| Aviso |
|---|
| En apego a lo estipulado en los artículos 13 fracción VIII y 13 Bis-E fracción IX de Ley que Crea los Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia Social, de Carácter Municipal, Denominados “Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia”, corresponde a la Presidencia del SMDIF proponer a la Junta de Gobierno los nombramientos y remociones del personal del Organismo, y corresponde a la Junta de Gobierno extender los nombramientos del personal del Sistema Municipal de acuerdo con las disposiciones aplicables. En este sentido durante los ejercicio 2017 no se han realizado convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos. |