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De conformidad con el supuesto establecido en el segundo párrafo del Artículo 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, esta dependencia no genera información correspondiente a esta fracción derivado de las atribuciones, funciones y obligaciones de la Secretaría Técnica del Gabinete, contenidas en la normatividad vigente; y con fundamento en el artículo 38 BIS fracciones II, V,y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la administración de la información de esta fracción es competencia de la Secretaría de la Controlaría. http://www.ipomex.org.mx/ipo/lgt/indice/secogem/auditorias.web |