Denominación del Área :
35655
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Ley que crea el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículos 6, 7, 8 y 12
Facultades del área :
Artículo 8. Son atribuciones de la o el Titular de la Dirección General:
I. Dirigir y representar legalmente al Instituto con las facultades de un apoderado general para pleitos y
cobranzas y actos de administración, con todas las facultades que requieran cláusula especial, conforme a las
disposiciones en la materia y con la facultad para delegar esta representación en uno o más apoderados para
que las ejerzan individual o conjuntamente.
II. Planear, ordenar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones necesarias para que el Instituto cumpla con
su objeto.
III. Implementar el Registro de Verificadores y mantenerlo actualizado.
IV. Ordenar la práctica de las visitas de verificación en las materias competencia del Instituto.
V. Atender los reportes o inconformidades que por escrito presenten las y los ciudadanos respecto de la
ejecución de visitas de verificación, así como de cualquier otro asunto competencia del Instituto, dando vista al
órgano de control interno correspondiente.
VI. Requerir a las autoridades competentes copias simples o certificadas de cualquier documento o información
que resulte necesaria para el ejercicio de sus atribuciones.
VII. Establecer los lineamientos y criterios para el ejercicio de la actividad verificadora.
VIII. Nombrar y remover a las y los servidores públicos de mandos medios, así como al personal operativo
integrantes del Instituto, previa aprobación de la o el titular de la Consejería Jurídica.
IX. Someter a la consideración de la o el Titular de la Consejería Jurídica el programa de estímulos al personal
del Instituto.
X. Someter a consideración de la o el Titular de la Consejería Jurídica el programa anual de trabajo y las
políticas de actuación del Instituto.
XI. Elaborar y someter a consideración de la o el Titular de la Consejería Jurídica el informe anual de
actividades del Instituto.
XII. Establecer y mantener un sistema de estadística que permita determinar los indicadores de gestión e
impacto del Instituto.
XIII. Proponer a la o el Titular de la Consejería Jurídica el presupuesto anual del Instituto.
XIV. Ejercer el presupuesto anual asignado al Instituto, con sujeción a las disposiciones aplicables.
XV. Proponer iniciativas a la o el Titular de la Consejería Jurídica, de los instrumentos normativos internos
necesarios para el óptimo funcionamiento del Instituto, así como de iniciativas de reforma, adición o derogación
al Reglamento.
XVI. Dar seguimiento a las acciones que se implementen en las diversas áreas del Instituto para la mejora en
sus procesos.
XVII. Instruir la práctica de visitas colegiadas solicitadas por la Comisión Estatal de Factibilidad.
XVIII. Remitir a la Comisión Estatal de Factibilidad las constancias o informes derivadas de las visitas de
verificación solicitadas.
XIX. Promover y fomentar al interior del Instituto el establecimiento de políticas de carácter ético, así como de
programas orientados a la transparencia y combate a la corrupción.
XX. Las demás que le atribuya esta Ley y otros ordenamientos aplicables.
Fecha de actualización :
2017-09-21 15:57:40
Fecha de validación :
2017-07-13 11:56:40
Área o unidad administrativa responsable de la información :
35655
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16125
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior de la Consejería Jurídica el Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 16
Facultades del área :
I. Planear, organizar y controlar el aprovechamiento de los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos, necesarios para el funcionamiento de la Consejería, manteniendo una coordinación permanente con las dependencias vinculadas a dichas actividades.
II. Realizar las gestiones necesarias para constituir y tener a su cargo el funcionamiento del Comité de Adquisiciones de la Consejería, cuyas funciones serán las que establece el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento.
III. Programar, tramitar y ejecutar las acciones y procedimientos, con base en las normas y políticas aplicables, para realizar la adquisición de bienes muebles, la contratación del arrendamiento de bienes muebles y servicios de cualquier naturaleza, siempre que no se trate de operaciones consolidadas, así como la contratación de obra pública dentro de los montos de actuación que la Secretaría del Ramo faculte a las dependencias, bajo los procedimientos legales aplicables, según la normatividad en materia de obra pública, que requiera la Consejería y sus unidades administrativas para el desempeño de sus funciones.
IV. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones.
V. Cancelar, terminar anticipadamente o, en su caso, rescindir los contratos suscritos por la Coordinación Administrativa, por causas imputables a los proveedores o contratistas, así como aplicar las sanciones administrativas o las penas convencionales correspondientes y demandar ante las instancias competentes el pago de daños y perjuicios derivados del incumplimiento de contratos.
VI. Formular, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Consejería, el proyecto del presupuesto anual de la dependencia.
VII. Supervisar la aplicación de los lineamientos que regirán el ejercicio presupuestal y el control de los recursos de las unidades administrativas de la Consejería.
VIII. Programar y tramitar ante la Secretaría de Finanzas, el ejercicio del presupuesto de egresos autorizados para la Consejería.
IX. Realizar el seguimiento a los trámites que realicen las delegaciones administrativas ante la Secretaría de Finanzas, respecto a la autorización de los programas de inversión especial, así como el registro y control de las operaciones presupuestales y financieras.
X. Designar, previo acuerdo del o de la titular de la Consejería, en cada una de las unidades administrativas que la integran, a un delegado administrativo para que en coordinación con el Titular de la unidad, provea el funcionamiento administrativo de la misma.
XI. Formular e implementar los programas de trabajo que contribuyan al mejor desempeño de las delegaciones administrativas.
XII. Proponer al o la titular de la Consejería, las medidas administrativas que estime convenientes para la mejor organización y funcionamiento de esta.
XIII. Establecer, con base en las políticas que señale el o la titular de la Consejería, los lineamientos conforme a los cuales deberán realizarse los nombramientos y remociones de su personal, así como los relativos a sus remuneraciones.
XIV. Programar y tramitar, ante la Secretaría de Finanzas, los requerimientos de altas, bajas, cambios, permisos y licencias de los servidores públicos de la Consejería; así como planear y coordinar su capacitación, adiestramiento y motivación.
XV. Implantar los lineamientos que permitan mantener actualizados los registros administrativos sobre recursos humanos, materiales, financieros, programas de inversión, archivo, correspondencia, inventario de bienes muebles e inmuebles, y apoyos técnicos.
XVI. Proveer el uso de tecnologías de información a través del desarrollo e integración de sistemas de información automatizados y redes de comunicación electrónica, así como dirigir los programas de informática con la finalidad de estandarizar los criterios técnicos y tecnológicos.
XVII. Gestionar ante la Secretaría de Finanzas, los dictámenes de licitación y selección de proveedores de los equipos y suministros que en la materia requieran la Consejería y las unidades administrativas que la integran.
XVIII. Las demás que le confieren las disposiciones legales y aquellas que le encomiende el o la titular de la Consejería.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:11:45
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16125
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Nota :
Denominación del Área :
16128
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 14, frracciones I a la IX
Facultades del área :
I. Integrar la información relativa a la problemática agraria del Estado
II. Diagnosticar social y políticamente los conflictos en materia agraria y, en su caso, proponer alternativas para su atención, cuando el Gobierno del Estado de México, sea parte del conflicto.
III. Propiciar la participación coordinada del Gobierno del Estado de México y de las autoridades agrarias federales, para la solución de conflictos en esta materia, donde intervengan particulares y ejidatarios.
IV. Fomentar la cultura de la prevención en materia agraria, para el bienestar, la paz social y la gobernabilidad en el Estado.
V. Difundir los instrumentos y mecanismos gubernamentales orientados a atender los asuntos del sector agrario.
VI. Asesorar a los involucrados en los asuntos agrarios, respecto a la prevención, atención y solución de su problemática
VII. Atender y ejecutar los programas y acciones que instruya el titular del Poder Ejecutivo y la Consejería, para la solución de los problemas agrarios donde el Gobierno del Estado sea parte.
VIII. Representar legalmente al Gobernador, al Secretario General de Gobierno, al Subsecretario General de Gobierno y todos aquellos que le encomiende el o la titular de la Consejería, en los juicios agrarios en los que sean parte.
IX. Las demás que le señalen otros ordenamientos legales y las que le encomiende el o la titular de la Consejería
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:12:27
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16128
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Nota :
Denominación del Área :
16590
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
NA
Facultades del área :
Establecer, en coordinación con la dirección general las normas, lineamientos técnico-jurídicos y los criterios generales para la organización, aplicación y evaluación del sistema normativo.
