Denominación del Área :
SECRETARIO PARTICULAR
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Procedimientos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 9, Fracción VII
Facultades del área :
Acordar periódicamente con el Director General del Instituto para someter a su consideración documentos, requerimientos y demás asuntos relacionados con sus funciones. Organizar la agenda del Director General y registrar los compromisos, audiencias, acuerdos, visitas, giras, entrevistas y demás asuntos que tenga que realizar, así como eventos en los que deba participar. Atender con oportunidad los asuntos encomendados por el Director General, así como mantenerlo informado sobre el avance y estado en que se encuentran. Verificar que los eventos y programas en los que participa el Director General se realicen de conformidad con lo establecido. Dar seguimiento a las instrucciones y acuerdos del Director General con los titulares de las unidades administrativas del Instituto, informando a éste sobre sus avances y cumplimiento. Controlar la correspondencia, documentación y archivo del Instituto, para facilitar el seguimiento de los asuntos de su competencia. Analizar, registrar y dar seguimiento a los acuerdos aprobados en las reuniones del Consejo Directivo del Instituto. Mantener ordenados y actualizados los directorios, archivos y documentos del Director General para su eficiente consulta y manejo. Elaborar informes de los asuntos, acuerdos, audiencias, programas y proyectos cuando lo requiera el Director General. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-04-25 18:00:55
Fecha de validación :
2018-04-25 18:00:55
Área o unidad administrativa responsable de la información :
SECRETARIO PARTICULAR
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DIRECCIÓN GENERAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Procedimientos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 9, Fracción VII
Facultades del área :
Ejecutar las políticas, acuerdos y disposiciones del Consejo Directivo, estableciendo las medidas necesarias para su cumplimiento. Elaborar y proponer al Consejo Directivo los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos, así como los programas de trabajo para su revisión y, en su caso, aprobación. Autorizar los planes y programas del Instituto conforme a los objetivos, metas y políticas que determine el Ejecutivo del Estado. Establecer, previa autorización del Consejo Directivo, las normas técnicas y administrativas para la ejecución y seguimiento de los programas aprobados. Planear, dirigir, organizar, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas que conforman el Instituto, en congruencia con el Programa Operativo Anual. Representar al Instituto ante autoridades federales, estatales o municipales, así como organismos, instituciones públicas, personas físicas o jurídico colectivas, de derecho público o privado, nacionales e internacionales, en ejercicio de las facultades y derechos que le confieren las leyes respectivas. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos de investigación sobre la actividad de la pirotecnia en el Estado de México. Diseñar programas de atención a los artesanos e industriales de la pirotecnia para prevenir riesgos derivados de esta actividad. Celebrar y avalar los contratos, convenios o acuerdos necesarios con los sectores público, social y privado, así como con instituciones nacionales e internacionales en materia de pirotecnia para el adecuado cumplimiento de los fines del Instituto. Coordinar y promover programas de capacitación, información y difusión en materia de pirotecnia y expedir las constancias, diplomas o reconocimientos a los participantes. Verificar el manejo de los recursos técnicos, financieros, humanos y materiales asignados al Instituto. Integrar comisiones especiales para la formación de cuerpos colegiados de apoyo. Integrar y promover en materia de su competencia, proyectos prioritarios de inversión que impacten en el desarrollo integral del Estado. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-04-25 18:00:55
Fecha de validación :
2018-04-25 18:00:55
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DIRECCIÓN GENERAL
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
SUBDIRECTOR DE PREVENCIÓN Y DIFUSIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Procedimientos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 9, Fracción VII
Facultades del área :
Elaborar y someter a consideración del Director General, los programas de difusión y visitas a centros de fabricación, transformación, almacenamiento, transportación y venta de artificios pirotécnicos para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en la materia. Integrar y gestionar ante las instancias correspondientes, los expedientes de opinión favorable para el establecimiento u operación de los centros de fabricación, transformación, almacenamiento, transportación y venta de artificios pirotécnicos. Diseñar y difundir en los medios masivos de comunicación, boletines informativos y notas periodísticas en las que se publiquen las acciones que realiza el Instituto. Realizar visitas de supervisión a los centros de elaboración, transformación, almacenamiento, transportación y venta de artificios pirotécnicos, con el propósito de verificar el cumplimiento de la normatividad estatal y federal vigente en la materia. Establecer coordinación con instancias del Gobierno del Estado para la divulgación de los programas y acciones de seguridad y prevención de siniestros a cargo del Instituto. Realizar eventos estatales, regionales y municipales para difundir las medidas de seguridad y prevención de siniestros en la actividad pirotécnica, con los sectores social y privado. Identificar establecimientos clandestinos donde se realice actividad pirotécnica y solicitar, en su caso, la aplicación de las medidas que establezca la normatividad vigente en la materia. Participar en la elaboración del Presupuesto Anual del Instituto y del Programa Operativo Anual, en materia de su competencia. Difundir medidas de prevención para la preservación de la integridad, salud y bienestar que permita evitar accidentes, pérdidas humanas y siniestros por el manejo de explosivos en artículos pirotécnicos. Informar sobre las propiedades, riesgos y medidas de seguridad que permitan controlar o manejar adecuadamente los productos químicos en la elaboración y comercialización de artificios pirotécnicos. Diseñar acciones para dar cumplimiento a los programas de prevención de siniestros ocasionados por la actividad pirotécnica. Elaborar estudios sobre análisis de riesgos que permitan fundamentar planes de prevención de emergencias y catástrofes. Supervisar polvorines, carros, vitrinas, centros de comercialización y autotransportes de artículos pirotécnicos que representen riesgos de siniestros. Elaborar manuales para las buenas prácticas de la cadena productiva de la actividad pirotécnica. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-04-25 18:00:55
