Fracción no aplicable para el Partido Acción Nacional toda vez que los Informes de avances programáticos o presupuestales, balances generales y estado financiero; Las normas sobre la información financiera de los Partidos Políticos están sujetas a reglas diversas a las que se encuentran sujetos los entes gubernamentales, son reconocidos como entidades de interés públicos por los Artículos 41, Base I, párrafos 1 y 2 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º de la Ley General de Partidos Políticos; 5 y 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 37 del Código Electoral de Estado de México y artículos 35 inciso e), 38 fracción VIII, IX y 79 inciso f del Partido Acción Nacional. La información relacionada con los asuntos financieros de los Partidos Políticos la cumplimentan en el artículo 100, fracciones VIII, IX, X, X, XVI, XXII, XXIV y XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, en donde se establecen las obligaciones específicas como sujetos obligados |