Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
14/01/2016
Folio de la Solicitud :
00001/TENANCIN/IP/A/2016
Información requerida :
“Favor de contestar el cuestionario adjunto. IMPORTANTE: el cuestionario está en formato .xlsx. SOLICITAR A SU UNIDAD DE TRANSPARENCIA QUE LE PROPORCIONE EL ARCHIVO EN EXCEL PARA PODERLO CONTESTAR”.
REGRESAR LA INFORMACIÓN EN VÍA ELECTRONICA, EN EL MISMO ARCHIVO DE EXCEL, POR FAVOR.
LA PRIMERA PARTE DEL CUESTIONARIO DEBE SER LLENADA POR LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. LA SEGUNDA POR LOS DEPARTAMENTOS QUE TENGAN INFORMACION SOBRE PROGRAMAS LLEVADOS DURANTE 2015.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su petición en:
“Favor de contestar el cuestionario adjunto. IMPORTANTE: el cuestionario está en formato .xlsx. SOLICITAR A SU UNIDAD DE TRANSPARENCIA QUE LE PROPORCIONE EL ARCHIVO EN EXCEL PARA PODERLO CONTESTAR”.
REGRESAR LA INFORMACIÓN EN VÍA ELECTRONICA, EN EL MISMO ARCHIVO DE EXCEL, POR FAVOR.
LA PRIMERA PARTE DEL CUESTIONARIO DEBE SER LLENADA POR LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. LA SEGUNDA POR LOS DEPARTAMENTOS QUE TENGAN INFORMACION SOBRE PROGRAMAS LLEVADOS DURANTE 2015.
1) Por lo que respecta a la contestación del Cuestionario se anexa al presente ya requisitado por las áreas que llevaron programas durante el año 2015, tal como lo usted lo solicito.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00001 2016 CUESTIONARIO V.P..pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-02-25 14:06:51
fechaActualiza :
2016-02-25 14:06:51
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
25/01/2016
Folio de la Solicitud :
00002/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Del Tesorero Municipal y del Contralor Municipal solicito documentos oficiales
que demuestren el año de experiencia que deben tener en dichos puestos,
según la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como su cedula
profesional, asimismo de todos los Directores
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Del tesorero Municipal y del Contralor Municipal solicito documentos oficiales
que demuestren el año de experiencia que deben tener en dichos puestos,
según la Ley orgánica Municipal del Estado de México, así como su cedula
profesional, asimismo de todos los Directores.
1.-Por lo que respecta del tesorero Municipal y del Contralor Municipal los
documentos oficiales que demuestren el año de experiencia que deben tener en
dichos puestos le informo que de acuerdo a la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México en su artículo 32.- fracción IV.- que a la letra dice acreditar
ante el presidente o ante el Ayuntamiento cuando sea el caso, el tener los
conocimientos suficientes para poder desempeñar el cargo; contar con título
profesional o experiencia mínima de un años en la materia, para el desempeño
de los cargos que así lo requieran, y de acuerdo al artículo 96 y 113 de la ley
antes mencionada, se anexa al presente los títulos y los documentos que
acreditan su experiencia.
Fue recurrida :
Si
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00002 2016 CONTRALOR TESORERO VERSIÓN PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-06-28 17:26:09
fechaActualiza :
2016-06-28 17:26:09
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
26/02/2016
Folio de la Solicitud :
00004/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Buenos días, somos una Asociación Civil sin fines lucrativos, independientes y
sin afiliaciones partidistas o sindicales de ninguna índole, nuestro objetivo es
impulsar participación ciudadana en los distintos ámbitos de gobierno así como
la investigación, divulgación, docencia y elaboración de propuestas de políticas
públicas.
Nuestro principal objetivo es atender y proyectar iniciativas que fortalezcan a
la sociedad y permita la actuación responsable e integra de las instituciones
públicas y privadas en su entorno, por lo anterior, les agradeceremos mucho
nos proporcione la siguiente información pública de oficio con referencia a esta
DEPENDENCIA, relacionada a la fiscalización y rendición de cuentas durante los
últimos TRES AÑOS así como por el periodo que va del presente año, lo anterior
mediante el siguiente cuestionario o en su defecto a través de los formatos
establecidos en su dependencia para tal efecto, por lo cual deseamos conocer:
1.-Número de auditorías, inspecciones, revisiones, evaluaciones, supervisiones así como
testificaciones celebradas a las áreas que conforman su dependencia durante los cinco
años anteriores a la presente solicitud así como los resultados arrojados en cada una de
ellas incluyendo con esto las presuntas responsabilidades derivadas de estas y los daños
cuantificables en dinero causados en decremento a la hacienda pública, debiendo señalar
si la mismas fueron realizadas por un área operativa de la propia dependencia o en su
caso por despachos o empresas privadas, indicando en su caso los pagos efectuados a la
misma; finalmente en caso de ser procedente algún tipo de responsabilidad por desvió de
recursos o por malversación de estos, favor de informar en la medida de lo posible, los
datos que den certeza de los datos proporcionados.
2.- Sistemas implementados para la revisión en los registros contables, presupuestos
asignados así como las medidas de verificación para la congruencia del gasto público, así
como las acciones emprendidas por el órgano verificar de control o su equivalente para
que los recursos son destinados a las partidas así como a las acciones destinadas para
cada caso.
3.-Mecanismos de participación ciudadana encargados de legitimar las líneas de acción
establecidas en los Planes de Desarrollo rectores de la Dependencia, así como informar si
es el caso, el número de población beneficiada y los datos que brinden certeza en la
confirmación de estas autoridades o de los comités auxiliares de la administración pública.
4.-Procedimientos administrativos fincados con motivo de presuntas irregularidades
detectadas en el actuar del servicio público, señalando puntualmente el motivo de cada
una así como el nombre de los presuntos responsables, ello tomando en consideración el
cargo de los funcionarios públicos, cargo y responsabilidad atribuible a cada uno de ellos,
así como en caso de ser procedente, las instancias ante las cuales se sustancia cada uno
de estos y las sanciones con motivo de estas.
5.-fundamentación reguladora sobre la presentación oportuna de la manifestación
patrimonial obligatoria de los funcionarios adscritos a la dependencia así como las
acciones impulsadas para prestar auxilio a las áreas y forzados a realizarla, ello para
correcta entrega de su declaración de bienes.
6.-Nombre, cargo, perfil académico incluyendo los documentos con los que se acredite,
fecha de ingreso, puesto designado, percepciones quincenales así como funciones
encomendadas a los integrantes del área de control interno o su equivalente, así como las
fuentes legales que dan origen a la actuación de manera genérica y específica a los
trabajadores adscritos a esta unidad administrativa.
7.-Sistemas implementados para la atención de las quejas, denuncias y sugerencias
presentadas por la ciudadanía en contra de las deficiencias detectadas en el actuar de los
trabajadores de las dependencias así como el área responsable de resolverlas.
8.-Sistema de evaluación y control a las áreas integrantes de la dependencia, así como los
encargados de ellas, debiendo en su caso informar la normatividad que rige sus
actuaciones.
9.-Agenda de labores, así como informe de actividades efectuadas en el ámbito de sus
atribuciones con el soporte documental o fotográfico que demuestre las líneas de acción
efectuadas por el área de control y fiscalización.
10.-Procesos de licitación y adjudicación de bienes, servicios así como de obras en los que
ha tenido intervención directa el órgano de control interno de la dependencia, además de
los documentos soporte que consten que el área revisora tiene intervención directa y por
lo tanto previenen, corrigen y en su caso sancionan la inobservancia de la normatividad
aplicable a cada caso.
Por su atención y pronta respuesta, quedamos a sus órdenes por medio de este conducto
o bien por email, no sin antes aprovechar el conducto para desearle éxito en sus
actividades institucionales.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
1.-Número de auditorías, inspecciones, revisiones, evaluaciones, supervisiones así como
testificaciones celebradas a las áreas que conforman su dependencia durante los cinco
años anteriores a la presente solicitud así como los resultados arrojados en cada una de
ellas incluyendo con esto las presuntas responsabilidades derivadas de estas y los daños
cuantificables en dinero causados en decremento a la hacienda pública, debiendo señalar
si la mismas fueron realizadas por un área operativa de la propia dependencia o en su
caso por despachos o empresas privadas, indicando en su caso los pagos efectuados a la
misma; finalmente en caso de ser procedente algún tipo de responsabilidad por desvió de
recursos o por malversación de estos, favor de informar en la medida de lo posible, los
datos que den certeza de los datos proporcionados.
1.-Por lo que respecta Número de auditorías, inspecciones, evaluaciones, supervisiones así
como testificaciones celebradas a las áreas que conforman su dependencia durante los
cinco años anteriores a la presente solicitud así como los resultados arrojados en cada una
de ellas incluyendo con esto las presuntas responsabilidades derivadas de estas y los
daños cuantificables en dinero causados en decremento a la hacienda pública, debiendo
señalar si la mismas fueron realizadas por un área operativa de la propia dependencia o
en su caso por despachos o empresas privadas, indicando en su caso los pagos efectuados
a la misma; finalmente en caso de ser procedente algún tipo de responsabilidad por
desvió de recursos o por malversación de estos, favor de informar en la medida de lo
posible, los datos que den certeza de los datos proporcionados.
R= se informa que auditorias y evaluaciones ninguna, se llevaron a cabo un
total de 70 revisiones y supervisiones comprobando el adecuado registro de
asistencia y permanencia de personal de la dependencia y organismos
descentralizados en el lugar de trabajo verificando entre otras cosas la
portación de gafetes, del año 2010 a 2015 se realizaron 1150 testificaciones,
por entrega recepción.
2.- Sistemas implementados para la revisión en los registros contables, presupuestos
asignados así como las medidas de verificación para la congruencia del gasto público, así
como las acciones emprendidas por el órgano verificar de control o su equivalente para
que los recursos son destinados a las partidas así como a las acciones destinadas para
cada caso. R=por lo anterior me permito informar a usted, que en cuanto a la
información antes referida, esta Tesorería Municipal se basa en el Manual de
Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del
Gobierno y Municipios del Estado de México, Décimo Cuarta Edición 2015.
3.-Mecanismos de participación ciudadana encargados de legitimar las líneas de acción
establecidas en los Planes de Desarrollo rectores de la Dependencia, así como informar si
es el caso, el número de población beneficiada y los datos que brinden certeza en la
confirmación de estas autoridades o de los comités auxiliares de la administración pública.
R= Se anexa mecanismos de participación ciudadana, cocicovis, copacis actas
del coplademun.
4.-Procedimientos administrativos fincados con motivo de presuntas irregularidades
detectadas en el actuar del servicio público, señalando puntualmente el motivo de cada
una así como el nombre de los presuntos responsables, ello tomando en consideración el
cargo de los funcionarios públicos, cargo y responsabilidad atribuible a cada uno de ellos,
así como en caso de ser procedente, las instancias ante las cuales se sustancia cada uno
de estos y las sanciones con motivo de estas. R= se le comunica que en el año 2014
son 20 procedimientos y en el 2015 6 procedimientos
5.-fundamentación reguladora sobre la presentación oportuna de la manifestación
patrimonial obligatoria de los funcionarios adscritos a la dependencia así como las
acciones impulsadas para prestar auxilio a las áreas y forzados a realizarla, ello para
correcta entrega de su declaración de bienes.
R= Artículo 42 fracción XIX. 79 y 80 La Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios, una de las acciones que se
tomaron para invitar a los servidores públicos en la presentación de su
manifestación de bienes fue a través de la circular número uno la cual se anexa
a la presente y una segunda acción fue llamarles vía telefónica tres días antes
de que se venciera el término (31 de marzo del 2016), existiendo la evidencia
de las llamadas y mensajes que se realizaron en los celulares del titular y
personal de la Contraloría Municipal.
6.-Nombre, cargo, perfil académico incluyendo los documentos con los que se acredite,
fecha de ingreso, puesto designado, percepciones quincenales así como funciones
encomendadas a los integrantes del área de control interno o su equivalente, así como las
fuentes legales que dan origen a la actuación de manera genérica y específica a los
trabajadores adscritos a esta unidad administrativa.
7.-Sistemas implementados para la atención de las quejas, denuncias y sugerencias
presentadas por la ciudadanía en contra de las deficiencias detectadas en el actuar de los
trabajadores de las dependencias así como el área responsable de resolverlas.
R=En cuanto al Sistema implementado para la atención de denuncias o
sugerencias, informo a usted que el día quince de marzo fue inaugurado el
sistema de buzones colocándose en su primera etapa 6 en diferentes áreas
estratégicas del Ayuntamiento, esto dará la oportunidad para que la ciudadanía
participe con sus quejas, denuncias, o sugerencias, anexo relación de
fotografías de la inauguración y ubicación de los buzones.
8.-Sistema de evaluación y control a las áreas integrantes de la dependencia, así como los
encargados de ellas, debiendo en su caso informar la normatividad que rige sus
actuaciones.
R= Referente al sistema de evaluación y control a las áreas integrantes de las
dependencias comunico que existen arqueos de caja a las áreas y así como a
los servidores públicos encargados de la recaudación en campo, supervisiones
al cumplimiento de los servidores públicos y portación del gafete de
identificación, supervisiones al parque vehicular y revisiones al mobiliario y
equipo de oficina, anexo copias y relación de fotografía.
9.-Agenda de labores, así como informe de actividades efectuadas en el ámbito de sus
atribuciones con el soporte documental o fotográfico que demuestre las líneas de acción
efectuadas por el área de control y fiscalización.
R=Por lo que respecta informe de actividades comunico que existen arqueos de
caja a las áreas y así como a los servidores públicos encargados de la
recaudación en campo, supervisiones al cumplimiento de los servidores
públicos y portación del gafete de identificación, supervisiones al parque
vehicular y revisiones al mobiliario y equipo de oficina, anexo copias y relación
de fotografía.
10.-Procesos de licitación y adjudicación de bienes, servicios así como de obras en los que
ha tenido intervención directa el órgano de control interno de la dependencia, además de
los documentos soporte que consten que el área revisora tiene intervención directa y por
lo tanto previenen, corrigen y en su caso sancionan la inobservancia de la normatividad
aplicable a cada caso.
R= R= se anexa las lista de los procesos de licitación.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00004 2016 integridad ciudadana VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-06-28 17:51:22
fechaActualiza :
2016-06-28 17:51:22
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
17/03/2016
Folio de la Solicitud :
00005/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Solicito la siguiente información, o copia de las expresiones
documentales en las que obre la siguiente información:
- ¿Cuáles son los problemas de contaminación o daños al medio
ambiente que afectan actualmente al municipio, detallando origen y
características de cada uno?
- ¿Cuál son los puntos geográficos donde se presentan estos problemas
de contaminación o daños al medio ambiente (especificar ubicación)?
- ¿Existen ríos o cuerpos de agua contaminados en el municipio, cuáles?
¿Qué tipo de contaminación es y cuál es su origen?
- ¿Existe tala en el municipio (especificar si es legal o ilegal)? De ser así,
¿cuál es el volumen anual de extracción de especies maderables?
- ¿Cuántos puntos de disposición de residuos sólidos funcionan en el
municipio? ¿Son rellenos sanitarios o basureros a cielo abierto? ¿En qué
localidad se ubica cada uno?
- ¿Cuál es el volumen anual de basura que se deposita en rellenos
sanitarios, y cuál es el volumen anual que se deposita en basureros a
cielo abierto?
- En caso de que en el municipio no funcionen puntos de disposición
final de residuos sólidos, ¿dónde se deposita la basura generada en el
municipio?
- ¿En el municipio hay especies animales extintas o amenazadas, a causa
de problemas ambientales? ¿Cuáles son estas especies?
- ¿En el municipio hay especies hay especies vegetales o forestales
extintas o amenazadas, a causa de problemas ambientales? ¿Cuáles son
estas especies?
dedica cada una?
- ¿Cuál es el volumen y el tipo de emisiones atmosféricas que generan al
año estas fábricas o empresas con actividad industrial?
- ¿Los residuos de fábricas o empresas con actividad industrial reciben
algún tratamiento especial para su disposición final, cuál? ¿Dónde se
depositan sus residuos sólidos? ¿Dónde se depositan sus residuos
líquidos?
- ¿Cuántas minas operan en el municipio, especificando la localidad en
donde se ubica y la actividad minera a la que se dedica cada una? ¿Los
residuos de las minas reciben algún tratamiento especial para su
desechamiento o disposición final, cuál? ¿Dónde se depositan sus
residuos sólidos? ¿Dónde se depositan sus residuos líquidos?
- ¿Cuántas localidades existen en el municipio, especificando el nombre
y el número de habitantes de cada una? De ellas, ¿cuáles cuentan con
drenaje?
- Proporcionar copia del programa de ordenamiento ecológico municipal
o de cualquier otro tipo de diagnóstico sobre la situación de los
ecosistemas del municipio.
- ¿Cuentan las universidades o centros de estudios superiores con
diagnósticos o estudios relacionados con contaminación en el municipio?
Proporcionar copia.
Agradezco su atención.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Solicito la siguiente información, o copia de las expresiones documentales en las que
obre la siguiente información:
- ¿Cuáles son los problemas de contaminación o daños al medio ambiente que afectan
actualmente al municipio, detallando origen y características de cada uno?
R=contaminación de aire, tierra y agua, uno de los problemas de contaminación
del aire, suelo y agua, es por la aplicación y quema de los envases de los
agroquímicos y pesticidas que utilizan en la floricultura de este municipio.
Crecimiento urbano a través de la apertura de establecimientos privados
comerciales (gasolineras).
El aire es contaminado al crecimiento vehicular de servicio público y privado.
El suelo es contaminado, por la falta de cultura y educación ambiental, donde la
ciudadanía genera basura, crea basureros clandestinos y la quema de la misma
Cambio de uso de suelo, que da por la agricultura y floricultura.
- ¿Cuál son los puntos geográficos donde se presentan estos problemas de contaminación
o daños al medio ambiente (especificar ubicación)? R=san pedro Zictepec, san juan
Xochiaca san Gabriel Zepayautla San Simonito, San Miguel Tecomatlan, san
Pedro Ejido de Tecomatlan, Cruz Vidriada, san José Tenería, Tepoxtepec, Ejido
de Tenería san Ramón, barrio la Loma, san Mateo, col. 14 de Marzo, colonia la
Trinidad, barrio la Trinidad, la Ciénega, San José el Cuartel.
- ¿Existen ríos o cuerpos de agua contaminados en el municipio, cuáles? R= son las
siguientes el rio san Simonito, el rio Tenancingo, el arroyo el salado, el arroyo
Atotonilco, el arroyo Santa Ana y el arroyo Santa Teresa, el rio Tenancingo; su
tipo de contaminación es residuales, ya que es contaminación por las descargas
de drenajes, del municipio de Tenancingo, San Pedro Zictepec , Atlatlacahatla.
¿Qué tipo de contaminación es y cuál es su origen?
R= la principal contaminación de estos afluentes son las descargas de los
drenajes sanitarios que vierten las diferencias que se encuentran al margen de
estos y aunado a esto, la contaminación inicia desde la comunidad de san
pedro Zictepec.
- ¿Existe tala en el municipio (especificar si es legal o ilegal)? De ser así, ¿cuál es el
volumen anual de extracción de especies maderables? R= Si existe la tala y es ilegal y
no se cuenta con diagnostico alguno.
- ¿Cuántos puntos de disposición de residuos sólidos funcionan en el municipio? R=
Ninguno
¿Son rellenos sanitarios o basureros a cielo abierto? Son Relleno Sanitario ¿En qué
localidad se ubica cada uno? R= no se cuenta con ninguno
- ¿Cuál es el volumen anual de basura que se deposita en rellenos sanitarios, y cuál es el
volumen anual que se deposita en basureros a cielo abierto?
R=8611m3
- En caso de que en el municipio no funcionen puntos de disposición final de residuos
sólidos, ¿dónde se deposita la basura generada en el municipio? R= la basura generada
en el Municipio se lleva a otro Municipio
- ¿En el municipio hay especies animales extintas o amenazadas, a causa de problemas
ambientales? Si ¿Cuáles son estas especies?
aves de canora (zarco) rana toro (Colonia valle de Guadalupe, tepoxtepec)
pato canadiense y pato de agua (colonia valle de Guadalupe).
- ¿En el municipio hay especies hay especies vegetales o forestales extintas o
amenazadas, a causa de problemas ambientales? R= NO ¿Cuáles son estas especies?
R= Ninguna - ¿Cuál es el volumen de aguas residuales que genera el municipio al año?
R=5,761,708.96 M3
- ¿Cuenta el municipio con plantas de tratamiento de aguas residuales? Especificar la
capacidad de tratamiento de cada una y el volumen total de agua tratada en 2015.
R=
H. AYUNTAMIENTO DE TENANCINGO, MEX., 2016-2018
ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE AGUA
POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE TENANCINGO, MEX.
HOJA
VOLUMEN DE AGUAS RESIDUALES QUE GENERA EL MUNICIPIO ANUALMENTE
Nº LOCALIDAD O
COMUNIDAD
CENSO
2010
CON SERVICIO DE
DRENAJE
COBERTURA DE
SERVICIO %
ESTADO
ACTUAL DEL
SISTEMA
POBLACIO
N
1.- CABECERA
MUNICIPAL 14,174.00 13465 95% REGULAR
2.- AGUA BENDITA 172.00 0 0% FALTA SITIO DE
DESCARGA
3.- AGUA DULCE 43.00 0 0% FALTA SITIO DE
DESCARGA
4.- ACATZINGO DE LA
PIEDRA 1,949.00 1559 80% BUENO
5.- SAN ANTONIO
AGUA BENDITA 781.00 625 80% REGULAR
6.-
EL CARMEN
(DESIERTO DEL
CARMEN)
1,032.00 206 20% REGULAR
7.- COL. GUADALUPE
VICTORIA 518.00 104 20% MALO
8.- IXPUICHIAPAN 823.00 247 30% REGULAR
9.- MONTE DE POZO 19.00 0 0% FALTA SITIO DE
DESCARGA
10.
- LOS MORALES 307.00 0 0%
FALTA SITIO DE
DESCARGA
11.
- PUEBLO NUEVO 1,359.00 1155 85% BUENO
12.
-
SAN JOSE
CHALMITA 1,163.00 0 0%
FALTA SITIO DE
DESCARGA
13.
-
SAN JUAN
TETITLAN 943.00 896 95% BUENO
14.
-
SAN MARTIN
COAPAXTONGO 2,865.00 2722 95% BUENO
15.
- SAN NICOLAS 1,594.00 1355 85% BUENO
16.
- SAN SIMONITO 2,028.00 1927 95% BUENO
17.
-
SANTA ANA
IXTLAHUATZINGO 6,697.00 6027 90% REGULAR
18.
-
SANTA CRUZ
XOCHIACA 167.00 84 50% REGULAR
19.
-
SANTA TERESITA
ACATZINGO 462.00 439 95% BUENO
20.
- TEPALCATEPEC 1,790.00 1701 95% BUENO
21.
- TEPOXTEPEC 1,539.00 1385 90% BUENO
22.
- TERRENATE 527.00 448 85% REGULAR
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00005 2016 CUESTIONARIO DE ECOLOGIA VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 12:33:56
fechaActualiza :
2016-07-13 12:33:56
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
28/03/2016
Folio de la Solicitud :
00006/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Con base en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, proporcionar
copia de los documentos donde se contenga la siguiente información. Para efectos de mayor claridad, la solicitud se divide
en 4 rubros, que son los de Alcalde, Presidencia Municipal, Cabildo, y Ayuntamiento. A su vez cada uno de estos rubros
contiene una serie de preguntas o peticiones específicas de información pública requerida por el solicitante, y que se refieren
a cada rubro aludido. La solicitud es la siguiente: Alcalde 1.- Salario del Alcalde, detallando los siguientes rubros: a) Salario
base: b) Salario bruto: c) Deducciones: d) Salario neto: e) Con base en su salario base, monto total de aguinaldo que le
corresponderá en todo el 2016: f) Con base en su salario base, monto total de la prima vacacional que le corresponderá en
todo el 2016: g) Con base en su salario base, monto total de gratificación por desempeño o alguna otra similar que le
corresponderá en todo el 2016: 2.- Monto de los bonos, compensaciones o gratificaciones adicionales al salario anterior, así
como la periodicidad con la cual se entregarán y justificación legal para entregarlos. 3.- Apoyos o pagos adicionales por
concepto de: a) telefonía convencional (monto mensual y anual): b) telefonía celular (monto mensual y anual): c) gastos de
transporte o transportación (gastos para traslados estatales, nacionales e internacionales) (monto mensual y anual): d) tipo
de vehículo asignado para el alcalde, detallando marca, modelo, año y kilometraje: d) Viáticos para el desarrollo de sus
funciones cotidianas (monto mensual y anual): e) Monto para el pago de comidas o reuniones (monto mensual y anual): f)
Monto definido, de manera mensual y anual, para que el alcalde pueda disponer de un fondo revolvente o gasto asignado a
la Presidencia para cumplir con compromisos sociales, solicitudes de ayuda de la ciudadanía o alguna tarea similar: g)
Asesores del presidente o asignados a la Presidencia, detallando la siguiente información: - Nombre de cada uno de ellos: -
Máximo grado de estudios de cada uno de ellos, anexando su cedula profesional: - Sueldo de cada uno de ellos (detallando
en cada uno de ellos el salario base, neto, bruto y deducciones): - Copia del documento donde se justifique la respectiva
contratación: - En cada caso detallar cuál es la función que desarrolla cada asesor, y en qué materia es su especialidad o
área profesional, misma que debe corresponder al trabajo que realizan en el Ayuntamiento: - Horario en el cual trabajan
cada uno de los asesores, y en cada caso detallar quiénes están obligados a checar su asistencia con tarjeta laboral, ó
similar, y quienes no: 4.- Copia del documento donde se acredite el máximo grado de estudios del presidente municipal o
alcalde. Presidencia Municipal 1.- Gasto ejecutado en el área de la Presidencia municipal en 2015 y el previsto para 2016,
desglosando la siguiente información: a) Número de empleados, el nombre de cada uno de ellos, salario (base, bruto,
deducciones, y neto de cada uno de ellos) y función que realiza cada uno de ellos, además de cuánto cobrará cada uno de
ellos por concepto de aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra gratificación o compensación salarial durante 2016 (en el
caso de 2015 informar el monto gastado en cada rubro de esta pregunta): b) Monto ejecutado y previsto (en cada año
señalado, 2015 y 2016) para que la Presidencia municipal disponga de un presupuesto que pueda utilizar para cualquier fin
(detallar los fines): c) Monto asignado para el pago de servicios como luz, telefonía, agua: d) Monto asignado para el pago
de los distintos materiales o suministros que utiliza la presidencia municipal: Cabildo 1.- Monto asignado para el desarrollo
de las tareas y funciones de los integrantes del Cabildo (regidores y síndicos), detallando el gasto efectuado en 2015 y lo
previsto para 2016, desglosando la siguiente información: a) Salario (base, bruto, deducciones y neto) de cada uno de los
regidores y síndicos de este Ayuntamiento: b) Monto del aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra gratificación salarial
que recibieron durante 2015 y recibirán durante 2016 (de cada uno de ellos): c) De cada uno de los regidores y síndicos
también detallar la siguiente información sobre estos gastos: - telefonía convencional (monto mensual y anual): - telefonía
celular (monto mensual y anual): - gastos de transporte o transportación (gastos para traslados estatales, nacionales e
internacionales) (monto mensual y anual): - tipo de vehículo asignado, detallando marca, modelo, año y kilometraje: -
Viáticos para desarrollo de sus funciones cotidianas (monto mensual y anual): - Monto para el pago de comidas o reuniones
(monto mensual y anual): - Monto definido, de manera mensual y anual, para que puedan disponer de un fondo revolvente
o gasto asignado para cumplir con compromisos sociales, solicitudes de ayuda de la ciudadanía o alguna tarea similar (todo
es de cada uno de ellos): d) Asesores de cada uno de los síndicos y regidores, detallando la siguiente información: - Nombre
de cada uno de ellos: - Máximo grado de estudios de cada uno de ellos, anexando su cedula profesional: - Sueldo de cada
uno de ellos (detallando en cada uno de ellos el salario base, neto, bruto y deducciones, así como bonos, compensaciones o
gratificaciones adicionales): - Copia del documento donde se justifique la respectiva contratación: - En cada caso detallar
cuál es la función que desarrolla cada asesor, y en qué materia es su especialidad o área profesional, misma que debe
corresponder al trabajo que realizan en el Ayuntamiento: - Horario en el cual trabajan cada uno de los asesores, y en cada
caso detallar quiénes están obligados a checar su asistencia con tarjeta laboral, ó similar, y quienes no: 2.- Copia del
documento donde se acredite el máximo grado de estudios de cada uno de los síndicos y regidores de este Ayuntamiento:
Ayuntamiento 1.- Presupuesto ejecutado para este Ayuntamiento en 2015, y el previsto para 2016, desglosado por capítulo
de gasto y partida presupuestal: 2.- Monto de la deuda pública de este municipio registrada al 31 de diciembre de 2015 y al
15 de febrero de 2016, desglosando lo siguiente: a) deuda bancaria (detallando el nombre y monto que se debe a cada
institución bancaria): b) deuda a proveedores (detallando el nombre y monto que se debe a cada proveedor o empresa o
similar): c) deuda a instituciones públicas o gubernamentales (detallando el nombre y monto que se debe cada una de
ellas): d) deudas fiscales (detallando el monto y tributo, causa y año fiscal al que corresponde la deuda): e) deuda de
cualquier otro tipo (detallando el monto y nombre de a quién se debe): 3.- Monto gastado en 2015 para el rubro de obras
públicas o inversión pública (detallando cuánto correspondió a recursos propios, gasto estatal y gasto federal): 4.- Monto
previsto en 2016 para el rubro de obras públicas o inversión pública (detallando cuánto corresponde a recursos propios,
gasto estatal y gasto federal): 5.- Monto gastado en el rubro de seguridad pública en 2015 (detallando cuánto correspondió
a recursos propios, gasto estatal y gasto federal) 6.- Monto previsto en el rubro de seguridad pública para 2016 (detallando
cuánto corresponderá a recursos propios, gasto estatal y gasto federal) 7.- Monto gastado en 2015 para el rubro servicios
personales o nómina. 8.- Monto previsto en 2016 para el rubro de servicios personales o nómina 9.- Gasto realizado en
2015 para el área de comunicación social, publicidad o cualquier otro similar que tenga relación con la difusión de
información e imagen (pago a proveedores, y cualquier otro gasto similar): 10.- Gasto previsto para 2016 para el área de
comunicación social, publicidad o cualquier otro similar que tenga relación con la difusión de información e imagen (pago a
proveedores, y cualquier otro gasto similar): 11.- Gasto realizado en 2015 para la contratación total de asesores en el
Ayuntamiento: 12.- Gasto previsto en 2016 para la contratación total de asesores en el 2016: 13.- Salario de un policía
municipal con la categoría más alta y más baja según los tabuladores de este Ayuntamiento en 2015: 14.- Salario de un
policía municipal con la categoría más alta y más baja según los tabuladores de este Ayuntamiento para 2016: *
siguiente información: a) Salario (base, bruto, deducciones y neto) de cada uno de los
regidores y síndicos de este Ayuntamiento: b) Monto del aguinaldo, prima vacacional y
cualquier otra gratificación salarial que recibieron durante 2015 y recibirán durante 2016
(de cada uno de ellos): c) De cada uno de los regidores y síndicos también detallar la
siguiente información sobre estos gastos: - telefonía convencional (monto mensual y
anual): - telefonía celular (monto mensual y anual): - gastos de transporte o
transportación (gastos para traslados estatales, nacionales e internacionales) (monto
mensual y anual): - tipo de vehículo asignado, detallando marca, modelo, año y
kilometraje: - Viáticos para desarrollo de sus funciones cotidianas (monto mensual y
anual): - Monto para el pago de comidas o reuniones (monto mensual y anual): - Monto
definido, de manera mensual y anual, para que puedan disponer de un fondo revolvente o
gasto asignado para cumplir con compromisos sociales, solicitudes de ayuda de la
ciudadanía o alguna tarea similar (todo es de cada uno de ellos): d) Asesores de cada uno
de los síndicos y regidores, detallando la siguiente información: - Nombre de cada uno de
ellos: - Máximo grado de estudios de cada uno de ellos, anexando su cedula profesional: -
Sueldo de cada uno de ellos (detallando en cada uno de ellos el salario base, neto, bruto y
deducciones, así como bonos, compensaciones o gratificaciones adicionales): - Copia del
documento donde se justifique la respectiva contratación: - En cada caso detallar cuál es
la función que desarrolla cada asesor, y en qué materia es su especialidad o área
profesional, misma que debe corresponder al trabajo que realizan en el Ayuntamiento: -
Horario en el cual trabajan cada uno de los asesores, y en cada caso detallar quiénes
están obligados a checar su asistencia con tarjeta laboral, ó similar, y quienes no: 2.-
Copia del documento donde se acredite el máximo grado de estudios de cada uno de los
síndicos y regidores de este Ayuntamiento: Ayuntamiento 1.- Presupuesto ejecutado para
este Ayuntamiento en 2015, y el previsto para 2016, desglosado por capítulo de gasto y
partida presupuestal:
2.- Monto de la deuda pública de este municipio registrada al 31 de diciembre de 2015 y al
15 de febrero de 2016, desglosando lo siguiente: a) deuda bancaria (detallando el nombre
y monto que se debe a cada institución bancaria): b) deuda a proveedores (detallando el
nombre y monto que se debe a cada proveedor o empresa o similar): c) deuda a
instituciones públicas o gubernamentales (detallando el nombre y monto que se debe cada
una de ellas): d) deudas fiscales (detallando el monto y tributo, causa y año fiscal al que
corresponde la deuda): e) deuda de cualquier otro tipo (detallando el monto y nombre de
a quién se debe): 3.- Monto gastado en 2015 para el rubro de obras públicas o inversión
pública (detallando cuánto correspondió a recursos propios, gasto estatal y gasto federal):
4.- Monto previsto en 2016 para el rubro de obras públicas o inversión pública (detallando
cuánto corresponde a recursos propios, gasto estatal y gasto federal): 5.- Monto gastado
en el rubro de seguridad pública en 2015 (detallando cuánto correspondió a recursos
propios, gasto estatal y gasto federal) 6.- Monto previsto en el rubro de seguridad pública
para 2016 (detallando cuánto corresponderá a recursos propios, gasto estatal y gasto
federal) 7.- Monto gastado en 2015 para el rubro servicios personales o nómina. 8.- Monto
previsto en 2016 para el rubro de servicios personales o nómina 9.- Gasto realizado en
2015 para el área de comunicación social, publicidad o cualquier otro similar que tenga
relación con la difusión de información e imagen (pago a proveedores, y cualquier otro
gasto similar): 10.- Gasto previsto para 2016 para el área de comunicación social,
Respuesta a la solicitud :
1.-Por lo que respecta salario del alcalde, detallando los siguientes rubros: a) salario base:
b) salario bruto: c) Deducciones: d)Salario neto: e) con base a su salario base, monto
total de aguinaldo que le corresponderá en todo el 2016: f) con base en su salario base,
monto total de la prima vacacional que le corresponderá en todo el 2016: g) con base en
su salario base, monto total de gratificación por desempeño o alguna otra similar que le
corresponderá en todo el 2016:
2.- Monto de los bonos, compensaciones o gratificaciones adicionales al salario anterior,
así como la periodicidad con la cual se entregarán y justificación legal para entregarlos.
3.- Apoyos o pagos adicionales por concepto de: a) telefonía convencional (monto
mensual y anual): b) telefonía celular (monto mensual y anual): c) gastos de transporte o
transportación (gastos para traslados estatales, nacionales e internacionales) (monto
mensual y anual): d) tipo de vehículo asignado para el alcalde, detallando marca, modelo,
año y kilometraje: d) Viáticos para el desarrollo de sus funciones cotidianas (monto
mensual y anual): e) Monto para el pago de comidas o reuniones (monto mensual y
anual): f) Monto definido, de manera mensual y anual, para que el alcalde pueda disponer
de un fondo resolvente o gasto asignado a la Presidencia para cumplir con compromisos
sociales, solicitudes de ayuda de la ciudadanía o alguna tarea similar: g) Asesores del
presidente o asignados a la Presidencia, detallando la siguiente información: - Nombre de
cada uno de ellos: - Máximo grado de estudios de cada uno de ellos, anexando su cedula
profesional: - Sueldo de cada uno de ellos (detallando en cada uno de ellos el salario base,
neto, bruto y deducciones): - Copia del documento donde se justifique la respectiva
contratación: - En cada caso detallar cuál es la función que desarrolla cada asesor, y en
qué materia es su especialidad o área profesional, misma que debe corresponder al
trabajo que realizan en el Ayuntamiento: - Horario en el cual trabajan cada uno de los
asesores, y en cada caso detallar quiénes están obligados a checar su asistencia con
tarjeta laboral, ó similar, y quienes no:
4.- Copia del documento donde se acredite el máximo grado de estudios del presidente
municipal o alcalde. Presidencia Municipal 1.- Gasto ejecutado en el área de la Presidencia
municipal en 2015 y el previsto para 2016, desglosando la siguiente información: a)
Número de empleados, el nombre de cada uno de ellos, salario (base, bruto, deducciones,
y neto de cada uno de ellos) y función que realiza cada uno de ellos, además de cuánto
cobrará cada uno de ellos por concepto de aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra
gratificación o compensación salarial durante 2016 (en el caso de 2015 informar el monto
gastado en cada rubro de esta pregunta): b) Monto ejecutado y previsto (en cada año
señalado, 2015 y 2016) para que la Presidencia municipal disponga de un presupuesto
que pueda utilizar para cualquier fin (detallar los fines): c) Monto asignado para el pago
de servicios como luz, telefonía, agua: d) Monto asignado para el pago de los distintos
materiales o suministros que utiliza la presidencia municipal: Cabildo 1.- Monto asignado
para el desarrollo de las tareas y funciones de los integrantes del Cabildo (regidores y
síndicos), detallando el gasto efectuado en 2015 y lo previsto para 2016, desglosando la
ublicidad o cualquier otro similar que tenga relación con la difusión de información e
imagen (pago a proveedores, y cualquier otro gasto similar): 11.- Gasto realizado en 2015
para la contratación total de asesores en el Ayuntamiento: 12.- Gasto previsto en 2016
para la contratación total de asesores en el 2016: 13.- Salario de un policía municipal con
la categoría más alta y más baja según los tabuladores de este Ayuntamiento en 2015:
14.- Salario de un policía municipal con la categoría más alta y más baja según los
tabuladores de este Ayuntamiento para 2016:
R= Por lo que respecta de lo que solicita se anexa al presente los estados
comparativos presupuestales de egresos 2015 y los presupuestos de egresos
aprobados para el ejercicio 2016, por dependencia, programa y partida, así
mismo el tabulador de sueldos y salarios del personal que labora en este
Ayuntamiento, lista de los asesores de los regidores.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 14:16:53
fechaActualiza :
2016-07-13 14:16:53
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
01/04/2016
Folio de la Solicitud :
00007/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Cuestionario para el personal que labora en el archivo municipal Nombre del
municipio______________________________________________ 1. ¿Cuántas personas
laboran en el archivo? A) 1 a 2 B) 3 a 4 C) Más de 5 D) Ninguno 2. ¿Alguno de ellos tiene
estudios en archivística? A) Cursos B) Nivel técnico C) Licenciatura o más 3. ¿Cuánto
tiempo lleva el personal del archivo laborando en él? A) 0 a 3 años B) 4 a 6 años C) 7
años o más 4. ¿El personal del archivo ha recibido capacitación sobre las tareas
archivísticas como descripción, clasificación, etcétera? A) Si B) No 5. ¿Qué tareas se
realizan en el archivo? A) Identificación de fondo sección y serie B) Organización:
Clasificación y ordenación C) Valoración de los documentos D) Selección: Depuración y
eliminación E) Descripción F)No sé 6. Anotar cualquiera de los dos datos o los dos: A)
Metros lineales de documentación B) Cantidad de expedientes 7. Qué instrumentos de
descripción y control tiene en el archivo. A) Cuadro de clasificación B) Catálogo de
disposición documental C) Inventario de transferencia primaria o baja D)Guía simple
E)Inventario general F)Catálogo 8. Qué tipos de documentos resguarda el Archivo A)
Administrativos B) Históricos C) Ambos tipos 9. ¿Existe una base de datos de los
documentos del archivo municipal? y de ser así señale qué datos contiene A)No B)Si 10.
¿Hay espacio y mobiliario suficiente y adecuado para el resguardo de los documentos?
A)No B)Si 11. ¿Hay espacio y mobiliario destinado exclusivamente para la consulta de los
documentos? A) No______ B)Si______ 12. ¿Con qué equipo de cómputo cuenta el
archivo? A) Computadora B) Impresora C) Escáner D) Otros 13. ¿Hay presupuesto
asignado específicamente para el archivo municipal? A) Si____ B) No____ 14. ¿El
presupuesto es suficiente para la administración del archivo y la gestión de los
documentos? A)Si _____ B)No ____ 15. ¿Ha habido inundaciones en el archivo?
A)Si______ B)No______ 16. ¿Tienen cajas, folders, lápices suficientes para realizar las
labores del archivo? A) Si ______ B) No______ 17. ¿El Archivo tiene reglamento interno?
A)Si____ B)No____ 18.¿El archivo tiene manual de procedimientos o algún documento
que establezca las tareas que se deben llevar a cabo? A) Si ___ B) No_____ 19. ¿Los
archivos municipales están contemplados en la Ley Federal de Archivos? A) Si_____
B)No_____ 20. ¿Existe en el Estado de México una ley que rige a los archivos municipales?
A) No _____ B) Si ______¿Cuál es? 21. ¿Qué tipo de archivo es? A) Administrativo B)
Histórico C) Ambos
10. ¿Hay espacio y mobiliario suficiente y adecuado para el resguardo de los documentos?
A)No B)Si
11. ¿Hay espacio y mobiliario destinado exclusivamente para la consulta de los
documentos? A) No______ B)Si__X____
12. ¿Con qué equipo de cómputo cuenta el archivo? A) Computadora B) Impresora C)
Escáner D) Otros
13. ¿Hay presupuesto asignado específicamente para el archivo municipal? A) Si____ B)
No__X__
14. ¿El presupuesto es suficiente para la administración del archivo y la gestión de los
documentos? A)Si _____ B)No _X___
15. ¿Ha habido inundaciones en el archivo? A)Si__X____ B)No______
16. ¿Tienen cajas, folders, lápices suficientes para realizar las labores del archivo? A) Si
______ B) No__X____
17. ¿El Archivo tiene reglamento interno? A)Si____ B)No__X__
18.¿El archivo tiene manual de procedimientos o algún documento que establezca las
tareas que se deben llevar a cabo? A) Si ___ B) No___X__
19. ¿Los archivos municipales están contemplados en la Ley Federal de Archivos? A)
Si__X___ B)No_____
20. ¿Existe en el Estado de México una ley que rige a los archivos municipales? A) No
_____ B) Si _X ¿Cuál es? 21. ¿Qué tipo de archivo es? A) Administrativo B) Histórico C)
Ambos tipos”
1) Por lo que respecta a la contestación del Cuestionario se remite ya
contestado por las áreas correspondientes, tal como lo usted lo solicito.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Cuestionario para el personal que labora en el archivo municipal Nombre del municipio
TENANCINGO
1. ¿Cuántas personas laboran en el archivo? A) 1 a 2 B)X 3 a 4 C) Más de 5 D) Ninguno
2. ¿Alguno de ellos tiene estudios en archivística? A) X Cursos B) Nivel técnico C)
Licenciatura o más 3. ¿Cuánto tiempo lleva el personal del archivo laborando en él? A) 0 a
3 años B) 4 a 6 años C) 7 años o más
4. ¿El personal del archivo ha recibido capacitación sobre las tareas archivísticas como
descripción, clasificación, etcétera? A) X Si B) No
5. ¿Qué tareas se realizan en el archivo? A) Identificación de fondo sección y serie B)
Organización: Clasificación y ordenación C) Valoración de los documentos D)
Selección: Depuración y eliminación E) Descripción F)No se
6. Anotar cualquiera de los dos datos o los dos: A) Metros lineales de documentación
R= 250 mts. Lineales B) Cantidad de expedientes R= 650
7. Qué instrumentos de descripción y control tiene en el archivo. A) Cuadro de clasificación
B) Catálogo de disposición documental C) Inventario de transferencia primaria o
baja D)Guía simple E)Inventario general F)Catálogo
8. Qué tipos de documentos resguarda el Archivo A) Administrativos B) Históricos C)
Ambos tipos
9. ¿Existe una base de datos de los documentos del archivo municipal? y de ser así señale
qué datos contiene A)No B)Si
Fue recurrida :
Si
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 14:24:19
fechaActualiza :
2016-07-13 14:24:19
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
19/04/2016
Folio de la Solicitud :
00008/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“1.- Indique si ese municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión
Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público 2.- En caso
afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad
al día 1 de abril de 2016 por concepto de Alumbrado Público 3.-Indique si ese
municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión Federal de
Electricidad por concepto de Bombeo 4.- En caso afirmativo, indique el monto
de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad al día 1 de abril de 2016 por
concepto de Bombeo.”
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“1.- Indique si ese municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión
Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público 2.- En caso
afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad
al día 1 de abril de 2016 por concepto de Alumbrado Público 3.- 4.- En caso
afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad
al día 1 de abril de 2016 por concepto de Bombeo.”
1) Por lo que respecta si este municipio presenta adeudo pendiente de pago a la
comisión Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público. R= Si
2) En caso afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de
Electricidad al día 1 de abril de 2016 por concepto de Alumbrado Público. R= se le
informa que es de $1,473,574.00 correspondiente al periodo 2015 y
hasta marzo del año 2016 el acumulado haciende a $2,242,524.00
3) Indique si ese municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión Federal
de Electricidad por concepto de Bombeo R= Si presenta
4) En caso afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de
Electricidad al día 1 de abril de 2016 por concepto de Bombeo.” R= se le
comunica que el monte es de $12,535,520.00 correspondiente al
periodo 2015 y anteriores y para el año 2016 al mes de Marzo el monto
aumenta
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 14:37:35
fechaActualiza :
2016-07-13 14:37:35
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
19/04/2016
Folio de la Solicitud :
00008/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“1.- Indique si ese municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión
Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público 2.- En caso
afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad
al día 1 de abril de 2016 por concepto de Alumbrado Público 3.-Indique si ese
municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión Federal de
Electricidad por concepto de Bombeo 4.- En caso afirmativo, indique el monto
de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad al día 1 de abril de 2016 por
concepto de Bombeo.”
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“1.- Indique si ese municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión
Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público 2.- En caso
afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad
al día 1 de abril de 2016 por concepto de Alumbrado Público 3.- 4.- En caso
afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de Electricidad
al día 1 de abril de 2016 por concepto de Bombeo.”
1) Por lo que respecta si este municipio presenta adeudo pendiente de pago a la
comisión Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público. R= Si
2) En caso afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de
Electricidad al día 1 de abril de 2016 por concepto de Alumbrado Público. R= se le
informa que es de $1,473,574.00 correspondiente al periodo 2015 y
hasta marzo del año 2016 el acumulado haciende a $2,242,524.00
3) Indique si ese municipio presenta adeudo pendiente de pago a la Comisión Federal
de Electricidad por concepto de Bombeo R= Si presenta
4) En caso afirmativo, indique el monto de la deuda a la Comisión Federal de
Electricidad al día 1 de abril de 2016 por concepto de Bombeo.” R= se le
comunica que el monte es de $12,535,520.00 correspondiente al
periodo 2015 y anteriores y para el año 2016 al mes de Marzo el monto
aumenta en $1,253,899.00
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 16:34:09
fechaActualiza :
2016-07-13 16:34:09
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
10/05/2016
Folio de la Solicitud :
00010/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“1).- Indique el número total de luminarias de Alumbrado Público instaladas en
su municipio (funcionando o no funcionando) 2).- Indique el número total de
bombas hidráulicas instaladas en su municipio y que se encuentren al servicio
de la administración municipal a fin de extraer el agua de los pozos o bien
encausar el vital líquido en la red de distribución hidráulica. No importa la
condición actual de la bomba, ya sea que estén funcionando o no lo estén,
deberán de ser contabilizados 3).- Indique el monto total facturado por la
Comisión Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público
desglosado por total mensual de los meses de febrero 2016, marzo 2016 y abril
2016 4).- Indique el monto total facturado por la Comisión Federal de
Electricidad por concepto de Bombeo (energía eléctrica utilizada para hacer
funcionar las bombas hidráulicas al servicio del municipio) desglosado por total
mensual de los meses de febrero 2016, marzo 2016 y abril 2016.”
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“1).- Indique el número total de luminarias de Alumbrado Público instaladas en
su municipio (funcionando o no funcionando) 2).- Indique el número total de
bombas hidráulicas instaladas en su municipio y que se encuentren al servicio
de la administración municipal a fin de extraer el agua de los pozos o bien
encausar el vital líquido en la red de distribución hidráulica. No importa la
condición actual de la bomba, ya sea que estén funcionando o no lo estén,
deberán de ser contabilizados 3).- Indique el monto total facturado por la
Comisión Federal de Electricidad por concepto de Alumbrado Público
desglosado por total mensual de los meses de febrero 2016, marzo 2016 y abril
2016 4).- Indique el monto total facturado por la Comisión Federal de
Electricidad por concepto de Bombeo (energía eléctrica utilizada para hacer
funcionar las bombas hidráulicas al servicio del municipio) desglosado por total
mensual de los meses de febrero 2016, marzo 2016 y abril 2016.”
1) Por lo que respecta el número total de luminarias de alumbrado público instaladas
en el municipio (funcionando o no funcionando) R= son 5413
2) Indique el número total de bombas hidráulicas instaladas en el municipio y que se
encuentren al servicio de la administración municipal al fin de extraer el agua de
los pozos o bien encausar el vital líquido en la red de distribución hidráulica no
importa la condición actual de la bomba, ya sea que estén funcionando o no lo
estén, deberán de ser contabilizados R= es de 21 equipo de bombeo que
operan en los diferentes sistema de agua potable y que están a cargo de
este organismos
3) Indique el monto total facturado por la comisión Federal de electricidad por
concepto de alumbrado públicos desglosado por total mensual de los meses de
febrero 2016 marzo 2016 abril 2016 R= del mes de febrero es $715,940.00
del mes marzo es $768,950.00 del mes de Abril es de $747,666.00
4) Indique el monto total facturado por la comisión federal de electricidad por
concepto de bombero (energía eléctrica utilizada para hacer funcionar las bombas
hidráulicas al servicio del municipio) desglosada por total mensual de los meses de
febrero 2016 marzo 2016, y abril 2016. R= es del mes febrero $846,567.00
del mes Marzo $802,217.00 y del mes de abril $821,037.00
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 16:46:16
fechaActualiza :
2016-07-13 16:46:16
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
17/05/2016
Folio de la Solicitud :
00011/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Bajo que instrumento jurídico tienen permiso, licencia o autorización
Teléfonos de México TELMEX para tener instaladas sus casetas telefónicas en el
Municipio? Bajo que instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización
Teléfonos de México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas
telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o
autorización para instalar sus casetas telefónicas en el Municipio? Qué
autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización para colocar propaganda
en sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? En caso de contar con
algún permiso, licencia o autorización, cuánto paga Teléfonos de México
TELMEX por concepto de derechos por la instalación de cada una de sus casetas
telefónicas en la vía pública y la publicidad que se aprecia en sus casetas
telefónicas ubicadas en el Municipio? Cuánto pago en total Teléfonos de
México TELMEX por el concepto tener instaladas sus casetas telefónicas en la
vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? Cuánto pago en total
Teléfonos de México TELMEX por el concepto de tener publicidad en sus casetas
telefónicas ubicadas en la vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? “
Respuesta a la solicitud :
1) ¿Bajo qué instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización Teléfonos de
México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas telefónicas en el
Municipio? R= se le informa que de acuerdo a los archivos que obran en la
Dirección de Desarrollo Urbano no se tiene ninguna licencia y/o permiso
expedida a Teléfonos de México por el concepto de instalación de casetas
telefónicas ni por publicidad alguna.
2) Bajo que instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización Teléfonos de
México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas telefónicas en el
Municipio? R= se le informa que de acuerdo a los archivos que obran en la
Dirección de Desarrollo Urbano no se tiene ninguna licencia y/o permiso
expedida a Teléfonos de México por el concepto de instalación de casetas
telefónicas ni por publicidad alguna.
3) Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización para instalar sus
casetas telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o
autorización para colocar propaganda en sus casetas telefónicas ubicadas en el
Municipio? R= De acuerdo al Bando de Policía y Gobierno Municipal de
Tenancingo 2016, en su Artículo 60 y 61 establece los siguiente:
Artículo 60. Se requiere permiso de la Dirección de Desarrollo Urbano, para
la ejecución de obras e instalaciones que tengan acceso a la infraestructura
vial local, para la ocupación, utilización, construcción, conservación,
rehabilitación y adaptación de cualquier tipo de obra, anuncio o publicidad
en la infraestructura o en el derecho de vía. Así como para la construcción,
instalación y establecimiento de antenas de comunicaciones, telefonía,
accesorios y cualquier otro medio de comunicación análogo.
Artículo 61. Con la finalidad de evitar que se ocasionen daños a la población
en su persona, propiedades, posesiones y al patrimonio municipal, esta
Dirección tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
…
VI. La Dirección de Desarrollo Urbano, podrá emitir autorización o permiso
de instalación de Anuncios espectaculares, parquímetros, pinta de bardas,
instalación de casetas públicas de telefonía o vallas de publicidad previo
acuerdo del Cabildo.
…
4) En caso de contar con algún permiso, licencia o autorización, cuánto paga
Teléfonos de México TELMEX por concepto de derechos por la instalación de cada
una de sus casetas telefónicas en la vía pública y la publicidad que se aprecia en
sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? R= se le informa que de
acuerdo a los archivos que obran en la Dirección de Desarrollo Urbano no
se tiene ninguna licencia y/o permiso expedida a Teléfonos de México
por el concepto de instalación de casetas telefónicas ni por publicidad
alguna.
5) Cuánto pago en total Teléfonos de México TELMEX por el concepto tener instaladas
sus casetas telefónicas en la vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? R=
se le informa que de acuerdo a los archivos que obran en la Dirección de
Desarrollo Urbano no se tiene ninguna licencia y/o permiso expedida a
Teléfonos de México por el concepto de instalación de casetas telefónicas
ni por publicidad alguna.
6) Cuánto pago en total Teléfonos de México TELMEX por el concepto de tener
publicidad en sus casetas telefónicas ubicadas en la vía pública del Municipio
durante el ejercicio 2015? “ R= se le informa que de acuerdo a los archivos
que obran en la Dirección de Desarrollo Urbano no se tiene ninguna
licencia y/o permiso expedida a Teléfonos de México por el concepto de
instalación de casetas telefónicas ni por publicidad alguna.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 17:11:55
fechaActualiza :
2016-07-13 17:11:55
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
17/05/2016
Folio de la Solicitud :
00012/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Bajo que instrumento jurídico tienen permiso, licencia o autorización
Teléfonos de México TELMEX para tener instaladas sus casetas telefónicas en el
Municipio? Bajo que instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización
Teléfonos de México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas
telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o
autorización para instalar sus casetas telefónicas en el Municipio? Qué
autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización para colocar propaganda
en sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? En caso de contar con
algún permiso, licencia o autorización, cuánto paga Teléfonos de México
TELMEX por concepto de derechos por la instalación de cada una de sus casetas
telefónicas en la vía pública y la publicidad que se aprecia en sus casetas
telefónicas ubicadas en el Municipio? Cuánto pago en total Teléfonos de
México TELMEX por el concepto tener instaladas sus casetas telefónicas en la
vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? Cuánto pago en total
Teléfonos de México TELMEX por el concepto de tener publicidad en sus casetas
telefónicas ubicadas en la vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? “
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Bajo que instrumento jurídico tienen permiso, licencia o autorización
Teléfonos de México TELMEX para tener instaladas sus casetas telefónicas en el
Municipio? Bajo que instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización
Teléfonos de México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas
telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o
autorización para instalar sus casetas telefónicas en el Municipio? Qué
autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización para colocar propaganda
en sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? En caso de contar con
algún permiso, licencia o autorización, cuánto paga Teléfonos de México
TELMEX por concepto de derechos por la instalación de cada una de sus casetas
telefónicas en la vía pública y la publicidad que se aprecia en sus casetas
telefónicas ubicadas en el Municipio? Cuánto pago en total Teléfonos de
México TELMEX por el concepto tener instaladas sus casetas telefónicas en la
vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? Cuánto pago en total
Teléfonos de México TELMEX por el concepto de tener publicidad en sus casetas
telefónicas ubicadas en la vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? “
1) ¿Bajo qué instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización Teléfonos de
México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas telefónicas en el
Municipio? R= se le informa que de acuerdo a los archivos que obran en la
Dirección de Desarrollo Urbano no se tiene ninguna licencia y/o permiso
expedida a Teléfonos de México por el concepto de instalación de casetas
telefónicas ni por publicidad alguna.
2) Bajo que instrumento jurídico tiene permiso, licencia o autorización Teléfonos de
México TELMEX para colocar publicidad instalada en sus casetas telefónicas en el
Municipio? R= se le informa que de acuerdo a los archivos que obran en la
Dirección de Desarrollo Urbano no se tiene ninguna licencia y/o permiso
expedida a Teléfonos de México por el concepto de instalación de casetas
telefónicas ni por publicidad alguna.
3) Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o autorización para instalar sus
casetas telefónicas en el Municipio? Qué autoridad le otorga el permiso, licencia o
autorización para colocar propaganda en sus casetas telefónicas ubicadas en el
Municipio? R= De acuerdo al Bando de Policía y Gobierno Municipal de
Tenancingo 2016, en su Artículo 60 y 61 establece los siguiente:
Artículo 60. Se requiere permiso de la Dirección de Desarrollo Urbano, para
la ejecución de obras e instalaciones que tengan acceso a la infraestructura
vial local, para la ocupación, utilización, construcción, conservación,
rehabilitación y adaptación de cualquier tipo de obra, anuncio o publicidad
en la infraestructura o en el derecho de vía. Así como para la construcción,
instalación y establecimiento de antenas de comunicaciones, telefonía,
accesorios y cualquier otro medio de comunicación análogo.
Artículo 61. Con la finalidad de evitar que se ocasionen daños a la población
en su persona, propiedades, posesiones y al patrimonio municipal, esta
Dirección tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
…
VI. La Dirección de Desarrollo Urbano, podrá emitir autorización o permiso
de instalación de Anuncios espectaculares, parquímetros, pinta de bardas,
instalación de casetas públicas de telefonía o vallas de publicidad previo
acuerdo del Cabildo.
…
4) En caso de contar con algún permiso, licencia o autorización, cuánto paga
Teléfonos de México TELMEX por concepto de derechos por la instalación de cada
una de sus casetas telefónicas en la vía pública y la publicidad que se aprecia en
sus casetas telefónicas ubicadas en el Municipio? R= se le informa que de
acuerdo a los archivos que obran en la Dirección de Desarrollo Urbano no
se tiene ninguna licencia y/o permiso expedida a Teléfonos de México
por el concepto de instalación de casetas telefónicas ni por publicidad
alguna.
5) Cuánto pago en total Teléfonos de México TELMEX por el concepto tener instaladas
sus casetas telefónicas en la vía pública del Municipio durante el ejercicio 2015? R=
se le informa que de acuerdo a los archivos que obran en la Dirección de
Desarrollo Urbano no se tiene ninguna licencia y/o permiso expedida a
Teléfonos de México por el concepto de instalación de casetas telefónicas
ni por publicidad alguna.
6) Cuánto pago en total Teléfonos de México TELMEX por el concepto de tener
publicidad en sus casetas telefónicas ubicadas en la vía pública del Municipio
durante el ejercicio 2015? “ R= se le informa que de acuerdo a los archivos
que obran en la Dirección de Desarrollo Urbano no se tiene ninguna
licencia y/o permiso expedida a Teléfonos de México por el concepto de
instalación de casetas telefónicas ni por publicidad alguna.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 17:18:39
fechaActualiza :
2016-07-13 17:18:39
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
24/05/2016
Folio de la Solicitud :
00013/TENANCIN/IP/A/2016
Información requerida :
“Cuál es el cargo con el que trabaja el C. Evaristo Pichardo Ortiz, dentro del
ayuntamiento de Tenancingo Estado de México? Y cuáles son sus
percepciones?.”
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Cuál es el cargo con el que trabaja el C. Evaristo Pichardo Ortiz, dentro del
ayuntamiento de Tenancingo Estado de México? Y cuáles son sus
percepciones?.”
1) Por lo que respecta cual es el cargo con el que trabaja el C. Evaristo Pichardo Ortiz
dentro del Ayuntamiento de Tenancingo Estado de México? R= en el
Ayuntamiento no existe registro del servidor Público con el nombre de
Evaristo Pichardo Ortiz.
2) Y cuáles son sus percepciones? R= en el Ayuntamiento no existe registro del
servidor Público con el nombre de Evaristo Pichardo Ortiz.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-07-13 17:47:34
fechaActualiza :
2016-07-13 17:47:34
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
30/05/2016
Folio de la Solicitud :
00014/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
HOLA BUENOS DIAS
ME PERMITO PRESENTAR A USTEDES LA SIGUIENTE PETICION, QUE SERVIRA PARA UN ESTUDIO SOBRE EL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE PANTEON.
1.- MUCHO AGRADECERE PRORCIONAR UNA LISTA DE PANTEONES POR COMUNIDAD, SEÑALANDO DE CADA UNO DE ELLOS LO SIGUIENTE:
a.- ¿SI ES PUBLICO O PRIVADO?
b.- ¿SI ESTA ORGANIZADO EN ZONAS O SECCIONES?
c.- ¿SI TIENEN CLAVE DE IDENTICACION Y UBICACIÓN LAS SEPULTURAS?
d.- ¿SI SE CUENTA CON BASE DE DATOS DE CADA PANTEON?
e.- ¿SI EXPIDEN CONSTANCIA DE INHUMACION QUE INDIQUE EN QUE LUGAR QUEDO SEPULTADO EL CADAVER?
f.- ¿SI EL PANTEON TIENE ADMINISTRADOR O ENCARGADO?
g.- ¿SI EL PANTEON CUENTA CON PLANO O CROQUIS DE DISTRIBUCION DE SEPULTURAS?
h.- ¿SI SE REUTILIZAN LAS FOSAS, PARA SEPULTAR CADAVERES DE LA MISMA FAMILIA AÑOS DESPUES DE LA PRIMERA INHUMACION?
i.- ¿QUE PORCENTAJE DE ESPACIO OCUPADO TIENE CADA PANTEON?
2.- ¿CUAL ES LA ESTRUCTURA MUNICIPAL ENCARGADA DE BRINDAR EL SERVICIO DE PANTEON A LA COMUNIDAD Y CUALES SON SUS FUNCIONES?
3.- ¿POR QUE CONCEPTOS Y CUANTO SE COBRA POR EL OTORGAMIENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE PANTEON?
4.- ¿QUIEN O QUIENES REALIZAN ESTOS COBROS?
5.- DE NO HABER INCONVENIENTE, AGRADECERE SE ME PROPORCIONE UN DIRECTORIO TELEFONICO Y DE CORREOS ELECTRONICOS DE LA ESTRUCTURA ENCARGADA DEL SERVICIO PUBLICO DE PANTEON EN EL MUNICIPIO (FUNCIONARIOS, SERVIDORES PUBLICOS, DELEGADOS MUNICIPALES, ADMINISTRADORES O ENCARGADOS, ETC).
6.- SI SE CUENTA CON ELLO, UNA MUESTRA DE BASE DE DATOS DE ALGUN PANTEON
7.- UNA MUESTRA DE LA CONSTANCIA DE INHUMACION QUE SE EXPIDE
8.- INDICAR SI SE CUENTA CON MANUALES DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTOS, ASI COMO REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE PANTEON.
9.- INDICAR SI TODAS LAS COMUNIDADES DEL MUNICIPIO TIENEN PANTEON
NOTA: SE ANEXA EN ARCHIVO ADJUNTO, TABLA DE DISTRIBUCION DE SEPULTURAS EN LA CUAL SI LO DESEAN SE PUEDE AGREGAR LA INFORMACION SOLICITADA EN EL PUNTO NUMERO 1.
SIN OTRO PARTICULAR Y AGRADECIENDO DE ANTEMANO SU ATENCION, QUEDO A SUS APRECIABLES ORDENES.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
HOLA BUENOS DIAS
ME PERMITO PRESENTAR A USTEDES LA SIGUIENTE PETICION, QUE SERVIRA PARA UN ESTUDIO
SOBRE EL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE PANTEON.
1.- MUCHO AGRADECERE PRORCIONAR UNA LISTA DE PANTEONES POR COMUNIDAD,
SEÑALANDO DE CADA UNO DE ELLOS LO SIGUIENTE:
a.- ¿SI ES PUBLICO O PRIVADO?
b.- ¿SI ESTA ORGANIZADO EN ZONAS O SECCIONES?
c.- ¿SI TIENEN CLAVE DE IDENTICACION Y UBICACIÓN LAS SEPULTURAS?
d.- ¿SI SE CUENTA CON BASE DE DATOS DE CADA PANTEON?
e.- ¿SI EXPIDEN CONSTANCIA DE INHUMACION QUE INDIQUE EN QUE LUGAR QUEDO
SEPULTADO EL CADAVER?
f.- ¿SI EL PANTEON TIENE ADMINISTRADOR O ENCARGADO?
g.- ¿SI EL PANTEON CUENTA CON PLANO O CROQUIS DE DISTRIBUCION DE SEPULTURAS?
h.- ¿SI SE REUTILIZAN LAS FOSAS, PARA SEPULTAR CADAVERES DE LA MISMA FAMILIA AÑOS
DESPUES DE LA PRIMERA INHUMACION?
i.- ¿QUE PORCENTAJE DE ESPACIO OCUPADO TIENE CADA PANTEON?
R= Por lo que respecta a estas preguntas se anexa al presente el archivo que
envío usted ya contestado.
2.- ¿CUAL ES LA ESTRUCTURA MUNICIPAL ENCARGADA DE BRINDAR EL SERVICIO DE PANTEON A
LA COMUNIDAD Y CUALES SON SUS FUNCIONES? R= según los usos y costumbres los
delegados administran los panteones de la comunidad de que se trate
3.- ¿POR QUE CONCEPTOS Y CUANTO SE COBRA POR EL OTORGAMIENTO DEL SERVICIO
PUBLICO DE PANTEON? R=Se cobra lo estipulado en el Artículo 155 del Código
Financiero del Estado de México y Municipios, vigente y aplicable a Tenancingo
4.- ¿QUIEN O QUIENES REALIZAN ESTOS COBROS? R= la Orden de pago es elaborada
por la Coordinación de Panteones, es y la Subdirección de Ingresos Municipales
y en las comunidades los Delegados Municipales no permiten al Ayuntamiento
que intervenga en la administración de los panteones esto por usos y
costumbres de administraciones pasada, por lo tanto los delegados estipulan
las cuotas mediante asambleas o bien no realizan los cobros cuando la
comunidad se encuentra al corriente de sus faenas y cooperaciones de sus
fiestas patronales.
5.- DE NO HABER INCONVENIENTE, AGRADECERE SE ME PROPORCIONE UN DIRECTORIO
TELEFONICO Y DE CORREOS ELECTRONICOS DE LA ESTRUCTURA ENCARGADA DEL SERVICIO
PUBLICO DE PANTEON EN EL MUNICIPIO (FUNCIONARIOS, SERVIDORES PUBLICOS, DELEGADOS
MUNICIPALES, ADMINISTRADORES O ENCARGADOS, ETC). R= Es la Coordinación de
Panteones y el Coordinador se llama C. Juan José Astudillo Díaz, teléfono
Conmutador es 714 1030891 extensión 106
6.- SI SE CUENTA CON ELLO, UNA MUESTRA DE BASE DE DATOS DE ALGUN PANTEON
R= No se cuenta
7.- UNA MUESTRA DE LA CONSTANCIA DE INHUMACION QUE SE EXPIDE
R=El Ayuntamiento no expide constancias de inhumación, se demuestra con el
recibo de pago.
8.- INDICAR SI SE CUENTA CON MANUALES DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTOS, ASI COMO
REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE PANTEON. R= Si se cuenta con un Reglamento
de Panteones y el Manual de Organización se encuentra en elaboración
9.- INDICAR SI TODAS LAS COMUNIDADES DEL MUNICIPIO TIENEN PANTEON
NOTA: SE ANEXA EN ARCHIVO ADJUNTO, TABLA DE DISTRIBUCION DE SEPULTURAS EN LA CUAL
SI LO DESEAN SE PUEDE AGREGAR LA INFORMACION SOLICITADA EN EL PUNTO NUMERO 1.
SIN OTRO PARTICULAR Y AGRADECIENDO DE ANTEMANO SU ATENCION, QUEDO A SUS
APRECIABLES ORDENES. R= Según el bando de policía y gobierno Municipal de
Tenancingo en su artículo 12 existen 24 comunidades de las cuales solo tres
cuentan con panteón siendo la Ciénega, San Antonio Agua Bendita y San
Diego, los demás panteones son de pueblos y cabecera Municipal como se
indica en la tabla.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00014 2016 PANTEONES ok ok VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-17 17:50:24
fechaActualiza :
2016-11-17 17:50:24
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
01/06/2016
Folio de la Solicitud :
00015/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Con fundamento en el Artículos 42 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y Municipios, le solicitamos la siguiente información: 1) Nombre del responsable de la Unidad de Información, conforme a los Artículos 32 y 33 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y Municipios 2) Domicilio de la Unidad de Información 3) Teléfono de contacto de la Unidad de Información 4) Horario de atención de la Unidad de Información 5) Descripción completa del trámite necesario para obtener el permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública 6) Nombre, dirección, teléfono y horario de atención de la dependencia encargada de recibir el trámite, darle seguimiento y procesar la solicitud; así como el fundamento legal que le faculta 7) Nombre y cargo del servidor público habilitado para procesar la presente información, conforme a los Artículos 39 y 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y Municipios 8) Nombre, cargo y copia del nombramiento del responsable de expedir el permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública y copia de las actas de cabildo donde se le acredita el nombramiento y la facultad para realizar la función de expedición de permiso o autorización para repartir volantes en la vía pública 9) Requisitos, criterios, normas y/p procedimientos para la presentación de la solicitud de permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos 10) Requisitos, criterios, normas o procedimientos establecidos para la expedición del permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos 11) Criterios, normas y/o procedimientos de rechazo de la expedición del permiso o la negativa de autorización para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos 12) Requisitos, criterios, normas y/o procedimientos establecidos para expedir el permiso o autorización a un tercero, establecido física y fiscalmente en otro municipio; que sea quien brinde a las empresas locales, el servicio de repartición de volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos 13) Criterio, norma o procedimiento establecido por el Ayuntamiento, para el cobro del impuesto sobre anuncios publicitarios, conforme a los Artículos 120 y 121 Fracción VI del Código Financiero del Estado de México y Municipios
14) Criterio, norma o procedimiento establecido para el cobro de impuestos, en el caso de que sean dos o más volantes diferentes, para repartir el mismo día, en el mismo lugar, del mismo o de diferente anunciante y el fundamento legal del mismo 15) Criterio, norma acuerdo sobre el tiempo establecido para la atención de solicitudes y expedición del permiso o autorización para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal del mismo 16) Relación de autorizaciones y permisos otorgados en los meses de enero a mayo de dos mil dieciséis, para la distribución de volantes en la vía pública, indicando las fechas de vigencia de autorización y el monto del impuesto efectivamente pagado por los contribuyentes Información complementaria: Represento a un importante grupo de comerciantes de la localidad, quienes en conjunto estamos buscando alternativas para mejorar los niveles de ventas de sus empresas y requerimos de la distribución de publicidad, como parte de las estrategias adoptadas. Todo en apego a la legalidad. De antemano gracias por su atención. Mi correo de contacto es: mundodenegocios.jr@gm
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su petición en:
Con fundamento en el Artículos 42 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y Municipios, le solicitamos la siguiente información:
1) Nombre del responsable de la Unidad de Información, conforme a los Artículos 32 y 33 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios R= por lo que corresponde al Nombre del Responsable de la Unidad de Información es P. en C.P. y A. P. Alejandro González Anaya Titular de la Unidad de Transparencia.
2) Domicilio de la Unidad de Información R= Calle 5 de Mayo esquina Carlos Estrada S/N Colonia Centro, Tenancingo, Estado de México.
3) Teléfono de contacto de la Unidad de Información R= (714-1030891 extensión 119
4) Horario de atención de la Unidad de Información R= 9:00 horas a 18:00 horas de Lunes a Viernes.
5) Descripción completa del trámite necesario para obtener el permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública
? El solicitante ingresa solicitud por escrito mediante oficio dirigido a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal
? Se especifican las características de los volantes o adjuntando el prototipo del volante;
? Se definen los días que realizará el volanteo, las zonas el horario y la población hacia la que va dirigida;
? Identificación oficial del solicitante;
? Ingresada la documentación, se dictamina, y en su caso, se realizan verificaciones a las zonas donde se entregaran los volantes;
? Una vez dictaminada la solicitud se procede a la emisión de la autorización motivada y fundamentada
? Se elabora orden de pago en caso de ser procedente, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
? Se entrega orden de pago al solicitante para cubrir los derechos correspondientes;
? El solicitante cubre el pago correspondiente en el área de ingreso;
? El solicitante remite una copia del comprobante de ingresos a la Dirección;
? Se entrega el permiso o autorización por escrito;
6) Nombre, dirección, teléfono y horario de atención de la dependencia encargada de recibir el trámite, darle seguimiento y procesar la solicitud; así como el fundamento legal que le faculta
R= C. M. GUADALUPE MERCADO ENRIQUEZ, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO CALLE MORELOS S/N COLONIA CENTRO PALACIO MUNICIPAL DE LUNES A VIERNES DE 9:00 A.M. A 16:00 P.M. DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
7) Nombre y cargo del servidor público habilitado para procesar la presente información, conforme a los Artículos 39 y 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de México y Municipios R= C. M. GUADALUPE MERCADO ENRIQUEZ, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO
8) Nombre, cargo y copia del nombramiento del responsable de expedir el permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública y copia de las actas de cabildo donde se le acredita el nombramiento y la facultad para realizar la función de expedición de permiso o autorización para repartir volantes en la vía pública. R= C. M. GUADALUPE MERCADO ENRIQUEZ, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO
9) Requisitos, criterios, normas y/p procedimientos para la presentación de la solicitud de permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos
? El solicitante ingresa solicitud por escrito mediante oficio dirigido a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal
? Se especifican las características de los volantes o adjuntando el prototipo del volante;
? Se definen los días que realizará el volanteo, las zonas el horario y la población hacia la que va dirigida;
? Identificación oficial del solicitante;
? Ingresada la documentación, se dictamina, y en su caso, se realizan verificaciones a las zonas donde se entregaran los volantes;
? Una vez dictaminada la solicitud se procede a la emisión de la autorización motivada y fundamentada
? Se elabora orden de pago en caso de ser procedente, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
? Se entrega orden de pago al solicitante para cubrir los derechos correspondientes;
? El solicitante cubre el pago correspondiente en el área de ingreso;
? El solicitante remite una copia del comprobante de ingresos a la Dirección;
? Se entrega el permiso o autorización por escrito;
?
Fundamento Legal: Artículo 61 fracciones I y V del Capítulo VI de la Dirección de Desarrollo Urbano del Bando de Policía y Gobierno Municipal de Tenancingo.
10) Requisitos, criterios, normas o procedimientos establecidos para la expedición del permiso o autorización, para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos
? El solicitante ingresa solicitud por escrito mediante oficio dirigido a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal
? Se especifican las características de los volantes o adjuntando el prototipo del volante;
? Se definen los días que realizará el volanteo, las zonas el horario y la población hacia la que va dirigida;
? Identificación oficial del solicitante;
? Ingresada la documentación, se dictamina, y en su caso, se realizan verificaciones a las zonas donde se entregaran los volantes;
? Una vez dictaminada la solicitud se procede a la emisión de la autorización motivada y fundamentada
? Se elabora orden de pago en caso de ser procedente, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
? Se entrega orden de pago al solicitante para cubrir los derechos correspondientes;
? El solicitante cubre el pago correspondiente en el área de ingreso;
? El solicitante remite una copia del comprobante de ingresos a la Dirección;
? Se entrega el permiso o autorización por escrito;
?
Fundamento Legal: Artículo 61 fracciones I y V del Capítulo VI de la Dirección de Desarrollo Urbano del Bando de Policía y Gobierno Municipal de Tenancingo.
11) Criterios, normas y/o procedimientos de rechazo de la expedición del permiso o la negativa de autorización para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos R= EN CASO DE IMPROCEDENTE LA SOLICITUD, UNA VEZ DICTAMINADA, SE ENTREGA LA NEGATIVA O DENEGATORIA
12) Requisitos, criterios, normas y/o procedimientos establecidos para expedir el permiso o autorización a un tercero, establecido física y fiscalmente en otro municipio; que sea quien brinde a las empresas locales, el servicio de repartición de volantes en la vía pública y el fundamento legal de los mismos
? El solicitante ingresa solicitud por escrito mediante oficio dirigido a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal
? Se especifican las características de los volantes o adjuntando el prototipo del volante;
? Se definen los días que realizará el volanteo, las zonas el horario y la población hacia la que va dirigida;
? Identificación oficial del solicitante;
? Ingresada la documentación, se dictamina, y en su caso, se realizan verificaciones a las zonas donde se entregaran los volantes;
? Una vez dictaminada la solicitud se procede a la emisión de la autorización motivada y fundamentada
? Se elabora orden de pago en caso de ser procedente, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
? Se entrega orden de pago al solicitante para cubrir los derechos correspondientes;
? El solicitante cubre el pago correspondiente en el área de ingreso;
? El solicitante remite una copia del comprobante de ingresos a la Dirección;
? Se entrega el permiso o autorización por escrito;
?
Fundamento Legal: Artículo 61 fracciones I y V del Capítulo VI de la Dirección de Desarrollo Urbano del Bando de Policía y Gobierno Municipal de Tenancingo.
13) Criterio, norma o procedimiento establecido por el Ayuntamiento, para el cobro del impuesto sobre anuncios publicitarios, conforme a los Artículos 120 y 121 Fracción VI del Código Financiero del Estado de México y Municipios. R= DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 120 Y 121 DEL CODIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.
14) Criterio, norma o procedimiento establecido para el cobro de impuestos, en el caso de que sean dos o más volantes diferentes, para repartir el mismo día, en el mismo lugar, del mismo o de diferente anunciante y el fundamento legal del mismo R= DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 120 Y 121 DEL CODIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
15) Criterio, norma acuerdo sobre el tiempo establecido para la atención de solicitudes y expedición del permiso o autorización para repartir volantes en la vía pública y el fundamento legal del mismo
R= Artículo 135 Párrafo primero del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
“Artículo 135.- Las peticiones que los particulares hagan a las autoridades del Poder Ejecutivo del Estado, de los municipios y de los organismos descentralizados con funciones de autoridad, de carácter estatal o municipal, deberán ser resueltas en forma escrita y notificada, dentro de un plazo que no exceda de quince días hábiles posteriores a la fecha de su presentación, a excepción de los trámites que tengan plazo establecido en la Ley de la materia, los cuales deberán ser resueltos en el término señalado para tal efecto
16) Relación de autorizaciones y permisos otorgados en los meses de enero a mayo de dos mil dieciséis, para la distribución de volantes en la vía pública, indicando las fechas de vigencia de autorización y el monto del impuesto efectivamente pagado por los contribuyentes.
R= Cabe hacer mención que de acuerdo de conformidad con el artículo 86 del Bando de Policía y Gobierno Municipal de Tenancingo vigente, y con apoyo del artículo 143, 144 y 145 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, los permisos y autorizaciones para el volanteo corresponde a las autoridades fiscales, quedando este concepto fuera de los derechos de Desarrollo Urbano Municipal que establece la disposición jurídica estatal, antes citada.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00015 2016 VOLANTES OK LIC. VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-17 17:45:41
fechaActualiza :
2016-11-17 17:45:33
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
06/06/2016
Folio de la Solicitud :
00017/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Número total de luminarias incluyendo delegaciones y consumo especifico de watage por luminaria
Respuesta a la solicitud :
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Número total de luminarias incluyendo delegaciones y consumo especifico de
watage por luminaria”
1) Por lo que respecta el número total de luminarias incluyendo delegaciones y
consumo especifico de watage por luminarias R= por lo que respecta de
número total de luminarias incluyendo delegaciones son 5413 por lo que
corresponde al consumo especifico de watage se anexa al presente
censo de Tenancingo.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00017 2016 TOTAL DE LUMINARIAS VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-17 17:47:47
fechaActualiza :
2016-11-17 17:47:42
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
02/06/2016
Folio de la Solicitud :
00016/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Que cargo ocupa el C. Ortiz Pichardo Evaristo, en el ayuntamiento, desde cuando ingreso a laborar y cuál es su salario y curriculum.”
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su petición en:
“Que cargo ocupa el C. Ortiz Pichardo Evaristo, en el ayuntamiento, desde cuando ingreso a laborar y cuál es su salario y curriculum.”
1) Por lo que respecta que cargo ocupa el C. Evaristo Ortiz Pichardo dentro en el Ayuntamiento? R= es Director de Educación y Cultura
2) Desde cuando ingreso a labora? R= 01 de Enero del 2016
3) Y cuál es su salario y Curriculum R= su salario es de $5,414.32 neto quincenal por lo que compete al Curriculum se envía anexo al presente
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 000016 2016 C. EVARISTO ORTIZ PPICHARDO VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-18 13:33:26
fechaActualiza :
2016-11-18 13:33:15
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
24/06/2016
Folio de la Solicitud :
00018/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Cuál es el cargo que tiene la C. GONZALEZ MEJIA MARIA DE LOURDES, desde
que fecha, cuánto cobra y su currículum”
Respuesta a la solicitud :
“Cuál es el cargo que tiene la C. GONZALEZ MEJIA MARIA DE LOURDES, desde
que fecha, cuánto cobra y su currículum”
1) Por lo que respecta que cargo ocupa el C. GONZALEZ MEJIA MARIA DE LOURDES
dentro en el Ayuntamiento? R= es Directora del Instituto de la Mujer
2) Desde cuando ingreso a labora? R= 01 de Enero del 2016
3) Y cuál es su salario y Curriculum R= su salario es de $5,637.25 neto
quincenal por lo que concierne al Curriculum se envía anexo al presente
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 000018 2016 LOURDES GONALEZ MEJIA VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-18 14:28:27
fechaActualiza :
2016-11-18 14:28:22
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
27/06/2016
Folio de la Solicitud :
00019/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
1. El artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: El proceso de planeación democrática para el desarrollo de los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano.
1.1 Al respecto, se solicitan los planes y los programas formulados a partir de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y que contengan diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano.
2. El artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus programas;
II. Establecer los órganos, unidades administrativas o servidores públicos que lleven a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación;
VIII. Integrar y elaborar el presupuesto por programas para la ejecución de las acciones que correspondan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones;
2.1 Al respecto, se solicita que proporcione los programas a que hace referencia la fracción I del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; y los mecanismos diseñados para su evaluación y control.
2.2 Indique cuales son los órganos, unidades administrativas o servidores públicos establecidos para llevar a cabo
2.3 Indique si los programas a los que hace referencia la fracción VIII del
artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios son
los mismos a los que refiere la fracción I de dicho artículo, proporcione los
programas y el presupuesto integrado y elaborado para cada programa.
3. El artículo 20 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: Compete a las unidades de información, planeación,
programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades
públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos
de los municipios, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación
con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la
evaluación de su ejecución;
VIII. Reportar periódicamente los resultados de la ejecución de los planes y
programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México,
con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación
Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
3.1 Al respecto, se solicita que indique cual es el área del ayuntamiento que se
encarga de verificar que los programas y la asignación de recursos guarden
relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y
la evaluación de su ejecución, y proporcione los reportes sobre los
resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de
Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la
coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el
Desarrollo del Estado de México y Municipios.
CAPITULO CUARTO
DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION
4. El artículo 36 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y
los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, establecerán la
metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control,
seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y
destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento.
4.1 Al respecto, se solicita la metodología, procedimientos y mecanismos para
el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de
los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la
vigilancia de su cumplimiento que la Secretaría de Finanzas del Gobierno
del Estado de México y el ayuntamiento establecieron para tal efecto.
5. El artículo 37 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los
planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las dependencias,
entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores
públicos serán responsables de que los programas se ejecuten con
oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento de los
indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la Secretaría
cuando ésta así lo solicite, los informes del avance programático-presupuestal
para su revisión, seguimiento y evaluación, y en el caso de los municipios, a
quien los ayuntamientos designen.
5.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos diseñados y empleados para que
los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades
administrativas y demás servidores públicos cumplan
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
1. El artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: El proceso de planeación democrática para el desarrollo
de los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la
formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un
diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y
líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de
tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación
de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de
indicadores para el desarrollo social y humano.
Al respecto, se solicitan los planes y los programas formulados a partir
de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de
México y Municipios, y que contengan diagnóstico, prospectiva,
objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la
asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución,
de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así
como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el
desarrollo social y humano.
R= Se anexa al presente Plan de Desarrollo Municipal de Tenancingo
2016-2018.
2. El artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y
Municipios establece que: Compete a los ayuntamientos, en materia de
planeación democrática para el desarrollo:
I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y el control del Plan de
Desarrollo Municipal y sus programas;
II. Establecer los órganos, unidades administrativas o servidores públicos que
lleven a cabo las labores de información, planeación, programación y
evaluación;
VIII. Integrar y elaborar el presupuesto por programas para la ejecución de las
acciones que correspondan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás
disposiciones;
2.1 Al respecto, se solicita que proporcione los programas a que
hace referencia la fracción I del artículo 19 de la Ley de
Planeación del Estado de México y Municipios; y los
mecanismos diseñados para su evaluación y control.
R= por lo que respecta los programas se anexa los PBRM
2016
2.2 Indique cuales son los órganos, unidades administrativas o
servidores públicos establecidos para llevar a cabo las labores
de información, planeación, programación y evaluación;
R= La Unidad Administrativa es (UIPPE) y el Titular es el P. en C.P. y A.
P. Alejandro González Anaya
2.3 Indique si los programas a los que hace referencia la fracción
VIII del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de
México y Municipios son los mismos a los que refiere la
fracción I de dicho artículo, proporcione los programas y el
presupuesto integrado y elaborado para cada programa.
R= si
3 El artículo 20 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: Compete a las unidades de información, planeación,
programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades
públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos
de los municipios, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación
con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la
evaluación de su ejecución;
VIII. Reportar periódicamente los resultados de la ejecución de los planes y
programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México,
con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación
Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
3.1 Al respecto, se solicita que indique cual es el área del
ayuntamiento que se encarga de verificar que los programas y
la asignación de recursos guarden relación con los objetivos,
metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación
de su ejecución, y proporcione los reportes sobre los
resultados de la ejecución de los planes y programas al
Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de
México, con base en la coordinación establecida en el
Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del
Estado de México y Municipios.
R= el área encargada es la (UIPPE ) y se envía anexo al presente el 1er.
Avance Trimestral y 2do. Avance Trimestral 2016
CAPITULO CUARTO
DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION
4 El artículo 36 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y
los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, establecerán la
metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control,
seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y
destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento.
4.1 Al respecto, se solicita la metodología, procedimientos y
mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y
evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino
de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su
cumplimiento que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del
Estado de México y el ayuntamiento establecieron para tal
efecto.
R=se anexa al presente la metodología y procedimiento y mecanismo
para el adecuado control, seguimiento
5 El artículo 37 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
establece que: en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los
planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las dependencias,
entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores
públicos serán responsables de que los programas se ejecuten con
oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento de los
indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la Secretaría
cuando ésta así lo solicite, los informes del avance programático-presupuestal
para su revisión, seguimiento y evaluación, y en el caso de los municipios, a
quien los ayuntamientos designen.
5.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos diseñados y
empleados para que los titulares de las dependencias,
entidades públicas, organismos, unidades administrativas y
demás servidores públicos cumplan con los de los objetivos y
metas establecidos en el plan de desarrollo municipal,
ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia los programas,
y especifique cual es el área o personal encargado de revisar,
dar seguimiento y evaluar los informes del avance
programático-presupuestal.
R= La unidad administrativa es la UIPPE y es el Titular el P.
en C.P. y A.P. Alejandro González Anaya
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPITULO TERCERO
ATRIBUCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS
6 El artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que
son atribuciones de los ayuntamientos: Expedir y reformar el Bando Municipal,
así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios
para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el
cumplimiento de sus atribuciones;
6.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro
del territorio del municipio, necesarios para su organización,
prestación de los servicios públicos y, en general, para el
cumplimiento de sus atribuciones, actualizados y vigentes
para 2016, así como los manuales de organización y
procedimientos de cada una de las áreas y dependencias del
ayuntamiento. R= se le solicita consultar la página de
Tenancingo que es www.tenancingo.gob.mx en el
apartado de Transparencia en IPOMEX fracción I y por lo
que respecta a los manuales de Organización y Manuales
de Procedimientos se encuentran en proceso de
elaboración.
7 La fracción XXI y XXI Ter., del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos:
Formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los Programas
correspondientes; y Promover, desarrollar, vigilar y evaluar en su municipio, el
programas en materia de protección civil el cual se integrará con tres
subprogramas:
a). Prevención
b). Auxilio
c). Recuperación
7.1 Al respecto, se solicita el programa en materia de protección
civil, y los programas aprobados que refiere la fracción XXI del
artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
R= se anexa al presente el programa de Protección Civil,
2016 programa específico de Protección Civil “Semana
Santa 2016, Operativo Tlaloc Tenancingo 2016
8 EL artículo 83, fracción I, y X de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México establece que la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal
tendrá dentro de sus atribuciones la de “Proponer al ayuntamiento los
mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación
del Plan de Desarrollo Municipal, y proponer al cabildo su reglamento interior.
8.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos, instrumentos o
acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de
Desarrollo Municipal y la documentación soporte que acredite
la integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo
Municipal del ayuntamiento. R= se envía la Acta de
Instalación del COPLADEMUN.
9 Por su parte el artículo 84 del mismo ordenamiento establece que el “el
presidente municipal, al inicio de su período constitucional, convocará a
organizaciones sociales de la comunidad para que se integren a la Comisión de
Planeación para el Desarrollo Municipal”.
9.1 Al respecto, se solicita la convocatoria emitida para a
integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo
Municipal. R= Se anexa Certificación de la Acta de Cabildo
donde se aprobó el comité.
TITULO IV
Régimen Administrativo
CAPITULO PRIMERO
De las Dependencias Administrativas
10 El artículo 88 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
establece que: las dependencias y entidades de la administración pública
municipal conducirán sus acciones con base en los programas anuales que
establezca el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo
Municipal.
10.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales
establecidos por el ayuntamiento para el logro de los objetivos
del Plan de Desarrollo Municipal. R= los programas anuales
corresponden al PBRM que le fueron anexados en el
punto 2.1
11 El artículo 89 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
establece que: las dependencias y entidades de la administración pública
municipal, tales como organismos públicos descentralizados, empresas de
participación mayoritaria y fideicomisos, ejercerán las funciones propias de su
competencia previstas y serán responsables del ejercicio de las funciones
propias de su competencia, en términos de la Ley o en los reglamentos o
acuerdos expedidos por los ayuntamientos. En los reglamentos o acuerdos se
establecerán las estructuras de organización de las unidades administrativas de
los ayuntamientos, en función de las características socio-económicas de los
respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de
la comunidad.
11.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos o acuerdos en
donde se establezcan las estructuras de organización de las
unidades administrativas del ayuntamiento, en función de las
características socio-económicas de los respectivos
municipios, de su capacidad económica y de los
requerimientos de la comunidad. R= se anexa Bando
Municipal 2016-2018
12 El artículo 101, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México establece que: el proyecto del presupuesto de egresos se integrará
básicamente con: los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades
responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa;
12.1 Al respecto, se solicita el proyecto del presupuesto de
egresos integrado con los programas en que se señalen
objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución,
así como la valuación estimada del programa. R= por lo que
respecta el presupuesto se le solicita ingresar a la página de
Tenancingo la cual es www.tenancingo.gob.mx apartado de
Transparencia en el Ipomex.
13 El artículo 112, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México establece que: El órgano de contraloría interna municipal, tendrá a su
cargo planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y
evaluación municipal.
13.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental del
establecimiento o implementación del sistema de control y
evaluación municipal. R= se anexa al presente evidencia
documental del sistema de control y evaluación municipal
CAPITULO QUINTO
De la Planeación
14 El artículo 114 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
establece que: cada ayuntamiento elaborará su plan de desarrollo municipal y
los programas de trabajo necesarios para su ejecución en forma democrática y
participativa.
14.1 Al respecto, se solicita que indique cuales son y
proporcione los programas de trabajo elaborados para la
ejecución del plan de desarrollo municipal. R= Dicha
información corresponde al PBRM que le proporcionada
en el punto 2.1
15 El artículo 115 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
establece que: la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del
plan y programas municipales estarán a cargo de los órganos, dependencias o
servidores públicos que determinen los ayuntamientos, conforme a las normas
legales de la materia y las que cada cabildo determine.
15.1 Al respecto, se solicita que informe cuales son los
órganos, dependencias o servidores públicos determinados
por el ayuntamiento, conforme a las normas legales de la
materia y las determinadas por el cabildo para la formulación,
aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y
programas municipales. R= es la UIPPE y el COPLADEMUN
16 El artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece
que: el Plan de Desarrollo Municipal se complementará con programas anuales
sectoriales de la administración municipal y con programas especiales de los
organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal.
16.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales
sectoriales de la administración municipal y los programas
especiales complementarios del Plan de Desarrollo Municipal
de los organismos desconcentrados y descentralizados de
carácter municipal. R= se anexan al presente de la
Dirección de SAPAS Instituto del Deporte, Dif.
APARTADO B
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
2 El artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de México y Municipios establece que: para el cumplimiento de los
objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes
obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza:
I. Constituir el Comité de Transparencia, las unidades de transparencia y
vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna;
II. Designar en las unidades de transparencia a los titulares que dependan
directamente del titular del sujeto obligado y que preferentemente cuenten con
experiencia en la materia;
III. Proporcionar capacitación continua y especializada en coordinación con el
Instituto, al personal que formen parte de los comités y unidades de
transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición
de cuentas;
V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en
formatos abiertos y accesibles;
IX. Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la
transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a
éstos;
XIII. Difundir proactivamente información de interés público;
XVIII. Hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las
personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así
como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino
de dichos recursos;
I.I. Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite la
constitución del Comité y la unidad de transparencia, también
proporcione la normativa interna establecida para su correcto
funcionamiento y su estructura orgánica.
R= se anexa al presente la acta de instalación del Comité
1.2 Informe cuáles son los requisitos establecidos para ser titular
de la Unidad de Transparencia y proporcione la evidencia
documental que acredite que el titular de dicha unidad cuenta
la experiencia y cumple con los requisitos para dicho puesto.
R= por lo que respecta de los requisitos de acuerdo al
Artículo 57. El responsable de la Unidad de Transparencia
deberá tener el perfil adecuado para el cumplimiento de
las obligaciones que derivan de la presente Ley. Para ser
nombrado titular de la Unidad de Transparencia, deberá
cumplir, por lo menos, con los siguientes requisitos:
I.- Contar con conocimiento o, tratándose de las
entidades gubernamentales y los municipios certificación
en materia de acceso a la información, transparencia y
protección de datos personales, que para tal efecto emita
el Instituto;
II.- Experiencia en materia de acceso a la información y
protección de datos personales; y
III.- Habilidades de organización y comunicación, así
como visión y liderazgo.
1.3 Proporcione el calendario de capacitación continua y
especializada elaborado en coordinación con el Instituto de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos Personales del Estado de México y Municipios para
capacitar al personal que forma parte del comités y unidad de
transparencia; en temas de transparencia, acceso a la
información y rendición de cuentas.
R= No se cuenta con calendario
1.4 Informe cuáles son las acciones realizadas o programadas
para promover la generación, documentación y publicación de
la información en formatos abiertos y accesibles. También
especifique cuáles son las características de los formatos
abiertos y accesibles.
R= son los lineamientos que emite el INFOEM
1.5 Informe cuáles son las acciones diseñadas e implementadas
para fomentar el uso de tecnologías de la información y como
el uso de estas han garantizado la transparencia, el derecho
de acceso a la información y la accesibilidad a éstos.
R= La acción implementada es la del Ipomex
1.6 Indique cuáles son los medios por los cuales el ayuntamiento
difunde proactivamente información de interés público.
R= Se cuenta con una página de Tenancingo, la cual es
www.tenancingo.gob.mx y allí se coloca toda la
información del Municipio de Tenancingo.
1.7 ¿A cuántas personas se han entregado recursos públicos?
Indique en dónde se encuentra publicada la información
relativa a los montos así como los informes que dichas
personas han entregado al ayuntamiento sobre el uso y
destino de dichos recursos; R= se anexa al presente
2 El artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de México y Municipios establece que para el cumplimiento de las
obligaciones previstas en la misma, los sujetos obligados podrán desarrollar o
adoptar, en lo individual o en acuerdo con otros sujetos obligados, esquemas de
mejores prácticas que tengan por objeto:
I. Elevar el nivel de cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente
Ley;
II. Armonizar el acceso a la información por sectores;
III. Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información a las personas;
y
IV. Procurar la accesibilidad de la información.
XXII. Documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades,
competencias o funciones y abstenerse de destruirlos u ocultarlos, dentro de
los que destacan los procesos deliberativos y de decisión definitiva;
XXIII. Procurar la digitalización de toda la información pública en su poder;
XXIV. Orientar y asesorar al solicitante para corregir cualquier deficiencia
sustancial de las solicitudes.
2.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el
desarrollo o adopción de esquemas de mejores prácticas que
menciona el artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y
los resultados obtenidos para cada uno de los numerales
señalados. R= Aun no es posible adoptar un esquema de
adopción de mejores prácticas en razón de que la nueva
Ley de Transparencia es reciente y se encuentra en
proceso de implementación.
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
3 El artículo 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública establece que: Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados
deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda
persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante
solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las
mismas.
El artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de México y Municipios establece que: Las unidades de transparencia
de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de
accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la
información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante
en la elaboración de las mismas
3.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el
establecimiento de mecanismos o acciones a efecto de que el
ayuntamiento garantice las medidas y condiciones de
accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho
de acceso a la información, mediante solicitudes de
información.
R= Se le sugiere ingresar a la página de Tenancingo la cual
es www.tenancingo.gob.mx. Apartado de transparencia en
IPOMEX
4 El artículo 122 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su
representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad
de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas
designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería,
telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.
El artículo 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Estado de México y Municipios establece que: cualquier persona por sí
misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a
información ante la Unidad de Transparencia, a través del sistema electrónico o
de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía
correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier
medio aprobado por el Instituto o por el Sistema Nacional
4.1 Al respecto, se solicita que indique cuál es el sistema
electrónico empleado por la unidad de Transparencia para
recibir solicitudes de información.
R= es el Sistema SAIMEX
4.2 Indique a quién se debe dirigir la solicitud de información
cuándo se envía por medio de un correo electrónico, o correo
postal. R= cuando es por correo electrónico es
unidadtransparenciatenancingo@hotmail.com cuando es
correo postal es dirigido al Titular de la Unidad de
Transparencia.
4.3 Indique el correo electrónico habilitado para hacer una
solicitud de información
R= unidadtransparenciatenancingo@hotmail.com
4.4 Especifique si existe algún otro medio aprobado por el
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de México y
Municipios para solicitar información.
R= de acuerdo al Artículo 152 cualquier persona por si
misma o a través de su representante, podrá presentar
solicitud de acceso a información ante la Unidad de
Transparencia, a través del Sistema electrónico o de la
Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas
para ello, vía correo electrónico, correo postal,
mensajería, telégrafo, verbal o cualquier medio aprobado
por el Instituto o por el Sistema Nacional.
4.5 ¿Cuál es el trato que se le da a las solicitudes de información
cuando éstas se dirigen al titular del sujeto obligado y se
entregan en cualquier otra área que no sea la unidad de
transparencia, por ejemplo en oficialía de partes?
R= se turna a la Unidad de Transparencia
4.6 Proporcione el Manual de procedimientos y de organización
de la Unidad de Transparencia. R= por lo que respecta al
Manual de procedimientos está en proceso de
elaboración y el Manual de Organización se envía anexo
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00019 2016 TRANSPARENCIA PLANEACION CONTRALORIA VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-28 17:24:03
fechaActualiza :
2016-11-28 17:23:56
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
01/07/2016
Folio de la Solicitud :
00020/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
“Si el señor Ricardo Beltrán Torres labora para esa institución, (sin importar la modalidad bajo la cual se encuentre, ya sea por contrato, nombramiento como servidor público, servicio externo, contratación externa o cualquiera que sea) en caso de laborar ahí, bajo qué tipo de contratación se encuentra, puesto y fecha de ingreso.”
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
“Si el señor Ricardo Beltrán Torres labora para esa institución, (sin importar la
modalidad bajo la cual se encuentre, ya sea por contrato, nombramiento como
servidor público, servicio externo, contratación externa o cualquiera que sea)
en caso de laborar ahí, bajo qué tipo de contratación se encuentra, puesto y
fecha de ingreso.”
1) Por lo que respecta si el señor Ricardo Beltrán Torres labora para esa institución,
(sin importar la modalidad bajo la cual se encuentre, ya sea por contrato,
nombramiento como servidor público, servicio externo, contratación externa o
cualquiera que sea) en caso de laborar ahí, bajo qué tipo de contratación se
encuentra, puesto y fecha de ingreso R= Se le informa que en el
Ayuntamiento no existe registro de Servidor Público con el nombre de
Ricardo Beltrán Torres, mismo que no se ha contratado bajo ninguna
modalidad, numerario, supernumerario, contrato eventual o de servicio
externo.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00020 2016 RICARDO BELTRAN TORRES OKOK (Recuperado) original VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 10:05:16
fechaActualiza :
2016-11-29 10:05:09
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
06/07/2016
Folio de la Solicitud :
00021/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
1. El artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: El proceso de planeación democrática para el desarrollo de los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano.
1.1 Al respecto, se solicitan los planes y los programas formulados a partir de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y que contengan diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano.
2. El artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus programas;
II. Establecer los órganos, unidades administrativas o servidores públicos que lleven a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación;
VIII. Integrar y elaborar el presupuesto por programas para la ejecución de las acciones que correspondan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones;
2.1 Al respecto, se solicita que proporcione los programas a que hace referencia la fracción I del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; y los mecanismos diseñados para su evaluación y control.
2.2 Indique cuales son los órganos, unidades administrativas o servidores públicos establecidos para llevar a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación;
2.3 Indique si los programas a los que hace referencia la fracción VIII del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios son los mismos a los que refiere la fracción I de dicho artículo, proporcione los programas y el presupuesto integrado y elaborado para cada programa.
3. El artículo 20 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a las unidades de información, planeación, programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos de los municipios, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución;
VIII. Reportar periódicamente los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
3.1 Al respecto, se solicita que indique cual es el área del ayuntamiento que se encarga de verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución, y proporcione los reportes sobre los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
CAPITULO CUARTO
DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION
4. El artículo 36 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, establecerán la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento.
4.1 Al respecto, se solicita la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y el ayuntamiento establecieron para tal efecto.
5. El artículo 37 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos serán responsables de que los programas se ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento de los indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la Secretaría cuando ésta así lo solicite, los informes del avance programático-presupuestal para su revisión, seguimiento y evaluación, y en el caso de los municipios, a quien los ayuntamientos designen.
5.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos diseñados y empleados para que los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades
administrativas y demás servidores públicos cumplan con los de los objetivos y metas establecidos en el plan de desarrollo municipal, ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia los programas, y especifique cual es el área o personal encargado de revisar, dar seguimiento y evaluar los informes del avance programático-presupuestal.
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPITULO TERCERO
ATRIBUCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS
6. El artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones;
6.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones, actualizados y vigentes para 2016, así como los manuales de organización y procedimientos de cada una de las áreas y dependencias del ayuntamiento.
7. La fracción XXI y XXI Ter., del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los Programas correspondientes; y Promover, desarrollar, vigilar y evaluar en su municipio, el programas en materia de protección civil el cual se integrará con tres subprogramas:
a). Prevención
b). Auxilio
c). Recuperación
7.1 Al respecto, se solicita el programa en materia de protección civil, y los programas aprobados que refiere la fracción XXI del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
8. EL artículo 83, fracción I, y X de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal tendrá dentro de sus atribuciones la de “Proponer al ayuntamiento los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, y proponer al cabildo su reglamento interior.
8.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal y la documentación soporte que acredite la integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal del ayuntamiento.
9. Por su parte el artículo 84 del mismo ordenamiento establece que el “el presidente municipal, al inicio de su período constitucional, convocará a organizaciones sociales de la comunidad para que se integren a la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal”.
9.1 Al respecto, se solicita la convocatoria emitida para a integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal.
TITULO IV
Régimen Administrativo
CAPITULO PRIMERO
De las Dependencias Administrativas
10. El artículo 88 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal conducirán sus acciones con base en los programas anuales que establezca el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal.
10.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales establecidos por el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal.
11. El artículo 89 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal, tales como organismos públicos descentralizados, empresas de participación mayoritaria y fideicomisos, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas y serán responsables del ejercicio de las funciones propias de su competencia, en términos de la Ley o en los reglamentos o acuerdos expedidos por los ayuntamientos. En los reglamentos o acuerdos se establecerán las estructuras de organización de las unidades administrativas de los ayuntamientos, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad.
11.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos o acuerdos en donde se establezcan las estructuras de organización de las unidades administrativas del ayuntamiento, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad.
12. El artículo 101, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el proyecto del presupuesto de egresos se integrará básicamente con: los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa;
12.1 Al respecto, se solicita el proyecto del presupuesto de egresos integrado con los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa.
13. El artículo 112, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: El órgano de contraloría interna municipal, tendrá a su cargo planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal.
13.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental del establecimiento o implementación del sistema de control y evaluación municipal.
CAPITULO QUINTO
De la Planeación
14. El artículo 114 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: cada ayuntamiento elaborará su plan de desarrollo municipal y los programas de trabajo necesarios para su ejecución en forma democrática y participativa.
14.1 Al respecto, se solicita que indique cuales son y proporcione los programas de trabajo elaborados para la ejecución del plan de desarrollo municipal.
15. El artículo 115 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales estarán a cargo de los órganos, dependencias o servidores públicos que determinen los ayuntamientos, conforme a las normas legales de la materia y las que cada cabildo determine.
15.1 Al respecto, se solicita que informe cuales son los órganos, dependencias o servidores públicos determinados por el ayuntamiento, conforme a las normas legales de la materia y las determinadas por el cabildo para la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales.
16. El artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el Plan de Desarrollo Municipal se complementará con programas anuales sectoriales de la administración municipal y con programas especiales de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal.
16.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales sectoriales de la administración municipal y los programas especiales complementarios del Plan de Desarrollo Municipal de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal.
APARTADO B
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
1. El artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza:
I. Constituir el Comité de Transparencia, las unidades de transparencia y vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna;
II. Designar en las unidades de transparencia a los titulares que dependan directamente del titular del sujeto obligado y que preferentemente cuenten con experiencia en la materia;
III. Proporcionar capacitación continua y especializada en coordinación con el Instituto, al personal que formen parte de los comités y unidades de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas;
V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles;
IX. Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos;
XIII. Difundir proactivamente información de interés público;
XVIII. Hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
1.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite la constitución del Comité y la unidad de transparencia, también proporcione la normativa interna establecida para su correcto funcionamiento y su estructura orgánica.
1.2 Informe cuáles son los requisitos establecidos para ser titular de la Unidad de Transparencia y proporcione la evidencia documental que acredite que el titular de dicha unidad cuenta la experiencia y cumple con los requisitos para dicho puesto.
1.3 Proporcione el calendario de capacitación continua y especializada elaborado en coordinación con el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para capacitar al personal que forma parte del comités y unidad de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas.
1.4 Informe cuáles son las acciones realizadas o programadas para promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles. También especifique cuáles son las características de los formatos abiertos y accesibles.
1.5 Informe cuáles son las acciones diseñadas e implementadas para fomentar el uso de tecnologías de la información y como el uso de estas han garantizado la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos.
1.6 Indique cuáles son los medios por los cuales el ayuntamiento difunde proactivamente información de interés público.
1.7 ¿A cuántas personas se han entregado recursos públicos? Indique en dónde se encuentra publicada la información relativa a los montos así como los informes que dichas personas han entregado al ayuntamiento sobre el uso y destino de dichos recursos;
2. El artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la misma, los sujetos obligados podrán desarrollar o adoptar, en lo individual o en acuerdo con otros sujetos obligados, esquemas de mejores prácticas que tengan por objeto:
I. Elevar el nivel de cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Ley;
II. Armonizar el acceso a la información por sectores;
III. Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información a las personas; y
IV. Procurar la accesibilidad de la información.
XXII. Documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones y abstenerse de destruirlos u ocultarlos, dentro de los que destacan los procesos deliberativos y de decisión definitiva;
XXIII. Procurar la digitalización de toda la información pública en su poder;
XXIV. Orientar y asesorar al solicitante para corregir cualquier deficiencia sustancial de las solicitudes.
2.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el desarrollo o adopción de esquemas de mejores prácticas que menciona el artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y los resultados obtenidos para cada uno de los numerales señalados.
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
3. El artículo 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas.
El artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: Las unidades de transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas
3.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el establecimiento de mecanismos o acciones a efecto de que el ayuntamiento garantice las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información.
4. El artículo 122 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.
El artículo 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través del sistema electrónico o de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Instituto o por el Sistema Nacional
4.1 Al respecto, se solicita que indique cuál es el sistema electrónico empleado por la unidad de Transparencia para recibir solicitudes de información.
4.2 Indique a quién se debe dirigir la solicitud de información cuándo se envía por medio de un correo electrónico, o correo postal.
4.3 Indique el correo electrónico habilitado para hacer una solicitud de información
4.4 Especifique si existe algún otro medio aprobado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para solicitar información.
4.5 ¿Cuál es el trato que se le da a las solicitudes de información cuando éstas se dirigen al titular del sujeto obligado y se entregan en cualquier otra área que no sea la unidad de transparencia, por ejemplo en oficialía de partes?
4.6 Proporcione el Manual de procedimientos y de organización de la Unidad de Transparencia.
Respuesta a la solicitud :
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su petición en:
LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
1. El artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: El proceso de planeación democrática para el desarrollo de los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano.
Al respecto, se solicitan los planes y los programas formulados a partir de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y que contengan diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados, así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para el desarrollo social y humano.
R= Se anexa al presente Plan de Desarrollo Municipal de Tenancingo 2016-2018.
2. El artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus programas;
II. Establecer los órganos, unidades administrativas o servidores públicos que lleven a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación;
VIII. Integrar y elaborar el presupuesto por programas para la ejecución de las acciones que correspondan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones;
2.1 Al respecto, se solicita que proporcione los programas a que hace referencia la fracción I del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; y los mecanismos diseñados para su evaluación y control.
R= por lo que respecta los programas se anexa los PBRM 2016
2.2 Indique cuales son los órganos, unidades administrativas o servidores públicos establecidos para llevar a cabo las labores de información, planeación, programación y evaluación;
R= La Unidad Administrativa es (UIPPE) y el responsable es el P. en C.P. y A. P. Alejandro González Anaya Secretario Técnico y el Asistente de Mando Superior EX D Alfonso Pérez Gómez
2.3 Indique si los programas a los que hace referencia la fracción VIII del artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios son los mismos a los que refiere la fracción I de dicho artículo, proporcione los programas y el presupuesto integrado y elaborado para cada programa.
R= si, y se anexan se anexa los PBRM 2016
3 El artículo 20 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: Compete a las unidades de información, planeación, programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos de los municipios, en materia de planeación democrática para el desarrollo:
IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución;
VIII. Reportar periódicamente los resultados de la ejecución de los planes y programas al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
3.1 Al respecto, se solicita que indique cual es el área del ayuntamiento que se encarga de verificar que los programas y la asignación de recursos guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución, y proporcione los reportes sobre los resultados de la ejecución de los planes y programas al
Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, con base en la coordinación establecida en el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
R= el área encargada es la (UIPPE ) y se envía anexo al presente el 1er. Avance Trimestral y 2do. Avance Trimestral 2016
CAPITULO CUARTO
DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION
4 El artículo 36 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, establecerán la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento.
4.1 Al respecto, se solicita la metodología, procedimientos y mecanismos para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a ellos y la vigilancia de su cumplimiento que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y el ayuntamiento establecieron para tal efecto.
R=se anexa al presente la metodología y procedimiento y mecanismo para el adecuado control y seguimiento
5 El artículo 37 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece que: en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos serán responsables de que los programas se ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento de los indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la Secretaría cuando ésta así lo solicite, los informes del avance programático-presupuestal para su revisión, seguimiento y evaluación, y en el caso de los municipios, a quien los ayuntamientos designen.
5.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos diseñados y empleados para que los titulares de las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y demás servidores públicos cumplan con los de los objetivos y metas establecidos en el plan de desarrollo municipal, ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia los programas, y especifique cual es el área o personal encargado de revisar, dar seguimiento y evaluar los informes del avance programático-presupuestal.
R= La Unidad Administrativa es (UIPPE) y el responsable es el P. en C.P. y A. P. Alejandro González Anaya Secretario Técnico y el Asistente de Mando Superior EX D Alfonso Pérez Gómez
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPITULO TERCERO
ATRIBUCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS
6 El artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones;
6.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones, actualizados y vigentes para 2016, así como los manuales de organización y procedimientos de cada una de las áreas y dependencias del ayuntamiento. R= los podrá consultar en el portal de transparencia municipal en la siguiente liga http://www.ipomex.org.mx/ipo/portal/tenancingo/marcoJuridico.web y por lo que respecta a los manuales de Organización y Manuales de Procedimientos se encuentran en proceso de elaboración.
7 La fracción XXI y XXI Ter., del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que son atribuciones de los ayuntamientos: Formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los Programas correspondientes; y Promover, desarrollar, vigilar y evaluar en su municipio, el programas en materia de protección civil el cual se integrará con tres subprogramas:
a). Prevención
b). Auxilio
c). Recuperación
7.1 Al respecto, se solicita el programa en materia de protección civil, y los programas aprobados que refiere la fracción XXI del artículo 31de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
R= se anexa al presente el programa de Protección Civil, 2016. Así como el programa específico de Protección Civil “Semana Santa 2016, Operativo Tlaloc Tenancingo 2016
8 EL artículo 83, fracción I, y X de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal tendrá dentro de sus atribuciones la de “Proponer al ayuntamiento los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, y proponer al cabildo su reglamento interior.
8.1 Al respecto, se solicitan los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal y la documentación soporte que acredite la integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal del ayuntamiento. R= se envía la Acta de Instalación del COPLADEMUN.
9 Por su parte el artículo 84 del mismo ordenamiento establece que el “el presidente municipal, al inicio de su período constitucional, convocará a organizaciones sociales de la comunidad para que se integren a la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal”.
9.1 Al respecto, se solicita la convocatoria emitida para a integración de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal. R= Se anexa Certificación de la Acta de Cabildo donde se aprobó la integración del comité.
TITULO IV
Régimen Administrativo
CAPITULO PRIMERO
De las Dependencias Administrativas
10 El artículo 88 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal conducirán sus acciones con base en los programas anuales que establezca el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal.
10.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales establecidos por el ayuntamiento para el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal. R= los programas anuales corresponden al PBRM que le fueron anexados en el punto 2.1
11 El artículo 89 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: las dependencias y entidades de la administración pública municipal, tales como organismos públicos descentralizados, empresas de participación mayoritaria y fideicomisos, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas y serán responsables del ejercicio de las funciones propias de su competencia, en términos de la Ley o en los reglamentos o acuerdos expedidos por los ayuntamientos. En los reglamentos o acuerdos se establecerán las estructuras de organización de las unidades administrativas de los ayuntamientos, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad.
11.1 Al respecto, se solicitan los reglamentos o acuerdos en donde se establezcan las estructuras de organización de las unidades administrativas del ayuntamiento, en función de las características socio-económicas de los respectivos municipios, de su capacidad económica y de los requerimientos de la comunidad. R= se anexa Bando Municipal 2016
12 El artículo 101, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el proyecto del presupuesto de egresos se integrará básicamente con: los programas en que se señalen objetivos, metas y unidades responsables para su ejecución, así como la valuación estimada del programa;
R= dicha información es contenido en el presupuesto basado en resultados 2.1.
13 El artículo 112, fracción I, de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: El órgano de contraloría interna municipal, tendrá a su cargo planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal.
13.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental del establecimiento o implementación del sistema de control y
evaluación municipal. R= se anexa al presente evidencia documental del sistema de control y evaluación municipal
CAPITULO QUINTO
De la Planeación
14 El artículo 114 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: cada ayuntamiento elaborará su plan de desarrollo municipal y los programas de trabajo necesarios para su ejecución en forma democrática y participativa.
14.1 Al respecto, se solicita que indique cuales son y proporcione los programas de trabajo elaborados para la ejecución del plan de desarrollo municipal. R= Dicha información corresponde al PBRM que le proporcionada en el punto 2.1
15 El artículo 115 de la de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales estarán a cargo de los órganos, dependencias o servidores públicos que determinen los ayuntamientos, conforme a las normas legales de la materia y las que cada cabildo determine.
15.1 Al respecto, se solicita que informe cuales son los órganos, dependencias o servidores públicos determinados por el ayuntamiento, conforme a las normas legales de la materia y las determinadas por el cabildo para la formulación, aprobación, ejecución, control y evaluación del plan y programas municipales. R= es la UIPPE, la Contraloría Interna y el COPLADEMUN
16 El artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que: el Plan de Desarrollo Municipal se complementará con programas anuales sectoriales de la administración municipal y con programas especiales de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal.
16.1 Al respecto, se solicitan los programas anuales sectoriales de la administración municipal y los programas especiales complementarios del Plan de Desarrollo Municipal de los organismos desconcentrados y descentralizados de carácter municipal. R= se anexan al presente los de la Dirección de SAPAS, Instituto del Deporte y Sistema Dif Municipal.
APARTADO B
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
2 El artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza:
I. Constituir el Comité de Transparencia, las unidades de transparencia y vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna;
II. Designar en las unidades de transparencia a los titulares que dependan directamente del titular del sujeto obligado y que preferentemente cuenten con experiencia en la materia;
III. Proporcionar capacitación continua y especializada en coordinación con el Instituto, al personal que formen parte de los comités y unidades de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas;
V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles;
IX. Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos;
XIII. Difundir proactivamente información de interés público;
XVIII. Hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
I.I. Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite la constitución del Comité y la unidad de transparencia, también proporcione la normativa interna establecida para su correcto funcionamiento y su estructura orgánica.
R= se anexa al presente la acta de instalación del Comité de Transparencia
1.2 Informe cuáles son los requisitos establecidos para ser titular de la Unidad de Transparencia y proporcione la evidencia documental que acredite que el titular de dicha unidad cuenta la experiencia y cumple con los requisitos para dicho puesto.
R= por lo que respecta de los requisitos de acuerdo al Artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios publicada el 04 de Mayo del presente año. El responsable de la Unidad de Transparencia deberá tener el perfil adecuado para el cumplimiento de las obligaciones que derivan de la presente Ley. Para ser nombrado titular de la Unidad de Transparencia, deberá cumplir, por lo menos, con los siguientes requisitos:
I.- Contar con conocimiento o, tratándose de las entidades gubernamentales y los municipios certificación en materia de acceso a la información, transparencia y protección de datos personales, que para tal efecto emita el Instituto;
II.- Experiencia en materia de acceso a la información y protección de datos personales; y
III.- Habilidades de organización y comunicación, así como visión y liderazgo.
En cuanto a la evidencia documental no se cuenta con la certificación, en razón de que el Instituto aun no emite convocatoria para la certificación de titulares de las Unidades de Transparencia
1.3 Proporcione el calendario de capacitación continua y especializada elaborado en coordinación con el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos Personales del Estado de México y Municipios para capacitar al personal que forma parte del comités y unidad de transparencia; en temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas.
R= No se cuenta con calendario de capacitación, se está realizando la gestión para la suscripción de un convenio de colaboración en la materia ante el Instituto
1.4 Informe cuáles son las acciones realizadas o programadas para promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles. También especifique cuáles son las características de los formatos abiertos y accesibles.
R= Se está en espera de que se habilite la operación de la Plataforma Nacional de Transparencia que permita la publicación estandarizada en formatos abiertos y accesibles, mismos que la Ley de Transparencia y acceso a la información pública del Estado de México y Municipios define de la siguiente manera:
Artículo 3.-
…
XVI. Formatos abiertos: Conjunto de características técnicas y de presentación de la información que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos de forma integral y facilitan su procesamiento digital, cuyas especificaciones están disponibles públicamente y que permiten el acceso sin restricción de uso por parte de los usuarios;
XVII. Formatos accesibles: Cualquier manera o forma alternativa que dé acceso a los solicitantes de información, en forma tan viable y cómoda como la de las personas sin discapacidad ni otras dificultades para acceder a cualquier texto impreso y/o cualquier otro formato convencional en el que la información pueda encontrarse;
1.5 Informe cuáles son las acciones diseñadas e implementadas para fomentar el uso de tecnologías de la información y como el uso de estas han garantizado la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos.
R= La acción implementada es el uso de la plataforma del Ipomex
1.6 Indique cuáles son los medios por los cuales el ayuntamiento difunde proactivamente información de interés público.
R= Se cuenta con una página de Web del Municipio de Tenancingo, la cual es www.tenancingo.gob.mx.
1.7 ¿A cuántas personas se han entregado recursos públicos? Indique en dónde se encuentra publicada la información relativa a los montos así como los informes que dichas personas han entregado al ayuntamiento sobre el uso y destino de dichos recursos; R= se anexa al presente
2 El artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la misma, los sujetos obligados podrán desarrollar o
adoptar, en lo individual o en acuerdo con otros sujetos obligados, esquemas de mejores prácticas que tengan por objeto:
I. Elevar el nivel de cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Ley;
II. Armonizar el acceso a la información por sectores;
III. Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información a las personas; y
IV. Procurar la accesibilidad de la información.
XXII. Documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones y abstenerse de destruirlos u ocultarlos, dentro de los que destacan los procesos deliberativos y de decisión definitiva;
XXIII. Procurar la digitalización de toda la información pública en su poder;
XXIV. Orientar y asesorar al solicitante para corregir cualquier deficiencia sustancial de las solicitudes.
2.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el desarrollo o adopción de esquemas de mejores prácticas que menciona el artículo 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y los resultados obtenidos para cada uno de los numerales señalados. R= Aun no es posible adoptar un esquema de adopción de mejores prácticas en razón de que la nueva Ley de Transparencia fue publicada el 04 de mayo del presente año y se encuentra en proceso de implementación.
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
3 El artículo 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas.
El artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: Las unidades de transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas
3.1 Al respecto, se solicita la evidencia documental que acredite el establecimiento de mecanismos o acciones a efecto de que el ayuntamiento garantice las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información.
R= se anexa al presente evidencia fotográfica
4 El artículo 122 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.
El artículo 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece que: cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través del sistema electrónico o
de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Instituto o por el Sistema Nacional
4.1 Al respecto, se solicita que indique cuál es el sistema electrónico empleado por la unidad de Transparencia para recibir solicitudes de información.
R= es el Sistema SAIMEX
4.2 Indique a quién se debe dirigir la solicitud de información cuándo se envía por medio de un correo electrónico, o correo postal. R= cuando es por correo electrónico es unidadtransparenciatenancingo@hotmail.com cuando es correo postal es dirigido al Titular de la Unidad de Transparencia.
4.3 Indique el correo electrónico habilitado para hacer una solicitud de información
R= unidadtransparenciatenancingo@hotmail.com
4.4 Especifique si existe algún otro medio aprobado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios para solicitar información.
R= de acuerdo al Artículo 152 cualquier persona por si misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través del Sistema electrónico o de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbal o cualquier medio aprobado por el Instituto o por el Sistema Nacional.
4.5 ¿Cuál es el trato que se le da a las solicitudes de información cuando éstas se dirigen al titular del sujeto obligado y se entregan en cualquier otra área que no sea la unidad de transparencia, por ejemplo en oficialía de partes?
R= se turna a la Unidad de Transparencia
4.6 Proporcione el Manual de procedimientos y de organización de la Unidad de Transparencia. R= por lo que respecta al Manual de procedimientos está en proceso de elaboración y el Manual de Organización se envía anexo al presente.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00021 2016 TRANSPARENCIA PLANEACION CONTRALORIA VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 10:17:41
fechaActualiza :
2016-11-29 10:17:30
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
01/08/2016
Folio de la Solicitud :
00022/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
ESTOY SOLICITANDO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN RELATIVA A LAS LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO DE SU MUNICIPIO:
1. TOTAL DE CIRCUITOS CON MEDICIÓN EN BAJA TENSIÓN Y CUANTAS LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
2. TOTAL DE CIRCUITOS CON MEDICION EN MEDIA TENSION Y CUANTAS LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
3. TOTAL DE CIRCUITOS SIN MEDICION EN BAJA TENSION Y CUANTAS LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
4. TOTAL DE CIRCUITOS SIN MEDICION EN MEDIA TENSION Y CUANTAS LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
5. TOTAL DE LUMINARIAS DIRECTAS Y DE QUE CAPACIDADES SON.
6. IMPORTE DEL PAGO MENSUAL QUE HACEN SOLO POR ALUMBRADO PUBLICO E IMPORTE DE DERECHO DE ALUMBRADO PUBLICO ACREDITADO POR LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD EN LOS ULTIMOS 4 MESES.
7. CUANTAS COMUNIDADES TIENE EL MUNICIPIO ADEMAS DE AL CABECERA MUNICIPAL Y CUANTAS LUMINARIAS HAY EN CADA UNA Y DE QUE CAPACIDADES SON.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
ESTOY SOLICITANDO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN RELATIVA A LAS
LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO DE SU MUNICIPIO:
1. TOTAL DE CIRCUITOS CON MEDICIÓN EN BAJA TENSIÓN Y CUANTAS
LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
2. TOTAL DE CIRCUITOS CON MEDICION EN MEDIA TENSION Y CUANTAS
LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
3. TOTAL DE CIRCUITOS SIN MEDICION EN BAJA TENSION Y CUANTAS
LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
4. TOTAL DE CIRCUITOS SIN MEDICION EN MEDIA TENSION Y CUANTAS
LUMINARIAS TIENE CADA CIRCUITO Y DE QUE CAPACIDADES SON.
5. TOTAL DE LUMINARIAS DIRECTAS Y DE QUE CAPACIDADES SON.
6. IMPORTE DEL PAGO MENSUAL QUE HACEN SOLO POR ALUMBRADO PUBLICO
E IMPORTE DE DERECHO DE ALUMBRADO PUBLICO ACREDITADO POR LA
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD EN LOS ULTIMOS 4 MESES.
7. CUANTAS COMUNIDADES TIENE EL MUNICIPIO ADEMAS DE AL CABECERA
MUNICIPAL Y CUANTAS LUMINARIAS HAY EN CADA UNA Y DE QUE
CAPACIDADES SON.
1) Por lo que respecta total de circuitos con medición en baja tensión y cuantas
luminarias tiene cada circuito y de que capacidades son. R= Los Circuitos de
baja tensión son propiedad de C.F.E. no nos corresponde como Alumbrado
Público.
2) total de circuitos con medición en media tensión y cuantas luminarias tiene cada
circuito y de que capacidades son. R= No existe ninguna luminaria conectada a
la mediana tensión
3) total de circuitos sin medición en baja tensión y cuantas luminarias tiene cada
circuito y de que capacidades son. R= No nos corresponde esta información es
de C.F.E.
4) total de circuitos sin medición en media tensión y cuantas luminarias tiene cada
circuito y de que capacidades son. R= No existe ninguna luminaria conectada a
la mediana tensión con medición y sin medición.
5) total de luminarias directas y de que capacidades son. R= Son 5416 de
capacidades diferentes 6570 y 100 watts.
6) por lo que corresponde de importe del pago mensual que hacen solo por
alumbrado público R= del mes de Marzo $768,950.00 del mes de Abril $
747,666.00 del mes de Mayo $751,185.00 del mes de Junio $439,889.53 e
importe de derecho de alumbrado público acreditado por la comisión federal de
electricidad en los últimos 4 meses. R= de los meses Febrero $376,848.82 Marzo
$353,439.76 Abril $359,221.01 Mayo $113,322.24
7) Cuantas Comunidades tiene el Municipio además de la Cabecera Municipal y
cuantas luminarias hay en cada una y de que capacidades son R= se anexa al
presente las comunidades y capacidades de carga
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00022 2016 LUMINARIAS Y PAGOS VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 10:30:36
fechaActualiza :
2016-11-29 10:30:31
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
18/08/2016
Folio de la Solicitud :
00023/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Me encantaría saber los siguientes datos con relación al Registro Municipal de Trámites y Servicios.
? Cuál es la página para tener acceso al Registro Municipal de Trámites y Servicios.
Con relación a la Ventanilla única y al Registro Municipal De Unidades Económicas.
? Cuenta el municipio con la Ventanilla Única.
? Cuáles son los trámites que se pueden realizar en la Ventanilla Única.
? Cuál es la página para tener acceso a la Ventanilla Única.
? Cuenta el municipio con el Registro Municipal De Unidades Económicas
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
Me encantaría saber los siguientes datos con relación al Registro Municipal de
Trámites y Servicios.
? Por lo que concierne cuál es la página para tener acceso al Registro Municipal de
Trámites y Servicios.
R= es www.tenancingo.gob.mx y se encuentra en el apartado de Tramites y
Servicios
Con relación a la Ventanilla única y al Registro Municipal De Unidades Económicas.
? Cuenta el municipio con la Ventanilla Única. R= Si se encuentra ubicada en la
oficina de Desarrollo Económico en la calle Juárez s/n dentro del mercado de la
flor Xochiquetzal.
? Cuáles son los trámites que se pueden realizar en la Ventanilla Única.
R= Tramite de Licencia de Funcionamiento en línea
? Cuál es la página para tener acceso a la Ventanilla Única.
R= http://tenancingo.wmejoraregulatoria.com/ (No omito mencionar que la
página se encuentra en reparación, pero los tramites se siguen realizando en la
oficina de Desarrollo Económico
? Cuenta el municipio con el Registro Municipal De Unidades Económicas
R= Se cuenta con un padrón de las Unidades Económicas del Municipio ya
registradas, sin embargo se está realizando un nuevo censo para poder otorgar
a la ciudadanía una información más precisa y confiable. Se puede consultar en
la página www.tenancingo.gob.mx/ en el apartado de Mejora Regulatoria.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00023 2016 TRAMISTES Y SERVICIOS VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 10:44:04
fechaActualiza :
2016-11-29 10:43:59
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
24/08/2016
Folio de la Solicitud :
00024/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
LISTA DE OBRAS CONTRATADAS DEL 1 DE ENERO AL 30 DE AGOSTO DE 2016 QUE CORRESPONDAN CON EL SECTOR EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, EJECUTADAS CON RECURSOS FEDERALES Y CON RECURSOS ESTATALES EJERCICIO 2016, SUS MONTOS AUTORIZADOS MES DE INICIO DE OBRA Y SU AVANCE FÍSICO, ADJUNTAR (PDF) OFICIO DE AUTORIZACIÓN DE RECURSOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS.
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
LISTA DE OBRAS CONTRATADAS DEL 1 DE ENERO AL 30 DE AGOSTO DE 2016
QUE CORRESPONDAN CON EL SECTOR EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE,
EJECUTADAS CON RECURSOS FEDERALES Y CON RECURSOS ESTATALES
EJERCICIO 2016, SUS MONTOS AUTORIZADOS MES DE INICIO DE OBRA Y SU
AVANCE FÍSICO, ADJUNTAR (PDF) OFICIO DE AUTORIZACIÓN DE RECURSOS
DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS.
? En relación a la lista de obras contratadas del 1 de Enero al 30 de Agosto
de 2016 que corresponda con el sector Educación, Cultura y Deportes,
ejecutadas con Recursos Federales y con Recursos Estatales ejercicio 2016,
sus montos autorizados mes de inicio de obra y su avance físico, adjuntar
(PDF) oficio de autorización de recursos de la secretaria de finanzas R= al
respecto me permito enviarle únicamente formato de avance de
obras del sector educativo, toda vez que de cultura y deporte no se
tiene a la fecha ningún registro, así mismo le informo que no
existen en FISMDF y FEFOM 2016, ningún oficio de autorización de
recursos de la Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de
México.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00024 2016 OBRAS PUBLICAS VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 10:48:54
fechaActualiza :
2016-11-29 10:48:49
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
31/08/2016
Folio de la Solicitud :
00025/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Número de accidentes registrados por año del periodo 2011 al 2016, en transporte público por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús) Del número de accidentes registrados en transporte público por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús), ¿Cuántos lesionados por año se registraron en el periodo 2011 al 2016? Del número de accidentes registrados en transporte público por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús), ¿Cuántos muertos por año se registraron en el periodo 2011 al 2016?
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
Número de accidentes registrados por año del periodo 2011 al 2016, en transporte público
por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús) Del número de accidentes registrados en
transporte público por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús), ¿Cuántos lesionados
por año se registraron en el periodo 2011 al 2016? Del número de accidentes registrados
en transporte público por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús), ¿Cuántos muertos
por año se registraron en el periodo 2011 al 2016?
Por lo que respecta número de accidentes registrados por año del periodo 2011 al
2016, en transporte público por modalidad o tipo (Taxi, Colectivo y Autobús),
¿Cuántos lesionados por año se registraron en el periodo 2011 al 2016? Del número
de accidentes registrados en transporte público por modalidad o tipo (Taxi,
Colectivo y Autobús), ¿Cuántos muertos por año se registraron en el periodo 2011
al 2016? R= se detalla a continuación:
AÑO 2011 A AGOSTO DE 2016
AÑOS NUMERO DE
ACCIDENTES
NUMERO DE
LESIONADOS
NUMERO DE
MUERTOS
VEHICULO
COLECTIVO
(TAXI)
VEHICULO
COLECTIVO
(AUTOBUS
MICROBUS)
2011 13 13 1 13 1
2012 23 20 2 20 3
2013 16 24 1 11 2
2014 25 27 0 24 1
2015 21 66 3 19 2
2016 15 31 1 14 1
TOTAL: 113 181 8 101 10
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00025 2016 ACCIDENTES PROTECCION CIVIL VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 10:55:21
fechaActualiza :
2016-11-29 10:55:11
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
13/09/2016
Folio de la Solicitud :
00026/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Solicito información sobre: procesos, programas, acciones, materiales de educación ambiental formal y no formal para el cambio climático producidos por su institución de 2012 al 2016 indicando el área que la desarrolló, datos de contacto del área o persona y dónde se puede consultar o adquirir.
año Programa de Educación
Ambiental no formal
Instituciones
Educativas
Materiales
2012 Platicas de educación Ambiental
no formal
Se impartieron
platicas de educación
ambiental en jardines
de niños, primarias y
Secundarias
Museo rodante,
prestado por
Secretaria del Medio
Ambiente del Estado
de México, botarga
por SAPAS, rota
folios, proyecciones
y entrega de
contenedores para
separación de
residuos sólidos
municipales.
2013 Platicas de educación Ambiental
no formal
Se impartieron
platicas de educación
ambiental en jardines
de niños, primarias y
Secundarias y media
superior
Programa Estatal de
Comités vigilantes
ecológicos FODIS,
museo rodante,
botarga,
proyecciones y
entrega de
contenedores
2014 Platicas de educación Ambiental
no formal
Se impartieron
platicas de educación
ambiental en jardines
de niños, primarias y
Secundarias y media
superior
Museo rodante,
ventrílocuo, rota
folio, proyecciones,
botarga, materiales
de juegos
ambientales
2015 Platicas de educación Ambiental
no formal
Se impartieron
platicas de educación
ambiental en jardines
de niños, primarias y
Secundarias y media
superior
ventrílocuo botarga,
juegos ambientales
2016 Platicas de educación Ambiental
no formal
35 Kínder primaria,
Secundaria y media
superior
Video, juegos
ambientales,
material reciclado
Se envía solo fotos de evidencia.
Por lo anterior informo a usted que es esta área no se ha llevado
un programa de educación ambiental formal, sin embargo se está
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
Solicito información sobre: procesos, programas, acciones, materiales de
educación ambiental formal y no formal para el cambio climático
producidos por su institución de 2012 al 2016 indicando el área que la
desarrolló, datos de contacto del área o persona y dónde se puede
consultar o adquirir.
? En relación a la información solicitada sobre procesos, programas, acciones,
materiales de educación ambiental formal y no formal para el cambio
climático producidos por su institución de 2012 al 2016 R= se envía la
información con la que se cuenta se describe de la siguiente manera:
trabajando sobre un proyecto integral por la dirección de Ecología y Servicios Públicos Municipales.
? Por lo que respecta a indicar el área que la desarrolló, datos de contacto del área o persona y dónde se puede consultar o adquirir. R= el área es la Coordinación de Ecología, tu titular es la Lic. Virginia Elías Cruz, la oficina se encuentra en la calle Juárez s/n colonia centro, Tenancingo, Estado de México. Teléfono de contacto 01 714 103 08 81.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00026 2016 ECOLOGIA PARA REVISION LIC..pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 11:18:00
fechaActualiza :
2016-11-29 11:17:55
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
30/09/2016
Folio de la Solicitud :
00027/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
INFORME Y REMITA COPIA DEL CONVENIO DE SUELDOS Y PRESTACIONES, COLATERALES Y DE LEY DEL H. AYUNTAMIENTO,SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF), ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE AGUAS (OAPAS), INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE (IMD), DEL AÑO 2015 Y 2016 DEL H. AYUNTAMIENTO DE TENANCINGO
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
INFORME Y REMITA COPIA DEL CONVENIO DE SUELDOS Y PRESTACIONES,
COLATERALES Y DE LEY DEL H. AYUNTAMIENTO,SISTEMA MUNICIPAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF), ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DE AGUAS (OAPAS), INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y
DEPORTE (IMD), DEL AÑO 2015 Y 2016 DEL H. AYUNTAMIENTO DE TENANCINGO
1. Por lo que respecta a la solicitud para remitir copia del convenio de
sueldos y prestaciones, colaterales y de ley del Ayuntamiento.
R= se anexa al presente convenios 2015 y 2016 celebrados entre el
Ayuntamiento y el SUTEyM, así como los correspondientes al
Organismo Público Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento (SAPAS), por lo que concierne al Instituto Municipal de
Cultura Física y Deporte y Sistema Municipal para el Desarrollo
Integral de la Familia (Dif), se le informa que no cuenta con convenio
por que no tienen personal sindicalizado.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00027 2016 CONVENIO VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 12:07:17
fechaActualiza :
2016-11-29 12:07:09
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
19/09/2016
Folio de la Solicitud :
00028/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
A quien corresponda por medio de la presente me dirijo a usted para solicitar un listado de fraccionamientos con acceso controlado (privados) y así mismos condominios con acceso controlado registrados en el municipio o delegación de Tenancingo, con fecha de su última actualización vigente disponible. De ser posible el listado deberá contener el nombre del fraccionamiento con acceso controlado (privado) o condominio con acceso controlado y dirección; así mismo si tuviese la información del número de lotes y viviendas que hay dentro de cada fraccionamiento nos sería de gran utilidad. El motivo de la solicitud es para realizar un estudio de mercado en el cual podamos brindar un servicio de seguridad amplio a través de Internet. Sin más por el momento agradezco su atención y servicio en la oportuna respuesta de esta solicitud. Atentamente
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina que
le corresponde a este Ayuntamiento entregar lo siguiente por lo que se refiere a su
petición en:
A quien corresponda por medio de la presente me dirijo a usted para solicitar un listado de
fraccionamientos con acceso controlado (privados) y así mismos condominios con acceso
controlado registrados en el municipio o delegación de Tenancingo, con fecha de su última
actualización vigente disponible. De ser posible el listado deberá contener el nombre del
fraccionamiento con acceso controlado (privado) o condominio con acceso controlado y
dirección; así mismo si tuviese la información del número de lotes y viviendas que hay
dentro de cada fraccionamiento nos sería de gran utilidad. El motivo de la solicitud es para
realizar un estudio de mercado en el cual podamos brindar un servicio de seguridad
amplio a través de Internet. Sin más por el momento agradezco su atención y servicio en
la oportuna respuesta de esta solicitud. Atentamente Mauricio Martínez González.
Por lo que respecta en solicitar un listado de fraccionamientos con acceso
controlado (privados) y así mismos condominios con acceso controlado
registrados en el municipio o delegación de Tenancingo, con fecha de su última
actualización vigente disponible, de ser posible el listado deberá contener el
nombre el fraccionamiento con acceso contralado (privado) o condominio con
acceso controlado y dirección; la información de números de lotes y viviendas que
hay dentro de cada fraccionamiento.
R= Se le informa que, de acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa
presentada para la aprobación del Código Administrativo del Estado de México, al
considerar que la figura del fraccionamiento evoluciono a la del Conjunto Urbano;
se suprimió para regular con mayor precisión esta última. En este sentido el Libro
Quinto “Del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del
Desarrollo Urbano” de los Centros de población en su artículo 5.37, establece que
“ los Conjuntos Urbanos requieren autorización de la Secretaría de Conformidad
con lo que establezca el presente Libro y su Reglamentación…”. Por secretaria
refiere a la actual Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano de acuerdo al
artículo 5.3 fracción XXXVI; así mismo en el artículo 5.49 señala que “los
condominios horizontales, verticales y mixtos, requerirán autorización de la
secretaria, de manera previa a la constitución de dicho régimen de propiedad, de
conformidad con lo que establece este libro y su reglamentación”. Por lo
anteriormente expuesto le informamos que este sujeto obligado no posee la
información solicitada por lo que deberá requerirla al sujeto obligado que de
acuerdo a la Ley posee las atribuciones para generarla que en este caso es la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Gobierno del Estado de México
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
SOL. 000282016 FRACCIONAMIENTOS CONDOMINIOS VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 12:18:46
fechaActualiza :
2016-11-29 12:18:41
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
28/09/2016
Folio de la Solicitud :
00029/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
1.DOCUMENTO ACTUAL DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE ACCION CLIMATICA; 2. DOCUMENTO ACTUAL DE ATLAS DE RIESGO MUNICIPAL
Respuesta a la solicitud :
R E S U E L V E
PRIMERO: Con fundamento en los preceptos legales antes invocados, se determina
entregar la siguiente información por lo que se refiere a su petición en su punto:
Por lo que respecta al punto 1. Documento actual del programa municipal de acción
climática; el Servidor Público Habilitado de la Coordinación de Ecología; informa
que no se ha contado con dicho programa o plan, de acción climática tal y como lo
estipula el artículo 8 de la Ley de cambio climático del Estado de México, que a la
letra dice:
I. Formular conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio
climático, en concordancia con la política nacional estatal;
II. Formular y expedir el PACMUN, vigilar y evaluar su cumplimiento;
Asimismo, menciona que para la elaboración del PACMUN, se requiere previo
convenio con autoridades federales, estatales tal como lo estipula el artículo 9 de la
Ley antes mencionada que a la letra dice:
Articulo 9 los convenios o acuerdos de coordinación en materia de cambio
climático, que celebre el Ejecutivo del Estado con las autoridades federales, otras
entidades federativas o con los ayuntamientos, se sujetaran a lo previsto en el
Código Administrativo del Estado de México y en la Ley Orgánica Municipal.
Mencionado se realizarán los trámites conducentes para el municipio de
Tenancingo, pueda estar dentro del Programa Plan de Acción Climática Municipal
(PACMUN).
Por lo anteriormente expuesto el servidor público habilitado de la Coordinación de
Ecología, C.Virginia Elias Cruz solicito al Comité de Transparencia la declaratoria de
inexistencia de la información solicitada; solicitud que el Comité analizó en la
Primera Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de fecha 18 de octubre
del presente año; aprobando y emitiendo el Acuerdo respectivo de inexistencia de
la Información referida; mismo que se anexa al presente.
Por lo que corresponde al punto 2 de la petición:
2. DOCUMENTO ACTUAL DE ATLAS DE RIESGO MUNICIPAL
El servidor público habilitado de la Subdirección de Protección Civil y Bomberos C.
Juan Gabriel Sánchez Palermo comunica que con fundamento en el artículo 81 TER,
fracción I, de la Ley Orgánica Municipal; se está realizando la actualización del Atlas
de Riesgo 2016-2018; y la información se está entregando en la Coordinación
General de Protección Civil del Estado de México, ya que nos encontramos en la
última etapa de la terminación de la actualización del Atlas de Riesgos del Municipio
de Tenancingo Estado de México, por lo cual no tenemos el documento aun en
forma física ni electrónica. Sin embargo, nos permitimos hacer la entrega del Atlas
de Riesgo vigente en medio digital anexo al presente.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
SOL. 000282016 FRACCIONAMIENTOS CONDOMINIOS VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2016-11-29 12:25:06
fechaActualiza :
2016-11-29 12:25:02
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
25/10/2016
Folio de la Solicitud :
00030/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Informe de las comisiones del Ayuntamiento, de los tres primeros trimestres del 2016. De acuerdo a lo señalado en el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal.
Respuesta a la solicitud :
En relación al informe de las comisiones del Ayuntamiento de los tres primeros trimestres del 2016. De acuerdo a lo señalado en el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal R= al respecto me permito enviarle informe de las comisiones del Ayuntamiento de los tres primeros trimestres del año 2016.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
Const. sol. 00030 2016 COMISIONES REGIDORES REVISADA LIC. VERSION PUBLICA ok.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2017-01-10 12:45:09
fechaActualiza :
2017-01-10 12:45:04
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Tipo Solicitud :
1
Año :
2016
Fecha de presentación de la solicitud :
31/10/2016
Folio de la Solicitud :
00031/TENANCIN/IP/A/2016,
Información requerida :
Solicito de la manera más atenta, que me informe la fecha en la que se instaló el Comité de Transparencia en su Ayuntamiento de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, publicada en fecha cinco de Mayo del año en curso, asimismo anexe copia del Acta de Instalación del mismo.
Respuesta a la solicitud :
Por lo que respecta en la fecha en la que se instaló el Comité de Transparencia del
Ayuntamiento de Tenancingo conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le informa
que se instaló el 27 de Junio del presente año, anexando al presente copia del acta
del Comité de la sesión de instalación, tal como usted la solicita.
Fue recurrida :
No
Documentos anexos a la respuesta :
No
Documento(s) soporte:
SOL. 000312016 COMITE DE TRANSPARENCIA LIC. VERSION PUBLICA.pdf
Unidad Administrativa que detenta la información :
SECRETARIA TECNICA
fechaValida :
2017-01-10 12:57:58
fechaActualiza :
2017-01-10 12:57:54
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :