; Empleo; Equidad de género; Desarrollo sustentable; Participación juvenil; Adicciones; Educación sexual y reproductiva; Derechos Humanos y Educación Cívica
V. Las demás que le señalen, las leyes, reglamentos, disposiciones jurídicas aplicables y la Presidenta Municipal.

ARTÍCULO 81.-Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia el Instituto de la Juventud, se integrará de la siguiente manera:

I. Dirección del Instituto de la Juventud;
II. Subdirección del Instituto de la Juventud II.I Departamento de Planeación y Desarrollo Juvenil II.II Departamento de Bienestar Juvenil II.III Departamento de Vinculación con Organizaciones Juveniles
III. Coordinación Administrativa

Fecha de actualización : 2019-05-22 18:10:08
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA JUVENTUD

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Nota :

Registro: 260

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO MUNICIPAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ART. 29,30 DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL
Facultades del área : Las que en el ámbito de su competencia le impongan las leyes, reglamentos o disposiciones administrativas aplicables.
Fecha de actualización : 2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : CONTRALORÍA MUNICIPAL

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Nota :

Registro: 261

Denominación del Área : COORDINACIÓN DE SEGUIMIENTO MUNICIPAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : 29,30 REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL
Facultades del área : Las que en el ámbito de su competencia le impongan las leyes, reglamentos o disposiciones administrativas aplicables.
Fecha de actualización : 2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : CONTRALORÍA MUNICIPAL

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 262

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE GESTIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : 29,30 REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL
Facultades del área : Las demás que en el ámbito de su competencia le impongan las leyes, reglamentos o disposiciones administrativas aplicables.
Fecha de actualización : 2018-11-07 09:57:45
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : CONTRALORÍA MUNICIPAL

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 263

Denominación del Área : DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTÍCULO 67
Facultades del área : Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia la Dirección de Comunicación Institucional, se integrará de la siguiente manera:

I. Dirección de Comunicación Institucional;
II. Subdirección de diseño;
III. Subdirección de Medios
Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia la Dirección de Comunicación Institucional, se integrará de la siguiente manera:

I. Dirección de Comunicación Institucional;
II. Subdirección de diseño;
III. Subdirección de Medios

Fecha de actualización : 2019-05-15 14:00:35
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

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Nota :

Registro: 264

Denominación del Área : INSTITUTO DE LA MUJER
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDOI MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : DIRECCIÓN

Es la unidad administrativa encargada de impulsar y fomentar políticas públicas con perspectiva de género a través de proyectos con el objeto de promover la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres así como brindar apoyo, asesoría y orientación a las mujeres
Atizapenses, principalmente en materia de equidad de género, capacitación, impulsar su desarrollo
profesional y prevención en temas de la salud de la mujer.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:22:48
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

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Nota :

Registro: 265

Denominación del Área : COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDO MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

Es el área encargada de:

-Tramitar oportunamente ante la Dirección de Administración, los movimientos de personal integrando un archivo de cada uno de los servidores públicos.
-Promover la capacitación del personal ante la Dirección de Administración.
-Integrar, controlar y custodiar la información contenida en los archivos administrativos a su cargo.
-Tramitar las requisiciones de bienes y servicios ante la Dirección de Administración.
- Elaborar los manuales de organización y procedimientos; en los cuales quedarán definidas las funciones de cada una de las unidades administrativas que integran el área
- Llevar el registro y control de los bienes, así como gestionar su mantenimiento.
- Elaborar y controlar el presupuesto asignado a su área.
- Llevar el registro y control de los reportes de los prestadores de servicio social.
-Llevar el control y registro del consumo de gasolina de las unidades vehiculares que sus dependencias tengan asignadas.
-Manejar el fondo fijo para las compras urgentes y requisiciones de cuantía menor, cumpliendo con los lineamientos establecidos por la Tesorería Municipal.
-Las demás funciones que le sean asignadas por el titular de la dependencia o entidad, así como las que resulten necesarias para el correcto desempeño de sus labores.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:27:12
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 266

Denominación del Área : COORDINACIÓN DE PSICOLOGÍA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDO MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : COORDINACIÓN DE PSICOLOGÍA

tiene como facultad principal supervisar el servicio de asesorías psicológicas y platicas de psicología encaminadas a atender y prevenir la violencia de género, y de esta manera contribuir al desarrollo integral de la mujer atizapense.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:29:10
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 267

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDO MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : JEFATURA DE INSTITUCIONALIZACIÓN Y TRANSVERSALIZACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Es el área encargada de instrumentar servicios enfocados a la búsqueda de la igualdad de oportunidades de trabajo, justicia, capacitación y educación, así como para la erradicación de cualquier tipo de discriminación contra la mujer.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:32:31
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 268

Denominación del Área : COORDINACIÓN DE PRODUCTIVIDAD
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDO MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : JEFATURA DE PRODUCTIVIDAD DE LAS MUJERES
Esta Jefatura esta encargada de promover la productividad y el desarrollo de las mujeres para lograr su empoderamiento y elevar su nivel de vida.
Así como Instrumentar, aprobar y supervisar campañas de difusión en las diferentes colonias del Municipio a fin de promover los servicios que brinda el Instituto de la mujer.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:35:26
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 269

Denominación del Área : INSTITUTO DE LA MUJER
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDO MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : JEFATURA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN A VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

La cual tiene la facultad de Implementar asesoría jurídica y psicológica para promover y difundir los derechos de las mujeres y propiciar el pleno desarrollo integral de las atizapenses.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:37:34
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 270

Denominación del Área : Departamento de Empleo
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : BANDO MUNICIPAL ATIZAPAN DE ZARAGOZA 2017
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : SECCIÓN DÉCIMA NOVENA Instituto de la Mujer ARTICULO 48.- El Instituto de la Mujer es el encargado de impulsar la institucionalización de la perspectiva de género, mediante acciones afirmativas y polí
Facultades del área : BOLSA DE EMPLEO

Es el área encargada de Promover vínculos con empresas para canaliza y colocar a mujeres atizapenses en un empleo formal por el que tengan interés de laborar.

Fecha de actualización : 2019-05-20 11:39:05
Fecha de validación : 2019-07-03 17:29:31
Área o unidad administrativa responsable de la información : INSTITUTO DE LA MUJER

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

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