Coordinar el análisis, elaboración y revisión de los proyectos de las disposiciones jurídicas de las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal y de los municipios, así como verificar la emisión de los proyectos de ley, decretos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general turnadas a la Dirección General y que deban presentarse al titular del Ejecutivo Estatal.
Intervenir por instrucciones de la Dirección General en las diligencias, procedimientos, juicios y controversias que afecten o interesen al Gobierno del Estado, así como formular y realizar las gestiones conducentes.
Verificar que se proporcione la asesoría jurídica que soliciten las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo Estatal y las autoridades municipales, en materia de derecho administrativo y fiscal.
Proporcionar asesoría jurídica a las dependencias, organismos auxiliares del Poder Ejecutivo Estatal y autoridades municipales relacionadas con la interpretación de las normas respectivas.
Atender y, en su caso, resolver los asuntos de carácter civil, mercantil, laboral y penal en los que sean parte las dependencias, organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal y las autoridades municipales que así lo soliciten.
Vigilar el procedimiento de los juicios de amparo en los que sean parte las dependencias del Gobierno del Estado, así como aprobar los actos procesales para lograr el fallo favorable.
Elaborar y presentar a la dirección general el informe mensual de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 12:01:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16135
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Nota :
Denominación del Área :
18728
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
NA
Facultades del área :
Formular y emitir los dictámenes que en materia de derecho administrativo y fiscal le soliciten las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, organismos auxiliares y autoridades municipales.
Proporcionar asesoría jurídica en materia de derecho administrativo y fiscal a las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, organismos auxiliares y autoridades municipales que lo soliciten y, en su caso, canalizarlos a la instancia competente.
Mantener coordinación permanente con las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, organismos auxiliares y
autoridades municipales en los asuntos de lo contencioso administrativo de su competencia.
Auxiliar en la sustanciación de procedimientos administrativos, así como formular el proyecto de acuerdo o resolución y someterlo a la consideración de su superior jerárquico.
Intervenir en los juicios contenciosos administrativos y fiscales, cuyo patrocinio sea de injerencia de la dirección general, en representación de las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal.
Realizar por acuerdo del superior jerárquico, las promociones de trámite ante los Tribunales Estatales y Federales, en los juicios administrativos, fiscales y de amparo en que sean parte las autoridades del Poder Ejecutivo.
Asistir a las audiencias en los juicios administrativos y fiscales, en los que la dirección general tenga la representación legal de las diversas autoridades de la Administración Pública Estatal.
Comparecer, ante las autoridades estatales y federales, con el carácter del tercero interesado en los juicios de amparo directo e indirecto, respectivamente, cuyo patrocinio esté a cargo de la dirección general.
Sustanciar el procedimiento administrativo de expropiación y su ejecución que soliciten, en su caso, las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, los organismos auxiliares y las autoridades municipales, así como las reversiones y los recursos que se interpongan en términos de las disposiciones respectivas.
Proponer, cuando sea procedente, el juicio de amparo directo o indirecto en contra de las resoluciones dictadas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México o de los Tribunales Federales.
Tramitar y sustanciar para poner en estado de resolución los recursos administrativos interpuestos en contra de actos y resoluciones del Gobernador, del Secretario General de Gobierno y del Subsecretario General del Gobierno, así como sustanciar, en su caso, los procedimientos contenciosos.
Tramitar los juicios en que sea parte el Gobernador, el Secretario General de Gobierno y el Subsecretario General de Gobierno, y los demás que se le encomienden.
Dar contestación a los escritos de petición que realicen los ciudadanos y que le sean turnados a la dirección general para su atención.
Realizar la diligencia de notificación de los asuntos que le sean encomendados.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 12:01:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16135
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16592
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
NA
Facultades del área :
Proporcionar asesoría jurídica a las dependencias, organismos auxiliares y autoridades municipales, cuando así lo soliciten.
Transmitir en las consultas el criterio fijado en la interpretación y aplicación de las disposiciones que normen las leyes respectivas.
Elaborar los proyectos de iniciativa de ley o decreto que le encomienden.
Realizar los estudios y proyectos, así como proporcionar asesoría para desahogar las consultas formuladas por las dependencias del Ejecutivo Estatal, organismos auxiliares y autoridades municipales.
Efectuar investigaciones en materia de ordenamientos jurídicos de la Administración Pública Federal y Estatal, que coadyuven a la adecuación y actualización de las existentes o, en su caso, a la formulación de nuevos proyectos de ley.
Dar contestación a los escritos de petición que realicen los ciudadanos y que le sean turnados a la dirección general para su atención.
Elaborar y presentar a la dirección el informe mensual de las actividades realizadas, así como los que le sean
requeridos eventualmente.
Coordinar acciones con el Departamento de Asuntos Legislativos, Administrativos y Especiales para la elaboración de proyectos de iniciativa de ley.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 12:01:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16135
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16593
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
NA
Facultades del área :
Analizar y proponer la solución a la problemática que se suscite en las materias civil, mercantil, laboral y penal, en las que el Gobierno del Estado tenga relación.
Realizar los actos jurídicos necesarios para regularizar y reivindicar las propiedades del Gobierno del Estado de México.
Brindar asesoría a las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal y autoridades municipales en materia civil, mercantil, laboral y penal, cuando así lo soliciten.
Elaborar las demandas de índole civil, mercantil y laboral en las que el Gobierno del Estado de México sea parte.
Elaborar promociones, ofrecer pruebas y comparecer en las audiencias y en los juicios del orden civil, mercantil, laboral y penal a nombre del Gobierno del Estado de México.
Interponer los recursos ordinarios en los juicios del orden civil, mercantil, laboral y penal en defensa de los intereses del Gobierno del Estado de México.
Solicitar el amparo y protección de la justicia federal, en los actos que afecten los intereses del Gobierno del Estado de México.
Presentar denuncias y querellas por la comisión de hechos presuntamente constitutivos de delito, que afecten al Gobierno del Estado de México.
Acreditar ante el Ministerio Público y las autoridades judiciales competentes, la propiedad de los bienes muebles e inmuebles del Gobierno del Estado de México.
Dar contestación a los escritos de petición que realicen los ciudadanos, y que le sean turnados a la dirección general para su atención.
Desistir la acción penal privada o la querella, otorgar el perdón, recibir el pago de la reparación del daño y llevar a cabo acuerdos preparatorios en los casos en que éstos procedan y que tengan relación con el Gobierno del Estado de México.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 12:01:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16135
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16594
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
NA
Facultades del área :
Llevar a cabo estudios referentes a las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general y, en su caso, realizar las adiciones y reformas que se requieran.
Formular proyectos de ley, decretos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general.
Interpretar y emitir opinión sobre el marco legal aplicable al funcionamiento de las dependencias y organismos
auxiliares de la Administración Pública Estatal.
Realizar el análisis respectivo y elaborar los contratos, convenios, acuerdos y decretos de observancia para las dependencias, organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal y autoridades municipales.
Elaborar y presentar a la dirección el informe mensual de las actividades realizadas, así como los que le sean
requeridos eventualmente.
Dar contestación a los escritos de petición que realicen los ciudadanos, y que le sean turnados a la dirección general, para su atención.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 12:01:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16135
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16595
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
NA
Facultades del área :
Intervenir en los trámites de juicio de amparo, así como procurar que las resoluciones que se dicten sean favorables a los intereses del Gobierno del Estado.
Interponer los recursos establecidos por ley, en los casos en que las resoluciones sean contrarias y afecten los intereses de la entidad.
Elaborar de manera oportuna y con apego a derecho los informes previos y justificados de los amparos interpuestos en contra de resoluciones emitidas que afecten los intereses del Gobierno del Estado, procediendo conforme a las disposiciones legales aplicables para su promoción.
Elaborar promociones, ofrecer pruebas y comparecer, cuando así se requiera, en las audiencias que se lleven a cabo en los juicios de amparo.
Someter a consideración de la dirección general los informes previos y justificados para su autorización, así como las resoluciones de suspensión provisional y definitiva.
Elaborar y presentar a la dirección el informe mensual de las actividades realizadas, así como los que le sean
requeridos eventualmente.
Dar contestación a los escritos de petición que realicen los ciudadanos, y que le sean turnados a la dirección general, para su atención.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 12:01:31
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16135
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
17468
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 13 fracciones de I a la VII
Facultades del área :
I. Promover la elaboración de políticas públicas, planes y programas orientados a promover el reconocimiento y respeto a los derechos humanos al interior de las dependencias del Ejecutivo Estatal
II. Supervisar el seguimiento de las consideraciones y resoluciones emitidas tanto por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México y órganos internacionales en la materia para su adecuado cumplimiento o seguimiento.
