Denominación del Área :
Dirección General de Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 10, fraciones de la I a la XVII
Facultades del área :
Artículo 10.- Al frente de la Dirección General del Tecnológico habrá una o un Director General, a quien le corresponde además de las señaladas en el decreto, las atribuciones siguientes:
I. Dirigir administrativa y académicamente al Tecnológico.
II. Presentar a la Junta Directiva, para su aprobación, los planes y programas del Tecnológico.
III. Proveer lo necesario para el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva. 4
IV. Delegar la representación legal del Tecnológico en una o más personas apoderadas para que la ejerzan individual o conjuntamente, para actos de dominio requerirá de la autorización expresa de la Junta Directiva, de conformidad con la legislación vigente.
V. Celebrar acuerdos, convenios y contratos con los sectores público, privado y social para el cumplimiento del objeto del Tecnológico, informando a la Junta Directiva.
VI. Integrar las comisiones dictaminadoras internas de conformidad con lo dispuesto por la Ley.
VII. Proponer a la Junta Directiva, para su aprobación, la creación de nuevas carreras y programas de posgrado, acordes con los objetivos del Tecnológico y con los requerimientos sociales.
VIII. Expedir los diplomas, constancias, certificados de estudio, títulos profesionales, grados académicos y reconocimientos al mérito académico que le corresponda, así como validar las actas de exámenes profesionales que otorgue el Tecnológico.
IX. Evaluar las actividades del Tecnológico, presentando los reportes respectivos.
X. Proponer a la Junta Directiva, para su aprobación, el nombramiento de las y los directores.
XI. Nombrar y remover al personal administrativo del Tecnológico, cuyo nombramiento o remoción no esté reservado a la Junta Directiva.
XII. Otorgar las licencias, permisos y autorizaciones que le correspondan.
XIII. Promover que las actividades de las unidades administrativas del Tecnológico se realicen de manera coordinada.
XIV. Promover la modernización administrativa del Tecnológico.
XV. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones.
XVI. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación del presente Reglamento, así como los casos no previstos en el mismo.
XVII. Presidir los órganos colegiados internos que le confiera la normatividad en la materia.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le señale la Junta Directiva.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
Dirección Académica
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículos 14 y 15
Facultades del área :
Artículo 14.- A la Dirección Académica le corresponde planear, coordinar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los planes y programas académicos y de investigación de las carreras a su cargo, así como las funciones de apoyo y desarrollo académico del Tecnológico.
Quedan adscritas a la Dirección Académica, las Divisiones de Carrera que le sean autorizadas, conforme a la normatividad aplicable.
Artículo 15.- Corresponde además a la Dirección Académica:
I. Someter a consideración de la Directora o Director General, para su aprobación, la normatividad académica del Tecnológico y vigilar su cumplimiento.
II. Difundir las políticas y lineamientos a que deben sujetarse las actividades académico-administrativas, de investigación y posgrado del Tecnológico.
III. Presentar a la Directora o Director General, proyectos de crecimiento y mejoramiento de los espacios físicos y servicios educativos del Tecnológico, en función de la demanda y diversificación de la oferta educativa.
IV. Integrar y, en su caso, presidir los órganos o grupos académicos del Tecnológico, conforme a la normatividad en la materia.
V. Participar en el diseño de programas de educación continua del Tecnológico.
VI. Turnar a la o al titular de la Dirección de Administración y Finanzas, para su aprobación, los perfiles de las y los aspirantes del personal académico y de investigación requeridos, para ser contratados.
VII. Proponer a la Directora o Director General, para su aprobación, las acciones que coadyuven en la titulación del alumnado de licenciatura y la obtención del grado de maestría.
VIII. Coordinar la elaboración de los lineamientos para la selección del alumnado de nuevo ingreso, con las unidades administrativas competentes del Tecnológico.
IX. Participar en las convocatorias emitidas por instancias estatales, federales o internacionales para la obtención de recursos extraordinarios, acreditaciones o reconocimientos académicos.
X. Coadyuvar en la elaboración del Programa Anual de Capacitación Docente en coordinación con la Dirección de Apoyo y Desarrollo Académico.
XI. Participar en la vinculación con el sector productivo para la realización de las prácticas y residencias profesionales del cuerpo dicente del Tecnológico.
XII. Promover en coordinación con otras instituciones educativas el intercambio y movilidad del alumnado, así como del personal docente.
XIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
Dirección de Apoyo y Desarrollo Académico
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículos 16
Facultades del área :
Artículo 16.- Corresponde a la Dirección de Apoyo y Desarrollo Académico:
I. Proponer a la Directora o Director General, para su aprobación, el Programa de Actualización y Superación Académica y vigilar su cumplimiento.
II. Dirigir, supervisar y controlar las funciones de las unidades administrativas adscritas a la Dirección.
III. Proponer en coordinación con la Dirección Académica y la Unidad de Planeación, las políticas de crecimiento, mantenimiento y diversificación de la matrícula, así como de los principales indicadores académicos institucionales.
IV. Promover la vinculación con el sector productivo para la realización del servicio social de las y los estudiantes del Tecnológico.
V. Coordinar con otras unidades administrativas la elaboración del Programa de Seguimiento de Egresados y Egresadas del Tecnológico y verificar su cumplimiento.
VI. Integrar un Programa Institucional de Tecnologías y Sistemas de Información que coadyuve al proceso académico y administrativo.
VII. Promover la celebración de acuerdos y convenios interinstitucionales, nacionales e internacionales que permitan el intercambio o préstamo de material bibliográfico entre instituciones, así como fortalecer los servicios digitales de información. 9
VIII. Participar y en su caso, presidir los órganos o comisiones institucionales.
IX. Verificar el cumplimiento de las funciones de registro y certificación escolar.
X. Vigilar que se mantenga actualizado el Sistema de Información y Documentación del Tecnológico.
XI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
Dirección de Vinculación y Extensión
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 17
Facultades del área :
Artículo 17.- Corresponde a la Dirección de Vinculación y Extensión:
I. Diseñar el Programa de Vinculación y Extensión Académica y someterlo a consideración de la Directora o Director General y vigilar su cumplimiento.
II. Autorizar, supervisar y coordinar la elaboración de los programas de educación continua que permita la actualización y especialización del alumnado, personas egresadas, así como profesionistas, de los sectores público, privado y social.
III. Promover la participación de los sectores social y productivo en las comisiones académicas que se establezcan, para la actualización de los planes y programas de estudio del Tecnológico.
IV. Promover en el sector productivo, la realización del servicio social de las y los estudiantes del Tecnológico.
V. Promover en el sector productivo el establecimiento de la bolsa de trabajo del Tecnológico.
VI. Vincular con los sectores público, privado y social a las instancias académicas, a fin de facilitar la realización de las residencias profesionales de las y los estudiantes.
VII. Autorizar, organizar y dirigir los programas de fomento de actividades culturales, recreativas y deportivas del Tecnológico.
VIII. Coordinar y evaluar las actividades del Centro de Idiomas del Tecnológico con apego a las necesidades que establezcan los Planes de Estudio de Licenciatura y Posgrado.
IX. Autorizar y supervisar los programas del Centro de Idiomas que contribuyan al aprendizaje, práctica y certificación de idiomas.
X. Participar en las sesiones de los órganos colegiados en los que forme parte la Dirección.
XI. Autorizar y supervisar los programas de actividades y servicios tecnológicos, de emprendimiento, investigación y desarrollo, promovidos a través del Centro de Gestión Tecnológica e Incubadora de Empresas.
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
Dirección de Administración y Finanzas
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 18
Facultades del área :
Artículo 18.- Corresponde a la Dirección de Administración y Finanzas:
I. Administrar y custodiar los fondos, valores y bienes del Tecnológico, en términos de la normatividad aplicable.
II. Aplicar las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la programación, presupuestación y administración del capital humano, así como de los recursos materiales y financieros del Tecnológico.
III. Integrar y someter a consideración de la o el titular de la Dirección General, para su aprobación, el Anteproyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Tecnológico.
IV. Elaborar, integrar y validar los estados financieros del Tecnológico.
V. Formular conjuntamente con las unidades administrativas del Tecnológico, los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con las disposiciones legales establecidas, programas de trabajo y proyectos de egresos respectivos.
VI. Elaborar, integrar y validar los programas para la conservación, mantenimiento y reparación de los bienes muebles e inmuebles del Tecnológico y vigilar su cumplimiento.
VII. Integrar y coordinar, con la participación que corresponda a las demás unidades administrativas del Tecnológico, los programas de inducción, capacitación y desarrollo del personal administrativo del Tecnológico.
VIII. Coordinar la realización de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles del Tecnológico, así como vigilar su conservación y mantenimiento.
IX. Proveer los bienes materiales y servicios para el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del Tecnológico. 11
X. Programar, organizar y controlar el suministro, administración y aplicación de los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos, así como los servicios generales necesarios para el funcionamiento de las unidades administrativas del Tecnológico.
XI. Tramitar los movimientos de altas, bajas, cambios, permisos, licencias y contrataciones del personal del Tecnológico de conformidad con la normatividad aplicable.
XII. Presidir los Comités de Adquisiciones y Servicios y, el de Arrendamiento, Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones de Bienes Muebles del Tecnológico, de acuerdo con la normatividad aplicable.
XIII. Coordinar y, en su caso, ejecutar los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes y contratación de servicios, que requiera el Tecnológico, informando oportunamente a la Directora o Director General, de acuerdo con la normatividad aplicable.
XIV. Suscribir y supervisar el correcto cumplimiento de los contratos y convenios derivados de los procesos adquisitivos de bienes y servicios, con base en la normatividad aplicable, previo acuerdo con la Directora o Director General.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Ingeniería Química y Bioquímica
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Ingeniería en Sistemas Computacionales
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Informática
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Ingeniería Mecánica, Mecatrónica e Industrial
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Ingeniería Electrónica
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Contaduría Pública
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-08-14 13:44:52
Fecha de validación :
2017-08-14 13:44:52
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Ingeniería Aeronáutica
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
Abogado General
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 20
Facultades del área :
Artículo 20.- Corresponde a la o al Abogado General: 13
I. Representar legalmente al Tecnológico en los asuntos judiciales en los que éste sea parte, previo mandato que al efecto le otorgue la Directora o Director General.
II. Asesorar jurídicamente a la Directora o Director General y al personal administrativo del Tecnológico que lo requieran, en asuntos relacionados con sus funciones.
III. Formar parte de los órganos colegiados en los que sea necesaria su participación.
IV. Formular y revisar los proyectos de reglamentos, acuerdos, convenios, contratos y demás ordenamientos jurídicos que pretenda expedir o celebrar el Tecnológico.
V. Compilar y divulgar los ordenamientos jurídicos que regulen la organización y el funcionamiento del Tecnológico.
VI. Verificar la aplicación de los instrumentos y normas que regulan las relaciones de trabajo en el Tecnológico.
VII. Gestionar el registro de patentes y derechos de autoría que tenga el Tecnológico.
VIII. Proponer disposiciones normativas complementarias que coadyuven a eficientar el funcionamiento del Tecnológico.
IX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección General.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
Contralor Interno
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior del TESE
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 21
Facultades del área :
Artículo 21.- Corresponde a la Contraloría Interna, además de las atribuciones señaladas en el Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, las siguientes:
I. Vigilar el cumplimiento de los programas y subprogramas de las unidades administrativas del Tecnológico y elaborar los reportes correspondientes.
II. Vigilar el correcto ejercicio de los presupuestos autorizados al Tecnológico, en congruencia con el avance programático, atendiendo a los principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que fija la normatividad aplicable.
