Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción XVII
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Mostrando 1 al
30 de 43 registros
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001
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 21/01/2016
Folio de la Solicitud: 00008/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
el director de seguridad publica, ya realizo el examen de control de confianza, me exhiba el resultado otorgado por la secretaria
Respuesta:
SIRVA UN CORDIAL Y AFECTUOSO SALUDO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 197.51 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Transparencia
Fecha Actualización:
22/04/2016
002
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/01/2016
Folio de la Solicitud: 00009/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
requiero recibos de nomina del presidente municipal, sindico, regidores y mandos medios , superiores, con todas sus percepciones
Respuesta:
XALATLACO, México a 09 de Febrero de 2016
Nombre del solicitante: ARTURO CHAVEZ PEREZ
Folio de la solicitud: 00009/XALATLA/IP/2016
Con fundamento en el articulo 43, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le hace de su conocimiento que no se da curso a la solicitud de información citada al rubro, en virtud de lo siguiente:
Buenas tardes sea este el medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo. con fundamento en el articulo 43 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de México. le solicito le solicito sea claro con su pregunta . ( de que administración, que fecha de quincena desea saber) me pongo a sus ordenes para poder ayudarlo en av. 16 de septiembre No 1 Col Centro en el municipio de xalatalaco atte. unidad de transparencia
En virtud de lo anterior, se archiva la presente solicitud como concluida. Se hacen de su conocimiento que tiene derecho de interponer recurso de revisión dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se realice la notificación vía electronicá, a través del SAIMEX.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
003
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 25/01/2016
Folio de la Solicitud: 00010/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
personal q fue dado de alta en el sistema municipal dif para la administración 2015-2018
Respuesta:
sierva este medio para enviarle un cordial saludo
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 98.35 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
DIF Municipal
Fecha Actualización:
24/04/2016
004
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 05/02/2016
Folio de la Solicitud: 00012/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
A quien corresponda Presente Quien suscribe, la C. Elizabeth Rubi Cosme, estudiante del octavo semestre de la licenciatura en “Ciencias Políticas y Administración Pública” de la UAEM. Me dirijo al ayuntamiento de Xalatlaco para solicitar el apoyo específico del responsable de transparencia de este municipio para contestar una encuesta. Le comento que la información obtenida será tratada únicamente con fines académicos para realizar un diagnóstico sobre el grado de institucionalización que guarda el gobierno abierto en los municipios del Estado de México. En caso de aceptar, adjunto la encuesta en un documento Word y esperando contar con su invaluable apoyo, quedo a sus órdenes. Se adjunta la encuesta Atentamente Elizabeth Rubi Cosme
Respuesta:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 296.63 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
005
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 08/02/2016
Folio de la Solicitud: 00013/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Hola, quiero saber si el H. Ayuntamiento de Xalatlaco tiene tiene deuda pública y si es el caso de que periodo a que periodo
Respuesta:
ALATLACO, México a 13 de Marzo de 2016
Nombre del solicitante: MIGUEL CALDERON MARTINEZ
Folio de la solicitud: 00013/XALATLA/IP/2016
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
en relación a la solicitud no. 00013/xalatlco/ip/2016 de fecha de fecha 08 de febrero del presente año turnada a este H. ayuntamiento de Xalatlaco; informo a Usted que no tiene deuda hasta este momento, teniendo conocimiento el órgano superior de fiscalización del estado de México, para los efectos a que hay a lugar, en términos del articulo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado y Municipios. sin mas por el momento me pongo a su dispoción en el área de Transparencia.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
006
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 08/02/2016
Folio de la Solicitud: 00015/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
hola quiero saber si actualmente hay deuda pública en el Ayuntamiento de Xalatlaco.
Respuesta:
ALATLACO, México a 09 de Febrero de 2016
Nombre del solicitante: LUCÍA HONORATO CAMPUZANO
Folio de la solicitud: 00015/XALATLA/IP/2016
buenos días lucia se este el medio para enviarle un cordial saludo ami mismo tiempo. le pediría de la manera mas atenta que fuera mas especifica con su pregunta ( que tipo de deudas y que periodos de administración ) con fundamento en el articulo 11 y 41 de la ley de transparencia y acceso a la información publica del estado de mexico y municipios. me pongo a sus ordenes para poder ayudarlo en precisar las preguntas. sin mas por el momento me despido de usted
ATENTAMENTE
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
007
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 08/02/2016
Folio de la Solicitud: 00014/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
QUISIERA SABER SI ACTUALMENTE HAY DEUDA PÚBLICA EN EL AYUNTAMIENTO DE XALATLACO.
Respuesta:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 189.04 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Tesoreria
Fecha Actualización:
24/04/2016
008
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 15/02/2016
Folio de la Solicitud: 00016/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Folio de la solicitud: 00015/XALATLA/IP/2016 Hola, quiero saber si el H. Ayuntamiento tiene deuda pública del periodo de 2013-2015.
Respuesta:
sirva este medio para enviarle un saludo
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 189.19 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Tesoreria
Fecha Actualización:
24/04/2016
009
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 11/03/2016
Folio de la Solicitud: 00017/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Solicito por este medio, número de planillas registradas ante la Comisión de Elección, así como el nombre completo, comunidad o barrio a la que pertenecen los ciudadanos integrantes de cada una de ellas y que hayan cumplido con los requisitos para ser aspirante de acuerdo a la convocatoria para la Elección de Delegados, Sub delegados y los Consejos de participación ciudadana. 2016-2019. Emitida por el Ayuntamiento Constitucional de Xalatlaco, México. Asimismo solicito evidencia documental que Acredite el Dictamen de Registro favorable emitido para las planillas contendientes, de acuerdo a la convocatoria para la Elección de Delegados, Sub delegados y los Consejos de participación ciudadana. 2016-2019. Emitida por el Ayuntamiento Constitucional de Xalatlaco, México
Respuesta:
sirva este medio para enviarle la respuesta
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 384.09 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Secretaria del Ayuntamiento
Fecha Actualización:
24/04/2016
010
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 17/03/2016
Folio de la Solicitud: 00018/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Solicitud adjunta
Respuesta:
sirva este medio para enviarle un saludo
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 1.38 MB
Unidad administrativa que detenta la información:
Area de Ecologia
Fecha Actualización:
24/04/2016
011
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/03/2016
Folio de la Solicitud: 00019/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Buenas tardes! Por medio del presente correo me gustaría que me enviaran información de los sueldos del Alcalde y de los funcionarios a su cargo en el Municipio Xalatlaco. Así como de los gastos que tenga los mismos para viáticos. Esperando respuesta favorable. Saludos
Respuesta:
XALATLACO, México a 30 de Marzo de 2016
Nombre del solicitante: STEPHANY MARTINEZ SERRANO
Folio de la solicitud: 00019/XALATLA/IP/2016
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
Sirva este medio
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
012
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/03/2016
Folio de la Solicitud: 00020/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Información de asociaciones civiles que estén vinculadas con el gobierno las cuales recibieron apoyos económicos del 2013 a 2016
Respuesta:
ALATLACO, México a 11 de Abril de 2016
Nombre del solicitante: MARCELA GÓMEZ PEREZ
Folio de la solicitud: 00020/XALATLA/IP/2016
Con fundamento en el articulo 43, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le hace de su conocimiento que no se da curso a la solicitud de información citada al rubro, en virtud de lo siguiente:
Sirva este medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo al mismo tiempo, le comento lo siguiente con fundamento en el articulo 43 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de México y Municipios. le solicito sea clara y precisa la información que solicita. Me pongo a sus ordenes para poder ayudarle.
