Denominación del Área :
DIRECCION GENERAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Coordinar y dirigir la ejecución de los estudios, proyectos y programas del instituto, así como evaluar los resultados obtenidos.
- Presentar al Consejo Directivo para su autorización los estudios, proyectos y programas de trabajo, así como el presupuesto anual de ingresos del organismo.
-Planear, programar, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas al organismo, a efecto de verificar el cumplimiento de los objetivos institucionales.
- Promover y coordinar la realización de investigaciones agrícolas, pecuarias, hortícolas y florícolas y divulgar los resultados obtenidos en beneficio de los productores, organismos, instituciones y particulares.
-Coordinar la participación del organismo en ferias, exposiciones, conferencias, simposiums y demás eventos que se promuevan en la materia.
-Aprobar y presentar al Consejo Directivo los estados financieros mensuales y anuales, así como los informes generales y especiales, que permitan conocer la situación financiera y administrativa del organismo.
- Celebrar convenios de concertación, previa autorización del Consejo Directivo, con instituciones cuyas funciones contribuyan a la ejecución de los estudios, proyectos y programas del organismo.
-Coordinar y verificar la adecuada administración de los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos del organismo, para garantizar la consecución de sus objetivos.
- Representar al organismo, tanto administrativa como legalmente, ante las instancias correspondientes.
- Someter a la aprobación del Consejo Directivo la estructura de organización, el reglamento interior y los manuales administrativos del organismo, así como sus modificaciones y reformas.
-Autorizar la designación, promoción o remoción del personal adscrito al organismo para el debido cumplimiento de los programas de trabajo.
-Presentar al Consejo Directivo los informes de trabajo del organismo para su evaluación.
-Vigilar que la administración del patrimonio del organismo se realice conforme a los programas autorizados.
- Designar y supervisar al servidor público que realice funciones de asesoría legal, seguimiento de procedimientos judiciales y participación en los diversos órganos colegiados del Instituto, así como el que realice funciones de planeación, programación y evaluación de las actividades y metas del ICAMEX, y las establecidas en materia de transparencia.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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Denominación del Área :
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
- Coordinar la elaboración de programas y proyectos de investigación científica y tecnológica en materia agrícola, pecuaria, hortícola y florícola.
- Alinear los programas y proyectos de investigación del organismo con los objetivos y metas del Plan de Desarrollo del Estado de México.
- Formular, en coordinación con la Dirección de Apoyo Técnico y Divulgación, programas orientados a difundir nuevas tecnologías y a promover la capacitación del personal investigador y de los productores.
- Implementar, entre los productores de la entidad, la transferencia de tecnologías agrícolas, pecuarias, hortícolas y florícolas
generadas por el organismo o por otros centros de investigación y que contribuyan a incrementar su producción y
productividad.
- Proponer a la Dirección General la celebración de convenios de intercambio científico y tecnológico con instituciones de enseñanza e investigación de los sectores público, privado y social que contribuyan al mejoramiento de la producción en la entidad y, en su caso, darle seguimiento.
- Desarrollar tecnologías sustentables y eficientes en el uso del agua, suelo, vegetación y clima que mejoren la producción, la rentabilidad y la ecología del Estado.
- Concertar la validación de nuevas tecnologías que genere el organismo u otros centros nacionales e internacionales de investigación agrícola, pecuaria, hortícola y tlorícola.
- Desarrollar la producción y uso de semilla de híbridos y variedades de alto potencial de rendimiento que demandan los productores, para mejorar la calidad, producción y productividad de las cosechas.
- Supervisar y validar los resultados de los proyectos, programas y actividades ejecutadas, así como informar mediante reportes a las instancias correspondientes las existencias que resulten.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN AGRÍCOLA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
- Investigar y validar métodos y sistemas de producción agrícola que contribuyan a satisfacer las necesidades alimentarias en la entidad.
- Fomentar un desarrollo sostenido y permanente de la agricultura, a través de la generación de mejores variedades e híbridos y el uso eficiente de paquetes tecnológicos para cada región del Estado.
- Llevar a cabo experimentos en los cultivos de maíz, fríjol, papa, trigo, cebada, avena, triticale y otras variedades, en coordinación con dependencias que incidan en la investigación o con agricultores cooperantes.
- Efectuar investigaciones que validen la tecnología agrícola desarrollada para incrementar la producción y productividad en esta actividad.
- Realizar estudios de suelos para determinar la aplicación necesaria de insumos agrícolas, conforme a sus características y necesidades, en apoyo a los productores del agro mexiquense.
