Por no corresponder a las atribuciones de la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México que le otorga el artículo 38 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, no asigna recursos a ninguna persona física o moral, ya que, de manera general le corresponde a esta dependencia, “La vigilancia, fiscalización y control de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de la administración estatal y su sector auxiliar, así como lo relativo a la manifestación patrimonial y responsabilidades de los servidores públicos” |