En virtud de lo anterior, se archiva la presente solicitud como concluida. Se hacen de su conocimiento que tiene derecho de interponer recurso de revisión dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se realice la notificación vía electronicá, a través del SAIMEX.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
013
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/03/2016
Folio de la Solicitud: 00021/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
requiero el tabulador que utiliza la dirección de Catastro para valuar o de terminar el cobro del predial, así como el tabulador que utiluiza el comite central de agua potable para el cobro por el servicio de agua potable, por zona y tipo de construcción, la aprobación por el cabildo para la aplicación del tabulador
Respuesta:
XALATLACO, México a 11 de Abril de 2016
Nombre del solicitante: ARTURO CHAVEZ PEREZ
Folio de la solicitud: 00021/XALATLA/IP/2016
Con fundamento en el articulo 43, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le hace de su conocimiento que no se da curso a la solicitud de información citada al rubro, en virtud de lo siguiente:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo le pido sea mas especifico en sus preguntas, para así poder ayudarlo con fundamento en el articulo 43 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de México y Municipios, y sobre que periodos
En virtud de lo anterior, se archiva la presente solicitud como concluida. Se hacen de su conocimiento que tiene derecho de interponer recurso de revisión dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se realice la notificación vía electronicá, a través del SAIMEX.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
Unidad de Transparencia
Fecha Actualización:
24/04/2016
014
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 31/03/2016
Folio de la Solicitud: 00022/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
que valor tiene una toma de agua domestica, y un descargue de drenaje en la cabecera municipal, y bajo que argumento se vasan en el cobro. requiero el tabulador de cobro y su aprobacion por el cabildo si es que existe
Respuesta:
Sirva este medio para enviarle un cordial saludo
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 539.88 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Décima Regiduria
Fecha Actualización:
24/04/2016
015
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 01/04/2016
Folio de la Solicitud: 00023/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Cuestionario para el personal que labora en los archivos municipales del Estado de México Nombre del municipio______________________________________________ 1. ¿Cuántas personas laboran en el archivo? A) 1 a 2 B) 3 a 4 C) Más de 5 D) Ninguno 2. ¿Alguno de ellos tiene estudios en archivística? A) Cursos B) Nivel técnico C) Licenciatura o más 3. ¿Cuánto tiempo lleva el personal del archivo laborando en él? A) 0 a 3 años B) 4 a 6 años C) 7 años o más 4. ¿El personal del archivo ha recibido capacitación sobre las tareas archivísticas como descripción, clasificación, etcétera? A)Si B) No 5. ¿Qué tareas se realizan en el archivo? A)Identificación de fondo sección y serie B)Organización: Clasificación y ordenación C)Valoración de los documentos D)Selección: Depuración y eliminación E)Descripción F)No se 6. Anotar los siguientes datos: A)Metros lineales de documentación B)Cantidad de expedientes 7. Qué instrumentos de descripción y control tiene en el archivo. A)Cuadro de clasificación B)Catálogo de disposición documental C)Inventario de transferencia primaria o baja D)Guía simple E)Inventario general F)Catálogo 8. Qué tipos de documentos resguarda el Archivo A) Administrativos B) Históricos C) Ambos tipos 9. ¿Existe una base de datos de los documentos del archivo municipal? y de ser así señale qué datos contiene A)No B)Si 10. ¿Hay espacio y mobiliario suficiente y adecuado para el resguardo de los documentos? A)No B)Si 11. ¿Hay espacio y mobiliario destinado exclusivamente para la consulta de los documentos? A)No______ B)Si______ 12. ¿Con qué equipo de cómputo cuenta el archivo? A)Computadora B)Impresora C) Escáner D) Otros 13. ¿Hay presupuesto asignado específicamente para el archivo municipal? A) Si____ B)No____ 14. ¿El presupuesto es suficiente para la administración del archivo y la gestión de los documentos? A)Si _____ B)No ____ 15. ¿Ha habido inundaciones en el archivo? A)Si______ B)No______ 16. ¿Tienen cajas, folders, lápices suficientes para realizar las labores del archivo? A)Si ______ B)No______ 17. ¿El Archivo tiene reglamento interno? A)Si____ B)No____ 18.¿El archivo tiene manual de procedimientos o algún documento que establezca las tareas que se deben llevar a cabo? A)Si ___ B) No_____ 19. ¿Los archivos municipales están contemplados en la Ley Federal de Archivos? A)Si_____ B)No_____ 20. ¿Existe en el Estado de México una ley que rige a los archivos municipales? A) No _____ B) Si ______¿Cuál es? 21. ¿Qué tipo de archivo es? A)Administrativo B)Histórico C)Ambos tipos
Respuesta:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 18.39 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
Secretaria del Ayuntamiento
Fecha Actualización:
24/04/2016
016
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 13/04/2016
Folio de la Solicitud: 00024/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
requiero el tabular con que cuenta la direccion de catastro para determinar el cobro por concepto de predial por rango de ubicacion y tipo de construccion
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 04 de Julio de 2016
Nombre del solicitante: ARTURO CHAVEZ PEREZ
Folio de la solicitud: 00024/XALATLA/IP/2016
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo le comento que no se maneja tabulador , se trabaja en base a lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Reglamento del Titulo Quinto, así como el manual catastral del Estado de México, me permito informale que se valoran muchos aspectos físico técnicos respecto de los predios o construcciones y tipo logias de construcción que permiten determinar el impuesto predial. sin mas por el momento me despido de usted agradeciendo su atencion
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
017
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 14/04/2016
Folio de la Solicitud: 00025/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
solicito información del monto total de las percepciones mensuales entregadas a los integrantes del cabildo como a los titulares de cada una de las áreas de la administración pública municipal como pago o retribución por el desempeño de sus funciones en el que se incluya sueldo base, compensaciones y otras prestaciones que pudieran tener. de acuerdo a la fracción II del art. 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y sus Municipios.
Respuesta:
Se entrego la información requerida por el pleno, se anexa documentos enviados al particular
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 227.74 KB
Unidad administrativa que detenta la información:
TESORERIA MUNICIPAL
Fecha Actualización:
17/10/2016
018
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 14/04/2016
Folio de la Solicitud: 00026/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Solicito el Plan municipal de Desarrollo que de acuerdo al Artículo 116 de la Ley Orgánica Municipal . - El Plan de Desarrollo Municipal deberá ser elaborado, aprobado y publicado, dentro de los primeros tres meses de la gestión municipal.
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 22 de Abril de 2016
Nombre del solicitante: JERRY . .
Folio de la solicitud: 00026/XALATLA/IP/2016
En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo, al mismo tiempo mando la información solicitad
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 7.36 MB
Unidad administrativa que detenta la información:
DIRECCIÓN DE PLANEACION
Fecha Actualización:
17/10/2016
019
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 16/05/2016
Folio de la Solicitud: 00027/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
SUELDOS
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 16 de Mayo de 2016
Nombre del solicitante: FELIPE ARMAMDO GOMORA GOMEZ
Folio de la solicitud: 00027/XALATLA/IP/2016
Con fundamento en el articulo 43, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le hace de su conocimiento que no se da curso a la solicitud de información citada al rubro, en virtud de lo siguiente:
sierva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo, le pido sea mas especifico con lo que desea y asi poder ayudarlo con su información gracias
En virtud de lo anterior, se archiva la presente solicitud como concluida. Se hacen de su conocimiento que tiene derecho de interponer recurso de revisión dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se realice la notificación vía electronicá, a través del SAIMEX.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
020
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 17/05/2016
Folio de la Solicitud: 00028/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Bajo que instrumento jurídico tienen permiso, licencia o autorización Teléfonos de México TELMEX para tener instaladas sus casetas telefónicas en el Municipio? Bajo que instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización Teléfonos de México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización para instalar sus casetas telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización par colocar propaganda en sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? En caso de contar con algún permiso, licencia o autorización, cuanto paga Teléfonos de México TELMEX por concepto de derechos por la instalación de cada una de sus casetas telefónicas en la vía pública y la publicidad que se aprecia en sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? ?. Cuánto pago en total Teléfonos de México TELMEX por el concepto tener instaladas sus casetas telefónicas en la vía publica del Municipio durante el ejercicio 2015? Cuánto pago en total Teléfonos de México TELMEX por el concepto de tener publicidad en sus casetas telefónicas ubicadas en la vía publica del Municipio durante el ejercicio 2015?
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 18 de Mayo de 2016
Nombre del solicitante: CHICO LOAPAN EDOMEX
Folio de la solicitud: 00028/XALATLA/IP/2016
buenos días sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo comentarle que, esta información podrá obtenerla en la secretaria de comunicaciones, ya que no hay documento alguno , lo cual le sugiero también que entre en esta dirección http://www.ift.org.mx/sites/default/files/372_anexo-2_2.pdf y pueda encontrar lo que busca ya que no tenemos la información que usted requiere,o llame directamente a Telmex ya que ellos tendrán la información que usted requiere, estoy para servirle de lunes a viernes de de 9 a 6 pm
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
021
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/05/2016
Folio de la Solicitud: 00029/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
on base en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, proporcionar copia de los documentos donde se contenga la siguiente información. Para efectos de mayor claridad, la solicitud se divide en 4 rubros, que son los de Alcalde, Presidencia Municipal, Cabildo, y Ayuntamiento. A su vez cada uno de estos rubros contiene una serie de preguntas o peticiones específicas de información pública requerida por el solicitante, y que se refieren a cada rubro aludido. La solicitud es la siguiente: Nota: Cuando me refiero a sueldos o salarios, todos los montos deben ser mensuales. Alcalde 1.- Salario del Alcalde, detallando los siguientes rubros (todos los datos deben ser en su respectivo monto mensual): a) Salario base: b) Salario bruto: c) Deducciones: d) Salario neto: e) Con base en su salario base, monto total de aguinaldo que le corresponderá en todo el 2016: f) Con base en su salario base, monto total de la prima vacacional que le corresponderá en todo el 2016: g) Con base en su salario base, monto total de gratificación por desempeño o alguna otra similar que le corresponderá en todo el 2016: 2.- Monto de los bonos, compensaciones o gratificaciones adicionales al salario anterior, así como la periodicidad con la cual se entregarán y justificación legal para entregarlos. 3.- Apoyos o pagos adicionales por concepto de: a) telefonía convencional (monto mensual y anual): b) telefonía celular (monto mensual y anual): c) gastos de transporte o transportación (gastos para traslados estatales, nacionales e internacionales) (monto mensual y anual): d) tipo de vehículo asignado para el alcalde, detallando marca, modelo, año y kilometraje: d) Viáticos para el desarrollo de sus funciones cotidianas (monto mensual y anual): e) Monto para el pago de comidas o reuniones (monto mensual y anual): f) Monto definido, de manera mensual y anual, para que el alcalde pueda disponer de un fondo revolvente o gasto asignado a la Presidencia para cumplir con compromisos sociales, solicitudes de ayuda de la ciudadanía o alguna tarea similar: g) Asesores del presidente o asignados a la Presidencia, detallando la siguiente información: - Nombre de cada uno de ellos: - Máximo grado de estudios de cada uno de ellos, anexando su cedula profesional: - Sueldo de cada uno de ellos (detallando en cada uno de ellos el salario base, neto, bruto y deducciones): - Copia del documento donde se justifique la respectiva contratación: - En cada caso detallar cuál es la función que desarrolla cada asesor, y en qué materia es su especialidad o área profesional, misma que debe corresponder al trabajo que realizan en el Ayuntamiento: - Horario en el cual trabajan cada uno de los asesores, y en cada c similar, y quienes no: 4.- Copia del documento donde se acredite el máximo grado de estudios del presidente municipal o alcalde. Presidencia Municipal 1.- Gasto ejecutado en el área de la Presidencia municipal en 2015 y el previsto para 2016, desglosando la siguiente información: a) Número de empleados, el nombre de cada uno de ellos, salario (base, bruto, deducciones, y neto de cada uno de ellos) y función que realiza cada uno de ellos, además de cuánto cobrará cada uno de ellos por concepto de aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra gratificación o compensación salarial durante 2016 (en el caso de 2015 informar el monto gastado en cada rubro de esta pregunta): b) Monto ejecutado y previsto (en cada año señalado, 2015 y 2016) para que la Presidencia municipal disponga de un presupuesto que pueda utilizar para cualquier fin (detallar los fines): c) Monto asignado para el pago de servicios como luz, telefonía, agua: d) Monto asignado para el pago de los distintos materiales o suministros que utiliza la presidencia municipal: Cabildo 1.- Monto asignado para el desarrollo de las tareas y funciones de los integrantes del Cabildo (regidores y síndicos), detallando el gasto efectuado en 2015 y lo previsto para 2016, desglosando la siguiente información: a) Salario (base, bruto, deducciones y neto) de cada uno de los regidores y síndicos de este Ayuntamiento: b) Monto del aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra gratificación salarial que recibieron durante 2015 y recibirán durante 2016 (de cada uno de ellos): c) De cada uno de los regidores y síndicos también detallar la siguiente información sobre estos gastos: - telefonía convencional (monto mensual y anual): - telefonía celular (monto mensual y anual): - gastos de transporte o transportación (gastos para traslados estatales, nacionales e internacionales) (monto mensual y anual): - tipo de vehículo asignado, detallando marca, modelo, año y kilometraje: - Viáticos para desarrollo de sus funciones cotidianas (monto mensual y anual): - Monto para el pago de comidas o reuniones (monto mensual y anual): - Monto definido, de manera mensual y anual, para que puedan disponer de un fondo revolvente o gasto asignado para cumplir con compromisos sociales, solicitudes de ayuda de la ciudadanía o alguna tarea similar (todo es de cada uno de ellos): d) Asesores de cada uno de los síndicos y regidores, detallando la siguiente información: - Nombre de cada uno de ellos: - Máximo grado de estudios de cada uno de ellos, anexando su cedula profesional: - Sueldo de cada uno de ellos (detallando en cada uno de ellos el salario base, neto, bruto y deducciones, así como bonos, compensaciones o gratificaciones adicionales): - Copia del documento donde se justifique la respectiva contratación: - En cada caso detallar cuál es la función que desarrolla cada asesor, y en qué materia es su especialidad o área profesional, misma que debe corresponder al trabajo que realizan en el Ayuntamiento: - Horario en el cual trabajan cada uno de los asesores, y en cada caso detallar quiénes están obligados a checar su asistencia con tarjeta laboral, ó similar, y quienes no: 2.- Copia del documento donde se acredite el máximo grado de estudios de cada uno de los síndicos y regidores de este Ayuntamiento: Ayuntamiento 1.- Presupuesto ejecutado para este Ayuntamiento en 2015, y el previsto para 2016, desglosado por capítulo de gasto y partida presupuestal: 2.- Monto de la deuda pública de este municipio registrada al 31 de diciembre de 2015 y al 15 de febrero de 2016, desglosando lo siguiente: a) deuda bancaria (detallando el nombre y monto que se debe a cada institución bancaria): b) deuda a proveedores (detallando el nombre y monto que se debe a cada proveedor o empresa o similar): c) deuda a instituciones públicas o gubernamentales (detallando el nombre y monto que se debe cada una de ellas): d) deudas fiscales (detallando el monto y tributo, causa y año fiscal al que corresponde la deuda): e) deuda de cualquier otro tipo (detallando el monto y nombre de a quién se debe): 3.- Monto gastado en 2015 para el rubro de obras públicas o inversión pública (detallando cuánto correspondió a recursos propios, gasto estatal y gasto federal): 4.- Monto previsto en 2016 para el rubro de obras públicas o inversión pública (detallando cuánto corresponde a recursos propios, gasto estatal y gasto federal): 5.- Monto gastado en el rubro de seguridad pública en 2015 (detallando cuánto correspondió a recursos propios, gasto estatal y gasto federal) 6.- Monto previsto en el rubro de seguridad pública para 2016 (detallando cuánto corresponderá a recursos propios, gasto estatal y gasto federal) 7.- Monto gastado en 2015 para el rubro servicios personales o nómina. 8.- Monto previsto en 2016 para el rubro de servicios personales o nómina 9.- Gasto realizado en 2015 para el área de comunicación social, publicidad o cualquier otro similar que tenga relación con la difusión de información e imagen (pago a proveedores, y cualquier otro gasto similar): 10.- Gasto previsto para 2016 para el área de comunicación social, publicidad o cualquier otro similar que tenga relación con la difusión de información e imagen (pago a proveedores, y cualquier otro gasto similar): 11.- Gasto realizado en 2015 para la contratación total de asesores en el Ayuntamiento: 12.- Gasto previsto en 2016 para la contratación total de asesores en el 2016: 13.- Salario de un policía municipal con la categoría más alta y más baja según los tabuladores de este Ayuntamiento en 2015: 14.- Salario de un policía municipal con la categoría más alta y más baja según los tabuladores de este Ayuntamiento para 2016. (como ya se dijo todos los datos de salarios deben ser mensuales).*
Respuesta:
.
Recurrida: No
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Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
022
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 18/05/2016
Folio de la Solicitud: 00030/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
SOLICITO se me informe la cantidad quincenal que perciben por concepto de Sueldo Neto y bonos (Sin descuentos) del Cabildo Constitucional del Municipio de Xalatlaco .
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 19 de Mayo de 2016
Nombre del solicitante: DAVID ARELLANO ORTEGA
Folio de la solicitud: 00030/XALATLA/IP/2016
Con fundamento en el articulo 159 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le requiere para que dentro del plazo de diez días hábiles realice lo siguiente:
sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo, le solicito complete su pregunta, para poder así ayudarlo con la información que usted requiere, sugiriéndole que administración y que quincenas desea saber. sin mas por el momento me pongo a sus ordenes de 9am a 6 pm de lunes a viernes
En caso de que no se desahogue el requerimiento señalado dentro del plazo citado se tendrá por no presentada la solicitud de información, quedando a salvo sus derechos para volver a presentar la solicitud, lo anterior con fundamento en la última parte del artículo 44 de la Ley invocada.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
023
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 26/05/2016
Folio de la Solicitud: 00031/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
requiero Las actas de sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos a partir del 1 de enero al 15 de mayo de 2016 esto con fundamento en el articulo 94 fracion II inciso en la materia.
Respuesta:
Nombre del solicitante: ARTURO CHAVEZ PEREZ
Folio de la solicitud: 00031/XALATLA/IP/2016
sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo le informo que las actas, requeridas por usted las encontrara en la pagina de ipomex.org.mx/ipo/usuarios/indice.web, ya fueron subidas a dicha plataforma, desde la primera acta de enero de 2016 hasta junio del presente año. sin mas por el momento me despido de usted poniéndome a servicio de 9 a 6 pm de lunes a viernes
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
024
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/06/2016
Folio de la Solicitud: 00032/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
PARA EFECTOS DE ESTUDIOS MUNICIPALES EN ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL, ME PERMITO SOLICITAR MUY ATENTAMENTE INFORMACION SOBRE EL SERVICIO PUBLICO DE PANTEON EN SU MUNICIPIO. SE ANEXAN EN ARCHIVOS ADJUNTOS, DETALLES DE LA PETICION. MUCHAS GRACIAS
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 10 de Junio de 2016
Nombre del solicitante: GALDINO HERNANDEZ CARREÑO
Folio de la solicitud: 00032/XALATLA/IP/2016
Sirva este medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo al mismo tiempo le envió la información solicitad
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
OCTAVA REGIDURIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
025
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 09/06/2016
Folio de la Solicitud: 00033/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Con fundamento en el artículo 3 y 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, solicito la siguiente Información Pública de Oficio: 1) Nombre y cargo de los servidores públicos adscritos a la Contraloría Interna Municipal 2) Percepciones totales de los servidores públicos adscritos a la Contraloría Interna Municipal (ingreso mensual bruto y neto de cada uno de ellos correspondiente a los meses enero y mayo 2016) Lo anterior ya que el Art. 12 (fracción II) que establece que los Sujetos Obligados deberán tener disponible en medio impreso o electrónico, de manera permanente y actualizada [...] Directorio de servidores públicos de mandos medios y superiores con referencia particular a su nombramiento oficial, puesto funcional, remuneración de acuerdo con lo previsto por el Código Financiero; datos que deberán señalarse de forma independiente por dependencia y entidad pública de cada Sujeto Obligado;
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 29 de Agosto de 2016
Nombre del solicitante: IVONNE RAMIREZ LINARES
Folio de la solicitud: 00033/XALATLA/IP/2016
JOSEFINA ROMÁN VERGARA COMISIONADA DEL INFOEM sirva este medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo al mismo tiempo le envió la información solicitada por el particular, sin mas por el momento me despido de usted agradeciendo su atención. P EN D Cesar Omar Ordoñez Avelino Titular de la unidad de Transparencia
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: Si
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Unidad administrativa que detenta la información:
TESORERIA MUNICIPAL
Fecha Actualización:
17/10/2016
026
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 17/06/2016
Folio de la Solicitud: 00034/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
podria informarme la lista de insumos que se ocupan en el comedor comunitario de san agustin Xalatlaco, México, número de comedor 15-0136 y el costo de estos insumos.
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 01 de Julio de 2016
Nombre del solicitante: DAVID VALENCIA GAYOSO
Folio de la solicitud: 00034/XALATLA/IP/2016
sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo le envio lo solicitado
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
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Documento soporte:
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Unidad administrativa que detenta la información:
DESARROLLO SOCIAL
Fecha Actualización:
17/10/2016
027
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 27/06/2016
Folio de la Solicitud: 00035/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN: APARTADO A LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS 1. El artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: El proceso de planeación democrática para el desarrollo de los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano. 1.1 Al respecto, se solicitan los planes y los programas formulados a partir de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y que contengan diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano. 2. El artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación democrática para el desarrollo: I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus programas; II. Establecer los órganos, unidades administrativas o servidores públicos que lleven a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación; VIII. Integrar y elaborar el presupuesto por programas para la ejecución de las acciones que correspondan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones; 2.1 Al respecto, se solicita que proporcione los programas a que hace referencia la fracción I del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; y los mecanismos diseñados para su evaluación y control. 2.2 Indique cuales son los órganos, unidades administrativas o servidores públicos establecidos para llevar a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación; 2.3 Indique si los programas a los que hace referencia la fracción VIII del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios son los mismos a los que refiere la fracción I de dicho artículo, proporcione los programas y el presupuesto integrado y elaborado para cada programa. 3. El artículo 20 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a las unidades de información, planeación, programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos de los municipios, en materia de planeación democrática para el desarrollo: IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución; VIII. Reportar periódicamente los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios. 3.1 Al respecto, se solicita que indique cual es el área del ayuntamiento que se encarga de verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución, y proporcione los reportes sobre los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios. CAPITULO CUARTO DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION 4. El artículo 36 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, establecerán la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento. 4.1 Al respecto, se solicita la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y el ayuntamiento establecieron para tal efecto. 5. El artículo 37 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos serán responsables de que los programas se ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento de los indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la Secretaría cuando ésta así lo solicite, los informes del avance programático-presupuestal para su revisión, seguimiento y evaluación, y en el caso de los municipios, a quien los ayuntamientos designen. 5.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos diseñados y empleados para que los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos cumplan con los de los objetivos y metas establecidos en el plan de desarrollo municipal, ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia los programas, y especifique cual es el área o personal encargado de revisar, dar seguimiento y evaluar los informes del avance programático-presupuestal. LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPITULO TERCERO ATRIBUCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS 6. El artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones; 6.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones, actualizados y vigentes para 2016, así como los manuales de organización y procedimientos de cada una de las áreas y dependencias del ayuntamiento. 7. La fracción XXI y XXI Ter., del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los Programas correspondientes; y Promover, desarrollar, vigilar y evaluar en su municipio, el programas en materia de protección civil el cual se integrará con tres subprogramas: a). Prevención b). Auxilio c). Recuperación 7.1 Al respecto, se solicita el programa en materia de protección civil, y los programas aprobados que refiere la fracción XXI del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. 8. EL artículo 83, fracción I, y X de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal tendrá dentro de sus atribuciones la de “Proponer al ayuntamiento los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, y proponer al cabildo su reglamento interior. 8.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal y la documentación soporte que acredite la integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal del ayuntamiento. 9. Por su parte el artículo 84 del mismo ordenamiento establece que el “el presidente municipal, al inicio de su período constitucional, convocará a organizaciones sociales de la comunidad para que se integren a la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal”. 9.1 Al respecto, se solicita la convocatoria emitida para a integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal. TITULO IV Régimen Administrativo CAPITULO PRIMERO De las Dependencias Administrativas 10. El artículo 88 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal conducirán sus acciones con base en los programas anuales que establezca el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal. 10.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales establecidos por el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal. 11. El artículo 89 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal, tales como organismos públicos descentralizados, empresas de participación mayoritaria y fideicomisos, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas y serán responsables del ejercicio de las funciones propias de su competencia, en términos de la Ley o en los reglamentos o acuerdos expedidos por los ayuntamientos. En los reglamentos o acuerdos se establecerán las estructuras de organización de las unidades administrativas de los ayuntamientos, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad. 11.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos o acuerdos en donde se establezcan las estructuras de organización de las unidades administrativas del ayuntamiento, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad. 12. El artículo 101, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el proyecto del presupuesto de egresos se integrará básicamente con: los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa; 12.1 Al respecto, se solicita el proyecto del presupuesto de egresos integrado con los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa. 13. El artículo 112, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: El órgano de contraloría interna municipal, tendrá a su cargo planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal. 13.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental del establecimiento o implementación del sistema de control y evaluación municipal. CAPITULO QUINTO De la Planeación 14. El artículo 114 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: cada ayuntamiento elaborará su plan de desarrollo municipal y los programas de trabajo necesarios para su ejecución en forma democrática y participativa. 14.1 Al respecto, se solicita que indique cuales son y proporcione los programas de trabajo elaborados para la ejecución del plan de desarrollo municipal. 15. El artículo 115 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales estarán a cargo de los órganos, dependencias o servidores públicos que determinen los ayuntamientos, conforme a las normas legales de la materia y las que cada cabildo determine. 15.1 Al respecto, se solicita que informe cuales son los órganos, dependencias o servidores públicos determinados por el ayuntamiento, conforme a las normas legales de la materia y las determinadas por el cabildo para la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales. 16. El artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el Plan de Desarrollo Municipal se complementará con programas anuales sectoriales de la administración municipal y con programas especiales de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal. 16.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales sectoriales de la administración municipal y los programas especiales complementarios del Plan de Desarrollo Municipal de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal. APARTADO B LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 1. El artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza: I. Constituir el Comité de Transparencia, las unidades de transparencia y vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna; II. Designar en las unidades de transparencia a los titulares que dependan directamente del titular del sujeto obligado y que preferentemente cuenten con experiencia en la materia; III. Proporcionar capacitación continua y especializada en coordinación con el Instituto, al personal que formen parte de los comités y unidades de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas; V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles; IX. Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos; XIII. Difundir proactivamente información de interés público; XVIII. Hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; 1.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite la constitución del Comité y la unidad de transparencia, también proporcione la normativa interna establecida para su correcto funcionamiento y su estructura orgánica. 1.2 Informe cuáles son los requisitos establecidos para ser titular de la Unidad de Transparencia y proporcione la evidencia documental que acredite que el titular de dicha unidad cuenta la experiencia y cumple con los requisitos para dicho puesto. 1.3 Proporcione el calendario de capacitación continua y especializada elaborado en coordinación con el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para capacitar al personal que forma parte del comités y unidad de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas. 1.4 Informe cuáles son las acciones realizadas o programadas para promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles. También especifique cuáles son las características de los formatos abiertos y accesibles. 1.5 Informe cuáles son las acciones diseñadas e implementadas para fomentar el uso de tecnologías de la información y como el uso de estas han garantizado la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos. 1.6 Indique cuáles son los medios por los cuales el ayuntamiento difunde proactivamente información de interés público. 1.7 ¿A cuántas personas se han entregado recursos públicos? Indique en dónde se encuentra publicada la información relativa a los montos así como los informes que dichas personas han entregado al ayuntamiento sobre el uso y destino de dichos recursos; 2. El artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la misma, los sujetos obligados podrán desarrollar o adoptar, en lo individual o en acuerdo con otros sujetos obligados, esquemas de mejores prácticas que tengan por objeto: I. Elevar el nivel de cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Ley; II. Armonizar el acceso a la información por sectores; III. Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información a las personas; y IV. Procurar la accesibilidad de la información. XXII. Documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones y abstenerse de destruirlos u ocultarlos, dentro de los que destacan los procesos deliberativos y de decisión definitiva; XXIII. Procurar la digitalización de toda la información pública en su poder; XXIV. Orientar y asesorar al solicitante para corregir cualquier deficiencia sustancial de las solicitudes. 2.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el desarrollo o adopción de esquemas de mejores prácticas que menciona el artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y los resultados obtenidos para cada uno de los numerales señalados. LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 3. El artículo 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas. El artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: Las unidades de transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas 3.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el establecimiento de mecanismos o acciones a efecto de que el ayuntamiento garantice las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información. 4. El artículo 122 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional. El artículo 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través del sistema electrónico o de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Instituto o por el Sistema Nacional 4.1 Al respecto, se solicita que indique cuál es el sistema electrónico empleado por la unidad de Transparencia para recibir solicitudes de información. 4.2 Indique a quién se debe dirigir la solicitud de información cuándo se envía por medio de un correo electrónico, o correo postal. 4.3 Indique el correo electrónico habilitado para hacer una solicitud de información 4.4 Especifique si existe algún otro medio aprobado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para solicitar información. 4.5 ¿Cuál es el trato que se le da a las solicitudes de información cuando éstas se dirigen al titular del sujeto obligado y se entregan en cualquier otra área que no sea la unidad de transparencia, por ejemplo en oficialía de partes? 4.6 Proporcione el Manual de procedimientos y de organización de la Unidad de Transparencia
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 29 de Junio de 2016
Nombre del solicitante: HÉCTOR MIRANDA MARTÍNEZ
Folio de la solicitud: 00035/XALATLA/IP/2016
sirva este medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo al mismo tiempo y haciendo un análisis de sus preguntas, le invito a que visite la pagina del municipio de xalatalco en la plataforma ipomex, ya que ahi se encuentra la mayoría de informacion actualizada, por otra parte le envió las direcciones de las siguientes leyes , que usted menciona en su solicitud o tambien puede visitar legistel http://legislacion.edomex.gob.mx/....y sobre las capacitaciones que recibimos no hay calendario ya que nos avisan unos días antes y sobre el perfirl del titular de transparencia lo encontrara en la ley de transparencia que a continuación le enviare las direcciones. sin mas por el momento me despido de usted, agradeciendo su atencion,
ATENTAMENTE
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
17/10/2016
028
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 01/07/2016
Folio de la Solicitud: 00036/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Si el señor Ricardo Beltrán Torres labora para esa institución, (sin importar la modalidad bajo la cual se encuentre, ya sea por contrato, nombramiento como servidor público, servicio externo, contratación externa o cualquiera que sea) En caso de laborar ahí, bajo qué tipo de contratación se encuentra, puesto y fecha de ingreso.
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 05 de Julio de 2016
Nombre del solicitante: PABLO DIAZ DIAZ
Folio de la solicitud: 00036/XALATLA/IP/2016
sirva este medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo al mismo tiempo le informo que asiendo la busqueda en el deaprtamento de recursos humanos el señor ricardo beltran torres, no trabaja en esta institución. sin mas por el momento me despido de usted
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
18/10/2016
029
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 06/07/2016
Folio de la Solicitud: 00037/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN: TODA LA INFORMACION QUE SE PIDE ES LA CORRESPONDIENTE A LA GENERADA O ACTUALIZADA EN EL PERIODO DE GOBIERNO 2016-2018. El presente requerimiento se encuentra formulado de la siguiente manera: • El texto con negro enuncia lo que por ley el ayuntamiento tiene que hacer, en el texto con rojo se pide la información que se haya generado para dar cumplimiento a lo que establecen los artículos de las diferentes leyes enunciadas. APARTADO A LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS 1. El artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: El proceso de planeación democrática para el desarrollo de los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano. 1.1 Al respecto, se solicitan los planes y los programas formulados a partir de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y que contengan diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano. 2. El artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación democrática para el desarrollo: I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus programas; II. Establecer los órganos, unidades administrativas o servidores públicos que lleven a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación; VIII. Integrar y elaborar el presupuesto por programas para la ejecución de las acciones que correspondan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones; 2.1 Al respecto, se solicita que proporcione los programas a que hace referencia la fracción I del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; y los mecanismos diseñados para su evaluación y control. 2.2 Indique cuales son los órganos, unidades administrativas o servidores públicos establecidos para llevar a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación; 2.3 Indique si los programas a los que hace referencia la fracción VIII del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios son los mismos a los que refiere la fracción I de dicho artículo, proporcione los programas y el presupuesto integrado y elaborado para cada programa. 3. El artículo 20 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a las unidades de información, planeación, programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos de los municipios, en materia de planeación democrática para el desarrollo: IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución; VIII. Reportar periódicamente los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios. 3.1 Al respecto, se solicita que indique cual es el área del ayuntamiento que se encarga de verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución, y proporcione los reportes sobre los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios. CAPITULO CUARTO DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION 4. El artículo 36 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, establecerán la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento. 4.1 Al respecto, se solicita la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y el ayuntamiento establecieron para tal efecto. 5. El artículo 37 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos serán responsables de que los programas se ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento de los indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la Secretaría cuando ésta así lo solicite, los informes del avance programático-presupuestal para su revisión, seguimiento y evaluación, y en el caso de los municipios, a quien los ayuntamientos designen. 5.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos diseñados y empleados para que los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos cumplan con los de los objetivos y metas establecidos en el plan de desarrollo municipal, ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia los programas, y especifique cual es el área o personal encargado de revisar, dar seguimiento y evaluar los informes del avance programático-presupuestal. LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPITULO TERCERO ATRIBUCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS 6. El artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones; 6.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones, actualizados y vigentes para 2016, así como los manuales de organización y procedimientos de cada una de las áreas y dependencias del ayuntamiento. 7. La fracción XXI y XXI Ter., del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los Programas correspondientes; y Promover, desarrollar, vigilar y evaluar en su municipio, el programas en materia de protección civil el cual se integrará con tres subprogramas: a). Prevención b). Auxilio c). Recuperación 7.1 Al respecto, se solicita el programa en materia de protección civil, y los programas aprobados que refiere la fracción XXI del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. 8. EL artículo 83, fracción I, y X de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal tendrá dentro de sus atribuciones la de “Proponer al ayuntamiento los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, y proponer al cabildo su reglamento interior. 8.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal y la documentación soporte que acredite la integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal del ayuntamiento. 9. Por su parte el artículo 84 del mismo ordenamiento establece que el “el presidente municipal, al inicio de su período constitucional, convocará a organizaciones sociales de la comunidad para que se integren a la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal”. 9.1 Al respecto, se solicita la convocatoria emitida para a integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal. TITULO IV Régimen Administrativo CAPITULO PRIMERO De las Dependencias Administrativas 10. El artículo 88 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal conducirán sus acciones con base en los programas anuales que establezca el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal. 10.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales establecidos por el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal. 11. El artículo 89 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal, tales como organismos públicos descentralizados, empresas de participación mayoritaria y fideicomisos, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas y serán responsables del ejercicio de las funciones propias de su competencia, en términos de la Ley o en los reglamentos o acuerdos expedidos por los ayuntamientos. En los reglamentos o acuerdos se establecerán las estructuras de organización de las unidades administrativas de los ayuntamientos, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad. 11.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos o acuerdos en donde se establezcan las estructuras de organización de las unidades administrativas del ayuntamiento, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad. 12. El artículo 101, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el proyecto del presupuesto de egresos se integrará básicamente con: los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa; 12.1 Al respecto, se solicita el proyecto del presupuesto de egresos integrado con los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa. 13. El artículo 112, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: El órgano de contraloría interna municipal, tendrá a su cargo planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal. 13.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental del establecimiento o implementación del sistema de control y evaluación municipal. CAPITULO QUINTO De la Planeación 14. El artículo 114 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: cada ayuntamiento elaborará su plan de desarrollo municipal y los programas de trabajo necesarios para su ejecución en forma democrática y participativa. 14.1 Al respecto, se solicita que indique cuales son y proporcione los programas de trabajo elaborados para la ejecución del plan de desarrollo municipal. 