Información entregada por los Partidos Políticos
Fracción X
Organos de Dirección
001
Nombre del órgano:
Comite Ejecutivo Estatal
Descripción de Atribuciones: Artículo 32º. El Comité Ejecutivo estatal conducirá a MORENA en la entidad federativa entre sesiones del Consejo Estatal. Durará en su cargo tres años, salvo renuncia, ausencia o revocación de mandato, en que se procederá de acuerdo con el Artículo 29, inciso e). Será responsable de emitir las convocatorias para la realización de congresos municipales, a partir de lineamientos emitidos por el Comité Ejecutivo nacional; así como de llevar a cabo los planes de acción acordados por el Consejo Estatal, por el Congreso Nacional y el Consejo Nacional. Se reunirá de manera ordinaria una vez por semana, y de manera extraordinaria, cuando lo solicite la tercera parte de los/ las consejeros/as estatales. Se instalará con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes. Estará conformado por un mínimo de seis personas, cuyos cargos y funciones serán los siguientes:
a.Presidente/a, quien representara política y legalmente a MORENA en el estado;
b.Secretario/a general, quien tendrá a su cargo el seguimiento de acuerdos, la convocatoria y las actas de las reuniones del Comité Ejecutivo Estatal; suplirá al/la Presidente en su ausencia;
c.Tesorero/a, quien se encargará de procurar, recibir y administrar las aportaciones de las y los protagonistas del cambio verdadero y de las y los ciudadanos para garantizar el funcionamiento de nuestra organización en el estado; informará de su cabal administración ante el Consejo Estatal y la Secretaría de Finanzas del Comité Ejecutivo Nacional;
d.Secretario/a de organización, quien deberá mantener el vínculo y la comunicación constantes con los Comités Municipales, y hacerse cargo de coordinar las tareas de afiliación y la realización de asambleas municipales;
Tipo de órgano: Estatal
Nombre del Integrante: Por designar
Cargo que Desempe�a: Presidente
Remuneración: por definir