| XIV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
Artículo 9. Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Poder Ejecutivo Federal, en sus respectivos ámbitos, formularán y aplicarán políticas compensatorias y asistenciales, así como oportunidades de desarrollo productivo e ingreso en beneficio de las personas, familias y grupos sociales en situación de vulnerabilidad, destinando los recursos presupuestales necesarios y estableciendo metas cuantificables. (Ley General de Desarrollo Social)
Artículo 21 La distribución de los fondos de aportaciones federales y de los ramos generales relativos a los programas sociales de educación, salud, alimentación, infraestructura social y generación de empleos productivos y mejoramiento del ingreso se hará con criterios de equidad y transparencia, conforme a la normatividad aplicable. (Ley General de Desarrollo Social)
Esta fracción no aplica para los Partidos Políticos, esta fracción va encaminada a los municipios, gobiernos de las entidades federativas y el Poder Ejecutivo Federal, en materia de desarrollo social, dentro de los fines de un Partido no se encuentra el desarrollar programas de subsidio, estímulos y apoyos, la finalidad de los partidos en otra, como se desprende de los Artículos 41, Base I, párrafo 1 y 2 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º de la Ley General de Partidos Políticos; 5 y 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 37 del Código Electoral de Estado de México; 3 fracciones XVIII y XXXVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y artículos 1, 2, 3, 136 y 138 de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional.
En razón del Acuerdo mediante el cual se aprueba la tabla de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia comunes de los sujetos obligados en el ámbito Federal en términos del último párrafo del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En el cuerpo publicado de dicho acuerdo bajo el número de clave 22370 no aplica la fracción correspondiente. Publicación del Diario Oficial de la Federación de fecha 03/11/2016.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5459567&fecha=03/11/2016
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