Fecha de validación :
2018-04-25 18:00:55
Área o unidad administrativa responsable de la información :
SUBDIRECTOR DE PREVENCIÓN Y DIFUSIÓN
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
SUBDIRECTOR DE NORMATIVIDAD Y REGISTRO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Procedimientos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 9, Fracción VII
Facultades del área :
Elaborar instrumentos normativos a efecto de mantener actualizado el marco jurídico de actuación del Instituto, y someterlos a consideración del Director General y, en su caso, del Consejo Directivo, cuando sea necesario. Establecer criterios de interpretación, aplicación y cumplimiento de las disposiciones jurídicas que regulan el funcionamiento del Instituto. Representar jurídicamente al Instituto ante autoridades de carácter federal, estatal o municipal, en cualquiera de las materias con las facultades legales conferidas, con el propósito de proteger el interés jurídico y patrimonio del organismo. Asesorar jurídicamente a los servidores públicos del Instituto para la correcta interpretación y aplicación de la normatividad vigente en la materia, así como representarlos en los asuntos de carácter oficial, judicial o administrativo derivados de sus funciones. Presentar ante las autoridades correspondientes, las denuncias y/o querellas en contra de presuntos responsables de hechos delictivos en asuntos inherentes al Instituto, realizando el seguimiento hasta su conclusión. Elaborar convenios o acuerdos de coordinación con los sectores público, privado y social orientados a garantizar la seguridad en la cadena productiva de la actividad pirotécnica, mediante acciones de prevención, capacitación e introducción de tecnologías. Realizar la compilación y clasificación de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general, así como la jurisprudencia establecida en asuntos competencia del Instituto, e informar a las distintas unidades administrativas. Colaborar con las autoridades del fuero federal, común y militar, en asuntos relacionados con las funciones propias del Instituto. Planear, vigilar y controlar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas para la elaboración, uso, distribución, almacenamiento, comercialización y transportación de los productos pirotécnicos. Regular la actividad pirotécnica, fomentando una cultura de la legalidad en esta materia. Integrar y mantener actualizado el Registro Estatal de Pirotécnicos, a efecto de contar con un padrón y sistema de información que permita conocer el universo y situación de los artesanos y comerciantes dedicados a la fabricación, uso, venta, transporte, almacenamiento y exhibición de los artificios pirotécnicos. Estudiar y proponer proyectos normativos que permitan establecer y actualizar el marco jurídico en materia pirotécnica. Atender las demandas laborales, así como las quejas presentadas por los particulares en contra del Instituto, ante las autoridades competentes. Participar en la elaboración del Presupuesto Anual del Instituto y del Programa Operativo Anual, en materia de su competencia. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-04-25 18:00:55
Fecha de validación :
2018-04-25 18:00:55
Área o unidad administrativa responsable de la información :
SUBDIRECTOR DE NORMATIVIDAD Y REGISTRO
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
SUBDIRECTOR DE CAPACITACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Procedimientos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 9, Fracción VII
Facultades del área :
Elaborar y someter a consideración del Director General, los programas de difusión y visitas a centros de fabricación, transformación, almacenamiento, transportación y venta de artificios pirotécnicos para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en la materia. Integrar y gestionar ante las instancias correspondientes, los expedientes de opinión favorable para el establecimiento u operación de los centros de fabricación, transformación, almacenamiento, transportación y venta de artificios pirotécnicos. Diseñar y difundir en los medios masivos de comunicación, boletines informativos y notas periodísticas en las que se publiquen las acciones que realiza el Instituto. Realizar visitas de supervisión a los centros de elaboración, transformación, almacenamiento, transportación y venta de artificios pirotécnicos, con el propósito de verificar el cumplimiento de la normatividad estatal y federal vigente en la materia. Establecer coordinación con instancias del Gobierno del Estado para la divulgación de los programas y acciones de seguridad y prevención de siniestros a cargo del Instituto. Realizar eventos estatales, regionales y municipales para difundir las medidas de seguridad y prevención de siniestros en la actividad pirotécnica, con los sectores social y privado. Identificar establecimientos clandestinos donde se realice actividad pirotécnica y solicitar, en su caso, la aplicación de las medidas que establezca la normatividad vigente en la materia. Participar en la elaboración del Presupuesto Anual del Instituto y del Programa Operativo Anual, en materia de su competencia. Difundir medidas de prevención para la preservación de la integridad, salud y bienestar que permita evitar accidentes, pérdidas humanas y siniestros por el manejo de explosivos en artículos pirotécnicos. Informar sobre las propiedades, riesgos y medidas de seguridad que permitan controlar o manejar adecuadamente los productos químicos en la elaboración y comercialización de artificios pirotécnicos. Diseñar acciones para dar cumplimiento a los programas de prevención de siniestros ocasionados por la actividad pirotécnica. Elaborar estudios sobre análisis de riesgos que permitan fundamentar planes de prevención de emergencias y catástrofes. Supervisar polvorines, carros, vitrinas, centros de comercialización y autotransportes de artículos pirotécnicos que representen riesgos de siniestros. Elaborar manuales para las buenas prácticas de la cadena productiva de la actividad pirotécnica. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-04-25 18:00:55