15. El artículo 115 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales estarán a cargo de los órganos, dependencias o servidores públicos que determinen los ayuntamientos, conforme a las normas legales de la materia y las que cada cabildo determine. 15.1 Al respecto, se solicita que informe cuales son los órganos, dependencias o servidores públicos determinados por el ayuntamiento, conforme a las normas legales de la materia y las determinadas por el cabildo para la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales. 16. El artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el Plan de Desarrollo Municipal se complementará con programas anuales sectoriales de la administración municipal y con programas especiales de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal. 16.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales sectoriales de la administración municipal y los programas especiales complementarios del Plan de Desarrollo Municipal de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal. APARTADO B LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 1. El artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza: I. Constituir el Comité de Transparencia, las unidades de transparencia y vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna; II. Designar en las unidades de transparencia a los titulares que dependan directamente del titular del sujeto obligado y que preferentemente cuenten con experiencia en la materia; III. Proporcionar capacitación continua y especializada en coordinación con el Instituto, al personal que formen parte de los comités y unidades de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas; V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles; IX. Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos; XIII. Difundir proactivamente información de interés público; XVIII. Hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; 1.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite la constitución del Comité y la unidad de transparencia, también proporcione la normativa interna establecida para su correcto funcionamiento y su estructura orgánica. 1.2 Informe cuáles son los requisitos establecidos para ser titular de la Unidad de Transparencia y proporcione la evidencia documental que acredite que el titular de dicha unidad cuenta la experiencia y cumple con los requisitos para dicho puesto. 1.3 Proporcione el calendario de capacitación continua y especializada elaborado en coordinación con el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para capacitar al personal que forma parte del comités y unidad de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas. 1.4 Informe cuáles son las acciones realizadas o programadas para promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles. También especifique cuáles son las características de los formatos abiertos y accesibles. 1.5 Informe cuáles son las acciones diseñadas e implementadas para fomentar el uso de tecnologías de la información y como el uso de estas han garantizado la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos. 1.6 Indique cuáles son los medios por los cuales el ayuntamiento difunde proactivamente información de interés público. 1.7 ¿A cuántas personas se han entregado recursos públicos? Indique en dónde se encuentra publicada la información relativa a los montos así como los informes que dichas personas han entregado al ayuntamiento sobre el uso y destino de dichos recursos; 2. El artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la misma, los sujetos obligados podrán desarrollar o adoptar, en lo individual o en acuerdo con otros sujetos obligados, esquemas de mejores prácticas que tengan por objeto: I. Elevar el nivel de cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Ley; II. Armonizar el acceso a la información por sectores; III. Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información a las personas; y IV. Procurar la accesibilidad de la información. 2.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el desarrollo o adopción de esquemas de mejores prácticas que menciona el artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y los resultados obtenidos para cada uno de los numerales señalados. LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 3. El artículo 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas. El artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: Las unidades de transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas 3.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el establecimiento de mecanismos o acciones a efecto de que el ayuntamiento garantice las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información. 4. El artículo 122 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional. El artículo 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través del sistema electrónico o de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Instituto o por el Sistema Nacional 4.1 Al respecto, se solicita que indique cuál es el sistema electrónico empleado por la unidad de Transparencia para recibir solicitudes de información. 4.2 Indique a quién se debe dirigir la solicitud de información cuándo se envía por medio de un correo electrónico, o correo postal. 4.3 Indique el correo electrónico habilitado para hacer una solicitud de información 4.4 Especifique si existe algún otro medio aprobado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para solicitar información. 4.5 ¿Cuál es el trato que se le da a las solicitudes de información cuando éstas se dirigen al titular del sujeto obligado y se entregan en cualquier otra área que no sea la unidad de transparencia, por ejemplo en oficialía de partes? 4.6 Proporcione el Manual de procedimientos y de organización de la Unidad de Transparencia.
Respuesta:
XALATLACO, México a 07 de Julio de 2016
Nombre del solicitante: HÉCTOR MIRANDA MARTÍNEZ
Folio de la solicitud: 00037/XALATLA/IP/2016
sirva este medio para enviarle un cordial saludo al mismo tiempo las respuestas, esperando haber cumplido con lo solicitado ya que todo lo que requiere se encuentra en la información.
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
RESPUESTA A LA SOLICITUD
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LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS.pdf
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.pdf
LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.pdf
BANDO MUNICIPAL DE XALATLACO 2016.pdf
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.pdf
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Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Fecha Actualización:
18/10/2016
030
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Información Pública
Fecha de presentación de la solicitud: 07/07/2016
Folio de la Solicitud: 00038/XALATLA/IP/2016
Información requerida:
Deseo conocer el recibo de nómina de la primera y segunda quincena de los meses de abril y mayo de: el presidente municipal de Xalatlaco, secretario del ayuntamiento de Xalatlaco y del síndico municipal de Xalatlaco. Y solicitar actualicen la página del IPOMEX de Xalatlaco, en específico la fracción del directorio de servidores públicos ya que no contiene la información completa. Por lo anterior y con fundamento en el artículo 6 de la constitución política de los Estados Unidos mexicanos y con la ley local del estado México en materia de transparencia, solicitó se me proporcione la información solicitada en manera digital atraves de este sistema, de no ser así, solicito respetuosamente a la contraloría del INFOEM dar seguimiento en caso de incumplimiento, ya que los recibos se me pueden mostrar en digital en versión pública.
Respuesta:
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
XALATLACO, México a 30 de Agosto de 2016
Nombre del solicitante: JAZMIN FERRER ORTEGA
Folio de la solicitud: 00038/XALATLA/IP/2016
EVA ABAID YAPUR COMISIONADA DEL INFOEM.- sirva este medio para enviarle un cordial y afectuoso saludo al mismo tiempo, le envio lo solicitado, y tambien para dar cumplimiento al Principio de Maxima Publcidad. sin mas por el momento me despido de usted agradeciendo su atencion Titular de la Unidad de Transparencia del Municipio de Xalatlaco
ATENTAMENTE
PASANTE EN LA LIC. DE DERECHO CESAR OMAR ORDOÑEZ AVELINO
Responsable de la Unidad de Información
AYUNTAMIENTO DE XALATLACO
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta Si
Documento soporte:
PDF 2.26 MB
PDF 1.86 MB
Unidad administrativa que detenta la información:
TESORERIA MUNICIPAL
Fecha Actualización:
18/10/2016
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