Solicitudes Recibidas y Atendidas
Fracción IV
Mostrando 1 al
5 de 5 registros
|
|
|
001
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Cancelación de Datos Personales
Fecha de presentación de la solicitud: 02/05/2014
Folio de la Solicitud: 00001/PJUDICI/CD/2014
Motivo o contenido general de la solicitud :
Se me ha estado molestando desde que renuncie el día 31 de julio del año 2013 al puesto que desempeñaba como perito químico del instituto de servicios periciales de la P. G. J. del Estado de México, quedando de esta forma imposibilitado para atender asuntos de carácter legal como perito químico oficial. Sin embargo he sufrido acoso para acudir a juicios orales diciendo en las notificaciones que se me van a imponer medidas de apremio hacia mi persona, o incluso han venido judiciales a mi domicilio para llevarme ante el juez. Razón por la cual he tenido que comparecer, ante los requerimientos que se me han hecho, teniendo que faltar a mi actual trabajo gastando en viáticos y dejando de percibir ingresos que me sirven para la manutención de mi familia, debido a que por el momento solo imparto 5 horas clase en la escuela preparatoria anexa a la normal n°1 de Toluca y diez horas clase en el cobaem, esto afecta de forma directa mi patrimonio familiar. Este hecho de distribuir mis datos personales por medio los exortos sin mi autorización y dejandolos tirados por de la puerat de mi domicilio e incluso en la calle es la razón principal para solicitar de la manera más atenta sean borrados de su base de datos, asi mismo pedirme en cada audicia esta información delante de un procesado y un aditorio del que se desconoce completamete sus interes es acto de molestia, debido a que se poner en riesgo mi integridad física. Además he solicito apoyo al gobernador y al señor procurador del Estado de México mediante un oficio recibido el día 23/01/2013, para que se designe a otro perito en materia de química para poder atender peticiones que hasta esa fecha tenia, y en caso de no ser favorecida esa petición se me otorgaran los honorarios correspondientes, así mismo solicitaba que se me proporcionaran los informes realizados por mi persona para poder recordar cuál fue mi intervención en dichas causas, debido a que emitía aproximadamente por guardia de 20 a 30 dictámenes durante 7 años con 11 meses, no recordando datos precisos y en lugar de ayudar en la impartición de justicia, esto sería contraproducente. Sin darme respuesta hasta la fecha. (anexo petición el numero de folio es 184699 y el número confidencial 1118469923)
Respuesta si fue procedente o no:
De conformidad con lo establecido por el artículo 39 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, a fin de establecer las condiciones necesarias para contestar la solicitud y dar a conocer la respuesta en breve término, se requiere a la parte solicitante para que dentro del plazo de diez días hábiles corrija o complete los datos de la solicitud, y precise de forma clara y en específico a esta Unidad de Información lo siguiente: a) La acreditación de identidad del titular de los datos personales, en su caso, del representante legal; b) El domicilio del solicitante para recibir notificaciones, en su caso, del representante legal; c) La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales se busca ejercer el derecho de cancelación de éstos, por medio de quien es su titular, en su caso, del representante legal; y, d) El lugar donde se encuentran los datos personales a fin de facilitar la localización de éstos; y e) la base de datos en posesión del Poder Judicial del Estado de México en la que a su vez, obran los datos personales objeto de tratamiento por parte de éste sujeto obligado; pues es imprecisa la petición inicial al respecto; lo anterior, para efectos de poner de manifiesto que los datos personales están en posesión de éste sujeto obligado y verificar que el titular de los mismos es la parte solicitante, en su caso, que el representante legal, hayan aportado la documentación que sustente su petición y verificar que no se está dentro de las excepciones que señala el artículo 30 de la ley invocada.
A efecto de acreditar la titularidad de los datos personales, en su caso, la representación legal del titular con documento fehaciente, se requiere al solicitante para que dentro del plazo al que ya se hizo mención, previa identificación oficial, acuda a la oficina de la Unidad de Información ubicada en el edificio de la Escuela Judicial sito en Josefa Ortiz de Domínguez Norte número 306, colonia Santa Clara de la Ciudad de Toluca, Estado de México con un horario de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes y exhiba la documentación que sustente su petición, apercibido que en caso de no dar cumplimiento se negará la cancelación de datos personales solicitada, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No aplica
Fecha Actualización:
28/07/2014
002
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Cancelación de Datos Personales
Fecha de presentación de la solicitud: 26/05/2014
Folio de la Solicitud: 00002/PJUDICI/CD/2014
Motivo o contenido general de la solicitud :
SE ANEXA ARCHIVO DE DATOS A CANCELAR
Respuesta si fue procedente o no:
De conformidad con lo establecido por el artículo 39 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, a fin de establecer las condiciones necesarias para contestar la solicitud y dar a conocer la respuesta en breve término, se requiere a la parte solicitante para que dentro del plazo de diez días hábiles corrija o complete los datos de la solicitud, y precise de forma clara y en específico a esta Unidad de Información lo siguiente: a) La acreditación de identidad del titular de los datos personales, en su caso, del representante legal; b) El domicilio del solicitante para recibir notificaciones, en su caso, del representante legal; c) La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales se busca ejercer el derecho de cancelación de éstos, por medio de quien es su titular, en su caso, del representante legal; y, d) El lugar donde se encuentran los datos personales a fin de facilitar la localización de éstos; y e) la base de datos en posesión del Poder Judicial del Estado de México en la que a su vez, obran los datos personales objeto de tratamiento por parte de éste sujeto obligado; pues es imprecisa la petición inicial al respecto; lo anterior, para efectos de poner de manifiesto que los datos personales están en posesión de éste sujeto obligado y verificar que el titular de los mismos es la parte solicitante, en su caso, que el representante legal, hayan aportado la documentación que sustente su petición y verificar que no se está dentro de las excepciones que señala el artículo 30 de la ley invocada.
A efecto de acreditar la titularidad de los datos personales, en su caso, la representación legal del titular con documento fehaciente, se requiere al solicitante para que dentro del plazo al que ya se hizo mención, previa identificación oficial, acuda a la oficina de la Unidad de Información ubicada en el edificio de la Escuela Judicial sito en Josefa Ortiz de Domínguez Norte número 306, colonia Santa Clara de la Ciudad de Toluca, Estado de México con un horario de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes y exhiba la documentación que sustente su petición, apercibido que en caso de no dar cumplimiento se negará la cancelación de datos personales solicitada, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No aplica
Fecha Actualización:
28/07/2014
003
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Cancelación de Datos Personales
Fecha de presentación de la solicitud: 26/05/2014
Folio de la Solicitud: 00003/PJUDICI/CD/2014
Motivo o contenido general de la solicitud :
SE SOLICITA CANCELACION DE DATOS SE ANEXA ARCHIVO EN WORD
Respuesta si fue procedente o no:
De conformidad con lo establecido por el artículo 39 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, a fin de establecer las condiciones necesarias para contestar la solicitud y dar a conocer la respuesta en breve término, se requiere a la parte solicitante para que dentro del plazo de diez días hábiles corrija o complete los datos de la solicitud, y precise de forma clara y en específico a esta Unidad de Información lo siguiente: a) La acreditación de identidad del titular de los datos personales, en su caso, del representante legal; b) El domicilio del solicitante para recibir notificaciones, en su caso, del representante legal; c) La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales se busca ejercer el derecho de cancelación de éstos, por medio de quien es su titular, en su caso, del representante legal; y, d) El lugar donde se encuentran los datos personales a fin de facilitar la localización de éstos; y e) la base de datos en posesión del Poder Judicial del Estado de México en la que a su vez, obran los datos personales objeto de tratamiento por parte de éste sujeto obligado; pues es imprecisa la petición inicial al respecto; lo anterior, para efectos de poner de manifiesto que los datos personales están en posesión de éste sujeto obligado y verificar que el titular de los mismos es la parte solicitante, en su caso, que el representante legal, hayan aportado la documentación que sustente su petición y verificar que no se está dentro de las excepciones que señala el artículo 30 de la ley invocada.
A efecto de acreditar la titularidad de los datos personales, en su caso, la representación legal del titular con documento fehaciente, se requiere al solicitante para que dentro del plazo al que ya se hizo mención, previa identificación oficial, acuda a la oficina de la Unidad de Información ubicada en el edificio de la Escuela Judicial sito en Josefa Ortiz de Domínguez Norte número 306, colonia Santa Clara de la Ciudad de Toluca, Estado de México con un horario de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes y exhiba la documentación que sustente su petición, apercibido que en caso de no dar cumplimiento se negará la cancelación de datos personales solicitada, quedando a salvo los derechos de la persona para volverla a presentar.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No aplica
Fecha Actualización:
28/07/2014
004
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Cancelación de Datos Personales
Fecha de presentación de la solicitud: 28/05/2014
Folio de la Solicitud: 00004/PJUDICI/CD/2014
Motivo o contenido general de la solicitud :
CAUSA PENAL 22/2002-II DE NOE RAMOS RAMIREZ, LLEVADA ACABO EN 3 JUZGADO DE LO PENAL DEL ESTADO DE MEXICO.
Respuesta si fue procedente o no:
En respuesta a la solicitud recibida y con apoyo en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente:
Se advierte de su solicitud, que requiere:
“CAUSA PENAL 22/2002-II DE NOE RAMOS RAMIREZ, LLEVADA ACABO EN 3 JUZGADO DE LO PENAL DEL ESTADO DE MEXICO.”. (sic)
Aunado a los detalles que proporciona para facilitar la búsqueda de la información que hace consistir en:
“A PETICION DE LA INSTITUCION DONDE LABORO PARA REGISTRO DE PLATAFORMA MEXICO. LABORO ACTUALMENTE EN LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAÑ-” (sic)
Es oportuno referirle que, de conformidad con lo que dispone el artículo 35, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las instituciones están obligadas a orientar a los particulares sobre el lugar donde les pueden proporcionar la información solicitada.
En el caso específico, con apoyo en lo que dispuesto en los artículos 178 y 179 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, y a fin de no entorpecer la efectividad del derecho de acceso a la información pública de la parte solicitante, hago de su conocimiento que Usted tiene expedito su derecho para solicitar copias simples o certificadas de un documento o pieza que obre en el sumario de actuaciones procesales que refiere en su petición inicial, mediante la presentación de un escrito o promoción ante el titular del órgano jurisdiccional competente, quien por ministerio de ley, tiene la obligación de emitir un acuerdo para dar respuesta a toda petición que le sea planteada por quien acredite tener interés directo o indirecto en un asunto judicial y capacidad legal, para actuar por sí o por medio de representante.
Aunado a lo anterior, vale la pena referir a la parte solicitante que dentro de la información que de oficio publica el Poder Judicial a través de su página de Internet, en la pestaña órganos jurisdiccionales del menú principal, al seleccionar la opción directorio y abrir los archivos juzgados y salas, podrá consultar el domicilio de los órganos jurisdiccionales de interés. La información en comento se encuentra disponible para consulta en www.pjedomex.gob.mx
Finalmente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XIV, 20 y 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, es preciso mencionar a la parte solicitante, en el supuesto no concedido, que la procedencia de entregar la versión pública de la información solicitada, es decir, un documento en el que se eliminan, suprimen o borran datos personales que permitan identificar o hacer identificables a cualquier persona física, previamente es analizada por el Comité de Información institucional, con el objeto de determinar si la misma encuadra en algún supuesto de clasificación como reservada o confidencial de conformidad con la Ley de la materia.
Recurrida: No
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No aplica
Fecha Actualización:
28/07/2014
005
Tipo Solicitud:
Solicitudes de Cancelación de Datos Personales
Fecha de presentación de la solicitud: 21/08/2014
Folio de la Solicitud: 00005/PJUDICI/CD/2014
Motivo o contenido general de la solicitud :
SE ANEXA EN ARCHIVO DE WORD.- SE ANEXA EN ARCHIVO DE WORD
Respuesta si fue procedente o no:
En atención a su solicitud, de conformidad con lo que dispone el artículo 37 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:
Es oportuno referirle que el Poder Judicial del Estado de México, en ejercicio de sus atribuciones no tiene bajo su responsabilidad la administración y la operación de las bases de datos que contienen información confidencial publicada en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, por lo tanto, no es información que registre o procese éste órgano del poder público.
En ese orden de ideas, el Poder Judicial del Estado de México no es competente para tramitar la solicitud de cancelación de datos personales en los términos planteados.
Sin embargo, en ejercicio del principio de orientación, respetuosamente se invita a la particular a que dirija su petición al Departamento de Legistel dependiente de la Secretaría General de Gobierno del Gobierno del Estado de México, quien es probable pueda dar trámite a la solicitud planteada.
Recurrida: Si
Documentos anexos a la respuesta No
Documento soporte:
Unidad administrativa que detenta la información:
No aplica
Fecha Actualización:
20/05/2015
Mostrando 1 al
5 de 5 registros
|
|