III. Realizar las inspecciones, supervisiones, revisiones, auditorías, evaluaciones contables, operacionales, técnicas y administrativas a las unidades que integran el Tecnológico, tendientes a verificar el cumplimiento de los objetivos, metas, normas y disposiciones relacionadas con los sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal; contratación de servicios; programas de inversión, adquisiciones, arrendamiento, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes y demás activos asignados al Tecnológico y dar seguimiento a la solventación de las observaciones derivadas de tales acciones.
IV. Proponer a la Directora o Director General, para su aprobación, la aplicación de normas complementarias en materia de control interno.
V. Participar en los procesos de entrega y recepción de las unidades administrativas que integran el Tecnológico, verificando su apego a la normatividad correspondiente.
VI. Recibir, tramitar y dar seguimiento a las quejas y denuncias que se interpongan en contra del personal al servicio público adscrito al Tecnológico, en términos de la Ley en materia laboral.
VII. Instrumentar los procedimientos administrativos disciplinarios y resarcitorios, en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
VIII. Recibir los recursos administrativos de inconformidad que se interpongan en contra de las resoluciones que emita este órgano de control interno.
IX. Verificar la presentación oportuna de las declaraciones de situación patrimonial y declaración de intereses de las y los servidores públicos del Organismo sujetos a esta obligación.
X. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales aplicables y aquellas que le encomiende la Secretaría de la Contraloría.
Fecha de actualización :
2017-07-28 16:27:30
Fecha de validación :
2017-07-28 16:27:30
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
División de Ingeniería en Gestión Empresarial
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Reglamento Interior
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 19
Facultades del área :
Artículo 19.- Corresponde a las Divisiones de Carrera:
I. Coordinar, ejecutar y difundir los planes y programas académicos, así como definir las líneas de investigación de la división a su cargo, que permitan el avance del conocimiento y fortalezcan la enseñanza e investigación tecnológica.
II. Participar en coordinación con instancias externas en la elaboración y modificación de los planes y programas de estudio de la división a su cargo.
III. Coadyuvar con la Dirección de Vinculación y Extensión en la promoción y atención de los servicios que requieran los sectores público, privado y social.
IV. Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las funciones del personal docente adscrito a la división a su cargo, e informar de ello a la o el titular de la Dirección Académica.
V. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudios de la división a su cargo. 12
VI. Proponer a la o al Director Académico las modificaciones al contenido temático de los programas académicos de licenciatura y posgrado, así como de investigación de los programas a su cargo.
VII. Supervisar la aplicación del Reglamento de Residencias Profesionales.
VIII. Proponer y aplicar técnicas de enseñanza y métodos de evaluación en coordinación con el Departamento de Desarrollo Académico y Formación Docente acordes a los Planes y Programas de Estudio vigentes, así como vigilar su cumplimiento.
IX. Proponer la implementación de las Tecnologías de Información y Comunicación de vanguardia en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la División a su cargo.
X. Atender los requerimientos solicitados por los organismos acreditadores de la División a su cargo cuando el Plan de Estudios sea susceptible de ser acreditado.
XI. Participar en la definición del perfil profesional académico que requiera contratarse en la División a su cargo.
XII. Proponer a la o al titular de la Dirección Académica, cursos de formación y superación académica como resultado de las diferentes evaluaciones aplicadas al personal docente de la división a su cargo.
XIII. Fomentar la obtención del grado respectivo en el alumnado, así como la titulación que egrese en la división correspondiente.
XIV. Dictaminar de conformidad con la normatividad y procedimientos aplicables sobre los estudios realizados en otras instituciones de educación superior que soliciten ser revalidados.
XV. Proponer a la o al Director General o, a la o al titular de la Dirección Académica, acciones para elevar la calidad de los servicios educativos proporcionados por la división a su cargo.
XVI. Programar, organizar y controlar el uso de talleres, laboratorios y equipos de la división a su cargo, así como supervisar los programas de mantenimiento.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquellas que le encomiende la o el titular de la Dirección Académica o la Directora o el Director General.
Fecha de actualización :
2017-09-21 15:57:40
Fecha de validación :
2017-08-14 13:46:29
Área o unidad administrativa responsable de la información :
Unidad de Planeación
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :