Organismo Público Descentralizado para la Prestación de Los Servicios de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec
                          Fr. 2018 y posteriores
LISTADO DE FRACCIONES
Facultades de cada área
Fracción III
Mostrando 31 al 37 de 37 registros

Registro: 031

Denominación del Área : SUBDIRECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Supervisar y mejorar la atención al público en lo que se refiere a trámites y servicios, para satisfacer
las necesidades de los usuarios de una forma más eficiente y eficaz, obteniendo de esta forma un
incremento en la captación de ingresos para el Organismo.
II. Vigilar el cumplimiento de las acciones relacionadas con los Departamentos de atención al público,
padrón de usuarios y rezago de acuerdo a los procesos certificados vigentes.
III. Proponer los lineamientos para la recaudación de los derechos por concepto de suministro de agua
potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento
o manejo y conducción y recolección de aguas residuales del Organismo.
IV. Supervisar el cumplimiento al pago de derechos de los usuarios por rezago, mediante las
notificaciones legales y la instrumentación del Procedimiento Administrativo de Ejecución por sus
siglas (PAE) que establece el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
V. Promover convenios de pagos en parcialidades con los usuarios, respecto del pago de adeudos por
derechos.
VI. Supervisar la restricción del servicio de suministro de agua potable, en términos de ley.
VII. Elaborar el estudio anual de tarifas y presentarlo al Director de Administración y Finanzas, para lo
conducente.
VIII. Supervisar la difusión de políticas, normas y criterios técnicos para que la atención a usuarios se
realice con claridad y transparencia, incluyendo el fomento del pronto pago de servicios, la
regularización y la revisión de los requisitos solicitados para brindar los servicios de agua potable
y/o alcantarillado.
IX. Supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de la instalación de aparatos medidores, la toma de
lecturas, proceso de facturación y cobro de usuarios con servicio medido, así como la realización de
inspecciones y mantenimientos a los medidores.
X. Autorizar la elaboración de estados de cuenta por concepto del pago de los derechos de agua
potable y drenaje, así como expedir constancias de no adeudo o de no servicios, que requieran los
usuarios.
XI. Vigilar que los procesos de facturación, cobranza, regularización de usuarios y créditos fiscales, se
realicen de acuerdo a la normatividad establecida.
XII. Supervisar el avance de los programas de detección de toma clandestina de agua potable, así como
dar de alta la toma de agua al Municipio.
XIII. Proponer las reglas para uniformar y controlar la forma de levantar y ejecutar las infracciones y
sanciones administrativas a toda aquella persona que infrinja el uso y aprovechamiento de los
servicios del suministro de agua potable, alcantarillado y saneamiento que brinda el Organismo en
los términos que establece la Ley del Agua del Estado de México y demás relativas aplicables.
XIV. Supervisar un programa permanente de visitas domiciliarias para mantener actualizado el padrón
de usuarios del Organismo, así como programar y elaborar censos a todos los usuarios del servicio
que lo requieran para la aclaración de tarifas, condiciones del inmueble o verificación de datos del
padrón.
XV. Supervisar que los movimientos de altas, bajas y cambios al padrón de usuarios del Organismo se
desarrollen con la documentación soporte correspondiente integrado en cada expediente,
incluyendo los pagos y rezagos por el pago de servicios.
XVI. Supervisar el cálculo del importe por concepto de contratación de los servicios y expedir el contrato
respectivo, así como aplicar y verificar que se lleven a cabo los procedimientos, programas y
políticas, para las contrataciones de tomas de agua y drenaje.
XVII. Supervisar con la Tesorería Municipal y Catastro Municipal, la obtención de información
cartográfica municipal y la relacionada con el Padrón Catastral y Predial, realizando los cruces entre
padrones y el de agua.
XVIII. Promover convenios con los usuarios para cubrir su adeudo con el Organismo de manera diferida
y/o parcialidades.
XIX. Vigilar que la notificación de órdenes de restricción de los servicios a los usuarios morosos se
realicen.
XX. Vigilar en forma permanente la regularización de usuarios y créditos fiscales vencidos, además de
promover acciones e iniciativas para fomentar en la comunidad la cultura de pago de los servicios.
XXI. Elaborar el presupuesto anual de requerimientos de bienes y servicios de la Subdirección de
Comercialización, en coordinación con los lineamientos que emita la Dirección de Administración y
Finanzas.
XXII. Supervisar la integración del trabajo en equipo en el ejercicio de las funciones asignadas a la
Subdirección de Comercialización, así como promover la capacitación y el desempeño del personal
adscrito al Área.
XXIII. Promover la formulación y diseño de sistemas, métodos y procedimientos que contribuyan a
mejorar la calidad en el funcionamiento de la Subdirección de Comercialización, incluyendo la
comunicación con otras Áreas del Organismo y realizar aquellas funciones afines a las anteriores y
que le sean encomendadas por el Director General del Organismo y/o el Director de Administración
y Finanzas, así como mantenerlos informados del desarrollo y funcionamiento del Área.
XXIV. Promover el lineamiento para la recaudación del Organismo, así como para la recuperación e
inventario de créditos fiscales mediante la instrumentación de la notificación de adeudo y la
celebración de Convenio de Pagos en parcialidades y la restricción de los servicios.
XXV. Realizar aquellas funciones afines a las anteriores y que le sean encomendadas por el Director
General del Organismo y/o Director de Comercialización, así como mantenerlos informados del
desarrollo y funcionamiento del Área.
XXVI. Coadyuvar con las acciones del Sistema de Gestión de la Calidad y la Norma Mexicana para la
Igualdad Laboral entre Hombres y Mujeres dentro del Organismo.
XXVII. Elaborar el informe mensual del POA y PbRM trimestral de la Subdirección de Comercialización.
XXVIII. Presentar mensualmente a la Unidad de Gestión del Organismo la información sobre el avance y
cumplimiento de metas físicas y financieras, consignadas en sus planes, programas y presupuestos
aprobados;
XXIX. Cumplir con la información requerida por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública
del Estado de México y Municipios.
XXX. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes y aplicables al ámbito de su
competencia.

Fecha de actualización : 2018-12-04 11:40:01
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : SUBDIRECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 032

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE MICROMEDICIÓN
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Ejecutar la Instalación y alta de medidores.
II. Elaborar la generación de Información para toma de Lecturas en archivos de Excel o en hand held
Rangers para entrega a personal de campo.
III. Reportar la toma de lecturas de las rutas de forma manual y radiofrecuencia.
IV. Participar, analizar la Información generada de la toma de lecturas y emisión de diagnósticos y
reportes.
V. Corrección de lecturas en sistema comercial SIAC (usuarios Bimestrales).
VI. Aprobar el proceso de Facturación de usuarios de servicio medido bimestral.
VII. Controlar la generación e Impresión de avisos de pago bimestrales.
VIII. Supervisar las de Órdenes de Trabajo referente a Mantenimiento y revisiones a medidores de
usuarios con servicio medido comerciales y altos consumos.
IX. Asesorar la atención a usuarios de servicio medido mensual y bimestral.
X. Reportar el monitoreo de consumos y pagos d usuarios denominados altos consumos comerciales.
XI. Supervisión al personal de campo en actividades de Toma de Lectura, Entrega de Avisos de Pago y
Realización de Mantenimientos.
XII. Elaborar Sectorizaciones del padrón de usuarios.
XIII. Ejecutar el levantamiento de reportes de usuarios.
XIV. Elaboración de Presupuesto anual de requerimientos de bienes y servicios del Departamento, de
acuerdo a los lineamientos establecidos.
XV. Mantener informado al Jefe de la Subdirección de Comercialización acerca del desarrollo de las
funciones del Departamento de Micro Medición.
XVI. Coadyuvar con las acciones del Sistema de Gestión de la Calidad y la Norma Mexicana para la
Igualdad Laboral entre Hombres y Mujeres dentro del Organismo.
XVII. Elaborar el informe mensual del POA y PbRM trimestral del Departamento de Micro Medición.
XVIII. Presentar mensualmente a la Unidad de Gestión del Organismo la información sobre el avance y
cumplimiento de metas físicas y financieras, consignadas en sus planes, programas y presupuestos
aprobados;
XIX. Cumplir con la información requerida por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública
del Estado de México y Municipios.
XX. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes y aplicables al ámbito de su
competencia.

Fecha de actualización : 2018-12-04 11:42:58
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : DEPARTAMENTO DE MICROMEDICIÓN

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 033

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE PADRON DE USUARIOS
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Difundir las políticas, normas y criterios técnicos para que la atención a usuarios se realice con
claridad y transparencia, incluyendo el fomento del pronto pago de servicios, la regularización y la
revisión de los requisitos solicitados para brindar los servicios de agua potable y/o alcantarillado.
II. Asesorar la atención a usuarios y verificar que el personal proporcione el servicio de atención al
público conforme a los lineamientos establecidos, además de revisar, identificar y reportar
situaciones anómalas de los usuarios del servicio.
III. Supervisar la elaboración de estados de cuenta por concepto del pago de los derechos de agua
potable y drenaje, así como expedir constancias de no adeudo o de no servicios, que requieran los
usuarios.
IV. Supervisar y llevar el seguimiento de los procesos de facturación en los pagos anuales anticipados.
V. Ejecutar un programa permanente de visitas domiciliarias para mantener actualizado el padrón de
usuarios del Organismo, así como programar y elaborar censos a todos los usuarios del servicio que
lo requieran para la aclaración de tarifas, condiciones del inmueble o verificación de datos del
padrón.
VI. Controlar que los movimientos de altas, bajas y cambios al padrón de usuarios del Organismo se
desarrollen con la documentación soporte correspondiente integrado en cada expediente,
incluyendo los pagos y rezagos por el pago de servicios. (Cambios de propietarios, correcciones de
dirección, correcciones al nombre del titular, etc.)
VII. Supervisar el cálculo del importe por concepto de contratación de los servicios y expedir el contrato
respectivo, así como aplicar y verificar que se lleven a cabo los procedimientos, programas y
políticas, para las contrataciones de tomas de agua y drenaje.
VIII. Supervisar y delegar las actividades del personal de mostrador, revisión de contestaciones de
oficialía de partes, revisión de certificaciones de no adeudo y constancias de no servicio.
IX. Elaborar el reporte mensual a la Secretaria de Finanzas del Estado de México.
X. Revisar y autorizar las re tarificaciones en el sistema de cobro SIAC
XI. Implementar las acciones y medidas necesarias para contar con un archivo depurado y ordenado
en cuanto al expediente de los usuarios del Organismo
XII. Participar en la elaboración del estudio anual de tarifas y presentarlo a la Subdirección de
Comercialización, para lo conducente.
XIII. Mantener informado al Jefe de la Subdirección de Comercialización acerca del desarrollo de las
funciones del Departamento de Padrón a Usuarios.
XIV. Coadyuvar con las acciones del Sistema de Gestión de la Calidad y la Norma Mexicana para la
Igualdad Laboral entre Hombres y Mujeres dentro del Organismo.
XV. Elaborar el informe mensual del POA y PbRM trimestral del Departamento de Padrón a Usuarios.
XVI. Presentar mensualmente a la Unidad de Gestión del Organismo la información sobre el avance y
cumplimiento de metas físicas y financieras, consignadas en sus planes, programas y presupuestos
aprobados;
XVII. Cumplir con la información requerida por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública
del Estado de México y Municipios.
XVIII. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes y aplicables al ámbito de su
competencia.

Fecha de actualización : 2018-12-04 11:57:11
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : DEPARTAMENTO DE PADRON DE USUARIOS

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 034

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE REZAGO
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Proponer distintos esquemas y programas que permitan alcanzar los objetivos de recaudación del
Organismo, así como proponer políticas que lleven a una recaudación adecuada y una disminución
del rezago.
II. Ejecutar los diversos programas y acciones tendientes para abatir el rezago en el pago de derechos
por suministro de agua potable, drenaje y demás acciones de acuerdo a los procesos certificados
vigentes.
III. Participar en la recuperación de la cartera vencida, utilizando la vía legal, promociones y/o
cualquier otro método para la consecución de éste objetivo.
IV. Supervisar las acciones encaminadas a la recuperación de créditos fiscales, dando cumplimiento
legal a los términos que se establecen en la Legislación aplicable vigente en la materia.
V. Notificar la existencia del crédito fiscal que se tiene por los usuarios que no efectúen en tiempo y
forma el pago de su contribución.
VI. Promover y celebrar convenios de pagos en parcialidades con los usuarios, respecto a sus adeudos
por derechos.
VII. Ejecutar la restricción del servicio de suministro de agua potable, en términos de ley.
VIII. Supervisar la difusión de políticas, normas y criterios técnicos para que la recuperación de créditos
fiscales y todas las actividades tendientes a este objetivo sean realizadas con claridad y
transparencia.
IX. Proponer las reglas y criterios respecto de la forma de levantar y ejecutar las infracciones y
sanciones administrativas a toda aquella persona que infrinja el uso y aprovechamiento de los
servicios del suministro de agua potable, alcantarillado y saneamiento que brinda el Organismo en
los términos que establece la legislación vigente en la metería.
X. Atender reportes y sancionar a aquellos usuarios que infrinjan en algún supuesto del artículo 155
de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
XI. Establecer la reconexión del servicio una vez que se hayan cubierto los créditos fiscales
interpuestos.
XII. Ejecutar el Procedimiento Administrativo de Ejecución a aquellos usuarios que presentan mayor
rezago; una vez que ya se haya ejecutado la restricción del suministro.
XIII. Elaborar el presupuesto anual de requerimientos de bienes y servicios del Departamento de
Rezago, en coordinación con los lineamientos que emita la Dirección de Administración y Finanzas.
XIV. Supervisar la integración del trabajo en equipo en el ejercicio de las funciones asignadas al
Departamento de Rezago, así como promover la capacitación y el desempeño del personal adscrito
al Área.
XV. Dirigir la formulación y diseño de sistemas, métodos y procedimientos que contribuyan a mejorar la
calidad en el funcionamiento del Departamento Rezago, incluyendo la comunicación con otras
Áreas del Organismo.
XVI. Coadyuvar con las acciones del Sistema de Gestión de la Calidad y la Norma Mexicana para la
Igualdad Laboral entre Hombres y Mujeres dentro del Organismo.
XVII. Elaborar el informe mensual del POA y PbRM trimestral del Departamento de Rezago.
XVIII. Presentar mensualmente a la Unidad de Gestión del Organismo la información sobre el avance y
cumplimiento de metas físicas y financieras, consignadas en sus planes, programas y presupuestos
aprobados;
XIX. Cumplir con la información requerida por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública
del Estado de México y Municipios.
XX. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes y aplicables al ámbito de su
competencia.

Fecha de actualización : 2018-12-04 11:58:22
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : DEPARTAMENTO DE REZAGO

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 035

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE OBRA PÚBLICA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Elaborar el programa Anual de Control y Evaluación, referente a la obra pública presentándolo al
Contralor Interno para su aprobación;
II. Realizar visitas, inspecciones, auditorias y supervisiones, en materia de obra pública y servicios
relacionados con la misma;
III. Vigilar que los recursos federales y propios asignados al Organismo se apliquen de acuerdo con lo
establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;
IV. Seguimiento al cumplimiento de las acciones de mejora convenidas con los titulares de las
unidades administrativas del Organismo;
V. Asistir a los procedimientos de adjudicación para la contratación de obra pública, verificando que
éstos, se lleven a cabo conforme a las disposiciones jurídicas aplicables:
VI. Dar seguimiento a la obra pública y servicios relacionados con la misma, que ejecuta el Organismo
desde la planeación hasta la entrega recepción de la obra;
VII. Testificar la entrega recepción de las obras públicas, verificando la conclusión física de la misma, y
el cumplimiento de la normatividad establecida en la materia;
VIII. Constituir y capacitar a los Comités Ciudadanos de Control y Vigilancia, así como dar seguimiento a
las observaciones, denuncias derivadas de sus inspecciones;
IX. Verificar que la obra pública y los servicios relacionados con la misma, se efectúen con apego a las
disposiciones jurídicas aplicables, y conforme a los programas y presupuestos autorizados;
X. Participar como suplente Asesor y/o Invitado Permanente en el Comité Interno de Obra Pública y
Servicios relacionados con la misma;
XI. Realizar todas aquellas actividades que sean inherentes y aplicables al área de su competencia.

Fecha de actualización : 2018-12-04 12:05:10
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : UNIDAD DE GESTIÓN

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 036

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, DENUNCIAS Y SITUACIÓN PATRIMONIAL
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Recibir de las autoridades competentes los dictámenes técnicos por la falta de solventación de los
pliegos preventivos o por las presuntas faltas administrativas;
II. Realizar investigaciones debidamente fundadas y motivadas respecto de las conductas de su
competencia que se presenten en contra de los servidores públicos y particulares que puedan
constituir faltas administrativas;
III. Acceder a la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos con inclusión de aquella
que las disposiciones legales en la materia consideren de carácter confidencial, debiendo mantener
la misma reserva o secrecía conforme a lo que se determine en las leyes;
IV. Formular requerimientos de información a los entes públicos y las personas físicas o morales que
sean materia de la investigación;
V. Imponer las medidas de apremio establecidas en la Ley de la materia para hacer cumplir sus
determinaciones;
VI. Determinar la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la Ley de Responsabilidades
Administrativas del Estado de México y Municipios señale como faltas administrativas y, de ser el
caso, calificarlas;
VII. Elaborar y presentar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa ante la autoridad
substanciadora competente;
VIII. Coadyuvar en el procedimiento penal respectivo;
IX. Emitir, en su caso, acuerdo de conclusión y archivo del expediente si no se encontraren elementos
suficientes para demostrar la existencia de la infracción y la presunta responsabilidad del infractor,
sin perjuicio de que pueda abrirse nuevamente la investigación, si se presentan nuevos indicios o
pruebas suficientes para determinar la existencia de la infracción y responsabilidad del infractor;
X. Conocer del recurso de inconformidad;
XI. Impugnar, en su caso, la determinación de las autoridades substanciadoras o resolutoras de
abstenerse de iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa o de imponer sanciones
administrativas, así como las del Tribunal de Justicia Administrativa, de la Fiscalía Especializada y de
cualquier otra autoridad en términos de las disposiciones legales aplicables y de acuerdo con la
naturaleza del asunto;
XII. Supervisión a buzones de Felicitaciones, Sugerencias y Denuncias, con su respectivo trámite;
XIII. Realizar todas aquellas actividades que sean inherentes al ámbito de su competencia.

Fecha de actualización : 2018-12-04 12:06:19
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : UNIDAD DE GESTIÓN

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

Registro: 037

Denominación del Área : DEPARTAMENTO DE SUBSTANCIACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Denominación de la norma que establece las facultades del Área : REGLAMENTO INTERIOR DEL OPDAPAS DEL MUNICIPIO DE METEPEC
Fundamento Legal (artículo y/o fracción) : ARTICULO 92 FRACCIÓN III Facultades de Cada Area
Facultades del área : I. Emitir, de considerarlo procedente, el acuerdo de admisión del Informe de Presunta
Responsabilidad Administrativa, o en su caso el de prevención, para que la autoridad investigadora
subsane omisiones o aclare hechos;
II. Habilitar días y horas inhábiles para la práctica de aquellas diligencias que a su juicio se requieran;
III. Imponer los medios de apremio a que se refiere la Ley de Responsabilidades Administrativas del
Estado de México y Municipios, para hacer cumplir sus determinaciones;
IV. Decretar las medidas cautelares establecidas en la Ley de la materia;
V. Substanciar la audiencia inicial y presentar ante el Tribunal de Justicia Administrativa el expediente
de presunta responsabilidad administrativa en los casos de faltas administrativas graves o de
particulares;
VI. Substanciar el procedimiento de responsabilidad administrativa desde la admisión del informe de
presunta responsabilidad hasta la recepción de los alegatos que al efecto formulen las partes para
su remisión a la resolutora, en los casos de faltas no graves;
VII. Conocer de los medios de impugnación de conformidad con la Ley de la materia;
VIII. Realizar las acciones correspondientes en la plataforma digital estatal;
IX. Realizar todas aquellas actividades que sean inherentes al ámbito de su competencia

Fecha de actualización : 2018-12-04 12:08:22
Fecha de validación : 2018-12-14 12:42:58
Área o unidad administrativa responsable de la información : UNIDAD DE GESTIÓN

Aclaración relativa a la información publicada y/o explicación por la falta de información :


Nota :

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Facultades de cada área
Fracción III
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