Fracción no aplicable en virtud de: |
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QUE DE CONFORMIDAD CON LAS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, DEL REGLAMENTO INTERIOR Y DEL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, ESTE SUJETO OBLIGADO NO GENERA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO RELACIONADA CON ESTA FRACCIÓN, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, NO ES POSIBLE PROPORCIONAR DICHA INFORMACIÓN. ROBUSTECE LO ANTERIOR, EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN I DE LOS LINEAMIENTOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS QUE HABRÁN DE OBSERVAR LOS SUJETOS OBLIGADOS EN LA IDENTIFICACIÓN, PUBLICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO DETERMINADA POR EL CAPÍTULO I DEL TÍTULO TERCERO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, QUE EN SU NUMERAL 4. ESTABLECE COMO PROGRAMAS DE SUBSIDIO, AQUELLOS QUE IMPLICAN EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS DIRECTOS PARA REDUCIR EL COBRO A LOS USUARIOS O CONSUMIDORES DE UN BIEN O SERVICIO. |