III. Apoyar a la Consejería, en la articulación de políticas públicas y en la implementación de medidas correctivas y preventivas en materia de derechos humanos
IV. Asesorar y orientar a las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal en materia de derechos humanos y en lo referente a las recomendaciones emitidas por órganos internacionales, nacionales y estatales no jurisdiccionales de derechos humanos
V. Coadyuvar con las autoridades y dependencias del Poder Ejecutivo Estatal en la atención y solución de conflictos en materia de derechos humanos.
VI. Coordinar la implementación de cursos y talleres en las diferentes dependencias, con la finalidad de promover el respeto y reconocimiento de los derechos humanos.
VII. Las demás que le señalen otros ordenamientos legales y las que le encomiende el o la titular de la Consejería
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
17468
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16581
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Facultades del área :
- Integrar el anteproyecto de Presupuesto Anual de Egresos de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, en coordinación con las unidades administrativas bajo su adscripción, de conformidad con los lineamientos establecidos en la materia y someterlo a la aprobación del titular de la dependencia.
- Diseñar mecanismos de control del ejercicio y comprobación de los recursos financieros asignados a la Consejería
- Aplicar las disposiciones administrativas para el registro, control y ejercicio del gasto público vigentes en la entidad, así como realizar la calendarización del presupuesto autorizado.
- Asesorar a las unidades administrativas de la Consejería Jurídica, en la elaboración de las solicitudes de presupuesto de los gastos que se generen en la operación de los programas.
- Administrar y registrar contablemente las entradas de Fondo Fijo de Caja y los anticipos otorgados, así como gestionar el reembolso del Fondo Fijo de Caja y la liberación de los recursos respectivos.
- Recibir la documentación para comprobar el gasto generado de los programas implementados en la Consejería, así como revisar que cumplan con los Requisitos Fiscales y Administrativos, de acuerdo a la normatividad establecida para el registro contable y presupuestal correspondiente.
- Realizar, ante la instancia respectiva, las conciliaciones del ejercicio del presupuesto y llevar el control y seguimiento de las conciliaciones realizadas por las unidades administrativas de la Consejería Jurídica.
- Gestionar ante la instancia correspondiente las Adecuaciones Presupuestarias: ampliaciones, traspasos o cancelación presupuestal, solicitadas por las unidades administrativas de la Consejería Jurídica, así como llevar su seguimiento y control.
- Recopilar la información para la integración de la cuenta pública de la Consejería, en coordinación con la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación.
- Recopilar y resguardar la documentación comprobatoria de las operaciones financieras generadas por la Consejería Jurídica.
- Elaborar los informes que den cuenta del Avance Contable y Presupuestal de la Consejería Jurídica y remitirlos a la instancia correspondiente, para su conocimiento y efectos procedentes.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16125
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16584
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Facultades del área :
- Aplicar y supervisar las políticas, normas y procedimientos establecidos en materia de desarrollo y administración de personal.
- Capturar en el Sistema Integral de Información de Personal (SIIP) los movimientos de personal generados en la Consejería Jurídica.
- Revisar el listado alfabético de nómina mensual de la Consejería Jurídica.
-Integrar y mantener actualizada la plantilla de personal de la oficina de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal.
- Elaborar y validar el Padrón de Servidores Públicos obligados a presentar Manifestación de Bienes por anualidad.
-Mantener actualizados los expedientes del personal, así como los del personal por contrato determinado.
-Atender en tiempo y forma las solicitudes de horarios especiales, estímulos de puntualidad y asistencia, sanciones por falta de puntualidad o inasistencia, permanencia en el servicio y prima adicional por permanencia en el servicio, días económicos, tiempo extraordinario y finiquitos de las unidades administrativas de la Consejería Jurídica, de acuerdo a la normatividad establecida.
-Tramitar los formatos del Seguro de Separación Individualizado y el Seguro de Vida para Servidores Públicos de nuevo ingreso del nivel salarial 24 en adelante.
- Elaborar los contratos individuales de trabajo por tiempo determinado, así como la nómina quincenal correspondiente
- Realizar la asignación de puestos, códigos y categorías al personal contratado, con base en la plantilla de personal autorizada.
- Tramitar la hoja blanca de alta o de baja del servicio, ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios.
- Difundir y realizar el seguimiento a los procesos escalafonarios de la Consejería Jurídica, de acuerdo a la normatividad establecida.
- Promover, en coordinación con el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo, los cursos de capacitación y adiestramiento de los servidores públicos de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal.
- Coordinar el proceso de evaluación del desempeño de los servidores públicos de la Consejería Jurídica.
- Tramitar y dar seguimiento a las solicitudes de servicio social y prácticas profesionales.
- Ejecutar los procedimientos y mecanismos establecidos para el otorgamiento de estímulos y recompensas al personal, de conformidad con la normatividad vigente.
- Proporcionar los servicios generales que requieran las unidades administrativas de la Consejería Jurídica, de conformidad con las disposiciones normativas en materia presupuestal y administrativa aplicables
- Controlar los bienes que integran el patrimonio de la Consejería, así como mantener actualizadas las tarjetas de resguardo, los inventarios y registros del movimiento de los bienes muebles en los sistemas establecidos por la Dirección General de Recursos Materiales, y elaborar los reportes que le requieran las instancias normativas.
- Integrar y mantener actualizados los expedientes de los vehículos oficiales asignados a la Consejería Jurídica, así como tramitar los pagos de tenencia y pólizas de seguro correspondientes.
- Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular de la Consejería Jurídica y, en su caso, revisar. Validar y capturar las órdenes de reparación vehicular en el Sistema de Mantenimiento a Vehículos Oficiales (SISMAVO).
- Tramitar, ante la Dirección General de Recursos Materiales, el suministro de combustible, así como llevar a cabo su distribución y vigilar su correcta aplicación en el sistema establecido por la Dirección General de Recursos Materiales.
- Realizar las verificaciones anticontaminantes semestrales de los vehículos oficiales de la Consejería.
- Realizar y supervisar los procesos para la adquisición y contratación de bienes y servicios, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia.
- Atender, con base en las solicitudes de las unidades administrativas de la Consejería, el mantenimiento, reparación o remodelación de las instalaciones que se requieran en los inmuebles, de conformidad con la normatividad establecida.
- Gestionar ante la Dirección General de Recursos Materiales los contratos de arrendamiento de inmuebles, de conformidad con los términos contractuales establecidos.
- Analizar las solicitudes de adquisición de bienes y servicios enviadas por las unidades administrativas de la Consejería, a fin de determinar y sustanciar el procedimiento adquisitivo correspondiente.
- Realizar el inventario físico de los bienes disponibles en el almacén de la Consejería Jurídica, en los meses de junio y diciembre, de acuerdo a la normatividad vigente e informar a la Dirección General de Recursos Materiales sobre la existencia de bienes de lento o nulo movimiento.
- Elaborar y dar seguimiento al Programa Anual de Adquisiciones de la Consejería Jurídica.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16125
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16137
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 10
Facultades del área :
I. Coordinar, vigilar y evaluar el servicio de registro de actos y hechos del estado civil, proporcionado
por las oficialías del registro civil en el Estado.
II. Promover la ejecución de programas que contribuyan al mejoramiento del sistema registral civil en
el Estado.
III. Vigilar la correcta aplicación de los ordenamientos y sistemas de registro relativos al estado civil.
IV. Designar y remover a los oficiales del registro civil, cuando las necesidades del servicio lo
requieran.
V. Recabar, clasificar, registrar y archivar los libros del registro civil, facilitar su consulta y expedir
las copias que se soliciten.
VI. Autorizar y ordenar la impresión y distribución de formas oficiales en las que deban asentarse los
actos del estado civil y las certificaciones de las actas.
VII. Recibir y resolver oportunamente los requerimientos de aclaración respecto a los registros del
estado civil, de acuerdo con la legislación aplicable.
VIII. Promover, coordinar y ejecutar campañas de regularización del estado civil, con las
dependencias y organismos auxiliares del Ejecutivo Estatal, así como con los gobiernos municipales y
otras instituciones de carácter social y privado.
IX. Realizar programas de capacitación y mejoramiento relacionados con la función del registro civil,
así como coordinarse con dependencias federales, estatales o municipales, cuando así lo requiera el
servicio.
X. Las demás que le señalen otros ordenamientos aplicables y las que le encomiende el o la titular de
la Consejería.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16137
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16583
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior de la Consejería Jurídica y Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
artículos 3, fracción III y 11 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica
Facultades del área :
Artículo 3. Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, así como para atender las funciones de control y evaluación que le corresponden, la Consejería contará con un Consejero/a, quien se auxiliará de las unidades administrativas siguientes:
III. Dirección de Legalización y del Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Artículo 11. Corresponden a la Dirección de Legalización y del Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", las atribuciones siguientes:
I. Tramitar la promulgación de leyes y decretos, aprobados por la Legislatura del Estado, así como los acuerdos del Titular del Ejecutivo Estatal y vigilar su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
II. Administrar y vigilar la publicación del Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Asimismo, vigilar y controlar lo relativo a la demarcación y conservación de los límites del Estado y sus municipios, en coordinación con las autoridades competentes.
III. Proporcionar información referente a las leyes, decretos y demás disposiciones legales de observancia general publicadas en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
IV. Coordinar la celebración de los exámenes y tramitar los nombramientos para el ejercicio de la función notarial; misma que debe supervisar. Recibir, procesar y resolver dentro del marco legal, las quejas interpuestas en contra de los notarios, imponiendo e implementando las sanciones que se deriven de ellas; autorizar los volúmenes del protocolo que utilizan los notarios públicos para su actuación.
V. Registrar, certificar, legalizar y apostillar las firmas autógrafas y electrónicas, los sellos oficiales y electrónicos de los funcionarios estatales, presidentes y secretarios municipales y de los demás funcionarios a quienes esté encomendada la fe pública.
VI. Las demás que le señalen otros ordenamientos legales y las que le encomiende el o la titular de la Consejería.
227006000 DIRECCIÓN DE LEGALIZACIÓN Y DEL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO”
OBJETIVO:
Dirigir y organizar la administración y vigilancia de la publicación del periódico oficial “Gaceta del Gobierno” y su registro en el sistema Legistel, registrar firmas y sellos oficiales de los funcionarios estatales, y municipales y legalizar y apostillar dichas firmas y sellos, supervisar la función notarial y vigilar y controlar lo relativo a la demarcación de límites territoriales en la entidad.
FUNCIONES:
*Dirigir y supervisar la impresión, edición y distribución del periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, con el propósito de difundir los ordenamientos jurídicos y administrativos de carácter federal, estatal o municipal.
*Vigilar la integración de la base de datos de los ejemplares del periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, para su inserción en el sistema Legistel.
*Verificar la actualización permanente del banco de información digitalizada e impresa de la legislación del Estado de México en el sitio Web de Legistel.
*Supervisar el registro de las firmas y sellos de los servidores públicos del Estado de México y de quienes tengan encomendada la fe pública, con las que suscriben los documentos oficiales expedidos en el ejercicio de su desempeño.
*Dirigir la realización de la legalización y apostillamiento de firmas y sellos autorizados de los servidores públicos estatales y municipales, así como de aquellos investidos de fe pública.
*Controlar y supervisar el funcionamiento de las notarías en el Estado, a través de la ejecución de visitas de inspección ordinarias y especiales.
*Verificar que los notarios del Estado realicen sus funciones de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes y, en su caso, vigilar la atención y seguimiento de las quejas presentadas en su contra.
*Supervisar las acciones para el conocimiento y conservación de los límites territoriales de la entidad y de sus municipios, en coordinación con la Comisión de Límites del Estado de México y, en su caso, emitir la opinión técnica respectiva.
*Vigilar y controlar los asuntos relacionados con la demarcación de los límites del Estado y de los municipios, en coordinación con las autoridades competentes.
*Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16583
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16132
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
227006001
Facultades del área :
227006001 DEPARTAMENTO DE NOTARÍAS
OBJETIVO:
Supervisar el funcionamiento de las notarías públicas en el Estado, a través de visitas de inspección ordinarias y especiales, así como recibir y atender las quejas presentadas en su contra, con base en los fundamentos legales vigentes que regulan su actuación.
FUNCIONES:
*Realizar supervisiones a las notarías en la entidad, mediante visitas de inspección ordinarias y especiales, que permitan verificar su funcionamiento.
*Gestionar los nombramientos de los notarios, expedidos por el titular del Ejecutivo del Estado de México.
*Realizar las gestiones necesarias para la celebración de los exámenes de aspirante a notario y los de oposición.
*Recibir y sustanciar de conformidad con el marco legal vigente en la materia, las quejas recibidas en contra de los notarios que incurran en faltas al mismo.
*Implementar los procedimientos para aplicar las sanciones a los notarios que incurran en contravención a la ley.
*Autorizar a los notarios, a petición del Colegio de Notarios, los protocolos en blanco para el ejercicio de la función notarial.
*Ejercer el control de la actividad notarial mediante los registros, expedientes y directorios que prevé el artículo 118 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.
*Elaborar el calendario de las guardias que deberán realizar los Notarios del Estado durante el fin de semana y días festivos e inhábiles, en los casos previstos por la ley en la materia.
*Gestionar la intervención de notarios públicos en la ejecución de acciones de gobierno en el ámbito municipal, estatal y federal, según sea el caso.
*Fungir como enlace entre la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal y el Colegio de Notarios del Estado de México.
*Proponer iniciativas de ley en materia notarial, a efecto de mantener actualizado el marco legal de esta función en el Estado de México.
*Tramitar los procedimientos administrativos de oficio en contra de los fedatarios públicos, cuando en su actuación se contravenga lo dispuesto por la Ley del Notariado vigente y su Reglamento, así como vigilar que los notarios apliquen las disposiciones jurídicas en la materia.
*Proporcionar asesoría y apoyo a la ciudadanía en materia notarial, cuando así lo soliciten.
*Realizar estudios y evaluaciones para identificar las necesidades del servicio notarial en el territorio del Estado, a solicitud del titular de Ejecutivo Estatal o de la Consejería Jurídica.
*Intervenir en la entrega y recepción de las notarías, así como en la clausura extraordinaria del protocolo y remitir la evidencia al Archivo General de Notarías.
*Elaborar y presentar a la Dirección de Legalización y del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el informe mensual de las actividades realizadas y los que le sean requeridos eventualmente.
*Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16583
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16134
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
227006005
Facultades del área :
227006005 LEGISTEL
OBJETIVO:
Organizar y mantener actualizado el sistema de información digitalizada de la legislación del Estado de México, así como atender las solicitudes de información recibidas por vía telefónica, correo electrónico, impreso y en medio magnético, relacionada con las leyes, sus reformas, adiciones, decretos y demás disposiciones jurídicas de observancia general publicadas en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.
FUNCIONES:
*Integrar, organizar y mantener actualizado el banco de información digitalizada e impresa de la legislación que se genera en el Estado de México, en el sitio Web de Legistel.
*Recopilar los bandos municipales de los H. Ayuntamientos del Estado de México, con el propósito de integrarlos en el sitio Web de Legistel.
*Elaborar las propuestas para la adquisición, actualización y conservación de los acervos bibliográficos y electrónicos de Legistel.
*Establecer coordinación permanente con la Dirección General del Sistema Estatal de Informática a efecto de diseñar y administrar el sitio Web de Legistel, de conformidad con los lineamientos establecidos en la materia.
*Recopilar, organizar y colocar en línea el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.
*Atender vía telefónica las solicitudes de información referente a las leyes, decretos y demás disposiciones legales de observancia general, publicadas en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.
*Proporcionar la información referente al marco jurídico de la entidad, para mantener actualizada la página electrónica del Gobierno del Estado de México en la red Internet.
*Diseñar y elaborar el material informativo para difundir los servicios que se proporcionan a través de Legistel.
*Registrar y llevar el control de las consultas diarias de los usuarios al marco jurídico del Gobierno del Estado de México, así como integrar la estadística mensual y elaborar los informes respectivos.
*Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16583
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16607
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
227006003
Facultades del área :
227006003 DEPARTAMENTO DE LÍMITES
OBJETIVO:
Realizar las acciones para el reconocimiento, conservación y difusión de los límites territoriales de la entidad y de sus municipios, en coordinación con la Comisión de Límites del Estado de México, así como emitir opiniones técnicas relativas a límites territoriales.
FUNCIONES:
*Formular, proponer y establecer las políticas y acciones pertinentes para la preservación de los límites territoriales del Estado de México y de sus municipios, en coordinación con las áreas de la Secretaría General de Gobierno y las Comisiones de Límites Municipales.
*Realizar investigaciones documentales y de campo, así como recorridos por las líneas limítrofes, reuniones de concertación y elaboración de planos, a efecto de determinar los problemas de jurisdicción que, en su caso, se presenten.
*Realizar reuniones informativas dirigidas a autoridades municipales para el conocimiento y preservación de sus límites territoriales intermunicipales, con la finalidad de que firmen convenios amistosos de reconocimiento y precisión de los mismos.
*Elaborar proyectos para delimitar las líneas limítrofes intermunicipales, así como las del territorio estatal, en relación con otras entidades federativas.
*Revisar y analizar las bases poligonales que fijan los límites territoriales de los municipios del Estado de México.
*Emitir opinión técnica sobre conflictos intermunicipales y presentarlas a la Comisión de Límites del Estado de México, para su atención.
*Integrar la base de datos de los diferendos limítrofes intermunicipales, así como de los límites territoriales de cada municipio del Estado de México, por medio de la revisión y análisis de las bases poligonales, estudios de cartografía, investigaciones históricas y demás elementos que permitan distinguir el territorio.
*Apoyar a autoridades federales, estatales, municipales y público en general para determinar la ubicación territorial de inmuebles en la entidad, a través de la investigación cartográfica y de campo.
*Desarrollar proyectos de convenios amistosos para el reconocimiento de los límites territoriales intermunicipales, así como los planos topográficos respectivos y someterlos a la consideración de los Ayuntamientos.
*Elaborar y presentar a la Dirección de Legalización y del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el informe mensual de las actividades realizadas y los que le sean requeridos eventualmente.
*Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16583
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16610
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
227006004
Facultades del área :
227006004 DEPARTAMENTO DEL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO”
OBJETIVO:
Regular la organización, funcionamiento, edición, impresión y distribución del periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, a fin de difundir con oportunidad los ordenamientos legales y administrativos de carácter federal, estatal o municipal, así como las acciones que de ellos se derivan.
FUNCIONES:
*Supervisar la impresión y la distribución del periódico oficial “Gaceta del Gobierno” a las dependencias federales, estatales, municipales, a los suscriptores y al público en general.
*Mantener el control de las suscripciones y venta del periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.
*Integrar el archivo de las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, avisos, manuales, notificaciones y demás disposiciones de carácter general.
*Administrar el archivo del periódico oficial “Gaceta del Gobierno” y proporcionar los servicios de búsqueda de documentos al público en general.
*Supervisar la recepción de documentos oficiales para su publicación, así como la venta y distribución del periódico oficial “Gaceta del Gobierno” en las oficinas regionales de Naucalpan, Nezahualcóyotl y Atlacomulco.
*Difundir los requisitos para la inserción de documentos oficiales, a través del portal del gobierno.
*Realizar el seguimiento de los asuntos enviados al Departamento del periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.
*Verificar que los documentos a publicar el en periódico oficial “Gaceta del Gobierno” cumplan con los requisitos establecidos.
*Elaborar y presentar a la Dirección de Legalización y del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el informe mensual de las actividades realizadas, así como los que le requieran eventualmente.
*Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16583
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16611
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización de la Consejería Jurídica
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
227006002
Facultades del área :
227006002 DEPARTAMENTO DE LEGALIZACIONES
OBJETIVO:
Certificar la autenticidad de las firmas autógrafas y sellos oficiales que son colocados en documentos expedidos por funcionarios públicos estatales y municipales en ejercicio de sus funciones, a efecto de que no circulen documentos oficiales apócrifos y los que sean presentados con el trámite de legalización y/o apostillamiento tengan validez legal ante la autoridad solicitante.
FUNCIONES:
*Legalizar las firmas y sellos autorizados de los servidores públicos estatales y municipales, así como de los fedatarios públicos.
*Apostillar las firmas y sellos de los servidores públicos estatales y municipales y de los fedatarios públicos, así como de los que participarán en países adheridos a la Convención de la Haya.
*Llevar el registro histórico y actualizado de las firmas y sellos autorizados de los servidores públicos estatales y municipales, así como de quienes tienen encomendada la fe pública.
*Elaborar las constancias a los presidentes y tesoreros municipales, para tramitar el cobro de las participaciones correspondientes ante las autoridades respectivas.
*Organizar y controlar la información relacionada con las firmas y sellos de los servidores públicos estatales y municipales que se genere, con el fin de mantenerla actualizada y a disposición del superior inmediato.
*Mantener actualizado el registro de firmas y sellos de los servidores públicos estatales, municipales o fedatarios en la base de datos del sistema de legalizaciones de la Oficina de Toluca, así como el de la Oficina de Legalizaciones del Valle de México.
*Revisar, integrar y mantener actualizados los manuales de procedimientos del Departamento de Legalizaciones.
*Elaborar y presentar a la Dirección de Legalización y del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, los informes de manera mensual y trimestral de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
*Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:37:38
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16583
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16658
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Dar cumplimiento a las políticas, normas y procedimientos establecidos en materia de servicios generales y llevar un adecuado control de los mismos.
Difundir las normas y demás disposiciones legales y administrativas en materia de servicios generales, a fin de lograr un eficiente control de los mismos.
Coadyuvar en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual del Instituto.
Mantener coordinación permanente con las unidades administrativas que integran al Instituto para atender los requerimientos de materiales y servicios generales, a fin de proporcionarles atención oportuna y eficiente.
Tramitar y dar seguimiento a las adquisiciones y solicitudes de servicios conforme a las normas y formatos establecidos, verificando su congruencia con la disponibilidad presupuestal.
Vigilar y controlar que las adquisiciones y servicios se realicen conforme a lo establecido en los Catálogos de Bienes y Servicios, y de Proveedores y Prestadores, emitidos por las instancias correspondientes.
Elaborar el Programa Anual de Adquisiciones de Bienes, Arrendamientos y Servicios del Instituto, a través de un sistema informático.
Vigilar que las adquisiciones y/o servicios que se realicen por adjudicación directa o fondo fijo de caja, reúnan las características técnicas de calidad y costos mínimos de mercado; asimismo, se observen las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.
Coordinar con las instancias correspondientes, de acuerdo a las disposiciones emitidas, la contratación y renovación de arrendamientos y servicios necesarios para el desarrollo de las actividades del Instituto.
Vigilar y dar seguimiento a la vigencia de las pólizas de seguros contratados por el Instituto, a fin de realizar oportunamente las acciones necesarias para mantener asegurados los bienes del mismo.
Establecer y observar medidas de protección civil, tendientes a prevenir siniestros dentro de las instalaciones del Instituto.
Informar a las instancias correspondientes de las eventualidades que pudieran ocurrir en el Instituto, haciéndolo de su conocimiento dentro de los primeros cinco días contados a partir de la fecha en que haya ocurrido el siniestro por daño o robo que afecten el patrimonio de los bienes del Instituto.
Verificar y controlar que el personal del Instituto que conduzca un vehículo oficial, cuenten con licencia para conducir vigente. Controlar, actualizar y registrar permanentemente los inventarios y resguardos de los bienes muebles y existencias de almacén con los que cuenta el Instituto.
Controlar y registrar las entradas y las salidas del mobiliario, materiales, insumos y equipo del Instituto.
Elaborar mensualmente los informes de la situación que guardan los inventarios de bienes muebles del Instituto, con el fin de integrarlos al Sistema Integral de Control Patrimonial.
Llevar el control de las bitácoras de mantenimiento y servicios proporcionados al mobiliario y equipo del Instituto, con el fin de conocer el estado en que se encuentran y mantenerlo en óptimas condiciones de uso.
Supervisar y controlar las actividades de mantenimiento y limpieza de los inmuebles que ocupan las diversas oficinas del Instituto.
Verificar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, a fin de cumplir con las disposiciones que emita la unidad administrativa correspondiente.
Contratar, supervisar y controlar los servicios de telefonía, energía eléctrica, agua, fumigación, intendencia y vigilancia del inmueble que ocupa el Instituto, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.
Programar los servicios de mantenimiento preventivo y/o correctivo de los inmuebles y de los equipos que requieran trabajos técnicos especializados, así como del parque vehicular del Instituto.
Proporcionar la dotación de combustible y lubricantes para los vehículos oficiales asignados a las unidades administrativas del Instituto.
Mantener actualizado el padrón de proveedores del Instituto, así como promover su participación en concursos y licitaciones que se efectúen para la adquisición de bienes y servicios del Instituto.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16581
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Dar cumplimiento a las políticas, normas y procedimientos establecidos en materia contable y presupuestal para llevar un adecuado control de los recursos financieros.
Apoyar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto del Instituto, conforme a las normas y lineamientos establecidos.
Controlar la disponibilidad presupuestal a nivel capítulo, concepto y partida de gasto, con el fin de programar los gastos necesarios para la operatividad del Instituto.
Analizar el presupuesto autorizado para realizar las adecuaciones presupuestarias internas y externas, y de esta manera contar con recursos suficientes en las partidas de gasto para atender los requerimientos.
Emitir los informes mensuales y trimestrales solicitados por la Dirección General de Planeación, Programación y Presupuesto e instancias concentradoras, respecto al avance del ejercicio presupuestal y cumplimiento del programa anual de metas del SIPREP.
Vigilar y revisar la captura de la documentación que afecta el presupuesto de gasto corriente y partidas globales en el sistema de control implementado por la Coordinación Administrativa de la Secretaría General de Gobierno (SISCROPE).
Supervisar la captura de los movimientos contables y presupuestales de la cuenta corriente en el Sistema implementado por la Contaduría General Gubernamental, para la emisión de los estados financieros del Instituto (PROGRESS).
Realizar conciliaciones mensuales ante la Dirección General de Planeación, Programación y Presupuesto, Contaduría General Gubernamental y Coordinación Administrativa de la Secretaría General de Gobierno.
Elaborar los cheques de reembolso al fondo fijo de caja, para realizar los pagos por concepto de compras urgentes e imprevistas, así como realizar las conciliaciones de las cuentas bancarias del Instituto y los arqueos de caja correspondientes.
Elaborar los documentos de solicitud de pagos diversos y de reembolso para el fondo fijo de caja, por concepto de los gastos efectuados por el Instituto, a nivel de clave presupuestaria. Revisar, clasificar y afectar los gastos realizados conforme lo que establece el Clasificador por Objeto del Gasto, revisando que la documentación cumpla con los requisitos fiscales y administrativos.
Verificar que exista suficiencia presupuestal para adquisiciones, suministros y pago a proveedores, de conformidad con el presupuesto y calendario autorizado.
Controlar y dar seguimiento a la recuperación de los contrarecibos de pago que se entregarán a los beneficiarios, ante las instancias correspondientes.
Tramitar ante las instancias correspondientes, la liberación oportuna de los recursos aprobados y verificar que su aplicación se apegue a los documentos normativos establecidos para tal efecto.
Elaborar y dar seguimiento a los anticipos solicitados como gastos a comprobar por diversos servicios, así como para el pago del Programa de Pólizas de Interés Social.
Elaborar y presentar a la Subdirección de Administración y Finanzas, dentro de los primeros cinco días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16643
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Establecer y definir, en coordinación con la Subdirección de Administración y Finanzas, las políticas y normas que deberán aplicarse en materia de selección, contratación, capacitación y desarrollo.
Llevar a cabo las acciones necesarias para seleccionar y contratar al personal que por su capacidad, preparación y experiencia se considere idóneo para impartir los cursos que requieran las servidoras públicas y los servidores públicos del Instituto.
Diseñar y operar sistemas de motivación para el personal, a fin de elevar el nivel de eficiencia y productividad en las unidades administrativas que integran el Instituto.
Coordinar con el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo, la realización de programas de capacitación del personal del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.
Mantener contacto permanente con las fuentes de reclutamiento, identificando las necesidades de las unidades administrativas del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.
Llevar a cabo el reclutamiento y selección del personal que aspire a ocupar las plazas vacantes o de nueva creación del Instituto.
Proponer y actualizar las técnicas de evaluación de los exámenes que se aplican a las y los aspirantes a ingresar al Instituto, para ubicarlos adecuadamente en los puestos que se deban cubrir.
Aplicar entrevistas a los solicitantes de empleo, para validar e incrementar la información obtenida en los exámenes aplicados, así como integrar el archivo de los resultados obtenidos.
Diseñar y operar el Programa Anual de Capacitación y Actualización para el personal que labora en el Instituto.
Participar, organizar y programar cursos, conferencias, seminarios y talleres que tengan como tema el desarrollo del personal al servicio del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.
Difundir en los distintos niveles del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México los eventos, cursos y actividades en materia de capacitación y desarrollo.
Promover ante las autoridades educativas, estudios de postgrado para el personal que labora en el Instituto.
Elaborar los programas de difusión de las actividades y servicios que proporciona el Instituto a la ciudadanía.
Elaborar y presentar a la Subdirección de Administración y Finanzas, dentro de los primeros tres días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16642
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Dar cumplimiento a las políticas, normas y procedimientos establecidos en materia de administración de personal y llevar un control de los recursos humanos. Establecer y definir, en coordinación con la Subdirección de Administración y Finanzas, las políticas y normas de la administración de personal, así como la aplicación de procedimientos para el control administrativo del pago salarial a las servidoras públicas y los servidores públicos del Instituto.
Tramitar, ante la Dirección General de Personal de la Secretaría de Finanzas, lo concerniente a los trámites de personal (altas, bajas, cambios, promociones, permisos, etc.), así como los movimientos relacionados con el I.S.S.E.M.yM., conforme a las normas, lineamientos y procedimientos emitidos para tal efecto.
Controlar y supervisar los registros de asistencia y puntualidad del personal adscrito al Instituto. Integrar y revisar la documentación de ingreso de las y los aspirantes a ocupar una plaza en el Instituto, conforme a los requisitos establecidos.
Efectuar los movimientos para el pago del personal del Instituto, así como el cálculo de estímulos, descuentos, préstamos quirografarios y especiales, finiquitos y jubilaciones, entre otros.
Revisar la prenómina del Instituto en forma quincenal, con el fin de validar o detectar cualquier omisión o exceso en el pago de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores, conforme a los tabuladores.
Programar la elaboración de nóminas para el pago del personal del Instituto, así como realizar la actualización de las mismas.
Elaborar y mantener actualizada la plantilla, inventarios, nómina, tabuladores y expedientes del personal adscrito al Instituto.
Clasificar por partida presupuestal los gastos generados a través de la nómina en forma mensual, para informar al Departamento de Recursos Financieros el monto erogado.
Controlar y acumular dentro de un mismo ejercicio el gasto por concepto de servicios personales a nivel partida presupuestal, para su conciliación mensual.
Tramitar la apertura de cuentas ante la Institución Bancaria designada, a efecto de que el sueldo y demás remuneraciones del personal les sean abonadas a través de una cuenta de nómina, de acuerdo a la normatividad.
Aplicar al personal, en su ámbito de competencia, las sanciones que determinen las condiciones generales de trabajo y demás disposiciones legales aplicables en la materia.
Verificar y dar seguimiento a las guardias que deberán cubrir las defensoras públicas, los defensores públicos y el personal administrativo, conforme a los programas de trabajo del Instituto y al calendario de guardias emitido por el Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Elaborar y controlar la expedición de gafetes de identificación del personal del Instituto, así como de las y los prestadores de servicio social y prácticas profesionales.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16641
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Programar, organizar y controlar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros del Instituto.
Elaborar el Programa Anual de Adquisiciones del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, con base en los lineamientos establecidos en la materia.
Presentar a la Dirección General del Instituto para su aprobación, el anteproyecto de presupuesto calendarizado de ingresos y egresos para el ejercicio correspondiente.
Dirigir, coordinar y controlar la elaboración de planes y proyectos para la aplicación del presupuesto, a fin de contar con información que refleje la situación financiera del Instituto.
Presentar a la Dirección General del Instituto para su autorización, los contratos que celebre el órgano con empresas, organismos públicos, privados y sociales, así como con particulares.
Supervisar que se lleve el control de los sistemas contables y administrativos que se emplean en los procesos desarrollados por el Instituto.
Verificar que las unidades administrativas del Instituto cumplan con las políticas, normas, sistemas y procedimientos que en materia de administración y finanzas dicten las dependencias normativas correspondientes.
Integrar y dar cumplimiento al programa semestral de adquisiciones del Instituto, con base en los lineamientos establecidos para tal efecto.
Coordinar la integración de los inventarios de bienes muebles de las diferentes unidades administrativas del Instituto, con el propósito de cumplir con la normatividad establecida en la materia.
Verificar que se proporcionen en forma oportuna los servicios solicitados por las unidades administrativas; así como el cumplimiento de los programas de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, de transporte y de suministros, entre otros, a fin de coadyuvar al desarrollo de las funciones del Instituto.
Vigilar que se lleve el control de la plantilla de personal que labora en las unidades administrativas del Instituto y mantenerla actualizada de manera permanente.
Supervisar que se integre y envíe a la Contraloría Interna la información que corresponda a la administración y finanzas del Instituto, a fin de que se verifiquen las funciones que éste desarrolla.
Someter a consideración de la Dirección General del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, los instrumentos administrativos que coadyuven a dar cumplimiento al objetivo establecido en la ley de la materia.
Vigilar que los bienes muebles, vehículos, equipos e inmuebles se encuentren asegurados en la modalidad que corresponda y de conformidad con la disponibilidad presupuestal respectiva.
Elaborar y presentar a la Dirección General del Instituto, dentro de los primeros tres días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16656
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Coadyuvar con la o el titular de la Dirección Regional para que se lleve a cabo el estricto cumplimiento de los programas y proyectos del Instituto.
Coordinar con las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción, los asuntos atendidos, procurando una adecuada distribución de cargas de trabajo, tanto en los turnos como en el número de asuntos.
Proponer a la o el titular de la Dirección Regional, la reasignación de las adscripciones de las defensoras públicas y los defensores públicos, con el propósito de mejorar permanentemente el servicio al público, así como desahogar oportuna y eficientemente las cargas de trabajo.
Establecer coordinación con las unidades administrativas adscritas a la Dirección General del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México para la realización de las actividades asignadas.
Hacer del conocimiento de la o el titular de la Dirección Regional, las anomalías que se detecten en el desempeño de las actividades de las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción y, en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
Determinar de manera coordinada con la o el titular de la Dirección Regional correspondiente, la suplencia de las defensoras públicas y los defensores públicos de su región, con el fin de dar continuidad a los servicios legales que se brindan, ya sea por comisiones, vacaciones, incapacidades u otros factores.
Vigilar que el servicio de defensoría pública se proporcione en forma gratuita a quien lo solicite.
Evaluar periódicamente el desempeño de las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción e informar a la o el titular de la Dirección Regional el Resultado de dichas evaluaciones.
Proponer la asignación de prestadoras y prestadores de servicio social, y de prácticas profesionales, así como vigilar su asistencia y desempeño.
Sugerir cursos de capacitación para las defensoras públicas y los defensores públicos, a fin de que cuenten con la preparación y conocimientos necesarios para mejorar el servicio que presta el Instituto.
Proporcionar el apoyo administrativo que se requiera para la impartición de cursos de capacitación dirigidos a defensoras públicas y defensores públicos.
Auxiliar y dar seguimiento a la canalización de las fianzas de interés social, conforme al propósito para el que fueron solicitadas.
Informar sobre las necesidades y requerimientos en las oficinas de las defensoras públicas y los defensores públicos, respecto a recursos humanos, materiales y de servicio, con la finalidad de eficientar y facilitar el cumplimiento de los objetivos.
Verificar la veracidad de los datos asentados por las defensoras públicas y los defensores públicos en los libros de gobierno, de acuerdo a su adscripción.
Efectuar periódicamente visitas a las oficinas que ocupan las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción para evaluar las actuaciones en los asuntos atendidos e informar a la o el titular de la Dirección Regional los resultados de los mismos.
Supervisar la tramitación de las pólizas de interés social ante los órganos jurisdiccionales y agencias del ministerio público, así como darles el seguimiento e informar mensualmente a su superior inmediato del estado que guardan respecto de su vigencia y cancelación.
Difundir entre la población de su región las acciones, programas y servicios que otorga el Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.
Autorizar el trámite de liberación de servicio social y prácticas profesionales en sus respectivas regiones.
Elaborar y presentar a la Dirección Regional, dentro de los tres primeros días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como de los que le sean requeridos eventualmente.
Coordinar la prestación obligatoria y gratuita de defensa en el sistema penal acusatorio y oral y, asuntos en materia penal, brindada por las defensoras públicas y los defensores públicos a su cargo.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16655
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Vigilar estrictamente la observancia y aplicación de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México, su Reglamento Interior y demás ordenamientos legales aplicables por las defensoras públicas y los defensores públicos.
Coordinar y atender las consultas de representación legal, así como las solicitudes de asesoría que presenten las defensoras públicas, los defensores públicos, y personas que acuden a solicitarlas.
Determinar y asignar a las defensoras públicas y los defensores públicos el patrocinio de los asuntos en materia civil, familiar, penal y mercantil.
Canalizar a otras instancias los asuntos que por su naturaleza no sean competencia del Instituto.
Establecer y verificar que se apliquen los proyectos y programas que la Dirección General del Instituto estime necesarios para mejorar el servicio en su región, en materia jurídica y de capacitación.
Informar a la Dirección General del Instituto las violaciones o faltas que cometan, en el ejercicio de sus funciones, el personal que se encuentra bajo su cargo, para la aplicación de las sanciones administrativas que correspondan.
Proponer a la Dirección General del Instituto cualquier cambio de adscripción del personal bajo su cargo.
Coadyuvar en la celebración de acuerdos y convenios con otras instituciones públicas y privadas de la región que le corresponde, con la finalidad de mejorar el servicio que brinda el Instituto.
Analizar y proponer, la adscripción de prestadoras y prestadores de servicio social o de prácticas profesionales. Supervisar la expedición de las pólizas de interés social ante los órganos jurisdiccionales y Agencias del Ministerio Público, a efecto de verificar el estado que guardan respecto de su vigencia y cancelación.
Convocar y presidir en su región las reuniones de trabajo y evaluación que estimen necesarias con el personal bajo su cargo, a fin de mejorar el desarrollo de las funciones que tienen asignadas.
Elaborar y presentar a la Dirección General del Instituto, dentro de los primeros tres días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Vigilar y coordinar la prestación obligatoria y gratuita de defensa en el Sistema Penal Acusatorio y asuntos en materia penal, brindada por las defensoras públicas y los defensores públicos.
Vigilar y coordinar la prestación gratuita del patrocinio legal de los asuntos en materia civil, familiar y mercantil.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16654
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Coadyuvar con la o el titular de la Dirección Regional para que se lleve a cabo el estricto cumplimiento de los programas y proyectos del Instituto.
Coordinar con las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción, los asuntos atendidos, procurando una adecuada distribución de cargas de trabajo, tanto en los turnos como en el número de asuntos.
Proponer a la o el titular de la Dirección Regional, la reasignación de las adscripciones de las defensoras públicas y los defensores públicos, con el propósito de mejorar permanentemente el servicio al público, así como desahogar oportuna y eficientemente las cargas de trabajo.
Establecer coordinación con las unidades administrativas adscritas a la Dirección General del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México para la realización de las actividades asignadas.
Hacer del conocimiento de la o el titular de la Dirección Regional, las anomalías que se detecten en el desempeño de las actividades de las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción y, en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
Determinar de manera coordinada con la o el titular de la Dirección Regional correspondiente, la suplencia de las defensoras públicas y los defensores públicos de su región, con el fin de dar continuidad a los servicios legales que se brindan, ya sea por comisiones, vacaciones, incapacidades u otros factores.
Vigilar que el servicio de defensoría pública se proporcione en forma gratuita a quien lo solicite.
Evaluar periódicamente el desempeño de las defensoras públicas y de los defensores públicos de su adscripción e informar a la o el titular de la Dirección Regional el Resultado de dichas evaluaciones.
Proponer la asignación de prestadoras y prestadores de servicio social y de prácticas profesionales, así como vigilar su asistencia y desempeño.
Sugerir cursos de capacitación para las defensoras públicas y los defensores públicos, a fin de que cuenten con la preparación y conocimientos necesarios para mejorar el servicio que presta el Instituto.
Proporcionar el apoyo administrativo que se requiera para la impartición de cursos de capacitación dirigidos a defensoras públicas y defensores públicos.
Auxiliar y dar seguimiento a la canalización de las fianzas de interés social, conforme al propósito para el que fueron solicitadas.
Informar sobre las necesidades y requerimientos en las oficinas de las defensoras públicas y los defensores públicos, respecto a recursos humanos, materiales y de servicio, con la finalidad de eficientar y facilitar el cumplimiento de los objetivos.
Verificar la veracidad de los datos asentados por las defensoras públicas y los defensores públicos en los libros de gobierno, de acuerdo a su adscripción.
Efectuar periódicamente visitas a las oficinas que ocupan las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción para evaluar las actuaciones en los asuntos atendidos e informar al Director Regional los resultados de los mismos.
