ࡱ;   A83ffff̙̙3f3fff3f3f33333f33333\pec2-user Ba==h\:#8X@"1Arial1Arial1Arial1Arial"$"#,##0_);("$"#,##0)"$"#,##0_);[Red]("$"#,##0) "$"#,##0.00_);("$"#,##0.00)% "$"#,##0.00_);[Red]("$"#,##0.00),*'_(* #,##0_);_(* (#,##0);_(* "-"_);_(@_)5)0_("$"* #,##0_);_("$"* (#,##0);_("$"* "-"_);_(@_)=,8_("$"* #,##0.00_);_("$"* (#,##0.00);_("$"* "-"??_);_(@_)4+/_(* #,##0.00_);_(* (#,##0.00);_(* "-"??_);_(@_)                + ) , *    9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 *  ` oDatos 8Ejercicio (2017,2016,2015,2014,2013,2012,2011,2010,2009).Requisitos para ser Oficial del Registro Civil0Archivo de resultados de los exmenes de aptitudaArchivo de las investigaciones e inspecciones que se realicen a las Oficialas del Registro CivilOArchivo del Listado de las Oficialas del Registro Civil en el Estado de Mxico DomicilioHArchivo del Currculum en Versin Pblica del Oficial del Registro CivilJAntigedad en el desempeo de las funciones del Oficial del Registro CivilYArchivo de las Estadsticas de los trmites realizados en la Oficiala del Registro CivilfechaActualiza fechaValidaOUnidad Administrativa que Detenta la Informacin ( Buscar el Id en el Sistema )`Aclaracin relativa a la informacin publicada y/o explicacin por la falta de informacin: Nota2017 Reglamento del Registro Civil del Estado de Mxico Artculo 17. Para ser Oficial del Registro Civil se requiere: I. Ser ciudadano/a mexicano/a por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y contar con plena capacidad legal. II. Tener residencia efectiva e ininterrumpida dentro del territorio del Estado, no menor a seis meses anteriores a la fecha del nombramiento. III. Ser licenciado/a en Derecho, con ttulo y cdula profesional debidamente registrados. IV. No estar sujeto/a a proceso penal por delito doloso ni haber sido condenado/a en sentencia ejecutoriada por delito de la misma clase y ser de conducta honorable. V. No haber sido destituido/a o inhabilitado/a por resolucin firme como servidor/a pblico/a. VI. Tener, por lo menos, cinco aos de experiencia profesional como licenciado/a en Derecho. VII. No padecer enfermedad que impida el ejercicio de las facultades intelectuales o que sea causa de incapacidad fsica para el desempeo de la funcin registral. VII!. No haber sido suspendido/a o cesado/a del ejercicio de la funcin registral civil en el Estado de Mxico. IX. Cumplir con la capacitacin terica y prctica, tanto en Oficina Regional como en Oficiala, y aprobar el examen a que hace referencia el artculo siguiente, con una calificacin mnima de 8.5 puntos. Artculo 18. El/la aspirante a oficial que cumpla los requisitos antes sealados, presentar un examen de conocimientos en Derecho Civil, Familiar, Registral Civil y dems relativos a estas materias, que se realizar el da y hora que al efecto se seale. Si el/la interesado no cumple con una o ambas de las condiciones referidas en la fraccin IX del artculo anterior, podr realizar por segunda y ltima vez la capacitacin y la presentacin del examen. Si el/la interesado cumple satisfactoriamente con los requisitos anteriores, solo adquirir la calidad de aspirante a Oficial del Registro Civil. Los nombramientos de oficiales del Registro Civil sern expedidos por el/la Director General, previo cumplimiento de los requisitos. ;http://www.ipomex.org.mx/ipo/archivos/downloadAttach/0.web Ahttp://www.ipomex.org.mx/ipo/archivos/downloadAttach/1311274.web ^Sebastin Lerdo de Tejada Pte. 101 puerta 104, Edificio Plaza Toluca. Centro, Toluca, Mxico.Ahttp://www.ipomex.org.mx/ipo/archivos/downloadAttach/1311275.web 19 AOS2017-11-27 18:07:402017-11-24 12:05:03oficial del registro civil      dMbP?_*+%"d,,??cjU} 2  @@            ! " # # # # # # # # #  #  #  #  #>@ Root EntryWorkbook8