- Efectuar investigaciones que contribuyan a diversificar las explotaciones agrícolas, con el propósito de que se apliquen en la entidad.
- Desarrollar y difundir sistemas de producción de semillas que permitan la reducción de costos que incidan favorablemente en la economía del productor.
- Identificar materiales criollos de elevada productividad para utilizarlos como poblaciones, con la finalidad de derivar y seleccionar líneas que permitan formar variedades con mayor rendimiento y cualidades agronómicas.
- Obtener semilla de elevada calidad y pureza genética, para fomentar simultáneamente con los productores de la entidad el uso de semillas mejoradas y certificadas.
- Establecer contacto y coordinarse con dependencias públicas nacionales e internacionales, entidades federales, organismos auxiliares, fideicomisos, ayuntamientos y organismos sociales y privados, cuyo objetivo sea el mejoramiento de la actividad y productividad agrícola.
-Coadyuvar en la sustitución de importaciones de material vegetal, mediante la producción de semillas agrícolas de alta calidad genetica que propicie suficiencia alimentaria en el Estado.
-Supervisar el desarrollo de trabajos experimentales y demostrativos en cultivos de maíz, trigo, cebada, triticale y otras especies.
-Generar los reportes cualitativos y cuantitativos sobre las existencias que resulten de los proyectos, programas y actividades ejecutados.
-Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN PECUARIA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Realizar investigaciones y experimentaciones científicas y tecnológicas para incrementar la productividad y la rentabilidad de la actividad pecuaria.
-Proporcionar asesoría y capacitación a productores y técnicos que participan en los proyectos instrumentados por el Instituto.
- Implementar e incrementar los nuevos materiales de especies y/o variedades forrajeros.
-Desarrollar y promover esquemas de organización de los productores para la adopción tecnológica en materia de forrajes y ganadería.
- Evaluar la selección e introducción de métodos de mejoramiento genético y reproducción animal.
- Diseñar programas para la prevención y control de enfermedades que afectan a las especies pecuarias.
-Elaborar y supervisar los programas para la adecuada alimentación y suplementación de las especies pecuarias propiedad del organismo.
- Generar los reportes cualitativos y cuantitativos sobre las existencias que resulten de los proyectos, programas y actividades ejecutados.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN HORTÍCOLA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
- Planear y organizar la investigación y experimentación científica para mejorar las explotaciones hortícolas, con base en el plan técnico que los regule.
- Establecer procedimientos que contribuyan al mejoramiento genético de las especies y variedades hortícolas, apoyándose en la micropropagación y extracción de meristemos para incrementar los nuevos genotipos.
-Generar variedades de especies hortícolas con buen rendimiento de calidad, de acuerdo a las necesidades de los productores.
-Fomentar la producción de cultivos de hortalizas, mediante la introducción de especies y variedades de alta calidad y rentabilidad, así como de tecnología de vanguardia.
-Determinar y proponer sistemas de protección para disminuir los riesgos en la producción hortícola por la presencia de fenómenos meteorológicos.
-Promover entre los productores la producción de hortalizas en condiciones protegidas y la plasticultura para eficientar el manajo agronómico.
-Validar sistemas de producción hortícola e hidroponía.
-Ofrecer alternativas de producción de nuevas especies hortícolas con sanidad y calidad de producción, para contribuir a la apertura de los mercados internacionales y a la captación de divisas.
-Generar los reportes cualitativos y cuantitativos sobre las existencias que resulten de los proyectos, programas y actividades ejecutados.
-Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN FLORÍCOLA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Planear y organizar la investigación y experimentación científica para mejorar las explotaciones florícolas de la entidad.
-Establecer procedimientos que conduzcan al mejoramiento genético de las especies y variedades florícolas, apoyándose en la micropropagación y extracción de meristemos para incrementar los nuevos genotipos.
- Fomentar la producción de cultivos florícolas, el uso de nuevas especies y variedades de plantas, así como la introducción de semillas mejoradas, fertilizantes y parasiticidas, a través de cultivos bajo cubierta de plástico (túneles e invernaderos) y a cielo abierto.
- Determinar y proponer sistemas de protección para evitar siniestros derivados de las condiciones agroclimáticas.
-Promover entre los productores la plasticultura para eficientar el manejo de cultivos florícolas.
-Multiplicar el material vegetativo que demanden los productores con características de sanidad y calidad de producción, para contribuir a la apertura de los mercados internacionales y a la captación de divisas.
- Generar los reportes cualitativos y cuantitativos sobre las existencias que resulten de los proyectos, programas y actividades ejecutados
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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Denominación del Área :
DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO Y DIVULGACIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
Planear, programar y ejecutar, en coordinación con la Dirección de Investigación, las acciones, proyectos o programas de capacitación agropecuaria y hortoflorícola, orientadas a los productores ytécnicos, para la correcta aplicación de nuevas tecnologías.
- Difundir entre el sector productivo los resultados de las investigaciones realizadas por el organismo.
- Apoyar a la Dirección de Investigación, así como a instituciones públicas y privadas, productores y técnicos, en la realización de estudios de análisis de laboratorio que contribuyan a las actividades de investigación y de producción en materia agrícola, horticola y florícola.
-Diseñar programas de capacitación en materia agrícola, pecuaria, hortícola y florícola y promover su realización.
-Ejecutar estudios acerca de nuevas técnicas e innovación tecnológica aplicable a las actividades agrícolas, pecuarias, las y florícolas.
-Promover acciones y eventos orientados a dar a conocer a los productores de la entidad información que contribuya a mejorar y modernizar su actividad en materia agrícola, pecuaria, hortícola y florícola.
-Participar en el seguimiento, control y evaluación de las acciones que desarrolle el Instituto para la difusión y transparencia de tecnologia.
-Promover y, en su caso, establecer infraestructura para las actividades de difusión y capacitación agropecuaria, acuícola y forestal.
-Coordinar y supervisar las actividades que desempeñan los laboratorios de agua, suelos, fitopatología y calidad de semilla para eI cumplimiento de sus objetivos, así como gestionar los requerimientos de equipos, insumos e infraestructura necesaria para Ia correcta operación de los laboratorios.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
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Denominación del Área :
CONTRALORIA INTERNA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Vigilar, fiscalizar y controlar el manejo de los ingresos, egresos, financiamientos, deudas, fondos, valores, gastos, recursos y obligaciones, así como propiciar la racionalidad, disciplina y transparencia en la aplicación de los recursos que tiene asignados el organismo, mediante la organización y operación del sistema de control y evaluación que permita el seguimiento de los procedimientos y políticas establecidos por la Secretaría de la Controlaría.
- Formular y expedir las normas y criterios que regulen el funcionamiento de los instrumentos, sistemas y procedimientos de control específicos aplicables a las unidades administrativas, para la realización de auditorias e inspecciones.
- Implementar el programa anual de auditorias y revisiones, para comprobar el cumplimiento de normas jurídicas, racionalidad de la información financiera, así como de obligaciones derivadas de lineamientos en materia de planeación, programación, presupuestario, información y estadística
-Realizar por sí o a solicitud de parte auditorias administrativas a las diferentes unidades administrativas del organismo, con el objeto de verificar la instrumentación de la estructura organización, el cumplimiento de las políticas y procedimientos en materia de recursos humanos y materiales, así como la correcta ejecución de programas de trabajo.
- Vigilar que los recursos federales y estatales se apliquen conforme a lo estipulado en los convenios correspondientes.
- Vigilar en la esfera de su competencia, el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por proveedores y contratistas con el organismo, solicitándoles la información relacionada con las operaciones que realicen y fincar las deductivas y responsabilidades que, en su caso, procedan.
-Verificar el avance físico y financiero de los estudios, proyectos, programas y demás actividades que realiza el organismo, para constatar su cumplimiento.
-Conocer e investigar los actos. omisiones o conductas indebidas de los servidores públicos, formulando quejas de naturaleza administrativa y, en su caso, constituir responsabilidades administrativas aplicando !as sanciones procedentes, así como realizar ante las autoridades correspondientes las denuncias o querellas penales, proporcionándole los datos e información que requiera.
-Intervenir en los actos de entrega-recepción de unidades administrativas del ICAMEX, para verificar que se cumpla con la normatividad establecida en la materia.
-Establecer medidas y mecanismos de modernización administrativa, tendientes a lograr la eficacia de la fiscalización y control del gasto del organismo.
-Informar a la Secretaría de la Controlaría el resultado de las acciones de control y evaluación que se realicen en el organismo.
-Vigilar el cumplimiento de las normas internas de! organismo, para garantizar su debida operación.
-Apoyar y asesorar en materia de control a las unidades administrativas del organismo.
-Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-05-29 13:14:37
Fecha de validación :
2018-05-29 13:14:37
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
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Denominación del Área :
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Validar el proyecto de presupuesto anual de egresos, en coordinación con las diferentes unidades administrativas del organismo.
-Coordinar y controlar la administración de los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos para satisfacer los requerimientos del organismo.
- Coordinar y supervisar los movimientos de altas, bajas, cambios, permisos y licencias, entre otros, de acuerdo con la normatividad establecida en la materia, así como promover su incorporación en programas de capacitación, adiestramiento, motivación e incentivación.
-Coordinar y supervisar la elaboración del programa anual de adquisiciones del organismo, así como controlar el consumo de los recursos materiales con criterios de racionalidad.
-Coordinar la integración de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles propiedad del organismo y verificar su actualización.
- Coordinar la recepción de fondos financieros, así como autorizar las erogaciones con base a la normatividad establecida por la Secretaría de Finanzas.
-Observar y hacer cumplir las normas y controles de fiscalización que emita la Secretaría de la Contraloría.
-Coordinar y supervisar la elaboración de los informes contables y financieros del organismo para presentarlos a la Dirección General y remitirlos a las instancias correspondientes.
-Coordinar la entrega-recepción de las unidades administrativas del organismo, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en la materia.
- Coordinar y supervisar las funciones de la caja general del Instituto.
-Vigilar la adecuada operación del sistema de control de puntualidad y asistencia del personal del Instituto, así como la aplicación de sanciones y estímulos.
-Verificar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos para la recepción, almacenamiento y distribución de los recursos materiales.
- Vigilar y controlar que los recursos presupuestales autorizados, así como los bienes y valores del organismo, se manejen con apego a la normatividad establecida en la materia.
-Supervisar el registro y control del avance financiero de los programas de inversión y gasto corriente ejecutados por las unidades administrativas del organismo.
- Supervisar el registro, mantenimiento y conservación de los bienes muebles e inmuebles asignados a las unidades administrativas del Instituto, así como el control de los bienes de consumo y de los productos y subproductos resultantes de investigaciones.
- Coordinar y, en su caso, ejecutar los procedimientos de adquisición y arrendamientos de bienes, contratación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma que requiera el instituto, vigilando que se realicen de acuerdo con la normatividad aplicable en la materia.
-Validar la cuenta pública del organismo y presentarla a la Dirección General para su aprobación.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-05-29 13:14:37
Fecha de validación :
2018-05-29 13:14:37
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Aplicar las políticas, normas y procedimientos establecidos en el organismo en materia de administración y desarrollo de personal.
- Realizar las actividades de reclutamiento y selección de personal, con base en las necesidades de las unidades administrativas y operativas del organismo.
- Elaborar el programa de necesidades de prestadores de servicio social para apoyar las actividades del organismo, así como controlar y tramitar su pago, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos.
-Realizar los movimientos de altas, bajas, cambios de adscripción, nivelaciones, promociones, permisos con o sin goce de sueldo y vacaciones, entre otros, de los servidores públicos del organismo.
-Mantener actualizada la plantilla de personal de base y del personal eventual por tiempo determinado, para tener un adecuado registro y control de las plazas y contratos del organismo.
-Registrar y controlar las incidencias en las que incurran los servidores públicos del organismo, como son retardos y faltas, y realizar los descuentos correspondientes.
-Observar y aplicar las normas, procedimientos o mecanismos establecidos para el otorgamiento de estímulos y recompensas, mediante la evaluación del desempeño; promoviendo la motivación e incentivación del servidor público, así como su desarrollo en la labores que se le encomienden.
- Analizar las contrataciones, con base en los puestos autorizados y presupuestados, para determinar su procedencia.
-Elaborar el informe contable quincenal relativo al capítulo de servicios personales y remitirlo al Departamento de Recursos Financieros para su registro.
-Promover, en coordinación con el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, cursos de capacitación y demás eventos orientados al desarrollo de habilidades de los servidores públicos del organismo.
- Aplicar las percepciones y deducciones en la nómina y controlar el ejercicio del presupuesto por concepto de servicios personales.
-Elaborar y tramitar de acuerdo a la periodicidad y disposiciones legales aplicables, el entero de todos los descuentos que se aplican vía nómina.
- Verificar la correcta asignación de puestos, códigos y categorías al personal contratado, con base en la plantilla de personal y catálogo de puestos autorizados.
- Integrar, resguardar y mantener actualizados los expedientes del personal conforme a los lineamientos establecidos en la materia.
- Solicitar a la Secretaría de la Controlaría las constancias de no inhabilitación de los servidores públicos previo a su contratación.
- Elaborar constancias laborales de antigüedad, ingresos, honorarios, entre otras, para el personal adscrito al organismo.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-05-29 13:14:37
Fecha de validación :
2018-05-29 13:14:37
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Elaborar, con base en el presupuesto anual de egresos, el programa de adquisiciones y servicios del organismo, en función a las necesidades de las unidades administrativas.
-Realizar los procesos de adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes y contratación de servicios requeridos por las unidades administrativas del instituto, aplicando las normas y disposiciones legales vigentes en la materia.
-Elaborar y ejecutar el programa de mantenimiento preventivo de los bienes muebles e inmuebles del Instituto y ejecutar las acciones de mantenimiento correctivo, con base en el Presupuesto Anual de Egresos autorizado, para garantizar el óptimo funcionamiento de los mismos.
- Establecer y ejecutar un control de inventarios, mediante el registro de las entradas y salidas de los bienes de consumo resguardados en el almacén, así como el control y resguardo de los productos y subproductos generados en los Centros de Investigación y Trasferencias de Tecnología y/o derivado; de convenios.
- Registrar y actualizar la asignación y uso de los bienes muebles del instituto, e integrar los inventarios y resguardos respectivos, así como revisar conforme a la norma su asignación, uso y estado a efecto de llevar a cabo los reportes respectivos a las instancias correspondientes.
- Llevar a cabo el resguardo y aseguramiento de los bienes muebles e inmuebles del organismo.
- Otorgar los servicios generales a las unidades administrativas del instituto, así como controlar la ejecución y pago de los contratos de servicios: de vigilancia, limpieza, fotocopiado, combustible, telefonía, luz eléctrica, agua, entre otros.
- Realizar la asignación y control del consumo de combustibles y lubricantes a los vehículos oficiales del Instituto.
- Proporcionar al Departamento de Recursos Financieros la documentación necesaria para los trámites de pago a proveedores, así como la información mensual contable relativa a los inventarios de bienes muebles, productos y subproductos resultantes de investigaciones.
-Relacionar y resguardar en la caja general del organismo las garantías derivadas de procesos adquisitivos.
-Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-05-29 13:14:37
Fecha de validación :
2018-05-29 13:14:37
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :
Denominación del Área :
DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área :
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) :
APARTADO VII
Facultades del área :
-Aplicar las normas, políticas y procedimientos establecidos por la Secretaría de Finanzas en la administración y ejercicio de los recursos financieros y presupuestales.
-Elaborar e integrar el proyecto de presupuesto de Gasto Corriente y de Gasto de Inversión Sectorial para la operación de los programas a cargo de las unidades administrativas del organismo, con base en las metas y montos presupuestales establecidos en el ejercicio anterior.
-Registrar contablemente el ejercicio del presupuesto de gasto corriente y de inversión autorizado a las unidades administrativas del organismo, así como controlar su gasto con base en las metas y montos asignados.
-Integrar las transferencias, ampliaciones, reducciones y modificaciones de partidas a los presupuestos autorizados en los períodos establecidos, en coordinación con los responsables de los programas que lo requieran para el desarrollo de sus funciones y realizar las gestiones ante la Secretaría Finanzas.
-Gestionar la liberación de los recursos financieros necesarios para la operación de los programas del Instituto.
-Efectuar los pagos conforme a los programas y presupuestos autorizados a las unidades administrativas del organismo.
- Controlar los fondos fijos revolventes asignados a las unidades administrativas, para mantener un adecuado manejo de los recursos financieros.
- Formular mensualmente los estados financieros sobre el avance y comportamiento del ejercicio del presupuesto autorizado y presentarlos a las instancias correspondientes.
-Recibir y revisar las facturas de proveedores, realizando la creación de pasivos, a través de asientos contables en pólizas de concentración.
-Realizar los enteros o pagos de las retenciones a empleados por concepto de ISSEMYM, FONACOT, cuotas sindicales, fiscales, seguros de separación, entre otros.
-Efectuar la conciliación de las cuentas de cheques, realizando las aclaraciones respectivas.
-Relacionar y resguardar en la caja general del organismo, los documentos legales de los bienes propiedad del organismo.
- Integrar la información de la cuenta pública y presentarla ante las instancias correspondientes, previa aprobación de la Dirección General.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Fecha de actualización :
2018-05-29 13:14:37
Fecha de validación :
2018-05-29 13:14:37
Área o unidad administrativa responsable de la información :
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :
Nota :