Supervisar la tramitación de las pólizas de interés social ante los órganos jurisdiccionales y agencias del ministerio público, así como darles el seguimiento e informar mensualmente a su superior inmediato del estado que guardan respecto de su vigencia y cancelación.
Difundir entre la población de su región las acciones, programas y servicios que otorga el Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.
Autorizar el trámite de liberación de servicio social y prácticas profesionales en sus respectivas regiones.
Elaborar y presentar a la Dirección Regional, dentro de los tres primeros días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como de los que le sean requeridos eventualmente.
Coordinar la prestación obligatoria y gratuita de defensa en el sistema penal acusatorio y oral y, asuntos en materia penal, brindada por las defensoras públicas y los defensores públicos a su cargo.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
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Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Vigilar estrictamente la observancia y aplicación de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México, su Reglamento Interior y demás ordenamientos legales aplicables por las defensoras públicas y los defensores públicos.
Coordinar y atender las consultas de representación legal, así como las solicitudes de asesoría que presenten las defensoras públicas, los defensores públicos, y personas que acuden a solicitarlas.
Determinar y asignar a las defensoras públicas y los defensores públicos el patrocinio y defensa de los asuntos en materia civil, familiar, penal y mercantil, respectivamente.
Canalizar a otras instancias los asuntos que por su naturaleza no sean competencia del Instituto.
Establecer y verificar que se apliquen los proyectos y programas que la Dirección General del Instituto estime necesarios para mejorar el servicio en su región, en materia jurídica y de capacitación.
Informar a la Dirección General del Instituto las violaciones o faltas que cometan, en el ejercicio de sus funciones, el personal que se encuentra bajo su cargo, para la aplicación de las sanciones administrativas que correspondan.
Proponer a la Dirección General del Instituto cualquier cambio de adscripción del personal bajo su cargo.
Coadyuvar en la celebración de acuerdos y convenios con instituciones públicas y privadas de la región que le corresponde, con la finalidad de mejorar el servicio que brinda el Instituto.
Analizar y proponer, la adscripción de prestadoras y prestadores de servicio social o de prácticas profesionales.
Supervisar la expedición de pólizas de interés social ante los órganos jurisdiccionales y agencias del ministerio público, a efecto de verificar el estado que guardan respecto de su vigencia y cancelación.
Convocar y presidir en su región, las reuniones de trabajo y evaluación que estimen necesarias con el personal bajo su cargo, a fin de mejorar el desarrollo de las funciones que tienen asignadas.
Elaborar y presentar a la Dirección General, dentro de los primeros tres días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Vigilar y coordinar la prestación obligatoria y gratuita de defensa en el Sistema Penal Acusatorio y asuntos en materia penal, brindada por las defensoras públicas y los defensores públicos.
Vigilar y coordinar la prestación gratuita del patrocinio legal de los asuntos en materia civil, familiar y mercantil.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16650
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Coadyuvar con la o el titular de la Dirección Regional para que se lleve a cabo el estricto cumplimiento de los programas y proyectos del Instituto.
Coordinar con las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción, los asuntos atendidos, procurando una adecuada distribución de cargas de trabajo, tanto en los turnos como en el número de asuntos.
Proponer a la o el titular de la Dirección Regional, la reasignación de las adscripciones de las defensoras públicas y los defensores públicos, con el propósito de mejorar permanentemente el servicio al público, así como desahogar oportuna y eficientemente las cargas de trabajo.
Establecer coordinación con las unidades administrativas adscritas a la Dirección General del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México para la realización de las actividades asignadas.
Hacer del conocimiento de la o el titular de la Dirección Regional, las anomalías que se detecten en el desempeño de las actividades de las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción y, en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
Determinar de manera coordinada con la o el titular de la Dirección Regional correspondiente, la suplencia de las defensoras públicas o los defensores públicos de su región, con el fin de dar continuidad a los servicios legales que se brindan, ya sea por comisiones, vacaciones, incapacidades u otros factores.
Vigilar que el servicio de defensoría pública se proporcione en forma gratuita a quien lo solicite.
Evaluar periódicamente el desempeño de las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción e informar a la o el titular de la Dirección Regional el resultado de dichas evaluaciones.
Proponer la asignación de prestadoras y prestadores de servicio social y de prácticas profesionales, así como vigilar su asistencia y desempeño.
Sugerir cursos de capacitación para las defensoras públicas y los defensores públicos, a fin de que cuenten con la preparación y conocimientos necesarios para mejorar el servicio que presta el Instituto.
Proporcionar el apoyo administrativo que se requiera para la impartición de cursos de capacitación dirigidos a defensoras públicas y defensores públicos.
Auxiliar y dar seguimiento a la canalización de las fianzas de interés social, conforme al propósito para el que fueron solicitadas.
Informar sobre las necesidades y requerimientos en las oficinas de las defensoras públicas y los defensores públicos, respecto a recursos humanos, materiales y de servicio, con la finalidad de eficientar y facilitar el cumplimiento de los objetivos.
Verificar la veracidad de los datos asentados por las defensoras públicas y los defensores públicos en los libros de gobierno, de acuerdo a su adscripción.
Efectuar periódicamente visitas a las oficinas que ocupan las defensoras públicas y los defensores públicos de su adscripción para evaluar las actuaciones en los asuntos atendidos e informar a la o el titular de la Dirección Regional los resultados de los mismos.
Supervisar la tramitación de las pólizas de interés social ante los órganos jurisdiccionales y agencias del ministerio público, así como darles el seguimiento e informar mensualmente a su superior inmediato del estado que guardan respecto de su vigencia y cancelación.
Difundir entre la población de su región las acciones, programas y servicios que otorga el Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.
Autorizar el trámite de liberación de servicio social y prácticas profesionales en sus respectivas regiones.
Elaborar y presentar a la Dirección Regional, dentro de los tres primeros días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como de los que le sean requeridos eventualmente.
Coordinar la prestación obligatoria y gratuita de defensa en el sistema penal acusatorio y oral y, asuntos en materia penal, brindada por las defensoras públicas y los defensores públicos a su cargo.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:39:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
16649
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual General de Organización del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Fracción VII Artículo 13 Capítulo III del Manual General de Organización de la Defensoría Pública del Estado de México
Facultades del área :
Vigilar estrictamente la observancia y aplicación de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México, su Reglamento Interior y demás ordenamientos legales aplicables por las defensoras públicas y los defensores públicos.
Coordinar y atender las consultas de representación legal, así como las solicitudes de asesoría que presenten las defensoras públicas, los defensores públicos, y personas que acuden a solicitarlas.
Determinar y asignar a las defensoras públicas o los defensores públicos el patrocinio y la defensa de los asuntos en materia civil, familiar, penal y mercantil, respectivamente.
Canalizar a otras instancias los asuntos que por su naturaleza no sean competencia del Instituto.
Establecer y verificar que se apliquen los proyectos y programas que la Dirección General del Instituto estime necesarios para mejorar el servicio en su región, en materia jurídica y de capacitación.
Informar a la Dirección General del Instituto, las violaciones o faltas que cometa en el ejercicio de sus funciones, el personal que se encuentra bajo su cargo, para la aplicación de las sanciones administrativas que correspondan.
Proponer a la Dirección General del Instituto cualquier cambio de adscripción del personal bajo su cargo.
Coadyuvar en la celebración de acuerdos y convenios con instituciones públicas y privadas de la región que le corresponde, con la finalidad de mejorar el servicio que brinda el Instituto.
Analizar y proponer, la adscripción de prestadoras y prestadores de servicio social o de prácticas profesionales.
Supervisar la expedición de las pólizas de interés social ante los órganos jurisdiccionales y Agencias del Ministerio Público, a efecto de verificar el estado que guardan respecto de su vigencia y cancelación.
Convocar y presidir en su región las reuniones de trabajo y evaluación que estimen necesarias con el personal bajo su cargo, a fin de mejorar el desarrollo de las funciones que tienen asignadas.
Elaborar y presentar a la Dirección General del Instituto, dentro de los primeros tres días de cada mes un informe de las actividades realizadas, así como los que le sean requeridos eventualmente.
Vigilar y coordinar la prestación obligatoria y gratuita de defensa en el Sistema Penal Acusatorio y asuntos en materia penal, brindada por las defensoras y defensores públicos.
Vigilar y coordinar la prestación gratuita del patrocinio legal de los asuntos en materia civil, familiar y mercantil.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia
Fecha de actualización :
2017-06-12 17:32:52
Fecha de validación :
2017-05-03 09:46:34
Área o unidad administrativa responsable de la información :
16138
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
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