| Aviso: |
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| De conformidad con el Artículo 17.64 del Código Administrativo del Estado de México, la Junta de Caminos del Estado de México es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto la planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación, mantenimiento y administración de la infraestructura vial primaria libre de peaje y de uso restringido. Porlo que no cuenta con esta atribución. |