De acuerdo con la tabla de aplicabilidad de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, la presente fracción no le es aplicable, ya que la deuda pública es competencia de la Dirección General de Crédito dependiente de la Secretaría de Finanzas, conforme a lo establecido en el artículo 19, fracción III, 23 y 24 fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; artículo 2, XXXIII y 263 fracciones II y V del Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 26, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, numeral 203330000 del Manual General de Organización de la Secretaría de Finanzas. |