Aviso: |
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De conformidad con lo que establece el articulo 197 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México la autoridad competente dictara resolución y la notificara, en el ámbito municipal el recurso será resuelto por el Sindico, para mayor conocimiento se cita la Jurisprudencia de la segunda época publicada 2001-09-25 STATUS VIGENTE y en base a lo anteriormente señalado es que esta Dirección del Jurídico no genera información al respecto toda vez que no lleva procesos en ninguno de los tipos de proceso judicial, administrativo y arbitrales. |