Fecha de validación :
2018-04-25 18:00:55
Área o unidad administrativa responsable de la información :
SUBDIRECTOR DE CAPACITACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
JEFE DE LA UIPPE
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
Manual de Procedimientos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
Artículo 9, Fracción VII
Facultades del área :
Vigilar que las actividades de las unidades administrativas del Instituto, en materia de planeación, se conduzca conforme a lo dispuesto en la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Elaborar los diagnósticos que permitan formular el plan y los programas de desarrollo regional, sectorial y especial de corto, mediano y largo plazos en el ámbito de competencia del Instituto. Mantener coordinación permanente con las unidades administrativas adscritas al Instituto, con el propósito de analizar la información que generen y verificar los resultados de los planes y programas de trabajo encomendados. Integrar en coordinación con las unidades administrativas del Instituto, los reportes e informes de avances de metas de los proyectos y programas, así como aquella relacionada con el presupuesto. Implementar mecanismos que permitan evaluar el alcance y cumplimiento de los planes y programas de trabajo del Instituto. Elaborar y presentar a la Dirección General del Instituto los estudios y proyectos que permitan mejorar los sistemas de trabajo. Elaborar, actualizar y proponer a la Dirección General de Innovación, los manuales de organización y de procedimientos, a fin de que éstos den cumplimiento a las Guías Técnicas establecidas en la materia. Establecer un sistema de información administrativa y estadística que permita conocer y analizar los alcances obtenidos en materia de pirotecnia, para la mejor toma de decisiones. Mantener actualizada la página Web del Instituto, así como la de transparencia, según corresponda. Proporcionar asesoría y apoyo a las unidades administrativas del Instituto en lo que se refiere a la automatización de procedimientos o sistemas de información.Operar los mecanismos contables de registro presupuestal de gasto corriente y de inversión, así como revisar los estados financieros,
las conciliaciones bancarias, reembolsos, reportes contables, entre otros, con el propósito de conocer e informar a la Dirección
General sobre la situación financiera del Instituto.
Elaborar y presentar por escrito los informes diario, semanal, mensual y anual de las actividades realizadas, así como de los que le
sean requeridos eventualmente.
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia. Planear, organizar y controlar el suministro, administración y aplicación de los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos, así como los servicios generales necesarios para el funcionamiento de las unidades administrativas del Instituto, de conformidad con la normatividad en la materia. Integrar el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Instituto, verificando su vinculación con el Plan de Desarrollo del Estado de México y su calendarización. Coordinar la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones y Servicios del Instituto y vigilar su aplicación. Establecer, con base en los lineamientos emitidos por la Secretaría de Finanzas, los sistemas y mecanismos necesarios para verificar, medir y ajustar el presupuesto autorizado de acuerdo a lo ejercido. Mantener actualizada la plantilla de personal y realizar los trámites correspondientes para altas, bajas, nombramientos, protestas de cargo, ascensos, cambios de adscripción, licencias, vacaciones, percepciones, deducciones, sueldos, aguinaldos y demás incidencias. Realizar la contratación de personal por tiempo y obra determinada y de los servicios profesionales y técnicos, de conformidad con la normatividad y con los montos presupuestales autorizados. Conocer y evaluar los proyectos relativos al reclutamiento, selección, inducción, desarrollo y capacitación del personal del Instituto, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes. Dar cumplimiento a las actividades para la reposición del fondo revolvente asignado, de conformidad con la normatividad establecida. Verificar que la información para la formulación de la cuenta pública se realice, de conformidad con las normas y lineamientos que al respecto se emitan. Registrar, controlar, supervisar y actualizar el inventario de bienes muebles e inmuebles patrimonio del instituto, así como dictaminar y vigilar su mantenimiento, conservación, afectación, baja y destino. Tramitar, ante la instancia correspondiente, los servicios de aseguramiento de los vehículos oficiales, así como de los bienes muebles e inmuebles propiedad del organismo. Proporcionar los servicios de fotocopiado, telefonía, fax, energía eléctrica y bienes de consumo, de acuerdo a la normatividad establecida en la materia. Elaborar los informes programáticos presupuestales y remitirlos a la Dirección General para su conocimiento, así como dar cumplimiento a las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.
Fecha de actualización :
2018-04-25 18:00:55
Fecha de validación :
2018-04-25 18:00:55
Área o unidad administrativa responsable de la información :
JEFE DE LA UIPPE
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :